Género y Fuerzas Armadas - Ministerio de Defensa

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11.02.2014 Views

Ministerio de Defensa • Fundación Friedrich Ebert mismo contó con la presencia de funcionarias militares del Inciso y representantes de ámbitos estatales, académicos y políticos especializados en la materia. Participaron como panelistas mujeres oficiales representantes de cada Fuerza, las cuales expusieron sobre la participación de la mujer en las Misiones de Paz de ONU y su situación en su propio ámbito de trabajo. En este marco, se pudieron plantear distintos temas que hacen a la vida militar de las mujeres y aspectos que podrían abordarse para mejorar su situación. Como eje rector, se sugirió revisar la política nacional sobre género, educar sobre Derechos Humanos e incluirlo en la educación básica. A su vez, se constató el creciente índice de ingresos de mujeres en las Fuerzas desde el 2001. Se reconoció que está prevista la preparación física acorde a las especiales características del género. Sin embargo, se mencionó la importancia de revisar políticas de rotación de personal en el exterior, mejorar las condiciones del Servicio, garantizar el trato respetuoso, el reconocimiento de mujeres como profesionales, diferenciar la preparación y el entrenamiento para personal femenino, incrementar reclutamiento y despliegue de mujeres voluntarias. Una vez que desde la Dirección se les solicitó a todas las Unidades, a través de sus profesionales en asistencia social, que expusieran su labor anual y evaluación de la misma pudimos concluir que se realizaron talleres con el personal acerca de enfermedades de transmisión sexual, embarazo adolescente, violencia doméstica y temas conexos y se difundieron de los nuevos sistemas de beneficios sociales aprobados por el Estado, por ejemplo, el que comprende las asignaciones familiares. Dentro de las actividades sociales impulsadas por las Fuerzas, se enmarcan también diversas formas de capacitación en oficios para familiares de personal subalterno, de los cuales su mayoría son mujeres y principalmente en proyectos radicados en el interior de la República. Por otro lado, se observó que en general se cumple con el programa de atención al personal que es desplegado en las Misiones de Paz. Antes de la partida se realizan entrevistas y asesoramientos al aspirante y su familia en su gran mayoría mujeres le realizan evaluaciones psicosociales si la situación lo amerita, y posterior a la llegada del contingente se continúan los seguimientos de las situaciones de mayor relevancia social. Se destacan primordialmente intervenciones en conflictos familiares y problemas de violencia doméstica. En Agosto de 2008 se creó el equipo multidisciplinario para la atención a mujeres en situación de violencia doméstica que funciona en la Base Aérea “Boiso Lanza” y está conformado por un Médico, un Abogado, un Psicólogo, un enfermero y dos Trabajadoras Sociales. Se proyectó la Ordenanza para regular los regímenes de licencia por maternidad y paternidad. Esta norma, fruto directo de los compromisos adquiridos por el Ministerio de los resultados.”, a cargo del Cnel. Raúl Passarino, Cnel. Rubén Fros, y el C/F Robert Figueroa. En líneas generales se trató de demostrar que la actuación de las alumnas es positiva en cuanto a escolaridad, conducta y vocación. Se participó sobre datos estadísticos de la Escuelas de Formación Militar que resultan significativos, como por ejemplo, que de los 10 mejores alumnos calificados, siete son mujeres. Género y Fuerzas Armadas. Algunos debates teóricos y prácticos 104

Ministerio de Defensa • Fundación Friedrich Ebert Defensa, viene a otorgar seguridad, protección y solución a sendos problemas que de hecho padecieron algunas funcionarias que llegado el término de su embarazo encontraron dificultades al momento de efectivizar su licencia. También se avanza respecto a los horarios y tareas que se les asignaban ya que muchas veces obstaculizaban el normal desarrollo de embarazo o período de amamantamiento del niño/a y sobre todo establece en tal sentido medidas respecto a las sanciones. Para concretar lo dispuesto, se reconoce el derecho de toda funcionaria embarazada a una licencia por maternidad de trece semanas, regulando las fechas de inicio y cese, descanso prenatal en caso de enfermedad; descanso puerperal; imposibilidad de superponer licencia ordinaria con la especial por maternidad o paternidad; medio horario para las funcionarias que amamanten a sus hijas/os con un límite máximo de cuatro horas diarias y adecuación de las tareas funcionales según prescripción médica. Asimismo, como medidas complementarias, se estableció para las funcionarias que estén cursando embarazo, en descanso puerperal y en período de lactancia y fueran pasibles de medidas disciplinarias tales como arrestos o recargo en el servicio, se efectivizarán una vez finalizados dichos períodos, así como estarán exoneradas de hacer guardias y se le adjudicarán funciones que no afecten el normal desarrollo del embarazo ni perjudique la salud de la madre. Respecto de la resolución de los problemas que la aplicación de la ordenanza genere, se dispuso que fueran atribuidos a la Dirección General competente. Se establecieron dos medidas de protección conexas: la estabilidad laboral para aquellas funcionarias militares contratadas, estableciéndose una prórroga automática del contrato de servicios que venza en esos períodos por el término de un año y la obligación atribuida a los jerarcas de las unidades y dependencias de exigir el total cumplimiento de la ordenanza bajo su más estricta responsabilidad. Se realizaron llamados y concursos de ingreso y de ascensos para ambos sexos, sin excepción. Asimismo se hicieron relevamientos acerca de la cantidad de mujeres que trabajan en el Inciso, con los cargos que ocupan, siendo ampliamente mayoritarias en las funciones de desempeño profesional y administrativo. Se infiere que el personal femenino en nuestra Secretaría de Estado adquiere capacitación de forma progresiva y desarrolla aún más sus potencialidades, incursionando así cada vez más en áreas que antes eran casi exclusivas del personal masculino. Se siguió y se sigue trabajando en el tema de la mujer inmersa en la disciplina militar, preservación de sus garantías y posibilidad de aquellas que por la naturaleza de su función, sean incorporadas a escalafones de naturaleza civil, dada la aprobación de la Ley 18172 ( art. 124 ) que prevé tales transformaciones. A través de la mencionada Ley se otorga los consiguientes beneficios que se obtiene al ingresar a la función pública a aquellas funcionarias y funcionarios que por la índole de sus tareas no deberían revistar en el escalafón militar. Se está en pleno proceso de instrumentación del primer grupo que incluirá básicamente a más de 250 funcionarios y funcionarias de los que como dato relevante, el 60 % son mujeres. Las transformaciones se efectuarán de manera progresiva, estudiando caso por caso las solicitudes Género y Fuerzas Armadas. Algunos debates teóricos y prácticos 105

<strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> <strong>Defensa</strong> • Fundación Friedrich Ebert<br />

<strong>Defensa</strong>, viene a otorgar seguridad, protección y solución a sendos problemas que <strong>de</strong> hecho<br />

pa<strong>de</strong>cieron algunas funcionarias que llegado el término <strong>de</strong> su embarazo encontraron<br />

dificulta<strong>de</strong>s al momento <strong>de</strong> efectivizar su licencia. También se avanza respecto a los horarios<br />

y tareas que se les asignaban ya que muchas veces obstaculizaban el normal <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong><br />

embarazo o período <strong>de</strong> amamantamiento <strong>de</strong>l niño/a y sobre todo establece en tal sentido<br />

medidas respecto a las sanciones.<br />

Para concretar lo dispuesto, se reconoce el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> toda funcionaria embarazada a una<br />

licencia por maternidad <strong>de</strong> trece semanas, regulando las fechas <strong>de</strong> inicio y cese, <strong>de</strong>scanso<br />

prenatal en caso <strong>de</strong> enfermedad; <strong>de</strong>scanso puerperal; imposibilidad <strong>de</strong> superponer licencia<br />

ordinaria con la especial por maternidad o paternidad; medio horario para las funcionarias que<br />

amamanten a sus hijas/os con un límite máximo <strong>de</strong> cuatro horas diarias y a<strong>de</strong>cuación <strong>de</strong> las<br />

tareas funcionales según prescripción médica.<br />

Asimismo, como medidas complementarias, se estableció para las funcionarias que estén<br />

cursando embarazo, en <strong>de</strong>scanso puerperal y en período <strong>de</strong> lactancia y fueran pasibles <strong>de</strong><br />

medidas disciplinarias tales como arrestos o recargo en el servicio, se efectivizarán una vez<br />

finalizados dichos períodos, así como estarán exoneradas <strong>de</strong> hacer guardias y se le<br />

adjudicarán funciones que no afecten el normal <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l embarazo ni perjudique la salud<br />

<strong>de</strong> la madre. Respecto <strong>de</strong> la resolución <strong>de</strong> los problemas que la aplicación <strong>de</strong> la or<strong>de</strong>nanza<br />

genere, se dispuso que fueran atribuidos a la Dirección General competente. Se establecieron<br />

dos medidas <strong>de</strong> protección conexas: la estabilidad laboral para aquellas funcionarias militares<br />

contratadas, estableciéndose una prórroga automática <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong> servicios que venza en<br />

esos períodos por el término <strong>de</strong> un año y la obligación atribuida a los jerarcas <strong>de</strong> las unida<strong>de</strong>s<br />

y <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncias <strong>de</strong> exigir el total cumplimiento <strong>de</strong> la or<strong>de</strong>nanza bajo su más estricta<br />

responsabilidad.<br />

Se realizaron llamados y concursos <strong>de</strong> ingreso y <strong>de</strong> ascensos para ambos sexos, sin<br />

excepción. Asimismo se hicieron relevamientos acerca <strong>de</strong> la cantidad <strong>de</strong> mujeres que trabajan<br />

en el Inciso, con los cargos que ocupan, siendo ampliamente mayoritarias en las funciones <strong>de</strong><br />

<strong>de</strong>sempeño profesional y administrativo. Se infiere que el personal femenino en nuestra<br />

Secretaría <strong>de</strong> Estado adquiere capacitación <strong>de</strong> forma progresiva y <strong>de</strong>sarrolla aún más sus<br />

potencialida<strong>de</strong>s, incursionando así cada vez más en áreas que antes eran casi exclusivas <strong>de</strong>l<br />

personal masculino.<br />

Se siguió y se sigue trabajando en el tema <strong>de</strong> la mujer inmersa en la disciplina militar,<br />

preservación <strong>de</strong> sus garantías y posibilidad <strong>de</strong> aquellas que por la naturaleza <strong>de</strong> su función,<br />

sean incorporadas a escalafones <strong>de</strong> naturaleza civil, dada la aprobación <strong>de</strong> la Ley 18172 ( art.<br />

124 ) que prevé tales transformaciones. A través <strong>de</strong> la mencionada Ley se otorga los<br />

consiguientes beneficios que se obtiene al ingresar a la función pública a aquellas funcionarias<br />

y funcionarios que por la índole <strong>de</strong> sus tareas no <strong>de</strong>berían revistar en el escalafón militar. Se<br />

está en pleno proceso <strong>de</strong> instrumentación <strong>de</strong>l primer grupo que incluirá básicamente a más <strong>de</strong><br />

250 funcionarios y funcionarias <strong>de</strong> los que como dato relevante, el 60 % son mujeres. Las<br />

transformaciones se efectuarán <strong>de</strong> manera progresiva, estudiando caso por caso las solicitu<strong>de</strong>s<br />

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