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AMERICA DEL SUR 209 ARGENTINA En 2004 se cumplió una década del reconocimiento constitucional de la pre-existencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y de los derechos asociados a sus identidades; es un buen momento, entonces, para hacer un balance de las implicancias que este reconocimiento apareja para ellos en primer lugar y para el conjunto de la sociedad nacional en segundo lugar. De un lado digamos que si lo que se buscaba con el reconocimiento de derechos especiales para los pueblos indígenas era un cambio en la relación entre ellos y el Estado: poco es lo que se ha logrado en estos diez años. Desafortunadamente, la diferencia cultural que debería sustentar un tratamiento diferencial en las políticas estatales, no es tenida en cuenta; se sigue considerando a los indígenas como un sector de la ciudadanía que viviendo en situación de pobreza necesita de asistencia social, como si se tratara de un indigente. Esto se patentiza en la resistencia gubernamental, a implementar eficazmente una política estatal de titulación de los territorios reclamados. De lo cual es un síntoma la falta de provisión al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), de un presupuesto acorde a sus funciones de agente responsable de la aplicación de los derechos indígenas. Año tras año, se ha denunciado en El Mundo Indígena el atraso que lleva la implementación del “Plan Nacional de Regularización de Tierras Indígenas”, creado en 1996 para tres de las 23 Provincias argentinas, el cual sólo dio como resultado la entrega en 2004 de tres títulos de propiedad comunitaria en la Provincia de Jujuy, donde existen más de 150 comunidades de los pueblos Kolla y Guaraní esperando la decisión gubernamental para poder ejercer sus derechos territoriales.
210 IWGIA - EL MUNDO INDIGENA - 2005 Propuestas desde el Estado Las autoridades argumentan que Argentina ha sufrido una profunda crisis económica, social y política, de la cual se está intentando salir: a los altos índices de pobreza, indigencia, desempleo y exclusión social se suma la presión de los acreedores externos. En este contexto el alcance de los derechos constitucionales y la posibilidad cierta de ejercerlos se tornan en la principal meta de las organizaciones sociales de base, en tanto la intervención estatal se restringe a la provisión de asistencia social a través de programas focalizados para paliar los efectos de la crisis, sin tomar en cuenta la diferencia cultural. Si nos detenemos a analizar el papel de los tres poderes del Estado en materia de derechos indígenas advertimos que hasta el momento es escaso el cumplimiento del mandato constitucional. Al día de hoy no existe una política federal efectiva que permita el ejercicio del derecho a la tierra y sus recursos naturales, el INAI no reviste el estatus legal que le corresponde, los pueblos indígenas carecen de participación en el sistema político. Las intenciones legislativas de reforma del marco legal vigente, son lentas e insuficientes. Algunos proyectos presentados en 2004 corren el riesgo de quedar en meras expectativas si no reciben urgente tratamiento legislativo. El poder judicial parece más permeable a las demandas indígenas en algunos casos y exageradamente retrógrado en otros. Existen actualmente en el Parlamento nacional varios proyectos de ley sobre “emergencia de la propiedad comunitaria indígena” cuyo propósito es, en un período de años, proceder a la demarcación y titulación de los territorios indígenas. Si bien estas iniciativas pueden ser vistas como positivas, no es posible reparar el despojo histórico de tierras de que han sido objeto los pueblos indígenas, sin un estudio riguroso y serio mediante un procedimiento previo de consulta y participación de todas las comunidades afectadas.
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