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LIBRO.ARCHIVOS.IBEROAMERICANOS

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2 Normativa de referencia<br />

60<br />

Administración de documentos y archivos. Textos fundamentales<br />

gue cinco entidades distintas: documentos, agentes, actividades, mandatos y relaciones; así<br />

como lo que llama propiedades de metadatos, que coinciden con el concepto de elementos<br />

de metadatos, de las que identifica veintiséis, junto con cuarenta y cuatro sub-propiedades,<br />

todas las cuales deben servir para describir las entidades individualizadas 79 .<br />

El esquema ha sido desarrollado, entre otros motivos, para acomodar las prácticas de gestión<br />

de documentos y de metadatos a las regulaciones de administración y comercio electrónicos,<br />

de tal modo que los documentos:<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

Puedan probar que son genuinos;<br />

Sean exactos y puedan ser confiables;<br />

Estén completos e inalterados;<br />

Estén seguros frente a acceso, alteración o borrado no autorizados;<br />

Se puedan encontrar y leer; y<br />

Estén relacionados con otros documentos relevantes<br />

De conformidad con sus responsables, la nueva norma debería facilitar a las agencias del<br />

gobierno la satisfacción de las siguientes responsabilidades:<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

•<br />

Asegurar que se registra la adecuada información contextual acerca de procesos y transacciones<br />

de negocio, y que se vincula a los documentos relevantes;<br />

Ayudar al descubrimiento y recuperación de documentos mediante la aplicación de vocabularios<br />

controlados, esquemas de codificación y otros esquemas descriptivos normalizados;<br />

Ayudar al descubrimiento y recuperación, denominando, en el momento de la creación,<br />

el status de seguridad o legal de los documentos, o cualquier otra advertencia acerca de su<br />

retención o uso;<br />

Facilitar el acceso a, y la transferencia de, documentos entre agencias, cuando las responsabilidades<br />

funcionales cambian;<br />

Reducir el riesgo de acceso no autorizado a, o de uso fraudulento de, los documentos;<br />

Hacer posible la disposición legal de documentos, asegurando por tanto que los costes de<br />

almacenar documentos más allá de su uso administrativo no se intensifican;<br />

Asegurar que los documentos vitales no se pierden cuando se implantan nuevos sistemas;<br />

Ayudar a planificar la migración de datos y otras necesidades de conservación, identificando,<br />

de modo normalizado y accesible, las dependencias de software y hardware de los<br />

documentos;<br />

Proporcionar una cota para medir la calidad de la gestión de documentos dentro y entre<br />

agencias, a efectos de auditoría y otros propósitos; y<br />

Hacer posible la eficiente incorporación electrónica de información acerca de documen-<br />

79 Ob. cit., p. 7.<br />

80 Ob. cit., p. 9.<br />

80 .

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