BOMBAS CENTRÍFUGAS - PEMEX.com
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COMITÉ DE NORMALIZACIÓN<br />
DE PETRÓLEOS MEXICANOS<br />
Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
<strong>BOMBAS</strong> <strong>CENTRÍFUGAS</strong><br />
NRF-050-<strong>PEMEX</strong> -2001<br />
Rev. 0<br />
Página 37 de 114<br />
d) Permitir el arranque del accionador de la bomba principal a una presión del aceite adecuada.<br />
e) Disparo del accionador de la bomba principal a falla en la presión de aceite.<br />
f) Alarma audible en el paro del accionador de la bomba principal.<br />
g) Para todos los incisos anteriores, el ajuste de la alarma precede al ajuste del paro.<br />
8.1.10.3.1 Todos los <strong>com</strong>ponentes que contengan aceite a presión deben ser de acero inoxidable a menos que<br />
<strong>PEMEX</strong> apruebe otra cosa.<br />
8.1.10.3.2 Se debe suministrar un calentador externo de vapor para el depósito de aceite o un calentador<br />
eléctrico de inmersión con termostato de control, cuando <strong>PEMEX</strong> lo especifique, para calentar todo el volumen<br />
de aceite antes del arranque en un clima frío. El calentador debe tener capacidad suficiente para calentar el<br />
aceite en el depósito desde una temperatura ambiente mínima específica del lugar, hasta la temperatura<br />
requerida por el proveedor para el arranque, en cuatro horas máximo. Si se usa un calentador eléctrico de<br />
inmersión, este debe tener una densidad máxima de 2.3 wat t/cm 2 (15 watt/pulg 2 ).<br />
8.1.10.3.3 El depósito de aceite debe suministrarse con las características especificadas en los siguientes seis<br />
párrafos:<br />
a) La capacidad debe proveer un tiempo de retención de tres minutos, para evitar rellenados frecuentes y<br />
proveer suficiente volumen cuando el sistema es drenado.<br />
b) Provisiones para eliminar el aire y para minimizar la flotación de material extraño en la succión de la<br />
bomba.<br />
c) Las conexiones de llenado, indicadores de nivel y respiraderos deben ser adecuados para usarse a la<br />
intemperie.<br />
d) El fondo inclinado y conexiones para un drenaje <strong>com</strong>pleto.<br />
e) Registros para limpieza tan grandes <strong>com</strong>o sea práctico.<br />
f) Protección del interior contra corrosión y herrumbre de acuerdo al procedimiento estándar del<br />
proveedor, sujeto a la aprobación de <strong>PEMEX</strong>, cuando no se especifique acero inoxidable.<br />
8.1.10.4 Se debe especificar, cuando aplique, el estándar ISO 10438 (API 614), para el sistema de lubricación<br />
forzada.<br />
8.1.10.5 Los salpicadores o anillos de aceite deben tener una sumergencia de 3.2 a 6.4 mm (1/8 a 1/4 pulg) por<br />
arriba del borde inferior de un salpicador o por arriba del borde inferior del agujero de un anillo de aceite. Los<br />
salpicadores de aceite deben tener mamelones de montaje para mantener la concentricidad y asegurarse<br />
firmemente a la flecha.<br />
8.1.10.6 El proveedor debe indicar en el manual de operación la cantidad y las especificaciones del aceite<br />
lubricante requerido.<br />
8.1.10.7 Los requisitos para la tubería de aceite lubricante deben estar de acuerdo al punto 8.2.4.3.<br />
8.1.10.8 Componentes tales <strong>com</strong>o conexiones de tubería y válvulas que conduzcan aceite, deben ser de acero<br />
y estar de acuerdo con el estándar ISO 10438 (API 614).