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México Bárbaro! - Webgarden

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Uno de los principales métodos para despojar de sus tierras al pueblo en general ha sido la<br />

expedición de la ley de registro de la propiedad patrocinada por Díaz, la cual permitió a<br />

cualquier persona reclamar terrenos cuyo poseedor no pudiera presentar título registrado.<br />

Como hasta el momento en que la ley se puso en vigor no era costumbre registrar los títulos<br />

de propiedad, quedaron afectadas por ella todas las propiedades de <strong>México</strong>. Cuando un<br />

hombre poseía un lote que había sido de su padre, y antes de su abuelo y de su bisabuelo,<br />

que lo había ocupado su familia durante varias generaciones, consideraba simplemente que<br />

ese lote era de su propiedad, lo cual era reconocido por sus vecinos y por todos los<br />

gobiernos, sin que mediara un título de propiedad registrado, hasta que llegó este gobierno<br />

de Díaz.<br />

En el supuesto de que la evolución del país hubiera hecho necesaria una estricta ley de<br />

registro, y de que esta ley se hubiera promulgado con el fin de proteger a los dueños de la<br />

tierra en vez de despojarlos, el gobierno habría enviado agentes por todo el país, desde<br />

luego, para dar a conocer al pueblo la nueva ley y para ayudarlo a registrar sus propiedades<br />

y conservar sus hogares. Pero esto no se hizo. La conclusión inevitable es que la ley fue<br />

promulgada con el objeto de despojar a los propietarios.<br />

De todas formas, el resultado fue un verdadero despojo. Apenas fue aprobada la ley cuando<br />

los miembros de la maquinaria gubernamental, encabezados por el suegro de Díaz y por<br />

Díaz mismo, organizaron compañías deslindadoras y enviaron agentes, no para ayudar al<br />

pueblo a que conservara sus tierras, sino para elegir las más deseables, registrarlas y<br />

despojar a los propietarios, lo cual se hizo en gran escala. En esta forma, cientos de millares<br />

de pequeños agricultores perdieron sus propiedades; así las siguen perdiendo. Como un<br />

ejemplo se transcribe aquí un despacho fechado en Mérida, Yucatán, el 11 de abril de 1909<br />

y publicado el 12 de abril por el Mexican Herald, un diario norteamericano que se imprime<br />

en la Ciudad de <strong>México</strong>:<br />

Mérida, 11 de abril. El ministro de Fomento, Colonización e Industria, Olegario Molina, ha<br />

denunciado ante la agencia respectiva en esta ciudad un extenso territorio adyacente a sus<br />

tierras del partido de Tizimín. La denuncia fue hecha por mediación de Esteban Rejón<br />

García, su administrador en aquel lugar.<br />

Esa sección se tomó sobre la base de que los actuales ocupantes no tienen documentos ni<br />

títulos de propiedad.<br />

Mide 2,700 hectáreas e incluye pueblos perfectamente organizados, algunos buenos<br />

ranchos, entre ellos los de Laureano Briseño y Rafael Aguilar, y otras propiedades. El jefe<br />

político de Tizimín ha notificado a los habitantes del pueblo, a los propietarios y a los<br />

trabajadores de los ranchos, y a otras personas que se hallan en esas tierras, que están<br />

obligados a desocuparlas en un plazo de 2 meses o quedar sujetos al nuevo propietario.

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