Ejecución penal y derechos humanos - Ministerio de Justicia ...
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RAMIRO ÁVILA SANTAMARÍA<br />
En la fase <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong> penas se violan los dos principios. Las conductas<br />
<strong>de</strong> las personas que merecen premio para las rebajas <strong>de</strong> penas o castigo<br />
por el régimen administrativo <strong>de</strong> disciplina, están plagados <strong>de</strong> conductas<br />
que podrían consi<strong>de</strong>rarse como tipos en blanco; conductas tipo: “faltar<br />
el respeto a la autoridad”, “tener actitud hostil”, “no <strong>de</strong>mostrar <strong>de</strong>seos <strong>de</strong><br />
superación”; los procedimientos no tienen plazos <strong>de</strong>terminados o simplemente<br />
no hay procedimientos; y las sanciones son discrecionales, que van<br />
<strong>de</strong>s<strong>de</strong> la pérdida <strong>de</strong> las rebajas hasta el encierro en calabozos. De este modo<br />
se viola el principio <strong>de</strong> estricta legalidad.<br />
Las conductas mantenidas en los centros <strong>de</strong> privación <strong>de</strong> libertad, que<br />
merecen sanciones, no son investigadas por una autoridad imparcial e in<strong>de</strong>pendiente<br />
ni tampoco son verificadas mediante una resolución motivada.<br />
Los informes tienen parámetros subjetivos o basados en la simple no realización<br />
<strong>de</strong> actos consi<strong>de</strong>rados reprochables. Se tiene buena conducta por no<br />
haber <strong>de</strong>mostrado mala conducta. Se tiene mala conducta por haber hecho<br />
algo que no está conforme con las categorías positivas <strong>de</strong> los guías o <strong>de</strong> los<br />
instructores.<br />
Los principios enunciados, que son celosamente cuidados al momento<br />
<strong>de</strong> juzgar a una persona, son patéticamente <strong>de</strong>scuidados al momento <strong>de</strong> ejecutar<br />
las sentencias con<strong>de</strong>natorias. Como que se entra a un régimen, en términos<br />
espaciales y materiales, <strong>de</strong> excepción. De pronto, las garantías no son<br />
efectivas ni vinculantes porque, simplemente, no son importantes y no<br />
tiene sentido aplicarlas.<br />
(3) Las dicotomías son necesarias aunque odiosas. Necesarias porque ayudan<br />
a enten<strong>de</strong>r y, a<strong>de</strong>más, como solía <strong>de</strong>cir mi profesor <strong>de</strong> lógica simbólica,<br />
parecería que es parte <strong>de</strong> la matriz conceptual <strong>de</strong>l ser humano (por<br />
eso <strong>de</strong> que todo pue<strong>de</strong> reducirse al p y no p). Odiosas porque –y éste es un<br />
<strong>de</strong>fecto adquirido por haber leído algo <strong>de</strong> teorías sobre género y <strong>de</strong>recho–<br />
la vida parecería que no pue<strong>de</strong> reducirse a una lucha <strong>de</strong> opuestos (en el caso<br />
<strong>de</strong> género es aquello <strong>de</strong> masculino y femenino, bueno y malo, positivo y<br />
negativo, yin y yan), sin términos medios y tan poco diversa. Sin embargo,<br />
por cuestiones teóricas, me justifico, conviene utilizar el lado <strong>de</strong> lo necesario.<br />
Toda esta introducción para <strong>de</strong>cir que dos <strong>de</strong> mis autores preferidos utilizan<br />
categorías conceptuales dicotómicas. Uno <strong>de</strong> ellos Zaffaroni y otro el<br />
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