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SAL EN LA HERIDA

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o amenazas de violencia o de cualquier otra forma de intimidación que<br />

pueda surgir de resultas de la investigación.<br />

Principios Relativos a la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y<br />

Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, principio 3.b<br />

El Comité insta al Estado parte a […] garantizar el derecho de las víctimas<br />

de la tortura a presentar denuncias sin el temor a ser objeto de cualquier<br />

tipo de represión, hostigamiento, malos tratos o procesamiento […].<br />

Comité contra la Tortura, Túnez, Recomendaciones, A/54/44, párr. 78<br />

Amnistía Internacional ha llegado a la conclusión de que, en muchos<br />

casos de malos tratos que ha investigado, las personas que presentan<br />

denuncias de malos tratos a manos de la policía han sido a su vez acusadas<br />

de resistencia a agentes de la autoridad, resistencia a la detención,<br />

atentado contra agentes de la autoridad u otros delitos graves. Personas<br />

que han presentado denuncias en tales casos han referido a Amnistía<br />

Internacional que creían que tales acusaciones se habían formulado para<br />

presionarlas o intimidarlas a fin de que retirasen sus denuncias, o que se<br />

habían utilizado como táctica para menoscabar la credibilidad de sus<br />

denuncias y testimonios. Esta práctica fue reconocida por miembros de<br />

diversas fuerzas policiales entrevistados por Amnistía Internacional que<br />

admitieron la existencia del hábito automático de presentar tales cargos<br />

como táctica de defensa propia para protegerse contra las acusaciones de<br />

agresión o detención ilegal. Un agente señaló a una delegación de Amnistía<br />

Internacional que era difícil incluso que otros agentes supieran si las<br />

afirmaciones de sus compañeros eran verdaderas o no, pues se sabía que<br />

algunos agentes se habían desgarrado el uniforme para dar credibilidad a<br />

su versión de los hechos si tenían constancia de que habían utilizado<br />

fuerza excesiva. El CPT ha señalado que en tales situaciones «deben<br />

adoptarse medidas para garantizar que queda de manifiesto el carácter<br />

equitativo de los procedimientos» y que «todo uso de la fuerza en el contexto<br />

de la detención debe estar sujeta, por tanto, a un escrutinio serio y<br />

no debe tratarse sumariamente». 29<br />

Además, los órganos judiciales deben hacer frente a una dificultad<br />

especial en la resolución de casos de malos tratos cuando un agente admite<br />

que se usó la fuerza pero afirma que ésta fue proporcional y necesaria.<br />

La determinación de qué fuerza era «necesaria» parecía interpretarse en<br />

sentido amplio por algunas de las personas entrevistadas por Amnistía<br />

Internacional. Un agente de policía afirmó que la primera acción durante<br />

la detención era vencer su resistencia, hacerles ver quién mandaba, y que<br />

29 Report to the Spanish Government on the visit to Spain carried out by the European<br />

Committee for the Prevention of Torture and Inhuman or Degrading Treatment or<br />

Punishment (CPT) from 12 to 19 December 2005, CPT/Inf(2007)30, párr. 54.<br />

ESPAÑA: <strong>SAL</strong> <strong>EN</strong> <strong>LA</strong> <strong>HERIDA</strong> | 41

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