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MUNICIPIO DE VILLANUEVA CASANARE<br />
SUBPROCESO: CONTRATACIÒN PÙBLICA<br />
MECI<br />
CODIGO: IPCPMC-001<br />
FECHA : 08/06/2009<br />
“PORQUE CONOZCO EL<br />
CAMINO”<br />
INVITACIÒN PÙBLICA VERSION: 01<br />
INVITACIÓN PUBLICA No. 071 DE 2010<br />
(Abril 15 de 2010)<br />
El Municipio de <strong>Villanueva</strong> Casanare, Alcaldía Municipal, requiere la contratación del objeto que más adelante se<br />
relaciona; para cuyos efectos y de conformidad con lo dispuesto por en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y<br />
sus decretos reglamentarios, a las personas naturales y/o jurídicas, que se encuentran interesadas en presentar<br />
oferta para contratar el siguiente objeto:<br />
REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE APOYO LOGÍSTICO NECESARIAS PARA LA CELEBRACIÓN DEL MES<br />
DE LA NIÑEZ Y LA RECREACIÓN EN EL MUNICIPIO DE VILLANUEVA CASANARE.<br />
En caso de estar interesados en la ejecución del objeto a contratar, deberán supeditar y sujetar su oferta escrita a la<br />
siguiente información básica:<br />
1. JUSTIFICACIÓN<br />
1.1 Necesidad<br />
El Municipio de <strong>Villanueva</strong> cuenta con una población total de 27.009 habitantes, de los cuales 7.481 son niños<br />
menores de 12 años de todos los niveles del SISBEN, miembros de familias de escasos recursos.<br />
Los altos índices de crecimiento de la población infantil por natalidad y por migración en el municipio, el aumento<br />
de familias vulnerables y de madres y padres cabeza de hogar como consecuencia de la descomposición<br />
familiar, el alto índice de necesidades básicas insatisfechas (45,9%) y la existencia de un 90% de la población de<br />
los niveles 1 y 2 del SISBEN, se convierten en problemas de orden social, que ocasionan inconformidad en la<br />
población, siendo esta una prioridad de atención por parte de las Entidades del Estado. Unido a ello, la mayoría<br />
de los jefes de hogar que se encuentran en niveles 1 y 2 del SISBEN, se desempeñan en actividades varias, en<br />
empresas privadas las cuales distan del perímetro urbano, viéndose obligados a dejar sus hijos al cuidado de<br />
otras personas, situación que en ocasiones conlleva a que los niños y niñas no hagan buen uso del tiempo y se<br />
dedican a actividades nocivas para la familia y sociedad.<br />
A nivel nacional se ha institucionalizado el mes de la niñez y la recreación en el mes de abril, proyecto que es<br />
adoptado ejecutado igualmente por la Administración municipal, con el propósito de brindar a los niños y niñas del<br />
municipio espacios de recreación y sano esparcimiento, buscando con ello a la recuperación de los vínculos<br />
afectivos familiares, ya que a través del juego los padres pueden compartir e integrarse con sus hijos,<br />
contribuyendo de esa manera al desarrollo integral de los niños.<br />
Que el Gobierno Nacional a través de la implementación de la política pública de infancia y adolescencia- Ley<br />
1098 de 2006, ha priorizado algunas líneas estratégicas que las Entidades territoriales deben atender<br />
garantizando el derecho al deporte y al juego de los niños, niñas y adolescentes en el territorio nacional.<br />
1.2 Análisis de conveniencia<br />
La Constitución Política en su artículo 5 “reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos<br />
inalienables de la persona y ampara la familia como la institución básica de la sociedad” y en el artículo 44<br />
declara los derechos fundamentales de los niños dentro de los cuales se encuentran el derecho al deporte, a la<br />
recreación al sano esparcimiento<br />
Ley 1098 de 2006 – Ley de la Infancia y la Adolescencia, determina en su artículo 10, el principio de<br />
corresponsabilidad, entendido como la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio<br />
de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, por lo cual es la familia, la sociedad y el Estado<br />
corresponsables en su atención, cuidado y protección. Así mismo, en su artículo 17, determina que el Estado<br />
desarrollará políticas públicas orientadas hacia el fortalecimiento de la primera infancia. Igualmente en el título I,<br />
capítulo II, artículo 29 establece respecto al derecho al desarrollo integral “que es la primera infancia la etapa del<br />
ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano”.<br />
Igualmente establece en su artículo 30, el derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes.<br />
____________________________________________________________________________<br />
Calle 8ª No.13-45, barrio Fundadores, Teléfonos (098) 6241204-6241205-6241206 Fax: Ext. 12<br />
Correo Electrónico: secretariageneral@villanueva-casanare.gov.co<br />
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SUBPROCESO: CONTRATACIÒN PÙBLICA<br />
MECI<br />
CODIGO: IPCPMC-001<br />
FECHA : 08/06/2009<br />
“PORQUE CONOZCO EL<br />
CAMINO”<br />
INVITACIÒN PÙBLICA VERSION: 01<br />
En concurrencia con el Gobierno Nacional, los departamentos y municipios han venido ejecutando el proyecto<br />
Brújula, que a lo largo de los últimos tres años ha contemplado diversos proyectos encaminados a brindar a los<br />
niños, niñas y adolescentes, espacios de recreación y sano esparcimiento, así como la recuperación de valores y<br />
vínculos afectivos entre las familias a través de la integración y el juego.<br />
El Plan de Desarrollo Municipal 2008 - 2011 “Porque Conozco el Camino”, contempló en la Dimensión Social, la<br />
Política pública de infancia, Adolescencia y Juventud.<br />
1.3 Análisis de oportunidad<br />
El municipio cuenta con los recursos necesarios en el presupuesto para garantizar la presente contratación, ya<br />
que se trata del cumplimiento de las obligaciones que le competen al municipio, según lo determina la Ley.<br />
La interventoría del contrato será ejercida por el Secretario de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social o<br />
el funcionario que el Alcalde designe para tal fin.<br />
2. OBJETO DEL CONTRATO DE SERVICIOS<br />
Realizar las actividades de apoyo logístico necesarias para la celebración del mes de la niñez y la recreación en<br />
el municipio de <strong>Villanueva</strong> Casanare.<br />
ITEM CUBS DESCRIPCION UND CANT<br />
1 Divulgación del evento<br />
1,1 2,35,4 Pancarta en tela de 4 m x 2,5 m, con logos y mensajes alusivos al tema Und 1<br />
1,2 2,35,4 Perifoneo Horas 36<br />
2 Organización y logística<br />
2,1 N.A Distintivos para personal de apoyo (escarapelas) Und 30<br />
2,2 2,27,3 Refrigerios (Hamburguesa pequeña y jugo en caja, pastel de pollo y jugo en caja) Und 2000<br />
2,3 2,27,3 Almuerzo (bandeja con pollo y gaseosa 350 cc) Und 35<br />
2,4 2,27,3 Agua pura Bolsa 4000<br />
2,5 2,43,2,10,19 Sonido Dias 4<br />
3 Material de apoyo<br />
3,1 N.A Cartulina Calipso Pliego 3<br />
3,2 N.A Alambre dulce Mts 30<br />
3,3 1,52,1,56,193 Papel tornasol Pliego 40<br />
3,4 1,52,1,21,22 Cartulina Pliego 5<br />
3,5 N.A Pelotas plásticas Und 15<br />
3,6 1,20,2,2,1 Cabuya de fique Rollo 1<br />
3,7 1,52,1,21,29 Cartulina x octavos Und 100<br />
3,8 1,52,1,32 Colores x 12 Caja 30<br />
____________________________________________________________________________<br />
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Correo Electrónico: secretariageneral@villanueva-casanare.gov.co<br />
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“PORQUE CONOZCO EL<br />
CAMINO”<br />
INVITACIÒN PÙBLICA VERSION: 01<br />
3,9 1,52,1,38 Lápices negros Und 20<br />
3,10 1,52,2,32 Tajalápiz Und 10<br />
3,11 1,52,1,17 Borrador nata Und 10<br />
3,12 1,52,1,8,28 Papel tamaño carta Resma 1<br />
3,13 NA Cd para cámara de video Und 6<br />
3,14 1,52,1,9,2 Esferos (rojos y negros) Und 10<br />
3,15 1,52,1,62,15 Marcadores negros Und 2<br />
3,16 NA Cd para cámara de video Und 6<br />
3,17 NA Silicona líquda grande Und 1<br />
3,18 1,52,1,25 Cinta transparente grande Rollo 2<br />
3,19 NA Bombas x 100 Paquete 20<br />
3,20 1,64,5,12 Bombombum x 100 Paquete 20<br />
3,21 NA Pilas medianas Par 12<br />
3,22 NA Confetis grandes Bolsa 5<br />
3,23 NA Incentivos para participantes Und 30<br />
4 Recreación<br />
4,1 NA Mimos y obras de teatro infantiles Sesiones 5<br />
4,2 NA Recreación dirigida Sesiones 5<br />
3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA<br />
El contratista deberá realizar las siguientes actividades:<br />
- Divulgación del evento: Pancarta en tela de 4 x 2.5, perifoneo 3 horas diarias durante 12 días.<br />
- Organización y logística: Distintos (escarapelas) para el personal de apoyo, refrigerios y almuerzos para el<br />
personal, sillas y disposición del sonido<br />
- Suministro de los materiales: Papelería, fotocopias, otros elementos de oficina y material didáctico y de<br />
apoyo necesario para la realización de las actividades.<br />
4. SOPORTE ECONOMICO<br />
El Municipio cuenta con un presupuesto oficial de TRECE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL<br />
PESOS MONEDA CORRIENTE ($13.961.000,oo) y se cubrirá el costo del servicio del rubro 245112 – Atención<br />
infantil y prevención al maltrato.<br />
La presente contratación se encuentra totalmente exenta de aplicación de la norma SICE, ya que no supera los<br />
50 SMMLV conforme a lo establecido en el articulo 13 numeral D del Decreto 3512 del 2003, por lo tanto no se<br />
hace exigible la consulta de los precios indicativos.<br />
5. CONDICIONES DE PAGO Y TIEMPO DE EJECUCION<br />
El valor de la propuesta no podrá sobrepasar el presupuesto oficial, en caso de hacerlo será causal de rechazo de la<br />
oferta.<br />
El municipio cancelará al contratista el valor total del contrato en pagos parciales, conforme al servicio prestado,<br />
previamente autorizado por la Alcaldía y suscripción del acta respectiva por parte de la interventoría.<br />
EL CONTRATISTA ejecutará el objeto del presente contrato en un plazo máximo de veinte (20) días, contados a partir<br />
de la fecha de suscripción del acta de iniciación, previo cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 41 de<br />
la Ley 80 de 1993.<br />
____________________________________________________________________________<br />
Calle 8ª No.13-45, barrio Fundadores, Teléfonos (098) 6241204-6241205-6241206 Fax: Ext. 12<br />
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“PORQUE CONOZCO EL<br />
CAMINO”<br />
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6. REQUISITOS – DOCUMENTOS HABILITANTES<br />
Al oferente, de acuerdo con su naturaleza, le corresponderá allegar y demostrar:<br />
6.1 Persona jurídica: 1) Documento de existencia y representación legal; 2) Fotocopia de la cédula de ciudadanía<br />
del representante legal 3) Registro Único Tributario; 4) Certificado de no figuración en el Boletín de Responsables<br />
Fiscales de la Contraloría General de la persona jurídica y del representante legal; 5) Certificado de antecedentes<br />
disciplinarios de la persona jurídica y del representante legal; 6) Propuesta,<br />
6.2 Persona natural: 1) Fotocopia de la cédula de ciudadanía 2) Registro Único Tributario; 3) Certificado de Cámara<br />
de Comercio 4) Certificado de no figuración en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General; 6)<br />
Certificado de antecedentes disciplinarios; 7) Certificado Judicial expedido por el DAS (Vigente), y 8) Propuesta.<br />
La comprobación de falsedad en la información suministrada en los documentos que integran la propuesta,<br />
ocasionara el rechazo inmediato de la misma, sin perjuicio de poner en conocimiento el hecho a las autoridades<br />
competentes.<br />
6.3 EVALUACIÓN: La escogencia se hará sobre aquella oferta con el precio más bajo, una vez se determine que<br />
ha cumplido con los documentos habilitantes y satisfaga las condiciones de mercado. De la misma forma se<br />
procederá si sólo se presenta una oferta.<br />
En caso de empate la Administración Municipal requerirá a los empatados a presentar una nueva oferta<br />
económica a las quince (15) horas del mismo día de la presentación de la oferta.<br />
Por otro lado se podrá contratar con el oferente que haya presentado el segundo menor precio previa verificación<br />
de sus calidades habilitantes; en caso de que éste tampoco cumpla, se verificará el que haya presentado el<br />
tercer menor precio y así sucesivamente hasta obtener un oferente habilitado. En todo caso, la oferta deberá<br />
encontrarse en condiciones de mercado y satisfacer las necesidades de la Administración Municipal, si no se<br />
cumple lo anterior, se volverá a dar inicio al proceso de selección.<br />
6.4 Inhabilidades e incompatibilidades.- Para poder ofertar se requiere de la inexistencia de inhabilidades e<br />
incompatibilidades de orden constitucional o legal, especialmente las establecidas en el Estatuto General de<br />
Contratación y las Leyes 190 de 1995, 333 de 1996 y 734 de 2002. Al efecto, el oferente deberá manifestar, bajo la<br />
gravedad del juramento, no encontrarse incurso en ninguna de aquéllas; juramento que se entenderá prestado con la<br />
firma de la oferta, y la entidad lo aceptará bajo el principio de la buena fe (Art. 83 C. N.).<br />
6.5 Garantías: De conformidad al artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y al artículo 8 del Decreto 4828 de 2008, la<br />
cuantía del contrato no supera el 10% de la menor cuantía por lo cual no se exigirá al contratista la adquisición<br />
de garantías.<br />
7. FORMA DE PRESENTACIÓN Y PLAZO DE ENTREGA DE LA OFERTA<br />
Los interesados tendrán plazo de presentar la propuesta hasta las catorce horas (2:00 pm) del día 16 de abril de<br />
2010, ajustada a los requisitos exigidos en la presente invitación y presentada personalmente en la Secretaría<br />
General de la Alcaldía Municipal de <strong>Villanueva</strong> Casanare, propuestas que serán evaluadas de forma inmediata, por<br />
parte del Comité Evaluador que estará integrado por el Secretario de Despacho de la Secretaría General, la<br />
Comisaria de Familia y el Asesor Jurídico Externo.<br />
8. REGULACIÓN JURÍDICA<br />
Al proceso de contratación directa se aplicará el ordenamiento constitucional, el régimen jurídico determinado en la<br />
Ley 80 de 1993, sus disposiciones reglamentarias, en especial el Decreto 3576 de 2009 y demás normativas que en<br />
su vigencia sean pertinentes.<br />
____________________________________________________________________________<br />
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9. OTRAS INDICACIONES<br />
Igualmente, deberán tenerse en cuenta los aspectos que, en su regulación, a continuación se señalan:<br />
9.1. Evaluación de la Propuesta.<br />
Una vez recibida la propuesta y cumplido los requisito de la Invitación Pública, inmediatamente se procederá a realizar<br />
la respectiva evaluación, previo cumplido los requisitos de habilitación basado en la información, documentación y<br />
anexos requeridos en esta, si se ajusta a los requerimientos y a lo señalado en el Estatuto General de Contratación,<br />
para poder ser evaluado.<br />
9.2. Tipo de contratación<br />
El Contrato que va a celebrarse será un Contrato de Servicios, el cual contendrá las estipulaciones que se acuerden<br />
entre las partes, con observancia de los principios de contratación consagrados en la Ley 80 de 1993, en especial el<br />
Decreto 3576 de 2009 y demás normativas que en su vigencia sean pertinentes.<br />
9.3. Documentos del Contrato de Servicios<br />
Formarán parte integral del Contrato de Servicios que ha de celebrarse y, por lo tanto, obligan jurídicamente, los<br />
siguientes documentos:<br />
<br />
<br />
<br />
El presente aviso de invitación pública<br />
La oferta presentada por el proponente<br />
El certificado de disponibilidad y su registro presupuestal<br />
9.4. Suscripción del Contrato de Servicios<br />
Una vez realizada la respectiva evaluación, se suscribirá el correspondiente Contrato de Servicios.<br />
Todos los costos asociados a la preparación y presentación de la documentación estarán a cargo del CONTRATISTA<br />
razón por la cual el municipio de <strong>Villanueva</strong> no reconocerá suma alguna, ni efectuara reembolso de ninguna<br />
naturaleza por tal concepto.<br />
9.5. Registro presupuestal<br />
Una vez suscrita el Contrato de Servicios, se solicitará a la Oficina de presupuesto el correspondiente registro<br />
presupuestal, para garantizar el rubro y el gasto comprometido, el cual se allegará oportunamente.<br />
9.6 Derechos y obligaciones de las partes contratantes<br />
Serán los surgidos de la celebración del Contrato de Servicios, estipulados en éste, como también los establecidos en<br />
los artículos 4º y 5º de la ley 80 de 1993.<br />
Atentamente,<br />
ING. JOSUE ALEXANDER BOHORQUEZ PEÑA<br />
Alcalde<br />
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