Nutrición y alimentos funcionales: oportunidades, riesgos y retos ...
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Nutrición y <strong>alimentos</strong> <strong>funcionales</strong>: <strong>oportunidades</strong>,<br />
<strong>riesgos</strong> y <strong>retos</strong> para el consumidor,<br />
la industria y la comunicación<br />
Dra. Pilar Rodríguez Iglesias<br />
Jefe de Unidad<br />
Unidad de Productos Dietéticos, Nutrición y Alergias (NDA)<br />
Nuevos <strong>retos</strong> en la comunicación de los productos alimentarios<br />
Alimentos <strong>funcionales</strong>: Publicidad y consumo<br />
13 Diciembre 2007, Barcelona
Contenido de la ponencia<br />
• Cometido de la EFSA<br />
• Reglamento de declaraciones nutricionales y<br />
propiedades saludables<br />
• Tareas de la EFSA sobre declaraciones
Cometido de la EFSA<br />
Funciones de<br />
la EFSA<br />
Valoración<br />
del Riesgo<br />
Gestión n del<br />
+<br />
Riesgo<br />
Asesoramient<br />
o Científico<br />
Comunicación n del<br />
Riesgo<br />
Comisión n Europea<br />
Parlamento Europeo<br />
Estados Miembros<br />
Consejo
Mandato en Nutrición:<br />
Questiones sobre nutrición<br />
humana, productos dietéticos y<br />
alergias alimentarias, así como<br />
otros temas relacionados tales<br />
4<br />
como nuevos <strong>alimentos</strong>.
EFSA-9 9 Comisiones TécnicasT<br />
• Aditivos alimentarios, aromatizantes, auxiliares tecnológicos y<br />
materiales en contacto con los <strong>alimentos</strong> (AFC Panel)<br />
• Aditivos y productos o sustancias utilizados en los piensos para<br />
animales (FEEDAP Panel)<br />
• Fitosanidad, productos fitosanitarios y sus residuos (PPR Panel)<br />
• Organismos modificados genéticamente (GMO Panel)<br />
• Productos dietéticos, nutrición y alergias (NDA Panel)<br />
• Factores de peligro biológicos (BIOHAZ Panel)<br />
• Contaminantes de la cadena alimentaria (CONTAM Panel)<br />
• Salud y bienestar de los animales (AHAW Panel)<br />
• Salud de las plantas (PLH Panel)
Panel de productos dietéticos,<br />
ticos,<br />
nutrición n y alergias (NDA)<br />
• Composición:<br />
• 19 miembros<br />
• Presidente: Prof. A. Flynn<br />
• Vicepresidentes: Prof. A. Palou; Prof. H.<br />
Przyrembel<br />
• Áreas de conocimiento: nutrición humana, nutrición<br />
infantil, alergia, toxicología, determinación de la<br />
exposición, bioquímica, epidemiología, microbiología,<br />
tecnología de los <strong>alimentos</strong>
Grupos de trabajo (NDA Panel)<br />
Seguridad<br />
Nuevos <strong>alimentos</strong><br />
Recomendaciones<br />
Nutricionales<br />
Asesoramiento<br />
científico<br />
Seguridad e idoneidad<br />
Leches infantiles<br />
Panel NDA<br />
19 expertos<br />
Declaraciones de salud<br />
Evaluación<br />
Niveles máximos<br />
inocuos<br />
Alergias<br />
alimentarias<br />
Seguridad<br />
Seguridad<br />
Apoyados por el Secretariado de la Unidad NDA<br />
en EFSA
Declaraciones nutricionales<br />
y de propiedades saludables<br />
Reglamento (CE) No 1924/2006<br />
Relativo a las declaraciones nutricionales y propiedades saludables en los<br />
<strong>alimentos</strong>
Reglamento (CE) No 1924/2006<br />
• Objetivos:<br />
‣ Protección del consumidor<br />
- Declaraciones de las propiedades saludables con<br />
base científica demostrada para evitar publicidad<br />
falsa o engañosa<br />
‣ Industria alimentaria<br />
- Favorecer el libre mercado interno (en la UE) y la<br />
justa competición<br />
- Promover innovación
Reglamento (CE) No 1924/2006<br />
Preámbulo 23<br />
“Las declaraciones de propiedades saludables<br />
solamente deben autorizarse para su uso a nivel<br />
Europeo después de efectuar una evaluación<br />
científica del nivel más elevado posible. A fin de<br />
garantizar una evaluación científica armonizada de<br />
estas declaraciones, la Autoridad Europea de<br />
Seguridad Alimentaria debe realizar estas<br />
evaluaciones”.
Reglamento (CE) No 1924/2006<br />
• Perfiles nutricionales (Art. 4)<br />
Tareas de la EFSA<br />
• Declaraciones de salud relativas a reducción del riesgo de<br />
enfermedad y referentes al crecimiento y desarrollo infantil<br />
(Art.14)<br />
• Declaraciones de salud (Art.13) relativas a:<br />
– Art.13.1<br />
• Crecimiento, desarrollo y funciones del organismo;<br />
• Funciones psicológicas y comportamentales;<br />
• Adelgazamiento, control del peso corporal, disminución de la<br />
sensación de hambre, aumento de la sensación de saciedad...<br />
– Adiciones al Art.13.1 = Art.13.5 = Art.18<br />
• Basadas en nuevos datos y/o en datos científicos proprietarios<br />
• Otros (Art. 8, 24 & 28)
1) Declaraciones nutricionales<br />
Art. 8: permitidas solamente<br />
si aparecen en el Anexo del<br />
Reglamento<br />
Art 28: las no incluidas en el<br />
Anexo, se autorizarán según<br />
comitología (Comité<br />
Regulador). EFSA será<br />
consultada si es necesario
2) Declaraciones de salud (Art.13)<br />
Declaraciones de propiedades saludables distintas de las relativas<br />
a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud<br />
de los niños<br />
a) La función de un nutriente u otra sustancia en el<br />
crecimiento, el desarrollo y las funciones corporales,<br />
Calcium: good for bones<br />
o<br />
b) las funciones psicológicas y comportamentales, o<br />
c) al adelgazamiento o al control de peso
2) Declaraciones de salud (Art.13)<br />
‣ Art. 13 (1). Lista de declaraciones que:<br />
i) se basen en pruebas científicas generalmente aceptadas, y<br />
ii) sean bien comprendidas por el consumidor medio<br />
Estados Miembros (31/01/2008) ⇒ CE ⇒ Evaluación n de la EFSA ⇒<br />
Lista final aprovada por comitología (31/01/2010) –<br />
‣ Art 13 (5). Toda adición de declaraciones a la lista que:<br />
i) estén basadas en pruebas científicas recientemente obtenidas<br />
y/o<br />
ii) incluyan una solicitud de protección de los datos sujetos a<br />
derechos de propiedad industrial<br />
⇒ Art 18<br />
Evaluación n de la EFSA
3) Declaraciones de salud (Art.14)<br />
Declaraciones de propiedades saludables<br />
relativas:<br />
i. a la reducción del riesgo de enfermedad<br />
…declaraciones que sugieran o impliquen que el<br />
consumo de un alimento disminuye el riesgo de<br />
enfermedad<br />
Calcium<br />
ii. al desarrollo y la salud de los niños<br />
...no definidas en el reglamento
4) Declaraciones de salud (Art. 14)<br />
Proceso de Evaluación y Autorización<br />
Solicitante<br />
Presentación de la solicitud<br />
Autoridad Nacional Competente<br />
de un Estado Miembro de la UE<br />
Recepción de la Solicitud<br />
EFSA<br />
Recepción de la Solicitud<br />
•Informa y hace accesible la solicitud a la Commisión/otros EM<br />
EFSA – Proceso de validación<br />
•Publicación del resumen de la solicitud en la web de la EFSA<br />
Día 0: Panel NDA (EFSA) – Proceso de evaluación científica<br />
Día =5(7) meses *: Panel NDA (EFSA) – Opinión Adoptada<br />
EFSA – Publicación de la Opinión Adoptada en la web de la EFSA<br />
Comisión Europea<br />
Autorización Comunitaria<br />
* Proceso de evaluación incluyendo mecanismos de reloj parado en el<br />
caso se debiera pedir información suplementaria al solicitante
Reglamento (CE) No 1924/2006<br />
Actividades de la EFSA<br />
• Opinión sobre perfiles nutricionales (Enero 2008)<br />
• Asesoramiento a la CE y EM en el desarrollo de un<br />
sistema de perfiles, y en su validación y ensayo<br />
• Publicación de Directrices Científicas y Técnicas<br />
para la preparación y presentación de solicitudes de<br />
autorización de declaraciones de propiedades<br />
saludables (Art.14):<br />
- Borrador publicado para consulta pública (Mayo 2007)<br />
- Diretrices finales adoptadas tras considerar los comentarios<br />
recibidos (Julio 2007)<br />
17
Directrices científicas y técnicast<br />
Objetivos: facilitar elaboración de las<br />
solicitudes de autorización proporcionando:<br />
‣ Un formato común<br />
‣ El tipo de datos que deberán incluirse<br />
‣La jerarquía cualitativa de los diseños de los estudios<br />
científicos<br />
‣Aspectos relevantes respecto al diseño, resultados y<br />
calidad general de los estudios<br />
‣Puntos claves que deben considerarse para evaluar una<br />
declaración de salud
Directrices científicas y técnicast<br />
El fundamento científico de las declaraciones de salud<br />
debería demostrarse considerando 1) la totalidad de<br />
los datos científicos disponibles y 2) sopesando la<br />
evidencia, teniendo en cuenta:<br />
a) que el efecto benéfico sugerido sea relevante para la salud<br />
humana;<br />
b) que sea posible establecer una relación de causalidad entre<br />
el consumo del producto y el efecto sobre la salud<br />
c) que el nutriente/sustancia acerca del cual se efectúa la<br />
declaración esté contenido en el producto final en una<br />
cantidad significativa que produzca el efecto nutricional o<br />
fisiológico declarado en el contexto de una dieta equilibrada<br />
d) que la evidencia procedente de los estudios presentados sea<br />
representativa de la población a la que va dirigida la<br />
declaración
Muchas gracias por su atención<br />
http://efsa.europa.eu