Manual Buenas Prácticas Medioambientales. Carreteras de Aragón

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26.07.2013 Views

Manual Buenas Prácticas Medioambientales. Carreteras de Aragón ¬ En las zonas de trabajo disponer de una zona temporal de almacenamiento de residuos. ¬ Almacenar los residuos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad: suelo impermeable (hormigón o cemento), protegidos del sol y la lluvia, en una zona ventilada, alejados de la red de saneamiento, dispuesto sobre un elemento o dispositivo que garantice una retención del residuo, cubeto o bordillo para evitar derrames, con el objeto de minimizar los riesgos en caso de accidente y/o incidente. ¬ Colocar contenedores para cada tipo de residuos en los lugares adecuados para facilitar la implicación de los trabajadores. ¬ Identificar los contenedores con una etiqueta que por legislación debe contener: Código de residuo. Símbolo correspondiente según sea un producto nocivo, tóxico, inflamable, etc. Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos. Fecha de envasado -cuando se tiene el contenedor completo-, el tiempo de almacenamiento no será superior a 6 meses en el caso de residuos peligrosos y un año para residuos no peligrosos. ¬ No se deben mezclar residuos, separación en función de su código LER. Los envases que hayan contenido Residuos Peligroso RP’s son también RP’s. Los productos peligrosos caducados son también RP’s. ¬ Gestionar como residuos los restos de siega y poda. Cuando el volumen lo justifique se trituran los residuos, ya sea para transporte a vertedero, ya sea para elaboración de compost por gestor autorizado. 55

Manual Buenas Prácticas Medioambientales. Carreteras de Aragón RUIDO Ruido, sonido exterior no deseado o nocivo generado por las actividades humanas, incluido el ruido emitido por los medios de transporte, por el tráfico rodado, ferroviario y aéreo y por emplazamientos de actividades industriales como los descritos en el anexo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. Contaminación acústica, presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen o causen perjuicio al medio ambiente. La determinación del nivel de ruido se realiza y expresa en decibelios –db-. La capacidad auditiva se deteriora en la banda comprendida entre 75 db y 125 db y pasa a un nivel doloroso cuando se superan los 125 db. Para conocer el nivel de ruido que se genera en el desarrollo de una actividad, es necesario medirlo. Para medir el ruido se utilizan de manera habitual los sonómetros. En España, la legislación marca como límite aceptable 65 db durante el día y 55 db durante la noche. La mayoría de las operaciones que tienen lugar durante el desarrollo de construcción y conservación de carreteras, son generadoras de ruido y vibraciones. Pero es en la fase de explotación de la carretera, cuando el ruido es especialmente intenso, debido al roce de neumáticos con la calzada, el ruido de los claxon, de los motores, las aceleraciones y frenadas bruscas. El tráfico es la fuente más importante del nivel de ruido asociado a las carreteras. 56

<strong>Manual</strong> <strong>Buenas</strong> <strong>Prácticas</strong> <strong>Medioambientales</strong>. <strong>Carreteras</strong> <strong>de</strong> <strong>Aragón</strong><br />

¬ En las zonas <strong>de</strong> trabajo disponer <strong>de</strong> una zona temporal <strong>de</strong><br />

almacenamiento <strong>de</strong> residuos.<br />

¬ Almacenar los residuos en condiciones a<strong>de</strong>cuadas <strong>de</strong> higiene y<br />

seguridad: suelo impermeable (hormigón o cemento), protegidos <strong>de</strong>l sol y la<br />

lluvia, en una zona ventilada, alejados <strong>de</strong> la red <strong>de</strong> saneamiento, dispuesto<br />

sobre un elemento o dispositivo que garantice una retención <strong>de</strong>l residuo,<br />

cubeto o bordillo para evitar <strong>de</strong>rrames, con el objeto <strong>de</strong> minimizar los riesgos<br />

en caso <strong>de</strong> acci<strong>de</strong>nte y/o inci<strong>de</strong>nte.<br />

¬ Colocar contenedores para cada tipo <strong>de</strong> residuos en los lugares a<strong>de</strong>cuados<br />

para facilitar la implicación <strong>de</strong> los trabajadores.<br />

¬ I<strong>de</strong>ntificar los contenedores con una etiqueta que por legislación <strong>de</strong>be<br />

contener: Código <strong>de</strong> residuo. Símbolo correspondiente según sea un producto<br />

nocivo, tóxico, inflamable, etc. Nombre, dirección y teléfono <strong>de</strong>l titular <strong>de</strong> los<br />

residuos. Fecha <strong>de</strong> envasado -cuando se tiene el contenedor completo-, el<br />

tiempo <strong>de</strong> almacenamiento no será superior a 6 meses en el caso <strong>de</strong> residuos<br />

peligrosos y un año para residuos no peligrosos.<br />

¬ No se <strong>de</strong>ben mezclar residuos, separación en función <strong>de</strong> su código LER. Los<br />

envases que hayan contenido Residuos Peligroso RP’s son también RP’s. Los<br />

productos peligrosos caducados son también RP’s.<br />

¬ Gestionar como residuos los restos <strong>de</strong> siega y poda. Cuando el volumen lo<br />

justifique se trituran los residuos, ya sea para transporte a verte<strong>de</strong>ro, ya sea<br />

para elaboración <strong>de</strong> compost por gestor autorizado.<br />

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