Documento 2. Objetivos y actuaciones particulares ... - Euskadi.net
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Medidas de conservación de la ZEC Txingudi-Bidasoa y la ZEPA Txingudi<br />
<strong>Objetivos</strong> y medidas<br />
Objetivo final<br />
Objetivo<br />
operativo 1<br />
Actuaciones<br />
Objetivo<br />
operativo 2<br />
Actuaciones<br />
El objetivo principal para este elemento clave es el mantenimiento, la<br />
conservación y la recuperación de la plena funcionalidad del sistema como<br />
ámbito en el que se desarrollan ecosistemas de gran productividad que<br />
albergan numerosas especies de interés. Por ello, se tendrá en cuenta el estado<br />
de conservación de los hábitats y especies de interés comunitario presentes en<br />
la ZEC/ZEPA y su contribución al mantenimiento de la funcionalidad del propio<br />
estuario.<br />
Se considera más adecuado que la gestión de los hábitats presentes en el<br />
estuario se aborde de un modo conjunto, definiendo objetivos, regulaciones y<br />
medidas para el sistema que conforman, pese a que también se proponen<br />
medidas específicas para cada hábitat concreto.<br />
Las <strong>actuaciones</strong> que se deberán plantear irán, por tanto, encaminadas a:<br />
- Garantizar y mantener el régimen hidrológico natural del estuario y su<br />
dinámica, favoreciendo su regeneración.<br />
- Conservar activamente los hábitats y las poblaciones de fauna y flora dentro<br />
del sistema y proteger los mejor representados.<br />
- Aumentar su superficie y mejorar su funcionalidad.<br />
- Favorecer su madurez, complejidad estructural y biodiversidad.<br />
- Garantizar la calidad de las aguas.<br />
- Eliminar la flora alóctona invasora.<br />
- Control del uso recreativo y de la presión urbana.<br />
Las medidas favorecerán a las especies presentes en el ámbito en la medida en<br />
que van encaminadas a mejorar el estado de conservación de sus hábitats.<br />
Garantizar y mantener el régimen hidrológico natural del estuario y su<br />
dinámica<br />
Son de aplicación las <strong>actuaciones</strong> comunes propuestas para el conjunto de las<br />
ZEC estuarinas, y en particular la regulación 9.R.2 y la medida <strong>2.</strong>AC.7 relativa<br />
a la limpieza de residuos arrastrados y depositados por las mareas.<br />
Conservar activamente los hábitats y las poblaciones de fauna y flora<br />
dentro del sistema y proteger los mejor representados<br />
Son de aplicación las <strong>actuaciones</strong> comunes propuestas para el conjunto de las<br />
ZEC estuarinas, y en particular la actuación <strong>2.</strong>AC.5 en relación con el control y<br />
seguimiento del estado de conservación de los hábitats 1130, 1140, 1310,<br />
1320, 1330 y 1420; y <strong>2.</strong>AC.8, <strong>2.</strong>AC.10 y <strong>2.</strong>AC.11 en relación con el<br />
seguimiento del estado de conservación de las poblaciones de flora y fauna<br />
amenazada.<br />
AP.1.- Redacción de un proyecto de restauración ambiental y paisajística de<br />
las márgenes de la ría en los ámbitos de Oxinbiribil, Azkenportu, Behobia y en<br />
espacios degradados y con poca cobertura arbórea aguas arriba del viaducto de<br />
la A-8. El objetivo será la creación de espacios de transición en zonas limitadas<br />
por suelo urbano o infraestructuras, mediante la revegetación y naturalización<br />
de las márgenes de la ría.<br />
Objetivo<br />
operativo 3<br />
Actuaciones<br />
Aumentar su superficie y mejorar su funcionalidad<br />
AP.<strong>2.</strong> Restauración ambiental de la isla de Irukanale, eliminando los cultivos y<br />
rellenos existentes y promoviendo la instalación de vegetación típica de<br />
ambientes marismeños. La actuación incluye los estudios y otros trabajos que<br />
sean necesarios para la correcta definición de las <strong>actuaciones</strong> a llevar a cabo. El<br />
criterio general para la redacción de este proyecto debe ser conseguir una<br />
vuelta, en la medida de lo posible, a las condiciones originales del ecosistema:<br />
las que tenía antes de que se iniciara la intervención humana. La actuación<br />
conllevará la eliminación del paso existente entre Oxinbiribil y la isla Irukanale.<br />
AP.3 - Desalojo de las instalaciones deportivas de Plaiaundi y eliminación de los<br />
materiales de construcción y rellenos, restaurando ese espacio para hábitats<br />
<strong>Documento</strong> para la Aprobación Definitiva – noviembre 2012 21