a contra costa health plan - Contra Costa Health Services
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la ausencia de atención médica inmediata se<br />
podría razonablemente esperar que resulte en<br />
alguno de los siguientes:<br />
• Poner en gran peligro la salud del individuo<br />
(o con respecto a una mujer embarazada, la<br />
salud de la mujer o su hijo no nacido);<br />
• Impedimento grave en las funciones<br />
corporales; o bien,<br />
• Disfunción grave de cualquier órgano o parte<br />
corporal.<br />
Servicios de atención urgente<br />
El término “servicios de atención urgente” se<br />
refiere a aquellos servicios proporcionados en<br />
respuesta a la necesidad del paciente de un<br />
diagnóstico pronto y/o tratamiento para un<br />
desorden médico o mental que:<br />
1. Podría convertirse en una Emergencia si no<br />
es diagnosticado o tratado, o bien;<br />
2. Si no se trata en una manera oportuna podría<br />
resultar en una demora que:<br />
a) Probablemente resultará en un<br />
impedimento temporal prolongado o<br />
tratamiento prolongado<br />
b) Aumenta la probabilidad de tratamiento<br />
más complejo o riesgoso, desarrollo de<br />
enfermedad crónica, o severo sufrimiento<br />
físico o psicológico del miembro.<br />
Deber de notificar<br />
Es responsabilidad del miembro notificar al Plan<br />
de Salud cuando él o ella reciba Servicios de<br />
Emergencia o Atención Urgente. Tal<br />
notificación deberá ser tan pronto como sea<br />
razonablemente posible.<br />
Transporte de emergencia y no emergencia<br />
El Plan de Salud pagará por el transporte de<br />
ambulancia de Emergencia Médicamente<br />
Necesaria en conexión con los servicios de<br />
emergencia al primer hospital que acepte al<br />
suscriptor para atención de emergencia. Esto<br />
incluye ambulancia y servicios de transporte de<br />
ambulancia proporcionados por el sistema de<br />
respuesta a emergencias del 911.<br />
CONTRA COSTA HEALTH PLAN<br />
<strong>Health</strong>y Families EOC<br />
El transporte que no sea de emergencia para la<br />
transferencia de un suscriptor de un hospital a<br />
otro hospital/centro o de un hospital al hogar será<br />
cubierto cuando el transporte sea médicamente<br />
necesario, solicitado por un proveedor del <strong>plan</strong>, y<br />
aprobado con antelación por el Plan de Salud. El<br />
Plan no cubrirá el transporte por avión, auto para<br />
pasajeros, taxi ni otras formas de transporte<br />
público.<br />
Cuidado de seguimiento<br />
El cuidado de seguimiento a los servicios de<br />
emergencia o atención urgente es tratado de la<br />
misma forma que otros servicios de atención a la<br />
salud proporcionados por el Plan de Salud<br />
<strong>Contra</strong> <strong>Costa</strong>. Para ser cubierto por CCHP, los<br />
servicios de seguimiento deben ser recetados o<br />
dirigidos por un médico de CCHP. CCHP no<br />
pagará por los servicios de seguimiento de<br />
doctores y hospitales fuera del Plan, a menos que<br />
sean autorizados y aprobados por CCHP.<br />
RESPONSABILIDADES<br />
DE PAGO<br />
Copagos<br />
Bajo el Programa <strong>Health</strong>y Families, ciertos<br />
servicios que no se consideran de cuidados<br />
“preventivos” requieren copagos para el<br />
miembro inscrito. Los copagos están enumerados<br />
en el Resumen de Beneficios. Algunos<br />
proveedores cobran copagos en el momento del<br />
servicio, otros incluyendo los Centros de Salud<br />
<strong>Contra</strong> <strong>Costa</strong> facturan el copago. CCHP dará<br />
instrucciones a los proveedores para ofrecer<br />
<strong>plan</strong>es de pago siempre que los copagos de una<br />
familia excedan los $25/ mes. A los miembros<br />
que se determine que son Indios Americanos o<br />
Nativos de Alaska no se les cobrarán copagos.<br />
Nota: No hay copagos para servicios preventivos.<br />
Máximo anual de copagos<br />
Existe un límite en la cantidad de copagos<br />
requeridos. El límite por grupo familiar, por año<br />
de beneficios, es de $250 sin importar cuántos<br />
niños estén inscritos. Usted debe solicitar un<br />
recibo siempre que se realice un copago y