Salomé Adroher Biosca - CIIMU
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CAPACIDAD, IDONEIDAD Y<br />
ELEGIBILIDAD EN LA ADOPCIÓN<br />
ADOPCI N<br />
INTERNACIONAL: UN RETO PARA<br />
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO JUR DICO<br />
ESPAÑOL ESPA OL<br />
<strong>Salomé</strong> Salom <strong>Adroher</strong> <strong>Biosca</strong>
1.- 1. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES.<br />
UNA EXIGENCIA RECIENTE<br />
1.- 1. Creciente intervención intervenci n estatal o<br />
publificación publificaci del Derecho de protección protecci n de<br />
menores y especialmente de la adopción adopci<br />
2.- 2. En la adopción, adopci n, tres momentos esenciales<br />
de intervención intervenci n estatal: la declaración declaraci n de los<br />
que se ofrecen para adoptar como aptos para<br />
ello, la declaración declaraci n de adoptabilidad del niño ni o y<br />
la asignación asignaci n del niño ni o a los adoptantes<br />
elegidos.
1.- 1. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES.<br />
UNA EXIGENCIA RECIENTE<br />
3.-En 3. En este trabajo se estudia la elección elecci n y<br />
selección selecci n de los futuros padres adoptivos y la<br />
reciente y controvertida responsabilidad de las<br />
autoridades públicas p blicas en dicha función. funci n.<br />
4.-Dicha 4. Dicha elección elecci n y selección selecci n en sentido<br />
estricto se traduce en unos requisitos de<br />
capacidad, idoneidad y elegibilidad.<br />
5.-Pero 5. Pero en sentido amplio supone también tambi n la<br />
información informaci n y preparación<br />
preparaci n pre-adoptiva pre adoptiva y el<br />
apoyo post-adoptivo<br />
post adoptivo
1.- 1. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES.<br />
UNA EXIGENCIA RECIENTE<br />
Necesidad de que estas últimas ltimas cuestiones<br />
vayan adquiriendo mayor importancia: La<br />
información informaci n y la preparación<br />
preparaci n preadoptiva<br />
obligatoria ya en diversas CCAA es la mejor<br />
“autoevaluaci<br />
autoevaluación” sobre la propia idoneidad.<br />
Ejemplo: en 2004 en la Comunidad de Madrid<br />
solicitaron información informaci n 2000 familias,<br />
acudieron a la formación formaci n 1.400 y solicitaron<br />
idoneidad 1.350
1.- 1. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES.<br />
UNA EXIGENCIA RECIENTE<br />
Centro mi estudio en la verificación verificaci n que el Estado<br />
realiza de la capacidad, idoneidad y elegibilidad de<br />
los que se ofrecen para adoptar.<br />
Dificultad de comprensión comprensi n y asunción asunci n social de que<br />
el Estado se atribuya competencias en terrenos que<br />
afectan a la vida privada (=matrimonios de<br />
conveniencia).<br />
Justificación: Justificaci n: Exigencia legal (Convenio de la Haya y<br />
Derecho español) espa ol) basada en la responsabilidad del<br />
Estado al decidir a quien entrega a un menor<br />
abandonado: el interés inter s superior del niño ni o como<br />
explicación explicaci n última. ltima.
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
La aptitud de los que se ofrecen para la<br />
adopción adopci n para ser finalmente padres<br />
adoptantes requiere que se den tres<br />
condiciones:<br />
1.- 1. Ser considerado capaz conforme a las<br />
exigencias de capacidad objetivas previstas<br />
en el Código C digo civil. La capacidad para adoptar<br />
se tiene o no se tiene, es absoluta en unos<br />
casos o relativa en relación relaci n con un<br />
determinado menor en otros, y no es preciso<br />
que nadie la declare.
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.- 2. Ser declarado idóneo id neo por la administración<br />
administraci n<br />
autonómica auton mica competente que realizará realizar un estudio<br />
psico-social psico social para determinar el grado de adecuación<br />
adecuaci n<br />
de sus capacidades, recursos y proyecto adoptivo a<br />
la realidad de la adopción. adopci n. No todos los adoptantes<br />
capaces serán ser n declarados idóneos. id neos.<br />
3.- 3. Ser elegido. De todos los que se ofrecen como<br />
adoptantes y que son considerados capaces y<br />
declarados idóneos, id neos, sólo s lo serán ser n elegidos para ser<br />
asignados a niños ni os adoptables aquellos que mejor se<br />
ajusten a las necesidades de dichos niños ni os. . El criterio<br />
de asignación asignaci n no es (siempre) el cronológico. cronol gico. Puede<br />
haber un criterio que dé d preferencia a un tipo de<br />
familia.
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.1. CAPACIDAD<br />
REGULACIÓN REGULACI N ESTATAL:<br />
Artículo Art culo 175 1 Del CC: . La adopción adopci n requiere que el adoptante sea<br />
mayor de veinticinco años. a os. En la adopción adopci n por ambos cónyuges c nyuges basta que<br />
uno de ellos haya alcanzado dicha edad. En todo caso, el adoptante adoptante<br />
habrá habr de<br />
tener, por lo menos, catorce años a os más m s que el adoptado. 3. No puede<br />
adoptarse:1º. adoptarse:1 . A un descendiente. 2º. 2 . A un pariente en segundo grado de la<br />
línea nea colateral por consanguinidad o afinidad. 3º. 3 . A un pupilo por su tutor<br />
hasta que haya sido aprobada definitivamente la cuenta general justificada justificada<br />
de<br />
la tutela.<br />
DA 3ª 3 de la Ley 21/1987: 21/1987:<br />
“Las Las referencias de esta Ley a la capacidad de<br />
los cónyuges c nyuges para adoptar simultáneamente simult neamente a un menor serán ser n también tambi n<br />
aplicables al hombre y la mujer integrantes de una pareja unida de forma<br />
permanente por relación relaci n de efectividad análoga an loga a la conyugal” conyugal<br />
CONDICIONES DE CAPACIDAD<br />
A) Estado civil. La cuestión cuesti n de las parejas de hecho<br />
B) Edad. Edad mínima. m nima. ¿Edad Edad máxima? m xima?<br />
C) Prohibiciones para adoptar<br />
C)
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.2- 2.2 IDONEIDAD.<br />
A) REGULACI<br />
A) REGULACIÓN N ESTATAL GENERALISTA Y AUTONÓMICA AUTON MICA FRAGMENTADA.<br />
CC: Artículo Art culo 176 1. La adopción adopci se constituye por resolución resoluci judicial,<br />
que tendrá tendr en cuenta siempre el interés inter del adoptando y la idoneidad<br />
del adoptante o adoptantes para el ejercicio de la patria potestad. potestad.<br />
LEC: Artículo Art culo 1829: En la propuesta de adopción, adopci , formulada al Juez<br />
por la entidad pública blica, , se expresarán expresar especialmente a) las condiciones<br />
personales,<br />
personales,<br />
familiares y sociales y medios de vida del adoptante o<br />
adoptantes seleccionados y sus relaciones con el adoptando, adoptando,<br />
con<br />
detalle de las razones que justifiquen la exclusión exclusi de otros<br />
interesados.<br />
interesados<br />
Concreción Concreci n del concepto de idoneidad: normativa autonómica auton mica flexible<br />
y abierta (= inseguridad) y diversa (= fragmentación)<br />
fragmentaci n)<br />
Ámbitos mbitos de diversidad: elaboración elaboraci n del informe psico-social psico social por la<br />
administración administraci n o por entidades concertadas (TIPAI, asociaciones, cruz<br />
roja...), duración duraci n y coste de elaboración elaboraci n de dichos informes, duración duraci n<br />
del certificado de idoneidad, proceso de elaboración elaboraci n del informe<br />
psico-social psico social (número (n mero de entrevistas...), posibilidad de abrir dos<br />
expedientes simultáneos simult neos (de adopción adopci n nacional o internacional... Y<br />
criterios de idoneidad. Voy a fijarme en este último ltimo aspecto.
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.2- 2.2 IDONEIDAD Esquema general de las normas autonómicas<br />
auton micas<br />
A)Circunstancias<br />
A) Circunstancias personales de los solicitantes.<br />
solicitantes.<br />
A)Objetivas:<br />
A) Objetivas:<br />
A)Residencia<br />
A) Residencia en la Comunidad autónoma aut noma. .<br />
B)Actitud B) Actitud ante el proceso administrativo.<br />
administrativo<br />
C)Diferencia<br />
C) Diferencia de edad con el adoptado. adoptado.<br />
D)Duraci D) Duración de la vida en pareja. pareja.<br />
E)Inexistencia<br />
E) Inexistencia circunstancias de riesgo objetivables<br />
F)Salud F) Salud de los adoptantes<br />
G)Otros G) Otros hijos. hijos.<br />
B)Subjetivas<br />
B) Subjetivas<br />
A)Estabilidad<br />
A) Estabilidad emocional y de pareja<br />
B)Capacidad<br />
B) Capacidad afectiva<br />
C)Capacidad<br />
C) Capacidad de cubrir las necesidades de todo tipo de niño ni<br />
D)Habilidades<br />
D) Habilidades personales para abordar las situaciones nuevas<br />
E)Si E) Si existe infertilidad,<br />
infertilidad,<br />
aceptación aceptaci y vivencia madura de esta<br />
circunstancia que no interfiera en la adopción adopci<br />
F) Capacidad de elaboración elaboraci de las experiencias traumáticas<br />
traum ticas vividas por<br />
la persona o familia, familia,<br />
valorando el grado de superación superaci y las posibles<br />
repercusiones en la futura adopción adopci<br />
G)Autonom<br />
G) Autonomía personal y capacidad de tomar decisiones y elaborar<br />
criterios propios
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.2- 2.2 IDONEIDAD.<br />
IDONEIDAD. Esquema general de las normas autonómicas<br />
auton micas<br />
B) Circunstancias familiares y sociales. sociales<br />
Vida familiar actualmente estable activa<br />
Relación Relaci estable y positiva de pareja o inexistencia de desajustes graves en la<br />
relación relaci de pareja<br />
Entorno social y familiar favorable a la integración integraci del menor<br />
Apoyo social y de la familia extensa<br />
Integración Integraci social de la familia<br />
Ambiente familiar normalizado,<br />
normalizado,<br />
que favorezca el desarrollo integral del menor<br />
Entorno relacional amplio y favorable<br />
C) Circunstancias socioeconómicas<br />
socioecon micas<br />
Estabilidad laboral y económica<br />
econ mica o medios estables y suficientes<br />
Vivienda adecuada (habitabilidad<br />
habitabilidad e higiene) higiene)<br />
y acceso a equipamientos colectivos<br />
(infraestructura<br />
infraestructura de la zona de residencia)<br />
residencia<br />
Conciliación Conciliaci de la vida familiar y laboral: laboral:<br />
disponibilidad de tiempo para el cuidado<br />
y ocio del niño ni<br />
D) Aptitud educadora<br />
A) Capacidad<br />
Capacidad para satisfacer adecuadamente las necesidades educativas y de<br />
desarrollo de un menor<br />
B) Actitud positiva y flexible para la educación educaci del menor<br />
C) Capacidad de contener y poner límites mites<br />
D) Buena capacidad afectiva y empática emp tica con los menores<br />
E) Nivel de madurez intelectual suficiente para proporcionar al menor un desarrollo<br />
integral<br />
F) Entorno familiar que pueda dar apoyo al trabajo educativo<br />
F)
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.2- 2.2 IDONEIDAD.<br />
IDONEIDAD. Esquema general de las normas autonómicas<br />
auton micas<br />
E) Motivación<br />
Motivaci<br />
Motivaci otivación madurada y adecuada<br />
Motivación Motivaci n compartida por la pareja, los hijos, los miembros que convivan con la<br />
familia o toda la unidad familiar<br />
¿qu qué motivaciones? En muchas normas se exigen motivaciones sin més en otras<br />
se determinan las “adecuadas<br />
adecuadas”:Adecuado Adecuado ajuste entre el deseo de los solicitantes<br />
de ser padres y el de dar respuesta al derecho del menor de tener una familia<br />
F) Actitud ante la paternidad adoptiva<br />
A) Valoraci<br />
B) Valoración Valoraci de la revelación revelaci y la<br />
Valoración n negativa hacia solicitudes excluyentes (de sexo, edad, etnia...) etnia.. .)<br />
y la posible búsqueda squeda de orígenes or genes del niño ni y su<br />
relación relaci con la familia biológica biol gica<br />
C) Comprensión Comprensi de las posibles dificultades de adaptación adaptaci del menor y sus<br />
necesidades especiales<br />
D) Aceptación Aceptaci de la historia personal del menor, menor,<br />
su identidad y cultura, cultura,<br />
sus<br />
diferencias étnicas tnicas, , culturales y sociales y su herencia biológica biol gica<br />
E) Expectativas apropiadas y realistas hacia el proceso de adopción adopci y el menor a<br />
adoptar<br />
F) Rechazo a asumir los riesgos inherentes a la adopción adopci<br />
G) Expectativas rígidas gidas respecto al menor y a su origen socio-familiar<br />
socio familiar<br />
H) Rechazo injustificado de un menor que se adapte a los perfiles y características<br />
caracter sticas<br />
valoradas para el certificado de idoneidad<br />
I) Comprensión Comprensi y aceptación aceptaci de los hechos diferenciales de ser padre o madre<br />
adoptivos y la capacidad para hacerles frente de manera adecuada
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
Visualización” Visualizaci de diversos modelos de las normas autonómicas<br />
auton micas<br />
A)<br />
A)NORMAS NORMAS GENERALISTAS Ejemplo. artículo art culo 64 del Decreto<br />
Valenciano.<br />
Valenciano.<br />
Podrá Podr solicitar la adopción adopci nacional y/o internacional toda<br />
persona física sica residente en la Comunidad Valenciana que, que,<br />
ostentando capacidad legal para ello y cumpliendo los<br />
requisitos establecidos en la normativa vigente, vigente,<br />
acepte ser<br />
sometida a un estudio sobre sus circunstancias personales,<br />
personales,<br />
sociales y psicológicas<br />
psicol gicas de forma que pueda valorarse su<br />
idoneidad para el ejercicio de la patria potestad en la filiación filiaci<br />
adoptiva, adoptiva,<br />
preste su consentimiento a recibir la formación formaci<br />
necesaria para poder ofrecer a un menor la estabilidad,<br />
estabilidad,<br />
atención atenci y respeto que permitan su desarrollo integral y, en<br />
su caso, caso,<br />
acepte prestar la colaboración colaboraci necesaria para<br />
realizar los compromisos de seguimiento de la adopción adopci<br />
internacional.<br />
internacional
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
Visualización” Visualizaci de diversos modelos de las normas autonómicas<br />
auton micas<br />
B) NORMAS ENUNCIATIVAS: Ejemplo: articulo 58 de la Ley madrileña:<br />
madrile a:<br />
1. Para valorar las circunstancias que concurran en los ofrecimientos de<br />
Acogida o Adopción Adopci de un menor se deberán deber tomar en consideración, consideraci , al<br />
menos, menos,<br />
los siguientes criterios:a)<br />
criterios:a)<br />
Tener medios de vida estables y<br />
suficientes.b)<br />
suficientes.b)<br />
Disfrutar de un estado de salud, salud,<br />
física sica y psíquica ps quica, , que no<br />
dificulte el normal cuidado del menor.c) menor.c)<br />
En caso de parejas, parejas,<br />
convivencia<br />
mínima nima de tres años.d os.d) ) En caso de existir imposibilidad de procrear en el<br />
núcleo cleo de convivencia,<br />
convivencia,<br />
que la vivencia de dicha circunstancia no<br />
interfiera en la posible acogida o adopción.e<br />
adopci n.e) ) Existencia de una vida<br />
familiar estable y activa.f) activa.f)<br />
Que exista un entorno relacional amplio y<br />
favorable a la integración integraci del menor.g) menor.g)<br />
Capacidad de cubrir las<br />
necesidades de todo tipo del niño ni o niña.h ni a.h) ) Carencia en las historias<br />
personales de episodios que impliquen riesgo para la acogida del<br />
menor.i) menor.i)<br />
Flexibilidad de actitudes y adaptabilidad a situaciones nuevas.j) nuevas.j)<br />
Comprensión Comprensi de la dificultad que entraña entra la situación situaci para el menor.k) menor.k)<br />
Respeto a la historia personal del menor.l) menor.l)<br />
Aceptación Aceptaci de las relaciones<br />
con la familia de origen del menor, menor,<br />
en su caso.m) caso.m)<br />
Actitud positiva para la<br />
formación formaci y la búsqueda squeda de apoyo técnico.2. cnico.2. La toma en consideración<br />
consideraci<br />
de todas estas circunstancias se hará har en su conjunto mediante la<br />
valoración valoraci ponderada de las que concurran en la persona o pareja que<br />
formula el ofrecimiento.<br />
ofrecimiento
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
Visualización” Visualizaci de diversos modelos de las normas autonómicas<br />
auton micas<br />
C) Norma con criterios positivos/negativos y estructurada. Artículos Art culos 76 y<br />
77 del Decreto catalán catal<br />
1. Antes de iniciar el proceso de estudio será ser necesario que concurran las<br />
circunstancias siguientes:a) siguientes:a Tener residencia habitual en Cataluña. Catalu a. b) Suficiencia<br />
económica econ mica estable y estabilidad laboral.c) laboral.c En los supuestos de solicitud conjunta<br />
de dos personas, estabilidad de pareja, pareja,<br />
con un mínimo nimo de tres años os de convivencia.<br />
convivencia.<br />
d) No tener antecedentes penales.e) penales.e Haber asistido a la sesión sesi informativa sobre la<br />
adopción adopci dentro de los últimos ltimos seis meses.f) meses.f No escoger el sexo de manera<br />
excluyente.g) excluyente.g Reunir condiciones de salud física sica y psíquica ps quica para poder atender<br />
adecuadamente al menor.h) menor.h Informe médico dico de la causa de esterilidad o<br />
infertilidad,<br />
infertilidad,<br />
las parejas que opten por la paternidad adoptiva y que no tengan<br />
hijos biológicos.i biol gicos.i) Aceptar el proceso administrativo y legal previo a la adopción. adopci .<br />
j) En los supuestos de solicitud conjunta para dos personas, las motivaciones para<br />
la adopción adopci deberán deber ser compartidas.k) compartidas.k No haber perdido un hijo en los últimos ltimos<br />
dos años os. . l) No haber recibido en adopción adopci o guarda un menor, menor,<br />
a partir de la<br />
entrada en vigor de la Ley 8/1995, de 27 de julio, julio,<br />
sin que haya intervenido la<br />
entidad pública blica competente en Catalunya en materia de menores<br />
desamparados.3. Las solicitudes de adopción adopci hechas por personas que tienen más<br />
de 55 años os sólo lo se tramitarán tramitar en casos excepcionales en los que concurran<br />
circunstancias específicas espec ficas en relación relaci con el menor a adoptar.<br />
adoptar
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
1. Los criterios que tendrán tendr en cuenta los equipos técnicos cnicos competentes para la valoración valoraci<br />
favorable de personas o familias para la adopción adopci son:1.1. En relación relaci con las<br />
circunstancias personales de los solicitantes:a) solicitantes:a El adecuado equilibrio<br />
personal.b) Estabilidad en la relación relaci de pareja.c) pareja.c Disfrutar de buena salud física sica y<br />
psíquica.d ps quica.d) Flexibilidad de actitudes y adaptabilidad a nuevas situaciones y, en concreto, concreto,<br />
a<br />
las que plantea la adopción.e<br />
adopci n.e) Capacidad de elaboración elaboraci de las experiencias traumáticas<br />
traum ticas<br />
vividas por la persona o familia, familia,<br />
valorando el grado de superación superaci y las posibles<br />
repercusiones en la futura adopción.f<br />
adopci n.f) En el caso de infertilidad o de esterilidad de la pareja, pareja,<br />
que esta circunstancia y su vivencia no interfieran en la posible adopción. adopci . g) Actitud<br />
positiva para la formación formaci y aceptación aceptaci del seguimiento y asesoramiento<br />
técnico.h cnico.h) Motivación Motivaci para ejercer funciones de parentesco.i) parentesco.i Que la motivación motivaci incluya<br />
cubrir las necesidades y carencias de un menor susceptible de adopción.j adopci n.j) En el caso de<br />
parejas, parejas,<br />
que las motivaciones para la adopción adopci sean compartidas.1.2. En relación relaci a las<br />
circunstancias familiares y sociales:a) sociales:a Existencia de una vida familiar estable y<br />
activa.b) activa.b Que el entorno relacional sea favorable a la integración integraci del menor<br />
adoptado.c) adoptado.c Entorno social y relacional adecuado.1.3. En relación relaci a las circunstancias<br />
socioeconómicas:a<br />
socioecon micas:a) Estabilidad económica<br />
econ mica y laboral.b) laboral.b Vivienda en condiciones<br />
adecuadas.1.4. En relación relaci con la actitud educadora:a) educadora:a Adecuada aptitud educadora.b) educadora.b Que<br />
el entorno familiar pueda dar soporte en la tarea educativa.c) educativa.c Capacidad y habilidad para<br />
adaptarse a los niños ni os susceptibles de ser adoptados y para comprender sus<br />
necesidades.d) necesidades.d Capacidad de cubrir las necesidades para el desarrollo del niño.1.5. ni o.1.5. En<br />
relación relaci con el menor y con su familia biológica:a<br />
biol gica:a) Aceptación Aceptaci de la herencia biológica biol gica del<br />
menor.b) menor.b Aceptación Aceptaci y respeto a la historia, historia,<br />
identidad y cultura del menor.c) menor.c Aceptación Aceptaci de<br />
la relación relaci del menor con su familia biológica biol gica, , en su caso.d) caso.d Actitud positiva ante el proceso<br />
administrativo y legal de la adopción.2.<br />
adopci n.2. La falta de concurrencia de cualquiera de las<br />
circunstancias descritas en el apartado anterior, comportará comportar la desestimación desestimaci de los<br />
solicitantes y, por tanto, tanto,<br />
su no selección selecci como posible familia adoptante.<br />
adoptante.
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
DIVERSIDAD EN LA ELECCIÓN ELECCI N Y PONDERACIÓN PONDERACI N DE CRITERIOS. EJEMPLOS<br />
Edad de los solicitantes<br />
Como criterio indeterminado: Norma vasca: vasca:<br />
“Contar Contar el o los adoptantes con una<br />
edad que, que,<br />
previsiblemente, previsiblemente,<br />
no pueda suponer una limitación limitaci para el conveniente<br />
desarrollo del adoptando”.<br />
adoptando<br />
Como diferencia de edad con el adoptado: 40 años os (Extremadura, Galicia,<br />
Canarias), o 42 (Andalucía, (Andaluc a, Aragón) Arag n) 45 (Castilla ( Castilla la Mancha).<br />
Como edad absoluta:55 años a os en Cataluña Catalu a y 56 en Madrid<br />
Motivaciones compartidas<br />
Motivación Motivaci n compartida de la pareja como condición condici n (Canarias, ( Canarias, Cataluña, Catalu a, Asturias,<br />
Aragón, Arag n, Castilla la Mancha, Galicia, Cantabria, Castilla León) Le ) o criterio (Cantabria)<br />
Motivación Motivaci n compartida por los miembros que convivan en la familia (Rioja,<br />
Baleares)<br />
Motivación Motivaci n compartida por los hijos “con con juicio”(Canarias)<br />
juicio (Canarias)<br />
Motivación Motivaci n compartida por todos los miembros de la unidad familiar (P Vasco) Vasco)<br />
Proyecto adoptivo<br />
No es idóneo id neo el que elija el sexo de manera excluyente (Cataluña) (Catalu a) o a quienes<br />
condicionan la adopción adopci a determinadas características<br />
caracter sticas físicas sicas (Extremadura) o<br />
procedencia socio-familiar socio familiar (Cantabria) (Cantabria)<br />
del menor<br />
Se valora la flexibilidad en el proyecto de adopción adopci (sexo sexo, , edad, edad,<br />
salud, salud,<br />
etnia y<br />
hermanos).<br />
hermanos).
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
B) ANÁLISIS AN LISIS DE LA JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA ESPA OLA MÁS M S<br />
RECIENTE SOBRE IDONEIDAD ADOPTIVA.<br />
40 sentencias de Audiencias Provinciales analizadas posteriores al año 1999 que<br />
resuelven recursos de apelación apelaci frente a sentencias de juzgados a los que se ha<br />
recurrido una inidoneidad administrativa.<br />
administrativa.<br />
Conclusiones generales:<br />
a) Disparidad de criterios administrativos y judiciales. judiciales<br />
JUZGADO<br />
AUDIENCIA<br />
Juicio de idoneidad<br />
No Si<br />
NO 5 7<br />
Si 7 21
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
B) ANÁLISIS AN LISIS DE LA JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA ESPA OLA MÁS M S RECIENTE SOBRE<br />
IDONEIDAD ADOPTIVA.<br />
b) Diversa comprensi<br />
comprensión<br />
de los principios subyacentes a dicha<br />
exigencia. exigencia.<br />
Lo que hay que proteger, proteger,<br />
es el supremo interés inter del menor, menor,<br />
por muy legítimos leg timos y plausibles que<br />
sean los deseos de aquéllos aqu llos. . Tal interés inter superior reclama no solo la simple aptitud para guardar<br />
y educar a un menor, menor,<br />
sino también tambi la adecuación adecuaci de los padres adoptivos a las necesidades<br />
específicas<br />
espec ficas del menor, menor,<br />
debiendo destacarse que los niños ni os no tienen capacidad ni posibilidades<br />
de decidir, decidir,<br />
por lo cual los ordenamientos jurídicos jur dicos disponen de los mecanismos adecuados<br />
(especialmente<br />
especialmente la declaración declaraci de idoneidad)<br />
idoneidad)<br />
para determinar que existan las garantías garant as de éxito xito<br />
en el paso trascendente que la adopción adopci supone para sus vidas, vidas,<br />
de manera que deben<br />
observarse las máximas ximas cautelas con tal de evitar que se pueda ver abocado a la problemática<br />
problem tica<br />
derivada de un segundo fracaso en su corta trayectoria vital. vital.<br />
(Barcelona 22/09/2005)<br />
A la vez, vez,<br />
no puede desconocerse el beneficio que la adopción adopci supone, supone,<br />
por principio, para el<br />
propio adoptado, adoptado,<br />
en muchas ocasiones sin familia conocida o en situación situaci de abandono en su<br />
atención atenci y cuidado y, en el caso de supuestos,<br />
supuestos,<br />
como el presente de adopción adopci internacional con<br />
escasas posibilidades de recibir, recibir,<br />
de los propios centros de atención atenci del país pa correspondiente,<br />
correspondiente,<br />
atención, atenci , cuidados y educación educaci al nivel de los países pa ses con superior nivel de desarrollo. desarrollo.<br />
no cabe<br />
hacer de la idoneidad un concepto en tal forma estricto y excluyente que conduzca a condicionar<br />
y limitar la posibilidad de adopción adopci de modo que, que,<br />
frustrando las respetables expectativas de los<br />
aspirantes a adoptar, adoptar,<br />
vengan a la vez a producir un perjuicio en los menores susceptibles de ser<br />
adoptados,<br />
adoptados,<br />
cuya situación situaci de desamparo exige la adopción adopci de un remedio. remedio.<br />
Baste con constatar<br />
que los candidatos a la adopción, adopci , en paralelismo con la generación generaci natural, pueden hacerse<br />
cargo de un menor sin que de ello se derive racionalmente la cierta posibilidad de que la<br />
adopción adopci pueda causarle perjuicio” perjuicio (Valencia 22/11/2004 )
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
B) ANÁLISIS AN LISIS DE LA JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA ESPA OLA MÁS M S RECIENTE SOBRE<br />
IDONEIDAD ADOPTIVA.<br />
c) Principales capacidades /competencias<br />
competencias /circunstancias<br />
circunstancias de idoneidad que<br />
aparecen en la jurisprudencia<br />
Gran diversidad de criterios y de aplicación aplicaci n de la normativa. Ejemplos:la<br />
Ejemplos: la edad elevada de<br />
los solicitantes en considerada en algunos casos como circunstancia de no<br />
idoneidad, idoneidad,<br />
pero normalmente unida a otros factores ya que en caso contrario los<br />
tribunales suelen ser laxos con esta exigencia<br />
“ La relativamente elevada edad de los demandantes,<br />
demandantes,<br />
nacidos en 1943 y 1949;<br />
los serios problemas de salud física sica del marido, marido,<br />
afectado de minusvalía minusval de<br />
un 55%, con considerables alteraciones coronarias y renales; renales;<br />
la<br />
incapacidad de ambos solicitantes para cumplimentar el cuestionario de<br />
análisis an lisis de personalidad utilizado en esta clase de expedientes,<br />
expedientes,<br />
por razón raz<br />
de analfabetismo funcional y, en general, de notable escasez de recursos<br />
culturales; culturales;<br />
la cortedad de medios económicos<br />
econ micos del matrimonio en atención atenci<br />
a las necesidades añadidas adidas que se desprenderían<br />
desprender an de la adopción; adopci ; las<br />
dudas que en cuanto a motivación motivaci personal última ltima en orden a la adopción adopci<br />
se suscitan por el hecho de que, que,<br />
hace unos veinte años os este matrimonio<br />
sin hijos abandonase su iniciativa de ser calificados como idóneos id neos para la<br />
adopción adopci (en un ámbito mbito, , entonces, entonces,<br />
nacional), nacional),<br />
y el razonable temor de los<br />
técnicos cnicos de la Junta, en vista de las manifestaciones de la esposa<br />
solicitante,<br />
solicitante,<br />
cuya madre había hab fallecido en fechas no lejanas, lejanas,<br />
de que al<br />
menos ella pueda concebir la adopción adopci como un modo de sustitución<br />
sustituci<br />
afectiva (Badajoz 11/12/2005).
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
B) ANÁLISIS AN LISIS DE LA JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA ESPA OLA MÁS M S RECIENTE SOBRE<br />
IDONEIDAD ADOPTIVA.<br />
c) Principales capacidades /competencias<br />
competencias /circunstancias<br />
circunstancias de idoneidad que<br />
aparecen en la jurisprudencia<br />
Gran Gran diversidad de criterios y de aplicación aplicaci n de la normativa. Ejemplos:la<br />
Ejemplos: la edad elevada<br />
de los solicitantes en considerada en algunos casos como circunstancia de no idoneidad, idoneidad,<br />
pero normalmente unida a otros factores ya que en caso contrario los tribunales suelen<br />
ser laxos con esta exigencia<br />
“El El marido cuenta en la actualidad cincuenta y dos años os y la esposa cincuenta y cinco, cinco,<br />
edades que, que,<br />
cara a la adopción adopci de un menor de hasta once años os son, bien que elevadas, elevadas,<br />
en modo alguno, alguno,<br />
atendiendo a las expectativas actuales de vida y de calidad de esta<br />
pueden considerarse absolutamente inadecuadas y perjudiciales para el menor, menor,<br />
por lo<br />
que, que,<br />
por sí mismas, mismas,<br />
no pueden a juicio de la Sala, Sala,<br />
dar lugar a la declaración declaraci de<br />
inidoneidad,<br />
inidoneidad,<br />
ya que existirá existir un prolongado lapso de tiempo hasta la edad ordinaria de<br />
jubilación jubilaci (sesenta sesenta y cinco años os), ), en que ambos cónyuges nyuges tendrán tendr plena capacidad para<br />
el cuidado de su hijo, hijo,<br />
alcanzando este previsiblemente la mayoría mayor de edad cuando ambos<br />
lleguen a tal edad, edad,<br />
lo que, que,<br />
como queda dicho en modo alguno supone imposibilidad o<br />
incapacidad para la atención atenci de una persona joven pero personalmente autosuficiente.<br />
autosuficiente.<br />
Cierto es que la experiencia señala se ala las ventajas de la juventud para la atención atenci de hijos<br />
pequeños peque os, , mas es de suponer, suponer,<br />
pues lo contrario evidenciaría evidenciar temeridad o inconsciencia,<br />
inconsciencia,<br />
que ambos litigantes se han planteado dicha cuestión cuesti y han decidido asumir las<br />
preocupaciones,<br />
preocupaciones,<br />
fatigas y limitaciones que comporta la educación educaci de un menor, menor,<br />
ciertamente no superiores a las que les proporcionan sus respectivos trabajos por cuenta<br />
propia o ajena, ajena,<br />
mas que resultan obviamente gratificantes para quienes asumen tal<br />
decisión”. decisi (Lérida rida 19-3-99). 19 99).
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
B) ANÁLISIS AN LISIS DE LA JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA ESPA OLA MÁS M S RECIENTE SOBRE<br />
IDONEIDAD ADOPTIVA.<br />
c) Principales capacidades /competencias<br />
competencias /circunstancias<br />
circunstancias de idoneidad que<br />
aparecen en la jurisprudencia<br />
Se Se cuestiona la interpretación interpretaci n psicológica psicol gica de los informes:<br />
“Considerar onsiderar como un concepto negativo que la adopción adopci suponga una forma de<br />
cubrir necesidades de la pareja, pareja,<br />
no es sino una valoración valoraci muy subjetiva, subjetiva,<br />
puesto que el cubrir esas necesidades,<br />
necesidades,<br />
por un lado, lado,<br />
no es incompatible con el<br />
deseo de tener un hijo atendiendo todas las necesidades de éste ste, , desde las<br />
puramente materiales a las afectivas, afectivas,<br />
y, por otro, otro,<br />
es una motivación motivaci que<br />
formulada de forma tal genérica gen rica nos la encontramos en casi todas las parejas, parejas,<br />
pues el desarrollo personal o de pareja a través trav de la maternidad o paternidad<br />
no es incompatible, antes al contrario, contrario,<br />
con las atenciones a los hijos para el<br />
correcto desarrollo de estos. estos.<br />
La primacía primac en el interés inter del menor no choca con<br />
la voluntad de desarrollo de pareja a través trav de la maternidad.<br />
maternidad.<br />
Igual habría habr que<br />
decir sobre la necesidad de modificar pautas de conducta que en la actualidad<br />
están est muy estructuradas. estructuradas.<br />
Es evidente que un nuevo marco familiar provocará provocar<br />
esas modificaciones, modificaciones,<br />
sin que se constate imposibilidad para ello, ello,<br />
aunque las<br />
rutinas de tantos años os de matrimonio sin hijos suponga un mayor<br />
inconveniente. inconveniente.<br />
En cuanto al resto de causas referentes a la falta de reflexión, reflexi , la<br />
resignación resignaci de Dª. D . Nieves a ciertas peculiaridades de la adopción adopci como la edad<br />
de adoptado, adoptado,<br />
o el desconocimiento de las necesidades que presentara,<br />
presentara,<br />
ciertamente se superan con el tiempo, tiempo,<br />
si es que se daban realmente con la<br />
intensidad que pretende la recurrente, recurrente,<br />
y así as ha debido ser cuando en el informe<br />
realizado en estos autos son se constatan como especiales dificultades.<br />
dificultades
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
B) ANÁLISIS AN LISIS DE LA JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA ESPA OLA MÁS M S RECIENTE<br />
SOBRE IDONEIDAD ADOPTIVA.<br />
c) Principales capacidades /competencias<br />
competencias /circunstancias<br />
circunstancias de idoneidad<br />
que aparecen en la jurisprudencia<br />
Se Se cuestiona la interpretación interpretaci n social de los informes:<br />
“En En cuanto a la disposición disposici de medios económicos<br />
econ micos suficientes,<br />
suficientes,<br />
como<br />
acertadamente recoge la sentencia de primera instancia, instancia,<br />
no cabe exigir<br />
a la adoptante unos medios económicos<br />
econ micos desahogados,<br />
desahogados,<br />
que le permitan<br />
disfrutar al adoptado de un elevado nivel de vida. vida.<br />
Por otra parte, la<br />
disposición disposici para el trabajo de la adoptante y sus medios de vida deben<br />
llevar a considerar que aunque con posibilidades modestas puede<br />
alcanzar un régimen gimen de vida digno y que, que,<br />
en absoluto, absoluto,<br />
en caso de una<br />
filiación filiaci por cauces naturales podría podr obligar a la intervención intervenci de la<br />
Administración, Administraci , al margen de las ayudas socio-econ<br />
socio económicas micas que puedan<br />
corresponderle por parte del Estado. Todavía Todav puede comprenderse<br />
menos esta controversia,<br />
controversia,<br />
cuando la solicitante ha demostrado su<br />
capacidad de ahorro, ahorro,<br />
adquiriendo una vivienda para uso de ella y de su<br />
hijo, hijo,<br />
con sacrificio y voluntad para conseguir este objetivo. objetivo.<br />
Todas estas<br />
circunstancias han de operar en sentido favorable a la adoptante. adoptante (La<br />
Rioja 28/7/2004).
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.3. ELEGIBILIDAD<br />
En Derecho español espa ol, , una persona que reúna re na los requisitos de<br />
capacidad ya mencionados y que a través trav de un estudio psico-social<br />
psico social<br />
haya sido declarada idónea id nea por la administración administraci autonómica<br />
auton mica puede<br />
legalmente adoptar en España, Espa , pero no siempre se convertirá convertir<br />
finalmente en padre adoptivo: adoptivo:<br />
las administraciones competentes en<br />
materia de protección protecci de menores, menores,<br />
establecen determinados criterios de<br />
preferencia para seleccionar a los futuros adoptantes.<br />
adoptantes.<br />
Diversidad de<br />
criterios<br />
El El criterio cronológico cronol gico como fundamental o con leves correcciones<br />
(disponibilidad para adopciones especiales).<br />
El El criterio del matching referido a edad del niño ni o y de los padres<br />
Tipolog Tipologías as de familia: preferencia a las parejas sobre las personas<br />
solteras, solteras,<br />
preferencia<br />
preferencia<br />
a las familias sin hijos... hijos...<br />
En En la elegibilidad se introducen criterios discriminadores para elegir.<br />
Su razón raz n de ser: el interés inter s superior del niño. ni o. Ley de la Rioja, Rioja,<br />
art 99, 99 “La La<br />
declaración declaraci de idoneidad no reconoce derecho alguno a formalizar la<br />
adopción adopci de un menor”. menor .<br />
Importancia Importancia de que los criterios sean claros y estén est n establecidos<br />
legalmente.
2.- 2. CAPACIDAD, IDONEIDAD Y ELEGIBILIDAD.<br />
TRES CATEGORÍAS CATEGOR AS DIFERENCIADAS<br />
2.3. ELEGIBILIDAD<br />
CRITERIO DEL SERVICIO SOCIAL INTERNACIONAL<br />
“El El niño ni que necesita ser adoptado es un niño ni que ha padecido graves<br />
carencias: carencias:<br />
su historia, historia,<br />
su situación situaci de adoptado y a veces su aspecto<br />
físico sico lo hacen, hacen,<br />
de hecho, hecho,<br />
un ser diferente en el entorno de un país pa o del<br />
medio en el que contempla su colocación. colocaci . La familia no debe aumentar<br />
sus diferencias o creencias, creencias,<br />
sino ofrecer o revalorizar las referencias<br />
maternas y paternas que le han faltado o perjudicado,<br />
perjudicado,<br />
asegurarle un<br />
entorno que pueda facilitar su integración integraci social y que sea capaz de<br />
hacer frente a las dificultades específicas<br />
espec ficas de la relación relaci adoptiva. adoptiva<br />
Por estas razones el SSI estima, estima,<br />
salvo casos particulares justificados,<br />
justificados,<br />
que una pareja integrada por un hombre y una mujer, mujer,<br />
de una edad en<br />
relación relaci con la del niño, ni , ofrece un entorno más favorable para el<br />
desarrollo del niño ni que una persona sola, una pareja del mismo sexo o<br />
una en la que la edad avanzada de uno de ellos constituya un factor de<br />
inadaptación inadaptaci a las necesidades del niño ni o de riesgo en cuanto a la<br />
duración duraci de la protección protecci parental”<br />
parental
3.- 3. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES EN LA<br />
ADOPCIÓN ADOPCI N INTERNACIONAL<br />
Importancia de la adopción adopci n internacional en España. Espa a. Consecuencias<br />
en este ámbito: mbito:<br />
A)APLICACI<br />
A) APLICACIÓN N CUMULATIVA DE DOS SISTEMAS JURÍDICOS<br />
JUR DICOS<br />
Los os futuros adoptantes deberán deber ser considerados capaces, capaces,<br />
idóneos id neos<br />
y elegibles de acuerdo con las normas y estándares<br />
est ndares del país pa de origen<br />
de su futuro hijo, hijo,<br />
pero también tambi deberán deber satisfacer las exigencias de<br />
capacidad, capacidad idoneidad y elegibilidad del sistema jurídico jur dico español espa ol<br />
(técnica (t cnica cumulativa).<br />
cumulativa) .<br />
La La utilización utilizaci de esta técnica cnica persigue afianzar la seguridad jurídica jur dica<br />
de la relación relaci adoptiva así as creada o la denominada “armon armonía<br />
internacional de soluciones” soluciones es decir el reconocimiento de pleno<br />
derecho de la adopción adopci tal y como se ha constituido en ambos países pa ses. .<br />
La La verificación verificaci práctica pr ctica de que esta “doble doble garantía” garant se ha dado está est<br />
contemplada tanto en el Convenio de la Haya de 1993 como en nuestra<br />
legislación legislaci interna. interna.<br />
Diversidad Diversidad de Derecho comparado: diversas regulaciones en torno<br />
al estado civil de los adoptantes, su edad,convivencia previa de la<br />
pareja, existencia de otros hijos y otras circunstancias...
3.- 3. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES EN LA<br />
ADOPCIÓN ADOPCI N INTERNACIONAL<br />
Importancia de la adopción adopci n internacional en España. Espa a. Consecuencias<br />
en este ámbito: mbito:<br />
A)APLICACI<br />
A) APLICACIÓN N CUMULATIVA DE DOS SISTEMAS JURÍDICOS<br />
JUR DICOS<br />
Ejemplos Ejemplos de diversidad: Otras circunstancias: circunstancias:<br />
En China el solicitante<br />
soltero debe realizar una declaración declaraci jurada de que no es homosexual;<br />
En Nepal no pueden adoptar familias que tengan ya dos hijos de<br />
diferente sexo y el adoptado debe ser en todo caso menor al más<br />
joven de los que estén est en el hogar, hogar,<br />
En Filipinas, a requerimiento de<br />
las autoridades filipinas, filipinas,<br />
las familias solicitantes deberán deber presentar<br />
una declaración declaraci jurada que incluya los siguientes aspectos<br />
relacionados con la religión religi católica cat lica<br />
Todos Todos estos requisitos de capacidad, capacidad,<br />
idoneidad o elegibilidad<br />
previstos en los sistemas jurídicos jur dicos del país pa del niño, ni , manifiestan una<br />
determinada cultura familiar y social subyacente que si bien no<br />
necesariamente se comparta en todos sus términos rminos en los países pa ses en<br />
los que residen los adoptantes,<br />
adoptantes,<br />
ineludiblemente debe respetarse, respetarse,<br />
no<br />
solo por razones antropológicas<br />
antropol gicas, , sino estrictamente jurídicas jur dicas. .<br />
Atenci Atención n respecto del ocultamiento o incluso fraude deliberado a las<br />
normas del país pa de origen. origen.<br />
El ejemplo de las kafalas
3.- 3. LA SELECCIÓN SELECCI N DE LOS ADOPTANTES EN LA<br />
ADOPCIÓN ADOPCI N INTERNACIONAL<br />
Importancia de la adopción adopci n internacional en España. Espa a. Consecuencias<br />
en este ámbito: mbito:<br />
B) IDONEIDAD EX ANTE O EX POST LA ADOPCIÓN ADOPCI N INTERNACIONAL<br />
El El proceso previsto en el Convenio de la Haya exige que la idoneidad idoneidad<br />
se haya verificado antes del viaje y de constituir la adopción. adopci n.<br />
Pero Pero en los casos de adopciones en países pa ses no miembros del<br />
Convenio, el sistema de reconocimiento es el previsto en el CC.<br />
El El artículo art culo 9.5 señala: se ala: “Tampoco Tampoco lo será ser (reconocida<br />
reconocida como<br />
adopción) adopci ) mientras la entidad pública blica competente no haya declarado<br />
la idoneidad del adoptante si este fuera español espa ol y estuviera<br />
domiciliado en España Espa al tiempo de la adopción” adopci<br />
No No se exige idoneidad previa a la adopción. adopci n. Así As lo reconoce<br />
expresamente la Resolución-Circular<br />
Resoluci Circular de la DGRN de 15 de julio de<br />
2006 (BOE de 30 de agosto): agosto):<br />
“No No obstante, este rigor queda atenuado<br />
por el reconocimiento de la posibilidad de que el certificado de<br />
idoneidad se obtenga después despu de constituida la adopción adopci en el<br />
extranjero, extranjero,<br />
no siendo necesario que sea previo<br />
Peligro Peligro de estas situaciones
4.- 4. CONSIDERACIONES FINALES<br />
1.- 1. La responsabilidad ineludible del Estado (en países pa ses como España Espa y<br />
a diferencia de otros sistemas jurídicos jur dicos más privatistas) privatistas)<br />
en la decisión decisi<br />
de quienes son aptos para adoptar y quienes no, en su preparación preparaci y<br />
en la asignación asignaci de la familia a un determinado niño ni es hoy un hecho<br />
incuestionable.<br />
incuestionable<br />
2.- 2. Sin embargo, la concreción concreci de dicha responsabilidad parece que<br />
debería deber traducirse y concretarse progresivamente en las siguientes<br />
líneas neas:<br />
- Modelo odelo de intervención intervenci con la familia adoptante no centrado<br />
exclusivamente en la valoración valoraci y evaluación evaluaci de la misma sino de<br />
forma complementaria en la preparación preparaci preadoptiva y el seguimiento<br />
postadoptivo.<br />
postadoptivo<br />
- Actualización Actualizaci de los criterios de capacidad adoptiva en Derecho<br />
español espa ol, , introduciendo en el texto del Código C digo civil cuestiones ya<br />
incluídas inclu das hace años os “por por la puerta de atrás” atr (como como la adopción adopci por las<br />
parejas de hecho) hecho)<br />
e incluso otras de carácter car cter objetivo (como como es la<br />
edad máxima xima para adoptar) adoptar)<br />
que en Derecho comparado se consideran<br />
requisitos de capacidad y no de idoneidad.<br />
idoneidad
4.- 4. CONSIDERACIONES FINALES<br />
- Armonización Armonizaci de la normativa autonómica<br />
auton mica sobre los criterios de<br />
valoración valoraci de la idoneidad y de elegibilidad y otras cuestiones relativas a este<br />
delicado momento del proceso (procedimiento<br />
procedimiento, , duración duraci del certificado,<br />
certificado,<br />
tiempo de expedición expedici del informe psico-social<br />
psico social…) ) con dos criterios: criterios:<br />
regulación regulaci detallada y pormenorizada que evite una interpretación<br />
interpretaci<br />
administrativa y judicial diversa y dispersa, dispersa,<br />
y regulaci regulación<br />
que refleje la<br />
comprensión comprensi de lo que significa la idoneidad por otras ciencias sociales y de<br />
los tipos de familia que se estiman favorecen mejor el desarrollo integral del<br />
menor para determinar los criterios de elegibilidad que necesariamente deben<br />
priorizar unos núcleos cleos familiares frente a otros. otros<br />
3.- 3. La valoración valoraci de la capacidad,<br />
capacidad,<br />
idoneidad y elección elecci de los futuros<br />
adoptantes cuando la adopción adopci es internacional, internacional,<br />
pone en conexión, conexi , y en<br />
ocasiones en conflicto, conflicto,<br />
dos sistemas jurídicos jur dicos diversos que responden a<br />
culturas familiares también tambi diversas. diversas.<br />
En estos casos, casos,<br />
el Convenio de la Haya<br />
y la legislación legislaci española espa ola obligan naturalmente a tomar en consideración<br />
consideraci<br />
ambos sistemas lo que supondrá supondr en la práctica pr ctica que “ganar ganará” el más<br />
restrictivo.<br />
restrictivo.<br />
Esta realidad puede ser percibida por los futuros adoptantes como<br />
una limitación limitaci sin sentido y si embargo el superior interés inter del niño ni exige esta<br />
seguridad jurídica jur dica, , que por otra parte, es un reflejo de la necesaria<br />
interculturalidad que debe existir en estas nuevas familias.<br />
familias