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Convocatoria descentralizada Nº 001-2007-CNM - Justicia Viva

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CARTILLA DE ORIENTACIÓN AL POSTULANTE<br />

CONVOCATORIA DESCENTRALIZADA <strong>Nº</strong> <strong>001</strong>-<strong>2007</strong>-<strong>CNM</strong><br />

MACRO REGIÓN AMAZÓNICA<br />

CONCURSO PUBLICO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES DE VOCALES SUPERIORES, JUECES ESPECIALIZADOS Y MIXTOS,<br />

JUECES DE PAZ LETRADOS DEL PODER JUDICIAL Y FISCALES SUPERIORES, FISCALES ADJUNTOS SUPERIORES, FISCALES<br />

PROVINCIALES Y FISCALES ADJUNTOS PROVINCIALES DEL MINISTERIO PÚBLICO<br />

FECHA DE PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIA <strong>Nº</strong> <strong>001</strong>-<strong>2007</strong>-<strong>CNM</strong><br />

Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el día 26 de julio de <strong>2007</strong>.<br />

REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE JUECES Y FISCALES<br />

Aprobado mediante Resolución <strong>Nº</strong> 253-<strong>2007</strong>-<strong>CNM</strong>, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el día 24 de julio de <strong>2007</strong>.<br />

BALOTARIO VIGENTE PARA LA PRESENTE CONVOCATORIA<br />

Aprobado mediante Resolución <strong>Nº</strong> 990-2005-<strong>CNM</strong>, publicado el 5 de junio del 2005 en Separata Especial de Normas Legales del Diario Oficial<br />

“El Peruano” y Resolución <strong>Nº</strong> 1086-2005-<strong>CNM</strong> que incluye temas de Derecho Notarial y Derecho Registral.<br />

Las pruebas de conocimientos son diferenciadas para jueces y fiscales, según el nivel y especialidad y se basan fundamentalmente en la<br />

solución de casos prácticos; sin embargo se consideran como temas básicos comunes: Doctrina Constitucional y Derechos Humanos, Teoría<br />

General del Derecho, Teoría General del Proceso, Cultura General y Realidad Nacional.<br />

RELACIÓN DE PLAZAS CONVOCADAS – DISTRITOS JUDICIALES DE AMAZONAS, LORETO, MADRE DE DIOS, UCAYALI Y SAN<br />

MARTÍN<br />

PODER JUDICIAL<br />

Vocalías Superiores : 35 plazas<br />

Juzgados Especializados y Mixtos : 27 plazas<br />

Juzgados de Paz Letrados : 12 plazas<br />

MINISTERIO PÚBLICO<br />

Fiscalías Superiores : 07 plazas<br />

Fiscalías Adjuntas Superiores : 06 plazas<br />

Fiscalías Provinciales : 52 plazas<br />

Fiscalías Adjuntas Provinciales : 19 plazas<br />

REQUISITOS ESPECIALES PARA VOCAL SUPERIOR Y FISCAL SUPERIOR:<br />

1. Ser peruano de nacimiento;<br />

2. Ser ciudadano en ejercicio;<br />

3. Gozar de conducta intachable;<br />

4. Ser mayor de treinta y dos años;<br />

5. Haber sido Juez Especializado o Mixto, Fiscal Superior Adjunto o Fiscal Provincial durante cinco años o haber ejercido la abogacía o<br />

desempeñado cátedra universitaria en disciplina jurídica por un período no menor de siete años;<br />

6. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por Ley.<br />

PARA JUEZ ESPECIALIZADO Y MIXTO, FISCAL ADJUNTO SUPERIOR Y FISCAL PROVINCIAL:<br />

1. Ser peruano de nacimiento;<br />

2. Ser ciudadano en ejercicio;<br />

3. Gozar de conducta intachable;<br />

4. Ser mayor de veintiocho años;<br />

5. Haberse desempeñado como Juez de Paz Letrado durante más de dos años o como Secretario o Relator de Sala o Fiscal Provincial<br />

Adjunto por más de tres años o haber ejercido la abogacía o desempeñado docencia universitaria en materia jurídica por más de cinco<br />

años;<br />

6. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por Ley.<br />

PARA JUEZ DE PAZ LETRADO:<br />

1. Ser peruano de nacimiento;<br />

2. Ser ciudadano en ejercicio;<br />

3. Gozar de conducta intachable;<br />

4. Ser mayor de veinticinco años;<br />

5. Haberse desempeñado como Secretario o Relator de Sala por más de dos años o como Secretario de Juzgado por más de cuatro años<br />

o haber ejercido la abogacía o desempeñado docencia universitaria en materia jurídica por más de cuatro años;<br />

6. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por Ley.<br />

PARA FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL:<br />

1. Ser peruano de nacimiento;<br />

2. Ser ciudadano en ejercicio;<br />

3. Gozar de conducta intachable<br />

4. Ser mayor de veintitrés años;<br />

5. Servicio ininterrumpido por más de dos años como Secretario de Juzgado o haber ejercido la abogacía o desempeñado docencia<br />

universitaria por igual término;<br />

6. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por Ley.<br />

POSTULANTES CON DISCAPACIDAD<br />

El postulante con discapacidad deberá presentar el certificado de discapacidad o la Resolución expedida por CONADIS, de corresponder el<br />

caso.


ETAPAS DEL CONCURSO:<br />

Artículo 21º del Reglamento de Concursos:<br />

- Examen escrito,<br />

- Calificación del currículum vitae documentado y,<br />

- Entrevista personal.<br />

PUNTAJES APROBATORIOS:<br />

Conforme a los Artículos 22º, 23º y 24º del Reglamento de Concursos:<br />

- El examen escrito y la calificación curricular son eliminatorios.<br />

- El puntaje aprobatorio del examen escrito para todos los niveles es de 60 puntos.<br />

- Puntaje aprobatorio de calificación curricular:<br />

1. Vocal y Fiscal Superior : 60 puntos<br />

2. Juez Especializado o Mixto, Fiscal Adjunto : 57 puntos<br />

Superior y Fiscal Provincial.<br />

3. Juez de Paz Letrado y Fiscal Adjunto Provincial : 55 puntos<br />

TABLA DE PESOS:<br />

Para Vocal y Fiscal Superior, Juez Especializado o Mixto, Fiscal Adjunto Superior y Fiscal Provincial:<br />

• Examen escrito – Peso 3<br />

• Calificación curricular – Peso 3<br />

• Entrevista personal – Peso 2<br />

Para Juez de Paz Letrado y Fiscal Adjunto Provincial:<br />

• Examen escrito – Peso 4<br />

• Calificación curricular – Peso 2<br />

• Entrevista personal – Peso 2<br />

PROCEDIMIENTO PARA ORDENAR LOS DOCUMENTOS EN LA CARPETA DE POSTULACION<br />

Los documentos deberán ordenarse de la siguiente manera:<br />

a) Ficha de inscripción.<br />

b) Copia del Documento Nacional de Identidad.<br />

c) Acta o partida de nacimiento expedida por el RENIEC o Registro Civil.<br />

d) Copia del anverso y reverso del título de abogado, legalizada notarialmente. El título obtenido en el extranjero debe estar reconocido,<br />

revalidado o convalidado ante la Asamblea Nacional de Rectores.<br />

e) Constancia de colegiación en la que se acredite la fecha de incorporación y de encontrarse hábil, expedida por el Colegio de Abogados en<br />

el que se encuentre inscrito, la misma que debe tener una antigüedad no mayor a treinta días.<br />

f) Certificación expedida por un centro oficial de salud de no adolecer de incapacidad física permanente que le impida ejercer la función, la<br />

misma que debe estar acreditada por un profesional competente.<br />

Postulante en condición de Magistrado:<br />

Copia del título de nombramiento.<br />

Constancia original de tiempo de servicios, precisando los cargos desempeñados así como fecha de inicio y finalización en cada cargo.<br />

Certificación expedida por la Academia de la Magistratura de haber aprobado los estudios de capacitación para el ascenso, de<br />

corresponder el caso.<br />

Postulante en condición de Docente universitario:<br />

Constancia original de tiempo de servicios expedida por el funcionario respectivo de la Universidad, con la que se acredite que imparte<br />

cátedra en materia jurídica.<br />

Postulante en condición de Secretario o Relator:<br />

Copia de la resolución de nombramiento.<br />

Constancia original de tiempo de servicios, precisando los cargos desempeñados así como fecha de inicio y finalización en cada cargo.<br />

RESUMEN PERSONAL<br />

Se deberá adjuntar el currículum vitae, de acuerdo al formato único aprobado por el Consejo Nacional de la Magistratura, el que se encuentra<br />

publicado en la página web de la institución www.cnm.gob.pe.<br />

La documentación del currículum vitae deberá ir en perfecto orden, adjuntando los documentos en el separador respectivo (pestaña).<br />

Los documentos deben ser presentados en copia simple, salvo que el Reglamento estipule lo contrario.<br />

ASPECTO ACADÉMICO: (Art. 38, rubros A y B del Reglamento)<br />

1. Grado de doctor o maestro en Derecho. Para efectos de la calificación curricular no se considerarán las constancias ni diplomas de<br />

egresados.<br />

2. Títulos profesionales o grados académicos en otras disciplinas.<br />

3. Estudios curriculares de maestría o doctorado en Derecho.<br />

4. Acta de sustentación de tesis para optar el título de abogado.<br />

5. Méritos universitarios a nivel de pre grado: acreditación de primer puesto, quinto o tercio superior en la carrera profesional de Derecho. El<br />

puntaje de este rubro se otorga solamente a los postulantes a las plazas de Juzgados de Paz Letrados o Fiscalías Adjuntas Provinciales.<br />

CAPACITACIÓN: (Art. 38, rubro C del Reglamento)<br />

Se considera únicamente la capacitación en disciplina jurídica. Asimismo, los eventos desarrollados con una antigüedad no mayor a cinco años<br />

a la fecha de la convocatoria a concurso, salvo en el caso de cursos de especialización y diplomados.


1. Curso de Ascenso o Programa de Formación de Aspirantes de la Academia de la Magistratura, según sea el caso.<br />

2. Cursos de Especialización, post grado y diplomados:<br />

3. Certificados de ponente o expositor en seminarios, talleres, forums, ciclos de conferencia, etc.<br />

4. Certificados de panelista en seminarios, talleres, forums, ciclos de conferencia, etc.<br />

5. Certificados como organizador o coordinador en seminarios, talleres o forums.<br />

6. Certificados como asistente a seminarios, talleres o forums.<br />

PUBLICACIONES: (Art. 38, rubro D del Reglamento)<br />

Se acreditan en los casos de libros y artículos con el original del ejemplar.<br />

IDIOMAS: (Art. 38, rubro E del Reglamento)<br />

Se acredita con la presentación del certificado, el que deberá indicar el nivel alcanzado.<br />

INFORMÁTICA: (Art. 38, rubro F del Reglamento)<br />

Se acredita con la presentación del certificado respectivo.<br />

EXPERIENCIA PROFESIONAL: (Art. 38, rubro G del Reglamento)<br />

1. Tiempo de servicios como Magistrado, Abogado, Docente universitario, Secretario o Relator: Deberá adjuntar la constancia en original del<br />

tiempo de servicios o la constancia de incorporación al Colegio de Abogados, según corresponda.<br />

2. Ejercicio profesional en instituciones públicas o privadas: Se acredita con la presentación de la constancia respectiva y las copias<br />

legalizadas o autenticadas de las hojas de evaluación, boletas de pago o recibo por honorarios, según corresponda.<br />

3. Otras Actividades: Constancia de árbitro o conciliador.<br />

4. Méritos Especiales: Se acreditan con la resolución o documento oficial firmado por autoridad competente.<br />

5. Desempeño Profesional: El postulante deberá presentar un máximo de diez (10) copias de sentencias, dictámenes, proyectos de<br />

dictámenes, laudos arbitrales, demandas o similares, los que deben ser copia de los documentos que obren en el expediente respectivo.<br />

Estos documentos deberán ser anexados antes del comprobante de pago del Banco de la Nación.<br />

FOLIO FINAL<br />

Original y copia fotostática del comprobante de pago del Banco de la Nación por concepto de inscripción al concurso.<br />

ORDEN DE LOS DOCUMENTOS<br />

Insertar el fastener (sujetador o presilla metálica) en la tapa de la carpeta del postulante (no en la contratapa) hacia abajo, de tal manera que se<br />

pueda anexar la documentación al final del expediente.<br />

FOLIACIÓN<br />

Cada hoja del expediente que presente el postulante debe estar correctamente anexada y foliada con lapicero, en orden ascendente, en el<br />

extremo superior derecho, así también deberá rubricarse cada hoja. No se deben foliar las cartulinas separadoras del expediente.<br />

ENTREGA DE DOCUMENTOS<br />

El postulante deberá entregar su carpeta de postulación en cualquiera de las sedes señaladas en el aviso de convocatoria.<br />

La carpeta será entregada en sobre cerrado, al que debe adherirse la hoja de cargo, cuyo formato imprimirá al momento de llenar la<br />

ficha de inscripción.<br />

Una vez entregada la carpeta de postulación no se admitirá documento alguno pretendiendo subsanar omisión o incrementar su<br />

currículum para efectos de la calificación curricular.<br />

RETIRO DE DOCUMENTOS<br />

Los postulantes pueden retirar los documentos en el plazo de 90 días calendarios contados a partir del momento en que culminó su<br />

participación en el concurso, vencido el cual se remitirán las carpetas al Archivo General de la Nación.<br />

En caso de retirarlos por medio de apoderado, éste deberá presentar carta poder con firma legalizada notarialmente.<br />

IMPORTANTE: De conformidad con lo dispuesto en el artículo X del Título Preliminar del Reglamento de Concursos, los postulantes que<br />

alteren su identidad personal, presenten documentos o declaraciones total o parcialmente falsos u observen un comportamiento deshonesto o<br />

inadecuado durante el concurso, serán excluidos del mismo sin perjuicio de informar los hechos al Ministerio Público para los fines a que<br />

hubiere lugar.

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