i.6»A. NOMI-JEtiE DEL ESTUDIO: NORMAS TE_CN I CA S ...
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elleno, cargas de construcción y .reparacióri y sismo . Si la compactación<br />
resultara menor del 95% de la .rueba proctor, deberán efectuarse las<br />
obras de ingeniería complementarias . para alcanzar este procentaje . El-coeficiente<br />
sismico del diseño será de 0 .3 en todos los casos.<br />
ARTICULO 15 .-Además de lo dispuesto en . el artículo anterior, deberán -considerarse<br />
en el diseño y construcción de .la celda, las siguientes res<br />
tricciones:<br />
I . Sólo podrán depositarse en la celda respectiva, los plaguicidas técni<br />
cos, ya sea sólidos o líquidos tratados y estabilizados mediante la mezcla<br />
con un portador y uña sustancia coadyubante de la hidrólisis y oxida<br />
ción según sea el caso, y envasados en costales de 2 capas de papel ---<br />
]c ft para facilitar su manejo;<br />
II.-Sólo los plaguicidas formulados• líquidos previa destilación del sol<br />
vente y con un contenido no mayor del 10% de éste, y mezclados'según la<br />
fracción anterior, se depositarán enconstalados en la celda respectiva;<br />
III.-Sólo los plaguicidas formulados sólidos podrán depositarse en sus<br />
envases originales, siempre y cuando . su concentración de ingrediente activo<br />
no se exceda del 30%, de lo contrario se procederá a la mezcla y en<br />
vasado marcado en la fracción I de este Artículo, quedando exceptuadas<br />
las formulaciones sólidas 'cúya categoría toxicológica se encuentre en el<br />
límite superior de la categoría IV referida . al plaguicida técnico;<br />
IV.-En la celda correspondiente 'a envases vacíos sólo podrán depositarse<br />
aquellos inutilizados 'y los rígidos compactados, - encostalados de --acuerdo<br />
a lo indicado en la fracción I de este Artículo para facilitar -<br />
su manejo . .<br />
V.- No podrán depositarse residuos líquidos en ningún tipo de celda;<br />
VI.- Sólo podrán depositarse a granel sin tratamiento previo los productos<br />
agropecuarios, materiales y equipos con residuos de plaguicidas.<br />
VII ..- En una misma celda no podrán depositarse residuos incompatibles -en<br />
los téminos de la norma técnica ecológica N<strong>TE</strong>-CRP-008/88;<br />
ARTICULO - 16 .- El diseño y construcción de sistemas de captación de lixiviados<br />
deberá sujetarse a los siguientes requisitos:<br />
I.- El sistema debe estar compuesto de colector, subcolector carcamo y 1<br />
pozo de monitoreo con dos compartimientos separados;<br />
II.-Todos los subcolectores deben conducir los lixiviados hacia el co-lector,<br />
que asu vez los descargará en el carcamo;<br />
III.-El colector y los subcolectores deben ser de 15 y 10 can de diáme-tro<br />
cano mínimo, respectivamente;<br />
IV.-Debe existir un sistema de captación de lixiviados por cada 500 m 2<br />
de celda o fracción de la misma.<br />
V.- La pendiente de escurrimiento del colector y subcolector de lixiviados<br />
no debe ser menor del 2% en dirección al carcamo;<br />
VI.-El colector y subcolectores deben tener un chaflan cada lado del -fondo,<br />
con una inclinación de 45 0 ;<br />
VII.- La resistencia de las paredes y del piso del colector y subcolecto<br />
res deberá ser igual a la de las paredes de la celda;<br />
VIII.-El sistema de captación debe ser tal que cada subcolector capte -<br />
la décima parte del área total servida por el sistema;<br />
IX .- - La capacidad del carcamo debe calcularse en. función de las dimensio<br />
nes de la celda y de la precipitación pluvial promedio del sitio de confinamiento,<br />
así como de la forma en que vayan a depositarse los residuos<br />
en-la celda . En cualquier caso el volúmen útil del carcano no deberá ser<br />
inferior a 1 m 3 ;