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Setmana San

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SETMANA SANTA SAGUNTINA 2012<br />

testigos que al final se nombrarán, comparece María Carbonell y Guerra,<br />

dedicada á labores domesticas, de veinticinco años, asociada de su<br />

esposo Vicente Huerta y Gonzalez, labrador, de veinte y seis, de la misma<br />

vecinos, con cedulas personales espedidas por esta Alcaldía, bajo los<br />

numeros seiscientos doce, y seiscientos diez respectivamente, quienes<br />

aseguran hallarse en el pleno goce de los derechos civiles, teniendo à mi<br />

juicio la capacidad legal necesaria para formalizar este documento, y<br />

previa la venia marital que para el efecto solicita y obtiene expone:<br />

Que por herencia de su tío José Marin y Cambra, fallecido en seis de Julio<br />

de mil ochocientos setenta y seis, es dueña de un deslunado ó corral<br />

descubierto, sin numero, que mide sesenta y tres metros, veinte centímetros<br />

de area superficial, situado en el ambito de esta Ciudad, y su Calle<br />

de la <strong>San</strong>gre, lindante por la izquierda con el Hermitorio de dicho nombre,<br />

con el cual se comunica interiormente, y por derecha y espaldas<br />

con casa de los herederos de Don Vicente Pallarés y Burcet, cuya enajenación<br />

tiene concertada con la Junta Directiva de la Cofradía ó Mayordomía<br />

de la Purísima <strong>San</strong>gre de Nuestro Señor Jesucristo, establecida<br />

en la misma; y no pudiendo realizar en el dia por carecer del necesario<br />

título de pertenencia, otorga:<br />

Que hace solemne y formal promesa de venta de él à la espresada Cofradía,<br />

por la cantidad convenida de ciento veinticinco pesetas, veinticinco<br />

centimos, que confiesa haber ya recibido de su actual Clavario Joaquín<br />

Capella y Brú, en metalico de buena calidad, formalizando en consecuencia<br />

de dicha suma en su favor la conducente carta de pago, y se<br />

compromete á otorgar por dicho precio á la referida Corporación la escritura<br />

de venta del indicado corral tan luego como se provea de la titulacion<br />

correspondiente; pudiendo ello no obstante la indicada Cofradía<br />

disponer desde ahora de aquel local como suyo propio, y cual si aquella<br />

estubiese ya otorgada, cuya promesa contrae por obligación personal,<br />

no siendo por tanto inscribible en el Registro de la Propiedad.<br />

Y siendo tambien presente José Brú Lopez, propietario, de este vecindario,<br />

casado, de cincuenta y cuatro años, con cedula personal espedida<br />

por esta Alcaldía bajo el numero ciento noventa y ocho, en su calidad<br />

de Presidente de la Junta Directiva de la mencionada Cofradía de la<br />

Purísima <strong>San</strong>gre, cuya circunstancia me consta de ciencia propia como<br />

Secretario en actual egercicio de la misma, asegurando á su vez hallarse<br />

en la plenitud de los derechos civiles, y teniendo por tanto á mi juicio<br />

capacidad legal bastante para el efecto, acepta á nombre y en representación<br />

de la espresada Corporación la precedente promesa de venta en<br />

todas sus partes.<br />

294 El “Corral de la Ermita de la <strong>San</strong>gre” y las cuentas de la Mayoralía de la <strong>San</strong>gre del año 1927

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