Avales y Otras Garantías Emitidas al Exterior - Banesto
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1<br />
Banco Español de Crédito S.A. En vigor desde el 18.02.10<br />
EPÍGRAFE 55º.<br />
AVALES Y OTRAS GARANTÍAS EMITIDAS AL EXTERIOR<br />
COMISIÓN EUROS<br />
POR FORMALIZACIÓN POR RIESGO<br />
ESPECIFICACIÓN (UNA SOLA VEZ) (TRIMESTRAL)<br />
% MÍNIMO % MÍNIMO<br />
1. PREAVALES 0,50 60,00 - -<br />
2. AVALES TÉCNICOS 0,50 60,00 1,15 55,00<br />
3. AVALES ECONÓMICOS<br />
3.1. COMERCIALES<br />
3.1.1. Hasta 1 año 0,50 60,00 1,15 55,00<br />
3.1.2. A más de 1 año 0,50 60,00 1,15 55,00<br />
3.2. FINANCIEROS<br />
3.2.1. Hasta 1 año 0,50 60,00 1,15 55,00<br />
3.2.2. A más de 1 año 0,50 60,00 1,15 55,00<br />
En el caso de que las respectivas operaciones contasen con cobertura de la Compañía Española<br />
de Seguros de Crédito a la Exportación "C.E.S.C.E.", o contragarantía bancaria, se aplicarán las<br />
siguientes comisiones:<br />
COMISIÓN EUROS<br />
POR FORMALIZACIÓN POR RIESGO<br />
ESPECIFICACIÓN (UNA SOLA VEZ) (TRIMESTRAL)<br />
% MÍNIMO % MÍNIMO<br />
4. PREAVALES 0,50 42,00 - -<br />
5. AVALES TÉCNICOS 0,50 42,00 0,40 42,00<br />
6. AVALES ECONÓMICOS<br />
6.1. Comerci<strong>al</strong>es 0,50 42,00 0,40 42,00<br />
6.2. Financieros 0,50 42,00 0,70 42,00<br />
ESPECIFICACIÓN<br />
7. OPERACIONES EJECUTADAS (ver Nota 7)<br />
En el supuesto de EJECUCION DEL AVAL o GARANTIA, se percibirán las comisiones<br />
correspondientes a la operación mediante la cu<strong>al</strong> se efectúe el reembolso, que en el caso de<br />
transferencias con el exterior, figura recogido en el epígrafe 59<br />
8. COMISIÓN GASTOS DE ESTUDIO 0,35 50,00<br />
(Sobre el princip<strong>al</strong> del riesgo solicitado)<br />
9. COMISIÓN DE DISPONIBILIDAD (Ver Nota 8.)<br />
(Sobre el riesgo medio no utilizado en cada periodo<br />
de liquidación)<br />
10. MODIFICACIÓN DE CONDICIONES O GARANTIAS<br />
0,50 -<br />
A petición del cliente y sobre el límite vigente de la operación 0,50 50,00<br />
Esta tarifa podrá ser modificada previa comunicación <strong>al</strong> Banco de España.
2<br />
Banco Español de Crédito S.A. En vigor desde el 18.02.10<br />
EPÍGRAFE 55º. AVALES Y OTRAS GARANTÍAS EMITIDAS AL EXTERIOR<br />
ESPECIFICACIÓN COMISIÓN<br />
% FIJO<br />
EUROS<br />
5. COMISIÓN POR RECLAMACIÓN DE POSICIONES<br />
DEUDORAS (Ver Nota 9.) - 35,00<br />
Nota 1. Se entenderá comprendida en este epígrafe la prestación de toda clase de cauciones, garantías y fianzas para<br />
asegurar el buen fin de obligaciones o compromisos contraidos por el cliente ante un tercero.<br />
Nota 2. Se entiende por preav<strong>al</strong>es los que, no constituyendo un compromiso en firme del Banco av<strong>al</strong>ista, expresan su<br />
favorable disposición a otorgar av<strong>al</strong> definitivo en su día ante la Entidad que lo solicita, como paso previo para el<br />
estudio de la operación financiera que le ha sido propuesta.<br />
Nota 3. Se consideran av<strong>al</strong>es de carácter técnico los que no comportan obligación directa de pago para el Banco av<strong>al</strong>ista,<br />
pero responden del incumplimiento de los compromisos que el av<strong>al</strong>ado tiene contraídos, gener<strong>al</strong>mente ante <strong>al</strong>gún<br />
Organismo Público con motivo de importación de mercancías en régimen tempor<strong>al</strong>, participación en concursos y<br />
subastas, ejecución de obras y suministros, buen funcionamiento de maquinaria vendida, etc.<br />
Nota 4. <strong>Av<strong>al</strong>es</strong> de carácter económico: pueden ser de carácter comerci<strong>al</strong> o financiero. Los primeros se refieren a operaciones<br />
de natur<strong>al</strong>eza comerci<strong>al</strong> y responden del pago aplazado en compraventa de cu<strong>al</strong>quier clase de bienes, fraccionamientos<br />
de pago, sumas entregadas anticipadamente, etc. Los segundos responden de créditos o préstamos obtenidos por el<br />
cliente av<strong>al</strong>ado de otras Entidades, ante las que el Banco av<strong>al</strong>ista queda obligado directamente a su reembolso,<br />
gener<strong>al</strong>mente, consisten en av<strong>al</strong> o letras financieras o en pólizas de crédito o préstamo.<br />
Nota 5. La comisión por riesgo se percibirá por periodos trimestr<strong>al</strong>es anticipados y se c<strong>al</strong>culará sobre la cuantía de la obligación<br />
princip<strong>al</strong> vigente en el momento de la percepción.<br />
El devengo de la comisión, en el caso de av<strong>al</strong>es con prestación de garantía sin vencimiento determinado, terminará con la<br />
devolución del documento en el que esté consignado el av<strong>al</strong> o garantía y, en su defecto, con la anulación de la misma en<br />
forma fehaciente y a entera satisfacción del Banco.<br />
Nota 6. En el caso de garantías prestadas ante una Entidad extranjera en las que el Banco español garante ante el extranjero<br />
haya exigido, a su vez, contragarantía bancaria en España, se considerarán como operaciones distintas la garantía<br />
ante el extranjero y la contragarantía que pueda resp<strong>al</strong>darla, y cada una de ellas devenga sus propias comisiones.<br />
Nota 7. Se entiende por OPERACIONES EJECUTADAS, aquellas que por requerimiento del beneficiario de la garantía o av<strong>al</strong>,<br />
el banco ha cumplido el compromiso adquirido por la emisión de la garantía o av<strong>al</strong>.<br />
Nota 8. Comisión de disponibilidad (Trimestr<strong>al</strong>). Esta comisión será de aplicación a aquellas operaciones en las que la utilización<br />
del av<strong>al</strong> sea facultativa del cliente.<br />
Nota 9. En concepto de gestión por reclamación efectuada de posiciones deudoras, por haberse hecho efectiva<br />
la garantía o por otras causas en función de la operación, se percibirá por una sóla vez, una comisión<br />
por cada rúbrica en la que el cliente presente posiciones vencidas.<br />
Esta tarifa podrá ser modificada previa comunicación <strong>al</strong> Banco de España.