Salomé Adroher Biosca - CIIMU
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4.- 4. CONSIDERACIONES FINALES - Armonización Armonizaci de la normativa autonómica auton mica sobre los criterios de valoración valoraci de la idoneidad y de elegibilidad y otras cuestiones relativas a este delicado momento del proceso (procedimiento procedimiento, , duración duraci del certificado, certificado, tiempo de expedición expedici del informe psico-social psico social…) ) con dos criterios: criterios: regulación regulaci detallada y pormenorizada que evite una interpretación interpretaci administrativa y judicial diversa y dispersa, dispersa, y regulaci regulación que refleje la comprensión comprensi de lo que significa la idoneidad por otras ciencias sociales y de los tipos de familia que se estiman favorecen mejor el desarrollo integral del menor para determinar los criterios de elegibilidad que necesariamente deben priorizar unos núcleos cleos familiares frente a otros. otros 3.- 3. La valoración valoraci de la capacidad, capacidad, idoneidad y elección elecci de los futuros adoptantes cuando la adopción adopci es internacional, internacional, pone en conexión, conexi , y en ocasiones en conflicto, conflicto, dos sistemas jurídicos jur dicos diversos que responden a culturas familiares también tambi diversas. diversas. En estos casos, casos, el Convenio de la Haya y la legislación legislaci española espa ola obligan naturalmente a tomar en consideración consideraci ambos sistemas lo que supondrá supondr en la práctica pr ctica que “ganar ganará” el más restrictivo. restrictivo. Esta realidad puede ser percibida por los futuros adoptantes como una limitación limitaci sin sentido y si embargo el superior interés inter del niño ni exige esta seguridad jurídica jur dica, , que por otra parte, es un reflejo de la necesaria interculturalidad que debe existir en estas nuevas familias. familias
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4.- 4. CONSIDERACIONES FINALES<br />
- Armonización Armonizaci de la normativa autonómica<br />
auton mica sobre los criterios de<br />
valoración valoraci de la idoneidad y de elegibilidad y otras cuestiones relativas a este<br />
delicado momento del proceso (procedimiento<br />
procedimiento, , duración duraci del certificado,<br />
certificado,<br />
tiempo de expedición expedici del informe psico-social<br />
psico social…) ) con dos criterios: criterios:<br />
regulación regulaci detallada y pormenorizada que evite una interpretación<br />
interpretaci<br />
administrativa y judicial diversa y dispersa, dispersa,<br />
y regulaci regulación<br />
que refleje la<br />
comprensión comprensi de lo que significa la idoneidad por otras ciencias sociales y de<br />
los tipos de familia que se estiman favorecen mejor el desarrollo integral del<br />
menor para determinar los criterios de elegibilidad que necesariamente deben<br />
priorizar unos núcleos cleos familiares frente a otros. otros<br />
3.- 3. La valoración valoraci de la capacidad,<br />
capacidad,<br />
idoneidad y elección elecci de los futuros<br />
adoptantes cuando la adopción adopci es internacional, internacional,<br />
pone en conexión, conexi , y en<br />
ocasiones en conflicto, conflicto,<br />
dos sistemas jurídicos jur dicos diversos que responden a<br />
culturas familiares también tambi diversas. diversas.<br />
En estos casos, casos,<br />
el Convenio de la Haya<br />
y la legislación legislaci española espa ola obligan naturalmente a tomar en consideración<br />
consideraci<br />
ambos sistemas lo que supondrá supondr en la práctica pr ctica que “ganar ganará” el más<br />
restrictivo.<br />
restrictivo.<br />
Esta realidad puede ser percibida por los futuros adoptantes como<br />
una limitación limitaci sin sentido y si embargo el superior interés inter del niño ni exige esta<br />
seguridad jurídica jur dica, , que por otra parte, es un reflejo de la necesaria<br />
interculturalidad que debe existir en estas nuevas familias.<br />
familias