Derecho - Ulacit
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<strong>Derecho</strong><br />
Rhombus<br />
A continuación se explica cada uno de<br />
los elementos del capítulo de<br />
inversión del TLC.<br />
1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL<br />
CAPÍTULO DE INVERSIÓN<br />
El capítulo de inversión del TLC se le<br />
aplica fundamentalmente tanto a los<br />
inversionistas de los países parte del<br />
tratado, como a las inversiones<br />
cubiertas conforme a los términos del<br />
capítulo. Es así que el ámbito de<br />
aplicación del texto<br />
fundamentalmente se delimita sobre<br />
la base de dos definiciones<br />
fundamentales: el concepto de<br />
inversión y el concepto de<br />
inversionista.<br />
Al igual que en otros acuerdos sobre<br />
inversión ya suscritos por Costa Rica,<br />
el concepto de inversión cubierta se<br />
define de manera amplia y<br />
comprende<br />
… todo activo de propiedad de un<br />
inversionista o controlado por el<br />
mismo, directa o indirectamente,<br />
que tenga las características de<br />
una inversión, incluyendo<br />
características tales como el<br />
compromiso de capitales u otros<br />
recursos, la expectativa de obtener<br />
ganancias o utilidades, o el asumir<br />
riesgo.<br />
De la anterior definición se desprende<br />
que para que un determinado bien<br />
sea considerado una inversión<br />
cubierta, como mínimo deben<br />
concurrir dos requisitos, a saber:<br />
primero, que el bien sea propiedad o<br />
esté controlado 11 por un inversionista<br />
conforme a los términos del capítulo;<br />
y segundo, que dicho bien o activo<br />
tenga las características de una<br />
inversión.<br />
En países como Costa Rica, en los<br />
cuales no existe un marco jurídico<br />
diferenciado para la inversión<br />
extranjera, no existe una definición<br />
formal legal de lo que se considera<br />
como inversión foránea. Es así que el<br />
ordenamiento jurídico se orienta por<br />
el principio de realidad. En la<br />
realidad, una inversión reviste<br />
numerosas características que no<br />
siempre son fáciles de enumerar,<br />
pues existen diversos tipos y<br />
modalidades de inversión. En ese<br />
sentido, la definición del capítulo se<br />
orienta a que la determinación de si<br />
un bien en particular es o no una<br />
inversión se determine caso por caso.<br />
No obstante, la definición establece<br />
parámetros que aclaran cuando un<br />
activo tiene las características de una<br />
inversión, y estipula que entre otros<br />
aspectos, debe haber existido un<br />
compromiso de capitales u otros<br />
11 La noción de control hace referencia a la situación en<br />
la cual el bien invertido es propiedad de una persona<br />
jurídica “X”, que a su vez es propiedad de un<br />
inversionista “Y”. Es así entonces como el inversionista<br />
“Y” controla el bien invertido a través del control que<br />
ejerce a través de la sociedad “X”. El control puede ser<br />
directo, como lo es el caso anteriormente explicado, o<br />
indirecto, es decir, a través de una tercera persona<br />
jurídica. Aplicando el ejemplo anterior, el caso del<br />
control indirecto sería que el inversionista “Y” es<br />
propietario de la sociedad “X” , compañía que a su vez<br />
tiene una subsidiaria en Costa Rica, la empresa “W”,que<br />
es la que ostenta formalmente el título de propiedad sobre<br />
el bien invertido.<br />
Revista Rhombus ISSN 1659-1623 Vol. 2, Especial N° 3. Julio 2006