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COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS BOMBAS CENTRÍFUGAS NRF-050-PEMEX -2001 Rev. 0 Página 64 de 114 8.4.3.2.3 Las pruebas deben mantenerse el tiempo suficiente que permita examinar completamente todas las partes sujetas a presión. Se considera satisfactoria la prueba hidrostática cuando no se observen escapes o fugas en la carcasa o sus juntas durante un mínimo de 30 minutos. Las fundiciones grandes y pesadas pueden requerir un período mayor de observación, acordado por PEMEX y el proveedor. Pequeñas fugas a través de los cierres internos requeridos para pruebas de carcasas segmentadas así como la operación de la bomba de pruebas para mantener la presión, son aceptables. 8.4.3.3 Prueba de comportamiento. 8.4.3.3.1 La prueba de comportamiento debe realizarse de acuerdo con los estándares del Instituto de Hidráulica o sus equivalentes. A menos que PEMEX especifique otra cosa, la prueba se debe realizar con agua a una temperatura menor a 66 °C (150° F). 8.4.3.3.2 El proveedor debe operar la bomba en su banco de prueba el tiempo suficiente para que obtenga por lo menos en cinco puntos los datos completos de prueba, incluyendo carga, fl ujo, potencia y vibración (en cuatro puntos). Estos puntos deben ser: a flujo cero (en este punto no es necesario los datos de vibración y NPSH), a flujo mínimo continuo estable, a la mitad del flujo mínimo y nominal, a flujo nominal y a 120% del PME. 8.4.3.3.3 El proveedor debe mantener una bitácora completa y detallada de todas las pruebas finales y suministrar las copias requeridas, incluyendo datos y curvas de pruebas certificadas. El proveedor debe efectuar todas las revisiones y corridas mecánicas antes de la inspección por PEMEX. 8.4.3.3.4 La velocidad de prueba debe estar dentro del 3% de la velocidad nominal incluida en la oferta y en los dibujos certificados. Los resultados de la prueba deben convertirse a los correspondientes a la velocidad nominal. 8.4.3.3.5 Las bombas deben probarse con todos sus sellos instalados. A las bombas con sellos duales, se les debe suministrar un fluido limpio compatible con el medio de prueba, entre los dos sellos. Se debe usar sellos sustitutos cuando exista el riesgo de daño al original, o el fluido de prueba no sea compatible con dicho sello. 8.4.3.3.6 Cuando las bombas sean operadas a la velocidad y flujo nominales, deben estar dentro de las tolerancias dadas en la tabla No. 17. Tabla No. 17. - Tolerancia de características garantizadas. Condición En punto de garantía A flujo cero ( % ) ( % ) Carga diferencial nominal m (pies) –2 +10 0-150 (0 – 500) +5 -10 (a) Carga diferencial nominal m (pies) –2 +8 151 – 300 (501 – 1000) +3 –8 (ª) Carga diferencial nominal m (pies) -2 +5 Más de 360 m (más de 1000 pies) +2 –5 (ª) Potencia nominal +4 (b) NPSH nominal +0 Nota: La eficiencia no es un valor nominal. a) Las tolerancias negativas se permiten solo cuando la curva carga-flujo, todavía muestra características de pendiente ascendente. b) Bajo cualquier combinación de las tolerancias indicadas anteriormente (tolerancias acumulativas no son aceptables).
COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS BOMBAS CENTRÍFUGAS NRF-050-PEMEX -2001 Rev. 0 Página 65 de 114 8.4.3.3.7 Durante las pruebas de taller, las bombas no deben operar con calentamiento de cojinetes que sobrepase lo indicado en el punto 8.1.9.2.8, u otras manifestaciones desfavorables tales como ruidos causados por cavitación, etc. 8.4.3.3.8 Durante la prueba de comportamiento se debe medir la vibración a diversos flujos y registrar sus lecturas en la bitácora. Los valores no deben exceder los indicados en el punto 8.1.8.2. 8.4.3.3.9 Si es necesario desmantelar la bomba después de la prueba con el propósito de maquinar los impulsores para satisfacer las tolerancias de la carga diferencial, no se requiere repetir la prueba a menos que la reducción del diámetro exceda el 5% del diámetro original. El diámetro del impulsor probado y el diámetro final del impulsor, deben anotarse en la hoja de la curva de prueba certificada, mostrando las características de operación de la prueba y las características calculadas del impulsor con el diámetro recortado. 8.4.3.3.10 Si es necesario desmantelar la bomba para alguna otra corrección, tal como mejorar la eficiencia, la NPSH o la operación mecánica, la prueba inicial no se acept a y se debe efectuar otra prueba después de las correcciones. 8.4.3.3.11 Si más de una bomba es suministrada para el mismo servicio, se requiere que cada una de ellas sea probada por separado. 8.4.3.4 Prueba de NPSH. 8.4.3.4.1 Esta prueba se realizará cuando se solicite y los datos para la prueba de NPSHR deben tomarse en los siguientes cuatro puntos: flujo mínimo continuo estable, punto medio entre flujo mínimo y flujo nominal, flujo nominal y 120% del PME. La prueba de NPSH debe ser de acuerdo con el código de pruebas de los estándares del Instituto de Hidráulica. 8.4.3.4.2 La prueba de NPSH en base a estrangulamiento de la válvula de succión no es aceptable, para bombas operando con valores reducidos de NPSH. 8.4.3.4.3 Una caída del 3% en la carga (primer paso en bombas multipasos) indica la discontinuidad del funcionamiento de la bomba. 8.4.3.5 Prueba de conjunto (unidad completa). Cuando sea especificado, la bomba, accionador y todos los sistemas auxiliares que constituyen el sistema de bombeo, deben probarse juntos. Cuando PEMEX lo especifique, se deben realizar las mediciones del análisis torsional, de acuerdo al punto 8.1.8.1. 8.4.3.5.1 Cuando el accionador de la bomba pueda sufrir sobrecarga, no debe usarse para la prueba de conjunto. 8.4.3.6 Prueba de nivel de ruido. Cuando PEMEX lo especifique, se debe realizar la prueba de nivel de ruido, utilizando como guía lo establecido en el punto 9.4 del estándar para bombas ANSI/HI 9.1-9.5 Edición 2000, o su equivalente. 8.4.4 Preparación para embarques. 8.4.4.1 El equipo debe prepararse para no sufrir daños con el tipo de embarque especificado. La preparación debe considerar un almacenamiento de 6 meses a la intemperie. Si el almacenaje requiere un periodo mayor, PEMEX solicitará al proveedor, recom endaciones que se deben seguir para conservar en buen estado el equipo.
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DE PETRÓLEOS MEXICANOS<br />
Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
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NRF-050-<strong>PEMEX</strong> -2001<br />
Rev. 0<br />
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8.4.3.2.3 Las pruebas deben mantenerse el tiempo suficiente que permita examinar <strong>com</strong>pletamente todas las<br />
partes sujetas a presión. Se considera satisfactoria la prueba hidrostática cuando no se observen escapes o<br />
fugas en la carcasa o sus juntas durante un mínimo de 30 minutos. Las fundiciones grandes y pesadas pueden<br />
requerir un período mayor de observación, acordado por <strong>PEMEX</strong> y el proveedor. Pequeñas fugas a través de<br />
los cierres internos requeridos para pruebas de carcasas segmentadas así <strong>com</strong>o la operación de la bomba de<br />
pruebas para mantener la presión, son aceptables.<br />
8.4.3.3 Prueba de <strong>com</strong>portamiento.<br />
8.4.3.3.1 La prueba de <strong>com</strong>portamiento debe realizarse de acuerdo con los estándares del Instituto de<br />
Hidráulica o sus equivalentes. A menos que <strong>PEMEX</strong> especifique otra cosa, la prueba se debe realizar con agua<br />
a una temperatura menor a 66 °C (150° F).<br />
8.4.3.3.2 El proveedor debe operar la bomba en su banco de prueba el tiempo suficiente para que obtenga por<br />
lo menos en cinco puntos los datos <strong>com</strong>pletos de prueba, incluyendo carga, fl ujo, potencia y vibración (en<br />
cuatro puntos). Estos puntos deben ser: a flujo cero (en este punto no es necesario los datos de vibración y<br />
NPSH), a flujo mínimo continuo estable, a la mitad del flujo mínimo y nominal, a flujo nominal y a 120% del<br />
PME.<br />
8.4.3.3.3 El proveedor debe mantener una bitácora <strong>com</strong>pleta y detallada de todas las pruebas finales y<br />
suministrar las copias requeridas, incluyendo datos y curvas de pruebas certificadas. El proveedor debe<br />
efectuar todas las revisiones y corridas mecánicas antes de la inspección por <strong>PEMEX</strong>.<br />
8.4.3.3.4 La velocidad de prueba debe estar dentro del 3% de la velocidad nominal incluida en la oferta y en los<br />
dibujos certificados. Los resultados de la prueba deben convertirse a los correspondientes a la velocidad<br />
nominal.<br />
8.4.3.3.5 Las bombas deben probarse con todos sus sellos instalados. A las bombas con sellos duales, se les<br />
debe suministrar un fluido limpio <strong>com</strong>patible con el medio de prueba, entre los dos sellos. Se debe usar sellos<br />
sustitutos cuando exista el riesgo de daño al original, o el fluido de prueba no sea <strong>com</strong>patible con dicho sello.<br />
8.4.3.3.6 Cuando las bombas sean operadas a la velocidad y flujo nominales, deben estar dentro de las<br />
tolerancias dadas en la tabla No. 17.<br />
Tabla No. 17. - Tolerancia de características garantizadas.<br />
Condición<br />
En punto de<br />
garantía<br />
A flujo cero<br />
( % ) ( % )<br />
Carga diferencial nominal m (pies) –2 +10<br />
0-150 (0 – 500) +5 -10 (a)<br />
Carga diferencial nominal m (pies) –2 +8<br />
151 – 300 (501 – 1000) +3 –8 (ª)<br />
Carga diferencial nominal m (pies) -2 +5<br />
Más de 360 m (más de 1000 pies) +2 –5 (ª)<br />
Potencia nominal +4 (b)<br />
NPSH nominal +0<br />
Nota: La eficiencia no es un valor nominal.<br />
a) Las tolerancias negativas se permiten solo cuando la curva carga-flujo, todavía muestra características de<br />
pendiente ascendente.<br />
b) Bajo cualquier <strong>com</strong>binación de las tolerancias indicadas anteriormente (tolerancias acumulativas no son<br />
aceptables).