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LIBRO.ARCHIVOS.IBEROAMERICANOS

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Administración de documentos y archivos. Textos fundamentales<br />

A decir de Susana Pedroza y Jesús Cruz, toda ley presenta un aspecto técnico y otro político. En<br />

las leyes de archivos, verbigracia, una general de patrimonio documental archivístico no podemos<br />

descartar la presencia del elemento político, en consecuencia puede suceder que la redacción de<br />

determinados artículos no sean lo necesariamente claros, como bien lo afirman nuestros autores:<br />

“Habrá que reconocer que en ocasiones no es sencillo distinguir entre lo político y lo<br />

técnico. Por ejemplo, la claridad con la que se redacta una norma es de carácter técnico,<br />

sin embargo aprobar una norma con redacción oscura con el prepósito de no hacerla<br />

aplicable implica que lo técnico sea a la vez político” 12<br />

Un caso concreto se presentó en el Perú cuando en el mes de enero de 2010 se emitió el DS Nº<br />

003-2010-ED por el cual, en un hecho insólito, la Dirección Nacional de Archivo Histórico<br />

(DNAH), dependencia del Archivo General de la Nación (AGN) fue transferida al Instituto Nacional<br />

de Cultura. A partir de ese momento los archiveros peruanos, intelectuales, académicos,<br />

organizaciones nacionales y extranjeras y amigos del AGN emprendieron una lucha sostenida<br />

para la derogatoria del mencionado decreto supremo. En agosto del mismo año se promulgó la<br />

Ley 29565 de creación del Ministerio de Cultura, organismo al cual fue asignado el AGN entre<br />

otras organizaciones culturales. La lucha emprendida dio lugar a que se incluyera en la ley una<br />

disposición por la cual se derogaba el decreto supremo emitido por el Poder Ejecutivo, en claro<br />

conflicto legal y técnico con todo lo acontecido en archivos en el Perú desde 1861 en que fue<br />

creado el Archivo Nacional, hoy AGN. Pero, la propuesta no fue incluida tal y como aparecía<br />

en el proyecto aprobado en la Comisión de Educación, esta decía: Única—Derogación “Deróguense<br />

las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley y el DS Nº 003-2010-ED,<br />

Decreto Supremo que aprueba la fusión de la Dirección Nacional de Archivo Histórico y sus<br />

unidades orgánicas en el Instituto Nacional de Cultura, siendo este último el ente absorbente”<br />

Como podemos apreciar de la lectura del texto de la norma propuesta fluye la derogatoria, entendiéndose<br />

que realizados los actos jurídicos y administrativos correspondientes, la DNAH retornaría<br />

al AGN. No obstante, la ley de creación del Ministerio de Cultura en mención aprobada<br />

por el pleno del Congreso incluyó un texto diferente que a la letra dice: “Única.-Derogación Deróganse<br />

o modifícanse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley y el Decreto<br />

Supremo núm. 003-2010-ED, que aprueba la fusión de la Dirección Nacional de Archivo<br />

Histórico y sus unidades orgánicas en el Instituto Nacional de Cultura, siendo este último el ente<br />

absorbente.” (Los subrayados son nuestros) La inclusión del término ‘modifícanse’ llevó a una fatal<br />

confusión entre los archiveros que era necesario clarificar. Este cambio en el texto no tuvo otra<br />

intención, que lograr una redacción oscura, desde el punto de vista político, para minimizar la<br />

responsabilidad del Ejecutivo en la dación del decreto supremo a derogar, porque quedaba claro<br />

que el legislativo enmendó el error cometido respecto de una decisión de carácter político y carente<br />

de sustento técnico o legal, cuando se decidió transferir una unidad orgánica sustantiva del<br />

AGN a un organismo cuyas funciones son otras totalmente distintas a la conservación y custodia<br />

del patrimonio documental archivístico. Si bien el tema quedó resuelto en los días sucesivos por<br />

expresa información de las autoridades pertinentes, 13 siempre es posible recurrir a la Exposición<br />

de Motivos de la ley, en el caso en comentario podemos citar:<br />

12 PEDROZA, Susana, CRUZ, Jesús, “Introducción a la técnica legislativa en México”. En: Elementos de Técnica Jurídica. México:<br />

Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2000, pp. 40-77<br />

13 Como respuesta a las sucesivas cartas que enviamos algunos archiveros a la Presidencia de Consejo de Ministros y el doctor<br />

Joseph Dager, actual jefe del Archivo General de la Nación al Ministro de Justicia y al Instituto Nacional de Cultura, las respuestas<br />

llegaron confirmando la derogatoria del Decreto Supremo 003-2010-ED. Ver: http://tainoti.blogspot.com/search/label/<br />

Novedades<br />

397<br />

5 Funciones de administración del sistema. La elaboración de disposiciones normativas.

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