Revista Pesca Mayo 2014
La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería que, además de informar, agita conciencias y trasmite ideas y corrientes de opinión que tienen por objeto crear conciencia de sostenibilidad de los recursos marinos, de seguridad alimentaria, de cuidado y protección del medio ambiente y ecosistemas acuáticos, de la necesidad de una participación del país más justa en la renta pesquera.
La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería que, además de informar, agita conciencias y trasmite ideas y corrientes de opinión que tienen por objeto crear conciencia de sostenibilidad de los recursos marinos, de seguridad alimentaria, de cuidado y protección del medio ambiente y ecosistemas acuáticos, de la necesidad de una participación del país más justa en la renta pesquera.
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DERECHOS DE PROPIEDAD Y<br />
DERECHOS DE PESCA<br />
Los derechos de propiedad de los recursos pesqueros<br />
están perfectamente definidos en el capítulo II<br />
de la Constitución Política del Perú, la cual dice en<br />
su Artículo 66°, que “los recursos naturales, renovables<br />
y no renovables, son patrimonio de la Nación”.<br />
Por tanto todos los ciudadanos del Perú somos propietarios<br />
de los peces, mariscos y moluscos que<br />
habitan en aguas continentales y del dominio marítimo<br />
del país.<br />
Los derechos de pesca constituyen una tasa que el<br />
extractor de estos recursos paga por la concesión o<br />
privilegio de explotarlos en beneficio propio. Las<br />
concesiones, autorizaciones y permisos, son derechos<br />
específicos que el Ministerio de Pesquería otorga<br />
a plazo determinado para el desarrollo de las actividades<br />
pesqueras, conforme a lo dispuesto en la<br />
Ley General de <strong>Pesca</strong> y en las condiciones que determina<br />
su Reglamento. El Artículo 45 expresa que<br />
las concesiones, autorizaciones, permisos y licencias<br />
se otorgarán previo pago de los correspondientes<br />
derechos, cuyo monto, forma de pago y destino,<br />
serán fijados mediante resolución ministerial y que<br />
los ingresos que genere el pago de tales derechos,<br />
constituyen recursos propios del Ministerio de Pesquería.<br />
Estos han sido determinados en relación a la Unidad<br />
Impositiva Tributaria (o el valor FOB del producto<br />
final en el caso de la anchoveta) y modificados varias<br />
veces por la norma correspondiente.<br />
poco por el derecho a ser extraídos y otros como la<br />
pota no pagan nada basados en el párrafo modificado<br />
por la Quinta Disposición Complementaria y Final<br />
de la Ley Nº 27460 publicada el 26-05-2001, cuyo<br />
texto dice que "Quedan exceptuados del pago de<br />
estos derechos, las personas naturales o jurídicas<br />
que desarrollan actividades de investigación y las<br />
dedicadas a la actividad pesquera artesanal y de<br />
subsistencia. En caso de actividades de acuicultura<br />
se aplicará la ley sobre la materia."<br />
El mismo artículo 45 dice que “los ingresos que genere<br />
el pago de tales derechos, constituyen recursos<br />
propios del Ministerio de Pesquería”.<br />
Lo que debe redefinirse entonces es la tasa que se<br />
aplica en relación a la renta que genera el procesamiento<br />
y la exportación; la obligatoriedad del Ministerio<br />
de Pesquería (hoy de Producción) de informar<br />
a los ciudadanos, con la debida transparencia, el<br />
destino que da a dicha recaudación y finalmente<br />
plantear la responsabilidad en los impactos que la<br />
actividad pesquera genera sobre el medio ambiente.<br />
Es evidente el daño causado por la actividad pesquera<br />
al medio acuático, terrestre y aéreo que genera,<br />
sin que haya un fondo que permita subsanar<br />
y/o eliminar el mismo.<br />
Los demás aspectos normativos, operativos y de detalle<br />
que requiere la actividad pesquera, resultan<br />
secundarios en relación a la redefinición de los derechos<br />
de pesca<br />
Sin embargo, los escenarios en los cuales han sido<br />
fijados merecen ser revisados y analizados en un<br />
contexto debido, por cuanto la proporción entre<br />
ellos y la aparente rentabilidad de la exportación de<br />
los recursos pesqueros, a la fecha muestran una relación<br />
de inequidad. Algunos recursos pagan muy<br />
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