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576 IWGIA - EL MUNDO INDIGENA - 2005<br />

ciones de empleo y contacto transfronterizos. Los principios fundamentales<br />

de la Convención No. 169 son la consulta y la participación,<br />

lo que significa que los pueblos indígenas tienen el derecho a ser consultados<br />

y a participar en los procesos políticos, legislativos, administrativos<br />

y de desarrollo que los afectan, y decidir sus propias prioridades<br />

para el desarrollo.<br />

La Convención No. 169 ha sido ratificada por 17 países, la mayoría<br />

de los cuales está en América Latina. En estos países, la Convención ha<br />

estado en el centro de las recientes reformas constitucionales, legales e<br />

institucionales para incorporar derechos de los pueblos indígenas y<br />

tribales. Además, la Convención está estableciendo normas más allá de<br />

la actual cantidad de ratificaciones como un punto de referencia global<br />

para la discusión y definición de los derechos de los pueblos indígenas.<br />

Una serie de otras Convenciones de la OIT son también de relevancia<br />

directa para los pueblos indígenas y tribales. Entre estas están la<br />

Convención sobre el Trabajo Forzoso (No.29), la Convención sobre la<br />

Discriminación en el Empleo y la Ocupación (No. 111) y la Convención<br />

de las Peores Formas de Trabajo Infantil (No. 182). En el contexto de<br />

estas Convenciones, la OIT está trabajando sobre temas pertenecientes<br />

a los pueblos indígenas y tribales de todo el mundo, también en países<br />

que no han ratificado la Convención No. 107 o No. 169. La Declaración<br />

de la OIT sobre Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo<br />

también es de relevancia directa para los pueblos indígenas y tribales.<br />

La OIT tiene mecanismos específicos para supervisar la aplicación<br />

de las Convenciones ratificadas. Habiendo ratificado cualquier Convención<br />

de la OIT, un Estado está comprometido a presentar informes<br />

periódicos a la OIT sobre las medidas tomadas para aplicarla. Los informes<br />

son examinados por el Comité de Expertos sobre la Aplicación<br />

de Convenciones y Recomendaciones (CEACR), que publica sus observaciones<br />

sobre el cumplimiento de los Estados con las Convenciones<br />

ratificadas, en un proceso de diálogo con el Gobierno concerniente.<br />

En adición a la información regular, la OIT tiene también una serie de<br />

procedimientos especiales para tratar con supuestas violaciones de<br />

convenciones ratificadas. Mediante este procedimiento han sido examinadas<br />

una serie de Representaciones (una forma de queja) concer-

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