05.06.2013 Views

GRUPO AEROPORTUARIO DEL SURESTE, S.A. DE C.V. - Asur

GRUPO AEROPORTUARIO DEL SURESTE, S.A. DE C.V. - Asur

GRUPO AEROPORTUARIO DEL SURESTE, S.A. DE C.V. - Asur

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>GRUPO</strong> <strong>AEROPORTUARIO</strong> <strong><strong>DE</strong>L</strong> <strong>SURESTE</strong>, S.A. <strong>DE</strong> C.V.<br />

Bosque de Alisos 47-A Piso 4<br />

Col. Bosques de las Lomas<br />

05120 México, D.F.<br />

México<br />

Reporte Anual que se presenta de acuerdo con las disposiciones de carácter general<br />

aplicables a las Emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores por el<br />

año terminado el 31 de diciembre del 2004.<br />

255’000,000 de Acciones de la Serie “B”, Clase I, sin expresión de valor nominal, inscritas<br />

en la Sección de Valores y en la Sección Especial del Registro Nacional de Valores, las<br />

cuales son objeto de cotización en la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V. y en la<br />

Bolsa de Nueva York como ADSs.<br />

Clave de cotización en la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V.: ASUR<br />

“La inscripción en el Registro Nacional de Valores no implica certificación sobre la bondad<br />

del valor o la solvencia del emisor”.


ÍNDICE<br />

I. INFORMACIÓN GENERAL<br />

1. Glosario de Términos y Definiciones ..............................................................................4<br />

2. Resumen Ejecutivo..........................................................................................................7<br />

3. Factores de Riesgo........................................................................................................11<br />

4. Otros Valores Inscritos en el RNV.................................................................................25<br />

5. Cambios Significativos a los Derechos de Valores Inscritos en el RNV ......................26<br />

6. Destino de los fondos (en su caso)...............................................................................26<br />

7. Documentos de carácter público...................................................................................26<br />

II. LA COMPAÑÍA<br />

1. Historia y Desarrollo de la Emisora...............................................................................28<br />

2. Descripción del Negocio................................................................................................33<br />

A. Actividad Principal .............................................................................................33<br />

B. Canales de Distribución.....................................................................................39<br />

C. Patentes, Licencias, Marcas y otros Contratos...............................................127<br />

D. Principales Clientes ..........................................................................................48<br />

E. Legislación Aplicable y Régimen Tributario ......................................51, 71 y 121<br />

F. Recursos Humanos ...........................................................................................92<br />

G. Desempeño Ambiental ......................................................................................65<br />

H. Información del Mercado ...................................................................................39<br />

I. Estructura Corporativa..............................................................................67 y 94<br />

J. Descripción de sus Principales Activos.....................................................39 y 68<br />

K. Procesos Judiciales, Administrativos o Arbitrales ............................................99<br />

L. Acciones Representativas del Capital Social..................................................107<br />

M. Dividendos ............................................................................................100 y 112<br />

III. INFORMACIÓN FINANCIERA<br />

1. Información Financiera Seleccionada .....................................................................8 y 68<br />

2. Información Financiera por línea de negocio, zona geográfica y exportación.............33<br />

3. Informe de Créditos Relevantes....................................................................................75<br />

4. Comentarios y Análisis de la Administración sobre los Resultados de<br />

Operación y Situación Financiera de la Emisora..........................................................75<br />

A. Resultados de la Operación ..............................................................................75<br />

B. Situación Financiera, Liquidez y Recursos de Capital......................................79<br />

C. Control Interno ...................................................................................................91<br />

5. Estimaciones Contables Críticas...................................................................................81<br />

IV. ADMINISTRACIÓN<br />

1. Auditores Externos ......................................................................................................119<br />

2. Operaciones con Personas Relacionadas y Conflicto de Intereses.............................96<br />

2


3. Estatutos Sociales y Otros Convenios ........................................................................104<br />

4. Administradores y Accionistas ..............................................................................85 y 94<br />

V. MERCADO ACCIONARIO<br />

1. Estructura Accionaria .........................................................................................94 y 107<br />

2. Comportamiento de la acción en el Mercado de Valores...........................................103<br />

VI. PERSONAS RESPONSABLES ........................................128<br />

VII. ANEXOS<br />

Anexo “A” Estados Financieros Dictaminados correspondientes a 2003 y 2004<br />

Anexo “B” Informes de los Comisarios<br />

3


GLOSARIO <strong>DE</strong> TÉRMINOS Y <strong>DE</strong>FINICIONES<br />

Término Significado<br />

Antecesor Se refiere a Aeropuertos y Servicios Auxiliares<br />

cuando operaba nuestros nueve aeropuertos.<br />

ADS American Depositary Receipts<br />

ASA Aeropuertos y Servicios Auxiliares<br />

ASUR, <strong>Asur</strong> o la Emisora El término “ASUR” se refiere tanto a Grupo<br />

Aeroportuario del Sureste, S.A. de C.V., como a<br />

Grupo Aeroportuario del Sureste, S.A. de C.V.<br />

conjuntamente con sus subsidiarias.<br />

Bancomext Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.<br />

BMV Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V.<br />

Cintra Cintra, S.A. de C.V., una sociedad controladora del<br />

gobierno federal que cuenta con dos<br />

subcontroladoras denominadas Grupo Aeromexico,<br />

S.A. de C.V. y Grupo Mexicana de Aviación, S.A. de<br />

C.V., y a través de ellas, de dos bloques de<br />

subsidiarias, todas las cuales prestan servicios<br />

públicos de navegación, comunicación y<br />

transportación aérea de personas y bienes dentro y<br />

fuera de México.<br />

CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores<br />

Dólar o dólar Moneda de curso legal de los Estados Unidos<br />

Estados Unidos Estados Unidos de América<br />

FONATUR Fondo Nacional de Fomento al Turismo<br />

GDS Grupo de Desarrollo del Sureste, S.A. de C.V.<br />

IA Impuesto al Activo<br />

IPAB Instituto para la Protección al Ahorro Bancario<br />

ISR Impuesto Sobre la Renta<br />

4


ITA o Socio Estratégico Inversiones y Técnicas Aeroportuarias, S.A. de C.V.<br />

Ley del Mercado de Valores de 1933 de<br />

los Estados Unidos<br />

Ley del Mercado de Valores de 1934 de<br />

los Estados Unidos<br />

Securities Act of 1933<br />

Securities and Exchange Act of 1934<br />

México Estados Unidos Mexicanos<br />

NAFIN Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de<br />

Desarrollo<br />

NYSE New York Stock Exchange, la bolsa de valores de<br />

Nueva York<br />

Oferta Global La oferta pública secundaria de acciones de la serie<br />

“B”, ordinarias nominativas, sin expresión de valor<br />

nominal, representativas del capital social de ASUR<br />

llevada a cabo en la BMV el 28 de septiembre de<br />

2000.<br />

PAN Partido Acción Nacional<br />

PCGA Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados<br />

en México<br />

PRI Partido Revolucionario Institucional<br />

Profepa Procuraduría Federal de Protección al Ambiente<br />

RNV Registro Nacional de Valores<br />

SARS Síndrome respiratorio agudo severo<br />

SEAT Servicios de Apoyo en Tierra<br />

SEC Securities and Exchange Commission, la Comisión<br />

de valores e intercambio de valores de los Estados<br />

Unidos.<br />

Secretaría Secretaría de Comunicaciones y Transportes<br />

SENEAM Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo<br />

Mexicano, órgano desconcentrado de la Secretaría.<br />

Tratado Fiscal Tratado del Impuesto Sobre la Renta para Evitar la<br />

Doble Tributación celebrado entre México y los<br />

Estados Unidos, junto con su Protocolo.<br />

5


Tribasa Triturados Basálticos y Derivados, S.A. de C.V.<br />

6


RESUMEN EJECUTIVO<br />

ASUR prepara sus estados financieros en pesos mexicanos. De conformidad con los<br />

PCGA, la información financiera por todos los periodos en los estados financieros ha sido<br />

determinada en pesos constantes al 31 de diciembre del 2004.<br />

Este informe contiene conversiones de cantidades de pesos mexicanos a dólares<br />

americanos a ciertos tipos de cambio específicos únicamente para conveniencia del<br />

lector. Estas conversiones no deben ser consideradas como que las cantidades en pesos<br />

representan actualmente esa cantidad en dólares o que pueden ser convertidas en<br />

dólares al tipo de cambio indicado. A menos que se indique lo contrario, las cantidades en<br />

dólares americanos indicados han sido convertidas de pesos mexicanos a un tipo de<br />

cambio de $11.1495 M.N. por 1 Dólar, que es el tipo de cambio publicado por el Banco de<br />

México en el Diario Oficial de la Federación el 03 de Enero de 2005.<br />

Las tablas contenidas más adelante presentan un resumen consolidado de la información<br />

financiera y aquella que se menciona para cada uno de los periodos indicados para<br />

nuestras subsidiarias. Esta información debe ser leída conjuntamente con, y es calificada<br />

en su totalidad en referencia de, nuestros estados financieros incluyendo sus notas.<br />

Nuestros estados financieros están preparados de conformidad con los PCGA.<br />

Las referencias en este reporte anual a “Dólares”, “dólares”, “Dólares de los Estados<br />

Unidos”, “U.S.”, “US” y demás similares son a la moneda de curso legal en los Estados<br />

Unidos. Las referencias en este reporte a “pesos” o “Ps.” son a la moneda de curso legal<br />

en México. Publicamos nuestros estados financieros en pesos.<br />

Este reporte anual contiene referencias a “unidades de tráfico” que son unidades<br />

utilizadas para medir el volumen de tráfico de pasajeros y de carga en aeropuertos. Una<br />

unidad de tráfico es igual a un pasajero o 100 kg. de carga.<br />

El resumen financiero y la demás información presentada más adelante reflejan nuestra<br />

situación financiera, resultados de operaciones y cierta información operativa a partir del<br />

ejercicio concluido el 31 de diciembre de 2000.<br />

7


Año terminado el 31 de Diciembre de<br />

2000 2001 2002 2003 2004 2004<br />

(miles de (miles de (miles de (miles de (miles de (miles de<br />

pesos) (1) pesos) (1) pesos) (1) pesos) (1) pesos) (1) dólares) (2)<br />

Información del Estado de Resultados:<br />

PCGA:<br />

Ingresos:<br />

Servicios Aeronáuticos (3).................................. 1,193,285 1,142,992 1,095,247 1,215,423 1,481,254 132,854<br />

Servicios No Aeronáuticos(4) ............................. 205,756 202,990 261,645 327,339 494,722 44,372<br />

Total de ingresos: ................................................<br />

Gastos de operación:<br />

1,399,041 1,345,982 1,356,892 1,542,762 1,975,976 177,226<br />

Costo de servicios .............................................. (326,024) (333,175) (376,160) (388,924) (467,345) (41,916)<br />

Gastos Generales y de administración............... (122,097) (115,137) (117,016) (127,292) (105,756) (9,485)<br />

Asistencia Técnica (5) ........................................ (63,380) (44,030) (40,933) (48,519) (66,956) (6,005)<br />

Derecho de uso de activos concesionados (6)... (69,906) (67,288) (67,805) (77,110) (98,762) (8,858)<br />

Depreciación y amortización .............................. (350,635) (350,223) (366,511) (373,033) (399,547) (35,835)<br />

Utilidad de operación ........................................... 466,999 436,129 388,467 527,884 837,610 75,127<br />

(Costo) resultado integral de financiamiento........<br />

Utilidad antes de impuestos sobre la renta y<br />

reparto de utilidades a los trabajadores y<br />

(17,273) 40,339 29,716 25,470 (28,706) (2,575)<br />

partidas extraordinarias ....................................... 449,726 476,468 418,183 553,354 808,904 72,552<br />

Beneficio de (provisión para) ISR y reparto de<br />

utilidades a los trabajadores ................................<br />

(196,765) (176,531) (168,123) (243,975) (184,198) (16,521)<br />

Utilidad antes de partidas extraordinarias 252,961 299,937 250,060 309,379 624,706 56,031<br />

Partidas extraordinarias 0 (7,734) (9,126) (18,850) (17,714) (1,589)<br />

Utilidad neta......................................................... 252,961 292,203 240,934 290,529 606,992 54,442<br />

Utilidad por acción básica y diluida...................... 0.84 0.97 0.80 0.97 2.02 0.18<br />

Utilidad por ADS básico y diluido (7)....................<br />

Otra información Operativa (no auditada):<br />

Dividendos por acción .........................................<br />

8.43 9.74 8.03 9.68 20.23 1.81<br />

Total de pasajeros (miles de pasajeros)(8)..........<br />

Operaciones de tráfico aéreo totales<br />

11,448.1 11,240.3 10,996.6 12,190.0 13,897.1 13,897.1<br />

(miles de operaciones) .......................................<br />

Ingresos totales por pasajero (en pesos o<br />

207.6 194.9 194.9 198.0 219.8 219.8<br />

dólares)................................................................ 122.2 119.7 123.4 126.6 142.2 12.8<br />

Información del Balance:<br />

PCGA:<br />

Efectivo e inversiones<br />

Años concluidos el 31 de Diciembre de<br />

2000 2001 2002 2003 2004<br />

(miles de (miles de (miles de (miles de (miles de (miles de<br />

Pesos)(1) pesos)(1) pesos) (1) pesos) (1) pesos) (1) dólares) (2)<br />

675,713 1,015,947 543,398 747,241 1,163,317 104,338<br />

temporales<br />

Total activo circulante......<br />

Concesiones Aeroportuarias,<br />

813,517 1,234,478 790,496 1,074,815 1,435,077 128,712<br />

neto....................................... 8,776,826 8,546,257 8,314,068 8,082,688 7,851,309 704,185<br />

Derecho de uso de<br />

instalaciones aeroportuarias,<br />

neto....................................... 2,476,234 2,387,156 2,298,082 2,219,988 2,148,296 192,681<br />

Activos totales....................... 12,392,459 12,861,694 12,341,119 12,604,235 13,054,530 1,170,862<br />

Pasivos Circulante................ 91,417 93,301 134,328 164,028 191,728 17,196<br />

Pasivos totales ............. 348,225 525,256 560,186 667,759 728,224 65,314<br />

Inversión de los accionistas<br />

Información de flujo de<br />

12,044,234 12,336,439 11,780,932 11,936,476 12,326,306 1,105,548<br />

8


efectivo<br />

PCGA:<br />

Recursos generados por la<br />

operación..............................<br />

Recursos (utilizados en)<br />

generados por actividades de<br />

financiamiento..................<br />

Recursos utilizados en<br />

actividades de inversión........<br />

Incremento (Disminución)<br />

aumento en efectivo e<br />

inversiones temporales.........<br />

859,540 737,165 613,809<br />

(356,667) 0 (796,440)<br />

(255,199) (396,932) (289,919)<br />

247,674 340,233 (472,550)<br />

690,659<br />

(134,986)<br />

(351,830)<br />

203,843<br />

9<br />

1,122,818 100,706<br />

(217,162) (19,477)<br />

(489,580) (43,910)<br />

416,076 37,319<br />

__________<br />

(1) Expresado en pesos constantes de poder adquisitivo del 31 de diciembre de 2004.<br />

(2) Convertidos a dólares a un tipo de cambio de $11.1495 M.N. por dólar.<br />

(3) Los ingresos por servicios aeronáuticos incluyen aquellos generados por cuotas a pasajeros, cuotas por<br />

aterrizaje, cuotas por estacionamiento de aeronaves, cuotas por servicios de seguridad en los aeropuertos y<br />

cuotas por el servicio de abordadores.<br />

(4) Los ingresos por servicios no aeronáuticos son generados por el arrendamiento de espacio en nuestros<br />

aeropuertos, tarifas de acceso cobradas a terceros que proporcionan servicios en nuestros aeropuertos y otras<br />

fuentes de ingresos diversas.<br />

(5) A partir del 19 de abril de 1999, pagamos a nuestro Socio Estratégico una contraprestación por asistencia<br />

técnica en términos del contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología celebrado en relación con<br />

la adquisición por parte de ITA de las acciones serie BB. La contraprestación se describe en “Principales<br />

Accionistas y Operaciones con Partes Relacionadas - Operaciones con Partes Relacionadas – Arreglos con<br />

ITA”.<br />

(6) Cada una de nuestras subsidiarias concesionarias está obligada al pago al gobierno federal de un derecho de<br />

uso de activos concesionados en términos de la Ley Federal de Derechos. Este derecho actualmente asciende<br />

al 5% de los ingresos brutos anuales de cada una de nuestras subsidiarias concesionarias obtenidos por el uso<br />

de bienes del dominio público de acuerdo con los términos de cada una de nuestras concesiones.<br />

(7) Basado en 10 acciones serie B por cada ADS.<br />

(8) El 31 de mayo de 2004 pagamos un dividendo por $168,000 millones de pesos correspondiente al año fiscal de<br />

2003 en la cantidad de $0.56 M.N. por acción a todas las acciones de las series B y BB de nuestro capital<br />

social. El 28 de abril de 2005, pagamos un dividendo por $186,000 millones de pesos correspondiente al año<br />

fiscal de 2004 en la cantidad de $0.62 M.N. por acción a todas las acciones de las series B y BB de nuestro<br />

capital social, con cargo a la cuenta de utilidades pendientes de aplicación.


TIPO <strong>DE</strong> CAMBIO<br />

La siguiente tabla establece, para los periodos indicados, el promedio alto, bajo y al final<br />

del periodo correspondiente publicado a las 12 horas por el Banco de la Reserva Federal<br />

de Nueva York para transferencias por cable de pesos. Los tipos de cambio señalados a<br />

continuación no han sido reexpresados en unidades monetarias constantes.<br />

Periodo concluido el 31 de<br />

diciembre de<br />

Tipos de Cambio<br />

Tipo de Cambio<br />

Alto Bajo Final del<br />

Periodo<br />

Promedio (1)<br />

2000 .................................................. 10.09 9.18 9.62 9.47<br />

2001 .................................................. 9.97 9.03 9.16 9.34<br />

2002 .................................................. 10.43 9.00 10.43 9.75<br />

2003 .................................................. 11.40 10.11 11.24 10.79<br />

2004 .................................................. 11.64 10.81 11.31 11.15<br />

Diciembre 2004 .......................... 11.33 11.11 11.20 11.15<br />

2005:<br />

Enero 2005.................................<br />

Febrero 2005 ..............................<br />

Marzo 2005.................................<br />

Abril 2005 ...................................<br />

Mayo 2005..................................<br />

11.41<br />

11.21<br />

11.33<br />

11.23<br />

11.03<br />

(1) Promedio de los tipos de cambio al término del mes.<br />

11.17<br />

11.04<br />

10.98<br />

11.04<br />

10.89<br />

11.26<br />

11.14<br />

11.16<br />

11.08<br />

10.91<br />

11.21<br />

11.09<br />

11.18<br />

11.11<br />

10.98<br />

Para información respecto de los efectos de las fluctuaciones en los tipos de cambio entre<br />

el peso y el dólar Ver. “Información Adicional – Control de Cambios”.<br />

Excepto por el periodo comprendido entre septiembre y diciembre de 1982 durante una<br />

crisis de liquidez, Banco de México ha mantenido un mercado libre de divisas para las<br />

entidades del sector privado mexicano (como <strong>Asur</strong>) para cumplir con sus obligaciones en<br />

divisa. Sin embargo, en caso de escasez de divisas, no puede asegurarse que la<br />

disponibilidad y el mercado libre de divisas para entidades del sector privado o que la<br />

divisa que necesitemos para darle servicio a nuestras obligaciones en divisa puede ser<br />

adquirida en el mercado sin costos adicionales signifcativos.<br />

Las fluctuaciones del tipo de cambio entre el peso y el dólar afectarán el valor en dólares<br />

de valores cotizados en la BMV y, como resultado, podrá afectar el valor de nuestros<br />

ADS. Esas fluctuaciones podrán afectar la conversión de nuestros dividendos decretados<br />

en pesos que haga la institución depositaria en los Estados Unidos.<br />

10


FACTORES <strong>DE</strong> RIESGO<br />

Riesgos Relacionados con Nuestras Operaciones<br />

La Secretaría podría otorgar nuevas concesiones que compitan con nuestros<br />

Aeropuertos.<br />

La Secretaría podría otorgar nuevas concesiones para la administración, operación,<br />

explotación y en su caso, construcción de aeropuertos. Por regla general, las<br />

concesiones, serían otorgadas mediante licitación pública para lo cual los interesados<br />

deberían acreditar su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera, y la<br />

Secretaría emitiría su fallo con base en el análisis comparativo de las proposiciones<br />

recibidas. Sin embargo, la Secretaría podría otorgar concesiones sin sujetarse a la<br />

licitación pública en diversos supuestos. Ver “La Compañía – Descripción del Negocio –<br />

Legislación Aplicable y Régimen Tributario – Sobre otorgamiento de concesiones a<br />

nuevos aeropuertos”.<br />

En el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo de fecha 26 de octubre<br />

de 2004, el Gobierno del Estado de Quintana Roo publicó un decreto por el que se<br />

autoriza la creación de una empresa de participación estatal mayoritaria bajo el regimen<br />

de sociedad anonima de capital variable denominada Aeropuerto Internacional de la<br />

Riviera Maya. De acuerdo con dicho decreto la citada empresa tendrá principalmente<br />

como objeto social realizar las gestiones necesarias para que el gobierno federal le asigne<br />

la concesion para construir, administrar, operar y explotar el Aeropuerto Internacional de<br />

la Riviera Maya y para asegurarse la mayor destreza, experiencia y especialización<br />

requeridas en la prestación del servicio público aeroportuario, la empresa de participación<br />

estatal mayoritaria procurará la participación en su capital social del organismo público<br />

descentralizado de la Administración Pública Federal denominado Aeropuertos y Servicios<br />

Auxiliares, tambien conocido por sus siglas “ASA”.<br />

Por otra parte, el día 27 de octubre de 2004, se publicó en el periódico oficial del Estado<br />

de Quintana Roo, el acuerdo por el que el Gobernador del Estado autoriza la constitución<br />

de la empresa referida en el párrafo anterior, la cual entre otros, tendrá un capital social<br />

minimo de cincuenta mil pesos moneda nacional susceptible de incrementos posteriores<br />

en cuyo caso al menos el cincuenta y uno porciento será pagado por el Estado con<br />

recursos de su presupuesto de egresos y hasta el cuarenta y nueve porciento restante por<br />

ASA.<br />

La Emisora se reunió con los representantes de la Secretaría para verificar su posición en<br />

relación a lo anterior. Durante la reunión, los representantes indicaron que:<br />

• El gobierno federal considera que en algún momento futuro pudiera ser autorizada<br />

la construcción de un nuevo aeropuerto en la Riviera Maya, situado alrededor de<br />

100 km al sur del actual Aeropuerto de Cancún.<br />

• Actualmente el gobierno federal no tiene recursos etiquetados en su presupuesto<br />

para apoyar la construcción de un nuevo aeropuerto en la Riviera Maya.<br />

• La Secretaria podría otorgar una concesión para administrar, operar, explotar y en<br />

su caso, construir un Aeropuerto en la Riviera Maya sin mediar una licitación<br />

pública, de conformidad con los diversos supuestos previstos por la Ley de<br />

Aeropuertos, tales como el otorgamiento de la concesión a una empresa de<br />

11


participación estatal mayoritaria o a algún concesionario que lo requiera como<br />

aeropuerto complementario, como podría ser el caso de ASUR.<br />

• En caso de que la Secretaría llegara a convocar a una licitación pública para<br />

otorgar una concesión para administrar, operar, explotar y en su caso, construir un<br />

Aeropuerto en la Riviera Maya, ASUR y cualesquier participantes deberán<br />

acreditar, como en todos los demás casos establecidos en la ley, las capacidades<br />

técnicas, jurídicas, administrativas y financieras, acompañadas de los estudios<br />

preeliminares de viabilidad técnica, de mercado y los programas de inversión, que<br />

las sustenten en términos de la legislación aplicable.<br />

• Asimismo, el gobierno federal recibió la propuesta de ASUR de un tren ligero para<br />

conectar la Riviera Maya con la ciudad de Cancún y el Aeropuerto de Cancún, y<br />

está interesado en mayores detalles acerca de este proyecto para poderlo evaluar.<br />

Aeropuerto de Cancún, S.A. de C.V. ha contratado a <strong>DE</strong>-Consult, una empresa<br />

alemana, para preparar un estudio de factibilidad para este proyecto.<br />

La Emisora no puede asegurar que la Secretaría no otorgue concesiones para la<br />

administración, operación, explotación y en su caso construcción de aeropuertos que<br />

puedan competir con nuestros aeropuertos, ni tampoco que algún Gobierno Estatal no<br />

desee hacerlo, en cuyo caso nuestro negocio, los resultados de operación, perspectivas o<br />

su situación financiera pudieran verse afectados.<br />

Los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, conflictos internacionales y las<br />

epidemias de salud han provocado un severo impacto en la industria aérea, han afectado<br />

adversamente nuestro negocio, y posiblemente lo continuarán afectando.<br />

Los eventos del 11 de septiembre de 2001 resultaron en una disminución significativa en<br />

el Tráfico de Pasajeros a nivel mundial y ataques terroristas futuros podrían resultar en<br />

disminuciones similares<br />

Los ataques terroristas ocurridos en los Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001<br />

tuvieron un severo impacto adverso en la industria aérea, particularmente en líneas<br />

aéreas norteamericanas, así como en los operadores de vuelos internacionales desde y<br />

hacia los Estados Unidos. El tráfico de las aerolíneas en los Estados Unidos tuvo una<br />

precipitada caída después de los ataques. En México, el tráfico de aerolíneas y pasajeros<br />

disminuyó substancialmente, sin embargo, la disminución fue mucho menos severa que<br />

en los Estados Unidos. Nuestros aeropuertos mostraron una caída significativa de tráfico<br />

de pasajeros después del 11 de septiembre de 2001. Cualesquiera ataques terroristas<br />

futuros, ya sea que involucren o no una aeronave, pueden afectar adversamente nuestro<br />

negocio, resultados de operación, proyecciones y situación financiera.<br />

El incremento en las medidas de seguridad después de los eventos del 11 de septiembre<br />

de 2001 ha resultado en un incremento de costos<br />

La industria de transporte aéreo es susceptible al aumento de costos como resultado del<br />

incremento en la seguridad y del aumento de los precios de seguros y combustible.<br />

Después de los eventos del 11 de septiembre, hemos reforzado la seguridad en nuestros<br />

aeropuertos. Para una descripción de las medidas de seguridad que hemos adoptado, ver<br />

“La Compañía—Servicios No Aeronáuticos—Seguridad Aeroportuaria”. Mientras que a la<br />

fecha, el aumento en la seguridad en nuestros aeropuertos no ha resultado en un<br />

incremento significativo de nuestros costos operativos, tal vez sea necesario adoptar<br />

medidas de seguridad adicionales en un futuro. Adicionalmente, nuestras primas<br />

12


generales de nuestros seguros de responsabilidad para 2002 aumentaron<br />

significativamente respecto de las primas para el 2001 y podrían aumentar en el futuro.<br />

Desde octubre de 2001 contamos con una póliza de seguros por U.S.$50 millones, la cual<br />

abarca responsabilidades resultantes de actos terroristas. Debido a que nuestras pólizas<br />

de seguro no cubren responsabilidad que resulte de guerra o por terrorismo en cantidad<br />

mayor a U.S.$50 millones, podríamos incurrir en costos significativos si nos viéramos<br />

afectados directamente por eventos de esta naturaleza. El incremento en nuestros costos<br />

operativos podría tener un efecto adverso en los resultados de nuestras operaciones.<br />

Los usuarios de aeropuertos, principalmente las aerolíneas, también han sido sujetos al<br />

incremento en los costos. Las aerolíneas han tenido que adoptar medidas de seguridad<br />

adicionales después de los eventos del 11 de septiembre y podrían ser requeridas a<br />

cumplir con medidas de seguridad aún más rigurosas en el futuro. Las primas de seguros<br />

para aviación han incrementado substancialmente y podrían continuar aumentando.<br />

Mientras que los gobiernos de otros países han acordado indemnizar a las aerolíneas por<br />

las responsabilidades en las que puedan incurrir resultantes de ataques terroristas, el<br />

Gobierno federal no ha mostrado indicio o intención alguna de hacer lo mismo. A su vez,<br />

el precio del combustible y demás suministros, los cuales ya constituían un costo<br />

significativo para las aerolíneas que utilizan nuestros aeropuertos, podrían ser sujetos a<br />

aumentos resultantes de un ataque terrorista en el futuro, un aumento en las hostilidades<br />

internacionales, o bien una reducción en la producción de combustible, ya sea voluntaria o<br />

no, de los países productores de petróleo. Dichos incrementos en los costos de las<br />

aerolíneas han provocado altos precios en los boletos aéreos que se ofrecen, así como el<br />

decremento de la demanda hacia el transporte aéreo en general, teniendo un efecto<br />

adverso en nuestros ingresos y resultados de operaciones.<br />

Acontecimientos internacionales podrían tener un impacto negativo en la aviación<br />

internacional.<br />

Históricamente, la gran mayoría de nuestros ingresos han provenido de servicios<br />

aeronáuticos, y la fuente principal de nuestros ingresos aeronáuticos son las cuotas<br />

cobradas a pasajeros. Las cuotas cobradas a pasajeros consisten en aquéllas que las<br />

aerolíneas cobran a cada pasajero (salvo a diplomáticos, niños o pasajeros en tránsito o<br />

de conexión) que sale de las terminales aeroportuarias que nosotros operamos. En el<br />

2004, las cuotas cobradas a pasajeros representaron el 60.3% de la totalidad de nuestros<br />

ingresos. Sucesos como la invasión de Irak por las fuerzas de la coalición encabezadas<br />

por Estados Unidos y el Reino Unido y el SARS han afectado negativamente la frecuencia<br />

y patrones de viajes aéreos a nivel mundial. Toda vez que nuestros ingresos dependen en<br />

gran parte del nivel de tráfico de pasajeros en nuestros aeropuertos y cualesquiera<br />

ataques terroristas, o bien el incremento de hostilidades relacionadas con represalias en<br />

contra de organizaciones terroristas más conflictos en el Medio Oriente, brotes de<br />

epidemias como el SARS u otros eventos de preocupación internacional (y cualquier<br />

impacto económico relacionado con dichos eventos) podría resultar en el decremento de<br />

tráfico de pasajeros, así como en el aumento de los costos de la industria de transporte<br />

aéreo y, como consecuencia, podría causar un efecto material adverso en nuestro<br />

negocio, nuestros resultados de operación y nuestra condición financiera y<br />

presupuestaria.<br />

Nuestro negocio es altamente dependiente de los ingresos del Aeropuerto Internacional<br />

de Cancún.<br />

13


En 2003 y 2004, $1,135.6 millones y $1,510.4 millones, respectivamente, o 73.6% y<br />

76.4%, respectivamente, de nuestros ingresos promovieron de las operaciones del<br />

Aeropuerto Internacional de Cancún. Durante 2003 y 2004, el Aeropuerto Internacional de<br />

Cancún representó el 71.2% y 72.0%, respectivamente, de nuestro tráfico de pasajeros y<br />

el 44.1% y 44.4%, respectivamente, de nuestras operaciones de tráfico aéreo. El atractivo<br />

de Cancún como un destino turístico y la afluencia turística de esa área dependen de<br />

diversos factores, muchos de los cuales están fuera de nuestro control. No podemos<br />

asegurar que la actividad turística en Cancún no disminuirá en el futuro. Cualquier<br />

acontecimiento o condición que afectara al Aeropuerto Internacional de Cancún o las<br />

áreas que atiende podría tener un efecto adverso en nuestro negocio, resultados de<br />

operación, perspectivas y situación financiera.<br />

Nuestro negocio es altamente dependiente de los ingresos del Aeropuerto Internacional<br />

de la Ciudad de México.<br />

En 2002, 2003 y 2004, aproximadamente 80.6%, 82.0% y 78.9%, respectivamente, de<br />

nuestros pasajeros nacionales volaron hacia, o desde nuestros aeropuertos vía el<br />

Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Como resultado, nuestro tráfico<br />

nacional es altamente dependiente de las operaciones del Aeropuerto Internacional de la<br />

Ciudad de México. El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México se encuentra<br />

actualmente en un proceso de incrementar su capacidad, pero no podemos asegurar que<br />

las operaciones del aeropuerto no decrecerán en el futuro, que la capacidad incrementada<br />

será completada o, en caso de que así lo fuera, resulte en un incremento en el tráfico de<br />

pasajeros en nuestros aeropuertos. Cualquier evento o condición que afecte de manera<br />

adversa al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México podría afectar de manera<br />

adversa nuestro negocio, el resultado de nuestras operaciones, prospectos y condiciones<br />

financieras.<br />

Prestamos un servicio regulado por el gobierno federal y nuestra flexibilidad para la<br />

administración y realización de nuestras actividades aeronáuticas esta limitada por el<br />

entorno regulatorio bajo el cual operamos.<br />

Las cuotas por servicios aeronáuticos que cobramos a las líneas aéreas y a los pasajeros<br />

son, como en la mayoría de aeropuertos en otros países, ingresos regulados. Durante<br />

2002, 2003 y 2004, aproximadamente 80.7%, 78.8% y 75.0%, respectivamente, de<br />

nuestros ingresos totales fueron generados por la prestación de servicios aeronáuticos,<br />

mismos que estas sujetos a regulación tarifaria y a tarifas máximas. Esta regulación<br />

podría limitar nuestra flexibilidad para llevar a cabo nuestras actividades aeronáuticas, lo<br />

cual podría tener un efecto significativo adverso en nuestro negocio, resultados de<br />

operación y situación financiera. Adicionalmente, la regulación aplicable a nuestras<br />

operaciones y que afectan nuestra rentabilidad son autorizadas (como es el caso de<br />

nuestro plan maestro de desarrollo) o determinadas (como es el caso de las tarifas<br />

máximas) por la Secretaría por periodos de 5 años. Excepto bajo ciertas circunstancias<br />

limitadas, no tenemos la facultad de modificar nuestras diferentes obligaciones de manera<br />

unilateral (como es el caso de nuestros compromisos de inversión al amparo de nuestro<br />

plan maestro de desarrollo o la obligación bajo las concesiones parar prestar nuestros<br />

servicios) o incrementar las tarifas máximas aplicables bajo dichas disposiciones si el<br />

trafico de pasajeros o cualquier otra premisa de la cual partieron dichas disposiciones<br />

cambia durante el plazo aplicable. Asimismo, no podemos garantizar que el sistema de<br />

regulación tarifaría no será modificado de tal forma que resulte en que una mayor parte de<br />

nuestros ingresos se convierta en ingreso regulado.<br />

14


No podemos predecir la manera en que la regulación que rige nuestro negocio será<br />

aplicada.<br />

Muchas de las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables a nuestro negocio<br />

fueron emitidas y entraron en vigor en 1999 y sólo existen antecedentes mínimos que nos<br />

permitirían predecir el impacto de estas disposiciones legales en nuestras operaciones<br />

futuras. Adicionalmente, no obstante que la legislación mexicana establece rangos para<br />

las sanciones que pudieran ser impuestas en caso de cumplir con los términos de<br />

nuestras concesiones, la Ley de Aeropuertos, el Reglamento de la Ley de Aeropuertos o<br />

cualesquier otra disposición aplicable, no podemos predecir las sanciones que podrían<br />

aplicarse por una violación en particular dentro de estos rangos. No podemos asegurar<br />

que no encontraremos dificultades en el cumplimiento de estas leyes, reglamentos y<br />

normas y que las leyes y reglamentos que rigen nuestro negocio no cambiarán.<br />

La Secretaría ha anunciado que pretende establecer una nueva e independiente entidad<br />

reguladora para supervisar la operación de nuestros aeropuertos, así como la de otros<br />

aeropuertos que han sido recientemente abiertos a la inversión privada. Para una<br />

información más detallada al respecto, ver “Información de la Compañía – Marco<br />

Regulatorio - Nueva Entidad Reguladora”. No podemos predecir cuándo o cómo ésta<br />

nueva entidad será organizada, el alcance de sus facultades o las acciones que tomará<br />

en el futuro o el efecto de tales acciones en nuestro negocio.<br />

Si excedemos nuestras tarifas máximas en cualquiera de nuestros aeropuertos al final de<br />

cualquier año, podríamos ser sujetos de sanciones<br />

Históricamente, hemos establecido los cargos que cobramos por servicios regulados en<br />

cada aeropuerto lo más cercano posible de los precios a los que nos encontramos<br />

autorizados para cobrar bajo la tarifa máxima para el aeropuerto correspondiente.<br />

Esperamos continuar con esta estrategia de precio en el futuro. Por ejemplo, en 2004<br />

nuestros ingresos sujetos a tarifa máxima representaron 98.8% del monto al que teníamos<br />

derecho a percibir bajo las tarifas máximas por todos nuestros aeropuertos. No podemos<br />

asegurar que continuaremos estableciendo precios en el futuro que nos permitan percibir<br />

virtualmente todo el ingreso al que tenemos derecho a ganar por servicios sujetos a un<br />

precio regulado.<br />

Los precios específicos que cobramos por la prestación de servicios regulados se<br />

determinan con base en varios factores, incluyendo proyecciones de volumen de trafico<br />

de pasajeros, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (excluyendo petróleo) y el valor<br />

del peso en relación con el dólar. Estas variables son ajenas a nuestro control. Nuestras<br />

proyecciones podrían diferir de la información que efectivamente resulte y las diferencias<br />

se dan al final del ejercicio podríamos exceder las tarifas máximas aplicables en<br />

cualquiera de nuestros aeropuertos para el ejercicio de que se trate.<br />

Si excedemos la tarifa máxima en cualquier aeropuerto al final de cualquier año, la<br />

Secretaría podría imponernos una multa y reducir la tarifa máxima en ese aeropuerto en<br />

el año siguiente. La imposición de multas por violación de ciertos términos de una<br />

concesión, incluyendo el exceder la tarifa máxima, podría resultar en la revocación de la<br />

concesión si dichos términos son violados y la Secretaría impone sanciones en al menos<br />

tres ocasiones por la violación al mismo concepto. La revocación de una de nuestras<br />

concesiones podría resultar en la revocación de nuestras demás concesiones.<br />

15


Una devaluación del peso podría ocasionar que excediéramos nuestras Tarifas Máximas.<br />

Las tarifas por los servicios que prestamos a vuelos internacionales o a pasajeros<br />

internacionales generalmente están denominadas en dólares, pero son pagaderas en<br />

pesos con base en el tipo de cambio promedio del mes previo al vuelo. Generalmente<br />

recibimos las cuotas a pasajeros de las aerolíneas dentro de los 30 a 115 días posteriores<br />

a la fecha del vuelo. Pretendemos cobrar las tarifas de tal forma que queden lo más<br />

cercano posible a nuestras tarifas máximas. Debido a que en términos generales estamos<br />

facultados para ajustar nuestros precios específicos solamente cada seis meses (o antes<br />

en el caso de que exista un incremento del 5% en el Índice Nacional de Precios al<br />

Productor (excluyendo petróleo)), una devaluación del peso, particularmente hacia el final<br />

de cualquier año, podría ocasionar que excediéramos nuestras tarifas máximas en uno o<br />

más de nuestros aeropuertos. La revocación de una de nuestras concesiones podría<br />

resultar en la revocación de nuestras demás concesiones.<br />

El sistema de regulación tarifaria aplicable a nuestros aeropuertos no garantiza que<br />

nuestros resultados de operación consolidados, o que los resultados de operación de<br />

cualquier aeropuerto reflejen utilidades.<br />

El sistema de regulación tarifaria aplicable a nuestros aeropuertos establece una tarifa<br />

máxima anual para cada aeropuerto, que es la máxima cantidad de ingresos (en pesos<br />

constantes) por unidad de tráfico que podemos generar en ese aeropuerto por servicios<br />

sujetos a regulación tarifaria. Las tarifas máximas de nuestros aeropuertos han sido<br />

determinadas para cada año hasta el 31 de diciembre de 2008. Para más detalles,<br />

respecto del marco legal aplicable a las Tarifas Máximas y a la aplicación de las mismas<br />

ver “Información de la Compañía-Marco Regulatorio-Regulación Tarifaria”. En términos de<br />

nuestras concesiones, no existe garantía de que los resultados de operación de<br />

cualquiera de nuestros aeropuertos reflejen utilidades.<br />

Nuestras concesiones establecen que las tarifas máximas de un aeropuerto se ajustarán<br />

periódicamente por inflación. No obstante que bajo ciertas circunstancias tenemos<br />

derecho a solicitar ajustes adicionales a las tarifas máximas de un aeropuerto, nuestras<br />

concesiones establecen que tal solicitud será aprobada únicamente si la Secretaría<br />

determina que ciertos eventos especificados en nuestras concesiones han ocurrido. Las<br />

circunstancias bajo las cuales se pueden llevar a cabo ajustes se describen en<br />

“Información de la Compañía - Marco Regulatorio – Regulación Tarifaria – Ajustes<br />

Especiales a las Tarifas Máximas”. No podemos asegurar que dichas solicitudes serán<br />

aprobadas por la Secretaría.<br />

Nuestras concesiones pueden ser revocadas bajo varias circunstancias, algunas de las<br />

cuales se encuentran fuera de nuestro control.<br />

Operamos nuestros aeropuertos bajo concesiones que fueron otorgadas el 1º de<br />

noviembre de 1998 por el gobierno federal y cuya duración es de 50 años. Nuestras<br />

concesiones pueden ser revocadas bajo varias circunstancias. Por ejemplo, una<br />

concesión puede revocarse si no cumplimos con las inversiones planeadas originalmente<br />

y requeridas en los términos de dicha concesión. En caso de que excedamos las tarifas<br />

máximas aplicables a nuestros aeropuertos en cualquier año, la Secretaría está facultada<br />

para reducir la tarifa máxima aplicable al aeropuerto en el año siguiente e imponer una<br />

sanción. La violación de ciertos términos de una concesión (incluyendo violaciones por<br />

16


exceder la Tarifa Máxima), podría resultar en la terminación de la concesión cuando la<br />

Secretaría previamente hubiese sancionado a <strong>Asur</strong> por lo menos en tres ocasiones por la<br />

misma causa. La violación de otros términos de una concesión podría resultar en la<br />

terminación inmediata de la concesión. Podríamos enfrentar sanciones similares por<br />

violaciones a la Ley de Aeropuertos o al Reglamento de la Ley de Aeropuertos. Aún<br />

cuando creemos que estamos en cumplimiento de las obligaciones principales bajo la Ley<br />

de Aeropuertos, no cumplimos con ciertas obligaciones establecidas bajo su Reglamento.<br />

Estos incumplimientos podrían resultar en multas o sanciones impuestas por la Secretaría<br />

y se encuentran dentro de los incumplimientos que podrían resultar en la revocación de<br />

una concesión en caso de que los mismos hayan sido sancionados en tres o más<br />

ocasiones. Para una descripción de las consecuencias que pudieren resultar de<br />

violaciones a los términos establecidos en la concesión, a la Ley de Aeropuertos y a su<br />

Reglamento, ver “Información de la Compañía - Marco Regulatorio – Sanciones,<br />

Terminación y Revocación de Concesiones y Bienes Concesionados.” De acuerdo con las<br />

leyes aplicables y los términos de nuestras concesiones, éstas pudieran sujetarse a<br />

condiciones adicionales, las cuales posiblemente no podamos cumplir. El incumplimiento<br />

de estas nuevas condiciones podría resultar en multas, otras sanciones e incluso la<br />

revocación de la concesión.<br />

En el caso de que cualquiera de nuestras concesiones se dé por terminada, ya sea por<br />

revocación o cualquier otra causa, nuestras demás concesiones podrían revocarse<br />

también. Por lo tanto, la pérdida de cualquiera de nuestras concesiones podría tener un<br />

efecto material adverso en nuestro negocio y resultados de operación. Para mayores<br />

detalles al respecto, ver “Información de la Compañía - Marco Regulatorio – Sanciones,<br />

Terminación y Revocación de Concesiones y Bienes Concesionados.” Más aún,<br />

requerimos continuar operando cada uno de nuestros aeropuertos, inclusive si uno o<br />

varios de ellos no son rentables.<br />

El gobierno federal tiene la facultad de requisar o rescatar las Concesiones o de imponer<br />

modalidades en el servicio.<br />

La legislación mexicana y las Concesiones permiten al gobierno federal, por medio de la<br />

Secretaría, requisar las vías generales de comunicación explotadas por la Emisora (y los<br />

equipos aeroportuarios y bienes relacionados), en caso de desastre natural, de guerra, de<br />

grave alteración del orden público o cuando se prevea algún peligro inminente para la<br />

seguridad nacional, la paz interior del país o para la economía nacional pagando los<br />

daños y perjuicios que esta requisa cause a su valor real (excepto en el caso de guerra).<br />

La Ley General de Bienes Nacionales señala que las Concesiones pueden ser rescatadas<br />

por causa de utilidad o interés público, mediante el pago de una indemnización.<br />

Finalmente, el gobierno federal, a través de la Secretaría para atender necesidades<br />

derivadas de caso fortuito o de fuerza mayor, puede imponer modalidades en la operación<br />

y explotación del servicio público de transporte aéreo, contra el pago de una<br />

indemnización. ASUR no puede asegurar que, en los casos citados, la indemnización<br />

recibida sea la necesaria para resarcirle por los daños y perjuicios sufridos, ni que la<br />

indemnización será pagada en un plazo adecuado. En cualquiera de los casos citados, las<br />

operaciones y resultados de ASUR podrían verse afectados en forma adversa y<br />

significativa.<br />

Adicionalmente, el gobierno federal puede terminar una o más de nuestras concesiones<br />

en cualquier momento a través de un procedimiento legal conocido como rescate, si en<br />

términos de la legislación aplicable, determina que es causa de interés público. En el<br />

17


evento de un rescate, el gobierno federal, de acuerdo con la legislación mexicana, debe<br />

indemnizar por el valor de los bienes del dominio público que son objeto de nuestras<br />

concesiones por la reversión de los mismos, con base en el resultado de un avalúo<br />

practicado por peritos valuadores. No podemos asegurar que recibiremos una<br />

indemnización equivalente al valor de nuestra inversión en nuestras concesiones y bienes<br />

relacionados en caso de revocación.<br />

La competencia de otros destinos turísticos podría afectar adversamente nuestro negocio.<br />

Uno de los principales factores que afectan nuestro negocio y resultados de operación es<br />

el número de pasajeros que utilizan nuestros aeropuertos. El número de pasajeros que<br />

utilizan nuestros aeropuertos puede variar como resultado de factores fuera de nuestro<br />

control, incluyendo el nivel de actividad turística en México. Además nuestro tráfico de<br />

pasajeros puede ser afectado adversamente por lo atractivo y accesible que resulten<br />

destinos turísticos competidores en México, tales como Acapulco, Puerto Vallarta y Los<br />

Cabos, o en otras partes tales como Puerto Rico, Florida, Cuba, Jamaica, República<br />

Dominicana y otros destinos en Centroamérica y las islas del Caribe. La atracción de los<br />

destinos turísticos que servimos es también susceptible de verse afectada por las<br />

opiniones de los viajeros internacionales respecto a la seguridad y la estabilidad política y<br />

social de México. No puede haber seguridad de que los niveles de actividad turística en el<br />

futuro corresponderán o excederán los niveles actuales.<br />

La pérdida de uno o más de nuestros clientes clave podría resultar en la pérdida de una<br />

cantidad significativa de nuestros ingresos.<br />

Las aerolíneas y otras entidades controladas por Cintra representaron en conjunto<br />

aproximadamente 26.7%, 22.6% y 19.5% de los ingresos generados por nuestros<br />

aeropuertos durante 2002, 2003 y 2004, respectivamente. Adicionalmente, en años<br />

recientes American Airlines y Continental Airlines han representado una parte significativa<br />

de los ingresos generados por nuestros aeropuertos (6.7% y 5.6%, respectivamente,<br />

durante 2003, y 6.8% y 5.4%, respectivamente, durante 2004). La industria global de las<br />

aerolíneas continúa experimentando dificultades financieras significativas, marcadas por<br />

las solicitudes de bancarrota que se han presentado por parte de algunas de las<br />

principales aerolíneas en los Estados Unidos en los últimos años. Nuestro negocio y<br />

resultados de operación podrían ser afectados adversamente si no continuamos<br />

generando porciones comparables de ingresos de estos clientes clave. No tenemos<br />

contratos con aerolínea alguna que la obligue a continuar prestando sus servicios en<br />

nuestros aeropuertos. No podemos asegurar que las aerolíneas competidoras buscarán<br />

incrementar sus vuelos si cualquiera de estas aerolíneas redujera el uso de nuestros<br />

aeropuertos. Esperamos continuar generando una parte significativa de nuestros ingresos<br />

de un número relativamente pequeño de aerolíneas en el futuro previsible.<br />

Adicionalmente, Cintra ha anunciado públicamente que pretende vender la totalidad o una<br />

porción de su participación en Aeroméxico y Mexicana y no podemos asegurar que dichas<br />

aerolíneas, operando de manera independiente, seguirán utilizando nuestros aeropuertos.<br />

Nuestro negocio y resultados de operación podrían verse afectados negativamente de<br />

manera significativa si no seguimos continuamos generando porcentajes comparables de<br />

ingreso de nuestros clientes clave.<br />

Adicionalmente, la legislación mexicana prohíbe a aerolíneas internacionales transportar<br />

pasajeros de un aeropuerto mexicano a otro en territorio Mexicano (salvo que el vuelo<br />

haya partido originalmente desde un aeropuerto ubicado fuera de territorio mexicano), lo<br />

18


cual limita el número de aerolíneas que prestan el servicio de transportación aérea<br />

doméstico. Esperamos continuar generando una parte significativa de nuestros ingresos<br />

del tráfico aéreo nacional de un número relativamente pequeño de aerolíneas.<br />

Nuestros resultados de operación pueden ser afectados en forma adversa por ajustes por<br />

eficiencia requeridos a nuestras Tarifas Máximas.<br />

Nuestras tarifas máximas están sujetas a ajustes anuales por eficiencia, que tienen el<br />

efecto de reducir las tarifas máximas de cada año para reflejar mejoras en eficiencia ya<br />

proyectadas. La Secretaría estableció un factor anual de eficiencia de 0.75%. para el<br />

período de cinco años que termina el 31 de diciembre de 2008. En el futuro, los factores<br />

anuales de eficiencia serán determinados por la Secretaría en relación con la<br />

determinación de las tarifas máximas de cada aeropuerto cada cinco años. Para una<br />

descripción de los ajustes de eficiencia ver “Marco Regulatorio – Regulación Tarifaria –<br />

Metodología para Determinar las Tarifas Máximas Futuras.” No podemos asegurar que<br />

alcanzaremos las mejoras en eficiencia suficientes para permitirnos mantener o aumentar<br />

nuestra utilidad de operación como resultado de la disminución progresiva de la tarifa<br />

máxima de cada aeropuerto.<br />

Las operaciones de nuestros aeropuertos pueden interrumpirse debido a las acciones de<br />

terceros, las cuales están fuera de nuestro control.<br />

Como es el caso en la mayoría de los aeropuertos, la operación de nuestros aeropuertos<br />

depende altamente de los servicios de terceros, tales como las autoridades para el control<br />

del tráfico aéreo o las aerolíneas. También dependemos del gobierno o de entidades que<br />

proporcionan servicios tales como energía eléctrica, suministro de combustible a las<br />

aeronaves y los servicios de migración a los pasajeros internacionales. No somos<br />

responsables de y no podemos controlar los servicios proporcionados por estos terceros.<br />

Cualquier interrupción de sus servicios o cualesquiera consecuencias adversas que<br />

resultasen de la prestación de su servicio, incluyendo una huelga o cualquier evento<br />

similar, podría tener un efecto material adverso en la operación de nuestros aeropuertos y<br />

en nuestros resultados de operación.<br />

Los desastres naturales podrían afectar adversamente nuestro negocio.<br />

Con alguna frecuencia, la región sureste de México, como otros destinos en el Caribe,<br />

experimenta huracanes, particularmente durante el tercer trimestre de cada año. Algunas<br />

zonas de la región sureste experimentan sismos ocasionalmente. Los desastres naturales<br />

pueden interrumpir nuestras operaciones, dañar la infraestructura necesaria para nuestras<br />

operaciones o afectar adversamente los destinos atendidos por nuestros aeropuertos.<br />

Cualesquiera de estos acontecimientos podrían reducir nuestro tráfico de pasajeros. El<br />

que ocurran desastres naturales en los destinos que atendemos podría afectar<br />

adversamente nuestro negocio, resultados de operación, perspectivas y situación<br />

financiera. Hemos contratado pólizas de seguros que cubren todos los bienes de nuestros<br />

aeropuertos y otras propiedades, contra daños por desastres naturales, accidentes o<br />

eventos similares, pero no tenemos seguro contra interrupción del negocio. No puede<br />

haber certeza de que las pérdidas causadas por daños a las instalaciones no excederán<br />

los límites preestablecidos en las pólizas.<br />

En septiembre de 2004, cerramos temporalmente los aeropuertos de Cancún y Cozumel<br />

como medidas de precaución en anticipación del Huracán Iván. El aeropuerto de Cancún<br />

19


fue cerrado por aproximadamente 6.5 horas y aproximadamente 80 vuelos fueron<br />

cancelados o pospuestos como resultado del huracán. Sin embargo, la mitad de estos<br />

vuelos fueron cancelados o pospuestos por decisiones precautorias de las propias<br />

aerolíneas y no por la clausura temporal del aeropuerto. Las condiciones adversas del<br />

clima resultado del huracán causaron daños mínimos al aeropuerto. El aeropuerto de<br />

Cozumel cerró por aproximadamente 36 horas y aproximadamente 9 vuelos fueron<br />

cancelados. No se tiene registro de algún daño o lesión causada a algún pasajero como<br />

resultado del huracán, debido a las medidas precautorias que llevamos a cabo. En<br />

septiembre del 2002 el huracán Isidoro en el estado de Yucatán en México, causó daños<br />

significativos a la región y a nuestro aeropuerto de Mérida, el cual fue cerrado al tráfico<br />

comercial por aproximadamente 27 horas, teniendo como resultado la cancelación de<br />

aproximadamente 100 vuelos. Adicionalmente, el aeropuerto sufrió daños por la cantidad<br />

de $9.3 millones, de la cual la recuperación pagada por la aseguradora fue de $5.6<br />

millones.<br />

Nuestro negocio podría verse afectado por una coyuntura de la economía de los Estados<br />

Unidos.<br />

Durante 2003 y 2004, 69.1% y 69.4%, respectivamente, de los pasajeros internacionales<br />

atendidos por nuestros aeropuertos llegaron o partieron en vuelos originados de o con<br />

destino a Estados Unidos. Por lo tanto, nuestro negocio es en gran medida dependiente<br />

de la condición de la economía de Estados Unidos, y es particularmente influenciado por<br />

tendencias en Estados Unidos relacionadas con el turismo de placer, el consumo y el<br />

turismo internacional. Los eventos y condiciones que afectan a la economía de Estados<br />

Unidos pueden afectar de manera negativa nuestro negocio, resultados de operación,<br />

expectativas y situación financiera.<br />

No podemos predecir los efectos de futuros ataques terroristas o amenazas hacia<br />

Estados Unidos, o de cualquier represalia adoptada por dicho país en respuesta al<br />

impacto que dichos eventos puedan tener en su economía. Algún descenso de la<br />

economía norteamericana puede afectar negativamente nuestros resultados de<br />

operaciones, y una crisis económica prolongada en Estados Unidos probablemente pueda<br />

tener un efecto material adverso en nuestros resultados de operaciones.<br />

ITA tiene una influencia significativa en nuestra administración y sus intereses podrían<br />

diferir de los intereses de otros accionistas.<br />

ITA es titular de acciones serie BB representativas del 15.0% de nuestro capital social, lo<br />

que le otorga derechos especiales respecto de nuestra administración. Por ejemplo, ITA<br />

tiene el derecho de designar y remover a nuestro Director General, al menos a la mitad de<br />

nuestros funcionarios ejecutivos (actualmente dos de cuatro) y a elegir a dos miembros de<br />

nuestro consejo de administración. ITA también tiene el derecho de veto sobre ciertos<br />

actos que requieren la aprobación de nuestros accionistas. Nuestros estatutos sociales<br />

también otorgan a ITA derechos de veto con respecto a ciertos asuntos corporativos<br />

mientras sus acciones serie BB representen al menos 7.65% de nuestro capital social.<br />

Para mayores detalles, Ver “La Compañía – Historia y Desarrollo de la Emisora”,<br />

“Administración - Operaciones con Personas Relacionadas y Conflictos de Intereses” y<br />

“Administración – Estatutos Sociales y Otros Convenios”.<br />

Resultado de lo anterior ITA, como nuestro principal accionista, puede tener una influencia<br />

significativa en nuestra administración y en asuntos que requieren la aprobación de los<br />

20


accionistas. Los intereses de ITA pueden diferir de aquellos de nuestros otros accionistas<br />

y no podemos asegurar que ITA ejercerá sus derechos en una forma tal que favorezca los<br />

intereses de nuestros otros accionistas.<br />

Nuestras operaciones pueden verse interrumpidas debido a la dependencia de la mayoría<br />

de nuestros aeropuertos de una sola pista comercial.<br />

Como es el caso en muchos otros aeropuertos nacionales e internacionales alrededor del<br />

mundo, algunos de nuestros aeropuertos, incluyendo el Aeropuerto Internacional de<br />

Cancún, tienen una sola pista comercial. No obstante que procuramos mantener nuestras<br />

pistas en buenas condiciones de operación y llevar a cabo un mantenimiento programado<br />

durante horas no pico, no podemos asegurar que la operación de nuestras pistas no será<br />

interrumpida debido al mantenimiento o a las reparaciones requeridas. Además, nuestras<br />

pistas pueden requerir reparación o mantenimiento no programados debido a desastres<br />

naturales, accidentes aéreos y otros factores que estén fuera de nuestro control. El cierre<br />

de cualquier pista por un período de tiempo significativo podría tener un efectivo negativo<br />

en nuestro negocio, resultados de operación, perspectivas y situación financiera.<br />

El Aeropuerto de la Ciudad de Cancún puede verse limitado en su crecimiento de<br />

pasajeros y operaciones.<br />

Durante los últimos meses el Aeropuerto de Cancún ha experimentado un crecimiento<br />

importante en el número de pasajeros y operaciones. Por este motivo el consejo de<br />

administración de la Emisora ha autorizado adelantar el inicio de la construcción de una<br />

segunda pista para cubrir las necesidades de infraestructura que se requerirían en un<br />

corto plazo derivado del crecimiento futuro de pasajeros para ese periodo, por lo que ha<br />

solicitado formalmente al gobierno federal la disposición de los terrenos necesarios sobre<br />

los cuales se realizará la construcción de dicho proyecto.<br />

El gobierno federal llevó a cabo un proceso de expropiación y compraventa que ha tenido<br />

como resultado el asegurar aproximadamente el 93% de los terrenos necesarios,<br />

quedando pendiente de obtener aproximadamente el 7% restante, el cual está en proceso<br />

de negociación para su adquisición.<br />

La Emisora no puede asegurar que este proceso concluya satisfactoriamente y que el<br />

gobierno federal otorgue el uso de los terrenos necesarios, en cuyo caso, esto pudiera<br />

limitar el crecimiento de nuestro negocio, los resultados de operación, perspectivas o su<br />

situación financiera.<br />

Riesgos Relacionados con la Situación Económica, Política y Social de México<br />

Acontecimientos Económicos en México pueden afectar negativamente nuestros negocios<br />

y resultados de operación<br />

Si bien una parte sustancial de nuestros ingresos se derivan del turismo extranjero, los<br />

pasajeros nacionales en años recientes han representado aproximadamente la mitad del<br />

volumen de tráfico de pasajeros en nuestros aeropuertos. Adicionalmente, todos nuestros<br />

activos están ubicados, y todas nuestras operaciones son conducidas, en México.<br />

Consecuentemente, nuestro negocio, la condición financiera y los resultados de operación<br />

podrían ser afectados negativamente por las condiciones generales de la economía<br />

21


mexicana, una devaluación del peso, inflación y altas tasas de interés en México, o por<br />

acontecimientos políticos en México.<br />

México ha experimentado condiciones económicas negativas<br />

México ha experimentado condiciones económicas negativas, incluyendo altos niveles de<br />

inflación. Desde 1982 a 1987, México experimentó periodos de bajo o negativo<br />

crecimiento, inflación alta, devaluaciones del peso y disponibilidad limitada de moneda<br />

extranjera. A finales de los 80s y principios de los 90s, la tasa de crecimiento aumentó, la<br />

tasa de inflación bajó y la tasa de cambio de dólar a peso fue relativamente estable. A<br />

principios de diciembre de 1994 y durante 1995, México experimentó una crisis<br />

económica caracterizada por inestabilidad en los tipos de cambio, devaluación del peso,<br />

altas tasas de inflación, altas tasas de interés nacionales elevadas, recesión, bajo poder<br />

adquisitivo y alto desempleo.<br />

La crisis económica se desarrolló en un contexto de acontecimientos internos y sucesos<br />

políticos, incluyendo un gran déficit presupuestario, levantamientos civiles en Chiapas (en<br />

donde se localiza uno de nuestros aeropuertos), el asesinato de dos personalidades de la<br />

política importantes, desinversiones de capital importantes y una devaluación significativa<br />

del peso.<br />

En respuesta, el gobierno federal implementó un amplio programa de reforma económica.<br />

Las condiciones económicas en México mejoraron en 1996 y 1997. Sin embargo, una<br />

combinación de factores contribuyó a la desaceleración económica en México en 1998. La<br />

disminución del precio del petróleo a nivel internacional trajo consigo una reducción en los<br />

ingresos federales, de los cuales aproximadamente una tercera parte son derivados de<br />

los impuestos y derechos de petróleo. Adicionalmente, las crisis económicas en Asia y<br />

Rusia y la desestabilización financiera en Brasil, Venezuela y otros países, produjeron<br />

gran volatilidad en los mercados financieros internacionales que contribuyeron a la<br />

desaceleración económica en México.<br />

El gobierno federal reportó que el PIB incrementó en un 6.6% en 2000 y disminuyó en un<br />

0.3% en el 2001. El Gobierno Federal estima que el crecimiento del PIB en el 2002 fue<br />

aproximadamente del 0.9%. En el 2003, la inflación en México fue del 3.98%, las tasas de<br />

interés de los CETES a 28 días del 6.31% y el peso se devaluó en 7.6% (en términos<br />

nominales) frente al dólar. El Gobierno Federal estima que el crecimiento del PIB en el<br />

2003 fue aproximadamente del 1.3% y del 3.8% en el 2004. En el 2004, la inflación en<br />

México fue del 5.2%, las tasas de interés en CETES a 28 días promediaron un 7.2%, y el<br />

peso se revaluó un 0.8% (en términos nominales) frente al dólar.<br />

No podemos asegurar que eventos similares no ocurrirán, o que alguno de estos eventos<br />

no afectará negativamente nuestro negocio, resultados de operación, prospectos y<br />

condiciones financieras.<br />

La depreciación o fluctuación del peso con respecto al dólar puede afectar adversamente<br />

nuestros resultados de operación y situación financiera.<br />

Después de la devaluación del peso en diciembre de 1994, el tráfico total de pasajeros en<br />

nuestros aeropuertos durante 1995 disminuyó en comparación con el año previo,<br />

originado por una disminución en el tráfico de pasajeros nacionales, la cual superó el<br />

incremento en el tráfico de pasajeros internacionales. Es probable que cualquier<br />

22


depreciación futura del peso reduzca nuestro tráfico total de pasajeros, lo cual podría<br />

tener un efecto adverso en nuestros resultados de operación. Adicionalmente, no<br />

podemos asegurar que cualquier devaluación futura resultaría en un incremento en el<br />

tráfico de pasajeros internacionales.<br />

Devaluaciones o depreciaciones del peso frente al dólar podrían afectar negativamente el<br />

valor de las inversiones en ADSs y de las acciones de la serie B, así como el valor en<br />

dólares de cualquier dividendo que podamos pagar.<br />

Al 31 de diciembre de 2004, menos del uno por ciento de nuestros pasivos (US $1.9<br />

millones) estaban denominados en dólares. No obstante que pretendemos cubrir las<br />

inversiones requeridas por nuestra estrategia de negocios con flujos de efectivo obtenidos<br />

de nuestras operaciones, podemos incurrir en deudas denominadas en dólares para<br />

financiar todo o una porción de estas inversiones. Una devaluación del peso podría<br />

incrementar el costo del servicio de cualquier deuda denominada en dólares y originar<br />

pérdidas cambiarias.<br />

Devaluaciones o depreciaciones del peso podrían resultar también por la caída de los<br />

mercados internacionales de divisas y podrían limitar nuestra capacidad para transferir o<br />

convertir pesos a dólares o cualquier otra moneda.<br />

Sucesos políticos en México podrían tener un efecto adverso significativo en la economía<br />

mexicana y, por lo tanto, en nuestras operaciones<br />

En las elecciones federales celebradas en México en el año 2000, Vicente Fox, candidato<br />

del Partido Acción Nacional (“PAN”), fue electo Presidente de México. Su toma de<br />

posesión el 1° de diciembre de 2000 terminó con más de 70 años de régimen presidencial<br />

por parte del Partido Revolucionario Institucional (“PRI”). Ningún partido logró asegurar la<br />

mayoría absoluta en ninguna de las cámaras del Congreso de la Unión. Este cambio en el<br />

poder político ha transformado a México de un estado unipartidista a una democracia<br />

plural. El régimen pluripartidista es relativamente nuevo en México y podría resultar en<br />

condiciones económicas o políticas que podrían resultar en un efecto significativo adverso<br />

en nuestras operaciones. La falta de una mayoría en el congreso, la falta de alineamiento<br />

entre el congreso y el poder ejecutivo y cualquier cambio resultado de las elecciones<br />

presidenciales y legislativas en julio de 2006 podría resultar en inestabilidad o<br />

estancamiento e impedir la implementación oportuna de reformas económicas que, a su<br />

vez podrían tener un efecto significativo adverso en la economía mexicana y en nuestras<br />

operaciones.<br />

Acontecimientos en otros países.<br />

El valor de mercado de valores de compañías mexicanas podría verse afectadas, en<br />

distintos niveles, por las condiciones económicas y de mercado en otros países. Aunque<br />

las condiciones económicas en otros países pueden diferir significativamente de las<br />

condiciones económicas en México, las reacciones de los inversionistas a los sucesos en<br />

otros países pueden tener un efecto adverso sobre el valor de mercado de los valores de<br />

emisoras mexicanas. En el pasado, lo precios de valores de deuda y de capital emitidos<br />

por compañías mexicanas se han visto afectadas negativamente por las caídas de los<br />

mercados asiáticos y las crisis económicas en Rusia, Brasil, Argentina y Venezuela. No<br />

podemos asegurar que el valor de mercado de nuestras acciones no se vera afectado<br />

negativamente por eventos en otros países.<br />

23


Adicionalmente, en los últimos años, las condiciones económicas en México han estado<br />

correlacionadas con las condiciones económicas de los Estados Unidos. Por lo anterior,<br />

condiciones económicas adversas en la economía de los Estados Unidos podrían tener<br />

un efecto significativo adverso en la economía mexicana. No podemos asegurar que el<br />

valor de mercado de nuestras acciones no se vera afectado por eventos en Estados<br />

Unidos.<br />

El incremento de la regulación en materia ambiental y su exigibilidad en México podría<br />

afectarnos.<br />

El nivel de la regulación en materia ambiental en México ha incrementado<br />

significativamente en años recientes, y la exigibilidad de las leyes ambientales se está<br />

convirtiendo sustancialmente más exigente. Esperamos que esta tendencia continuara y<br />

será estimulada por acuerdos internacionales celebrados entre México y Estados Unidos.<br />

No podemos estar seguros de que la regulación en materia ambiental o su exigibilidad no<br />

cambiarán de tal manera que pudiesen tener un efecto adverso en nuestro negocio, el<br />

resultado de nuestras operaciones o nuestra condición financiera.<br />

El inversionista podría no tener derecho a participar en futuras ofertas<br />

Bajo la legislación mexicana si emitimos nuevas acciones como parte de un aumento de<br />

capital en efectivo, generalmente debemos otorgar a nuestros accionistas el derecho de<br />

adquirir el número suficiente de acciones para que los mismos mantengan su porcentaje<br />

de participación accionario en <strong>Asur</strong>. El derecho a adquirir esas acciones se conoce como<br />

derecho de preferencia. Podríamos estar limitados legalmente para permitir a tenedores<br />

de nuestros ADS en Estados Unidos ejercitar sus derechos de preferencia en cualquier<br />

aumento de capital futuro salvo que presentemos una solicitud de registro ante la SEC<br />

respecto de cualquier emisión futura de acciones, o que la oferta califique como una<br />

excepción de los requisitos de registro bajo Ley del Mercado de Valores de 1933 de los<br />

Estados Unidos.<br />

Al momento de cualesquiera futuros aumentos de capital, evaluaremos el costo y<br />

responsabilidades potenciales asociados con la presentación de una solicitud de registro<br />

ante la SEC y cualesquiera otros factores que consideremos importantes para determinar<br />

si presentaremos dicha solicitud de registro.<br />

No podemos asegurar que presentaremos una solicitud de registro para que los tenedores<br />

de ADSs o acciones participen en la oferta mediante el ejercicio de derechos de<br />

preferencia. Adicionalmente, en términos de la legislación mexicana actual, la venta por el<br />

depositario de derechos de preferencia y distribución de utilidades de dichas ventas a los<br />

tenedores de ADSs no es posible. Consecuentemente, la participación accionaria en<br />

ASUR podría ser proporcionalmente diluida.<br />

Mercado Secundario Limitado para las Acciones.<br />

No podemos asegurar la existencia de un mercado secundario activo con respecto a las<br />

acciones representativas del capital social de ASUR y es posible que dicho mercado no<br />

se desarrolle en forma activa una vez concluida la Oferta o colocación de las Acciones. El<br />

precio al cual se adquieran y vendan las Acciones puede estar sujeto a diversos factores,<br />

24


tales como las condiciones de mercado para instrumentos similares, las condiciones<br />

macroeconómicas en México y la situación financiera y de negocios de la Emisora o de<br />

sus acreedores. En caso de que dicho mercado no se desarrolle de manera activa, la<br />

liquidez de las Acciones puede verse afectada negativamente y los tenedores de las<br />

mismas podrán no estar en posibilidad de enajenar las Acciones en el mercado, o de<br />

enajenarlas, podría ser a un precio inferior al precio de compra de las Acciones.<br />

Información Corporativa<br />

Es posible que se tenga menos o diferente información pública disponible para los<br />

tenedores de valores en México de la que es regularmente pública respecto a emisoras<br />

de valores en algunos países con un nivel de desarrollo de mercados de capital más alto.<br />

Adicionalmente, diferencias en principios contables y otros principios y estándares de<br />

contabilidad pueden causar que nuestros resultados difieran sustancialmente de aquellos<br />

resultados que pudrieren haberse obtenido utilizando otros principios o estándares.<br />

Otros Valores Inscritos en el RNV<br />

Adicionalmente a las Acciones de la Serie “B”, Clase I, inscritas en la Sección de Valores<br />

y en la Sección Especial del Registro Nacional de Valores, mismas que son objeto de<br />

cotización en la BMV y en la Bolsa de Nueva York como ADSs, ASUR no cuenta con<br />

otros valores inscritos en el RNV o listados en otros mercados.<br />

Por tener inscritos valores en el RNV, la Emisora está obligada a proporcionar a la CNBV,<br />

a la BMV y al público inversionista la información financiera, económica, contable, jurídica<br />

y administrativa a que se refieren los artículos 33, 34, 35 y demás aplicables de las<br />

“Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros<br />

participantes del mercado de valores” publicadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />

Público por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con la periodicidad<br />

establecida en las propias disposiciones, incluyendo de manera enunciativa: reportes<br />

sobre eventos relevantes, información financiera anual y trimestral, reporte anual, informe<br />

sobre el grado de adhesión al Código de Mejores Prácticas Corporativas, así como<br />

información jurídica anual relativa a asambleas de accionistas, ejercicios de derechos o<br />

reestructuraciones corporativas relevantes.<br />

Respecto de los reportes que ASUR envía a las autoridades regulatorias de forma<br />

periódica ver “Información de la Compañía - Marco Regulatorio – Reportes, Información y<br />

Requisitos de Autorización”, “Información de la Compañía - Programas Maestros de<br />

Desarrollo” y “Descripción del Negocio – Desempeño Ambiental”.<br />

De conformidad con la Ley del Mercado de Valores de 1934 de los Estados Unidos<br />

(Securities and Exchange Act of 1934), ASUR presenta a la SEC un reporte anual en la<br />

Forma 20-F y, cuando resulta necesario, reportes de eventos relevantes en la Forma 6-K.<br />

En los últimos tres años, ASUR ha entregado en forma completa y oportuna, los reportes<br />

sobre hechos relevantes e información periódica requerida por la legislación mexicana y<br />

extranjera aplicable.<br />

25


Cambios Significativos a los Derechos de Valores Inscritos en el RNV.<br />

ASUR no ha realizado modificación significativa alguna a los derechos de cualquier clase<br />

de las acciones representativas de su capital social inscritas en el RNV.<br />

Destino de los Fondos<br />

NO APLICA<br />

Documentos de Carácter Público.<br />

A solicitud del inversionista se entregarán copias del presente documento a través del Lic.<br />

Adolfo Castro Rivas, Director de Administración, Finanzas y Planeación Estratégica de la<br />

Emisora y que es la persona encargada de las relaciones con los inversionistas y podrá<br />

ser localizado en las oficinas de la Emisora ubicadas en Bosque de Alisos No. 47-A cuarto<br />

piso, Colonia Bosques de las Lomas, 05120, México, Distrito Federal, teléfono 52-84-04-<br />

08 o a el correo electrónico: acastro@asur.com.mx.<br />

Los inversionistas podrán consultar los documentos de carácter público que han sido<br />

presentados a la CNBV y a la BMV, incluyendo información periódica acerca de su<br />

situación financiera y sus resultados, así como de eventos relevantes en la página de<br />

internet de la BMV en la siguiente dirección: www.bmv.com.mx. Asimismo, dicha<br />

información se encuentra físicamente a disposición del público en el centro de información<br />

de la BMV, ubicado en Paseo de la Reforma No. 255, Colonia Cuauhtémoc, 06500,<br />

México D.F.<br />

ASUR cuenta con una página de Internet que contiene información general de la misma y<br />

cuya dirección es www.asur.com.mx.<br />

26


PROYECCIONES<br />

Este reporte anual contiene proyecciones. Es probable que en este reporte anual se haga<br />

referencia a nuestros prospectos y circulares de oferta pública, a comunicados de prensa<br />

y a otros materiales impresos, así como a declaraciones emitidas por nuestros<br />

consejeros, directores, empleados, analistas, inversionistas institucionales, representantes<br />

de medios y otros. Los siguientes son ejemplos de las proyecciones a que nos referimos:<br />

• Proyecciones de ingresos de operación, ingreso neto (pérdidas), ingreso neto<br />

(pérdidas) por acción, gastos de capital, dividendos, estructura de capital y otros<br />

elementos financieros o razones financieras;<br />

• Proyecciones de nuestros planes, objetivos y metas;<br />

• Proyecciones de nuestro futuro desempeño económico o del desarrollo económico de<br />

México o de otros países en los que operamos;<br />

• Proyecciones sobre las presunciones realizadas con respecto a dichas proyecciones.<br />

Palabras como “creer,” “anticipar,” “planear,” “esperar,” “intentar,” “pretender”, “objetivos,”<br />

“estimar,” “proyectar,” “predecir,” “previsión,” “lineamientos,” “deberá” y expresiones<br />

similares se utilizan para identificar proyecciones pero no son la única forma en la que lo<br />

hacemos.<br />

Las proyecciones conllevan riesgos inherentes e incertidumbre. Le advertimos que<br />

ciertos factores de importancia pueden causar que los resultados efectivamente<br />

obtenidos difieran materialmente de los resultados contenidos en los planes, objetivos,<br />

expectativas, previsiones, estimaciones e intenciones expresadas en dichas<br />

proyecciones. Estos factores, algunos de los cuales son discutidos en los “Factores de<br />

Riesgo”, incluyen cambios significativos en los términos de nuestras concesiones,<br />

acontecimientos dentro de procedimientos legales, condiciones políticas y económicas,<br />

políticas gubernamentales en México o en cualquier otra parte, tasas inflacionarias, tipos<br />

de cambio, desarrollo regulatorio, demanda de los clientes y competencia. Los factores<br />

mencionados se incluyen de manera enunciativa y no limitativa, otros riesgos y factores<br />

inciertos podrían causar que los resultados efectivamente obtenidos difieran<br />

materialmente de los resultados de los resultados contenidos en las proyecciones.<br />

Las proyecciones se refieren únicamente hasta el día en que fueron hechas, y no<br />

asumimos obligación alguna para actualizarlas a la luz de nueva información o futuros<br />

acontecimientos.<br />

27


Datos Generales<br />

Denominación y constitución<br />

LA COMPAÑÍA<br />

Historia y Desarrollo del Emisor<br />

ASUR, es una sociedad anónima de capital variable constituida bajo la denominación<br />

Grupo Aeroportuario del Sureste, S.A. de C.V., mediante escritura pública número 44,125<br />

de fecha 1 de abril de 1998, otorgada ante el Lic. Emiliano Zubiria Maqueo, Notario<br />

Público número 25 del Distrito Federal, e inscrita en el Registro Público de Comercio del<br />

Distrito Federal bajo el folio mercantil número 237,658 el 30 de abril de 1998.<br />

Giro Principal<br />

La Emisora tiene por objeto principal operar, administrar, explotar y, en su caso, construir<br />

nueve Aeropuertos en la región Sureste de México por cincuenta años a partir del 1° de<br />

noviembre de 1998.<br />

Duración<br />

ASUR tiene una duración de 100 años.<br />

Dirección y teléfono de sus principales oficinas<br />

El domicilio social de ASUR es la ciudad de México, Distrito Federal, y sus oficinas<br />

principales se ubican en Bosque de Alisos No. 47-A cuarto piso, Colonia Bosques de las<br />

Lomas, C.P. 05120, México, D.F.: (52) (55) 5284-0400.<br />

Descripción<br />

Apertura a la Inversión en el Sistema Aeroportuario Mexicano<br />

ASUR fue constituida como parte de los planes del gobierno federal para la apertura del<br />

sistema aeroportuario mexicano a la inversión bajo un programa de dos fases. Bajo los<br />

lineamientos emitidos por la SCT, 35 de los 58 principales aeropuertos públicos de México<br />

fueron seleccionados para este programa y se dividieron en cuatro grupos: el grupo<br />

Sureste (que consiste en los nueve Aeropuertos de ASUR), el grupo Ciudad de México<br />

(que actualmente consiste en un aeropuerto), el grupo Pacífico (que consiste en 12<br />

aeropuertos) y el grupo Centro-Norte (que consiste en 13 aeropuertos). En la primera<br />

fase del programa se seleccionaría un inversionista para cada grupo aeroportuario a<br />

través de un proceso de licitación pública. A este inversionista se le otorgaría una participación<br />

del 15% en el capital del grupo aeroportuario y el derecho y obligación a celebrar<br />

varios contratos, incluyendo uno para prestar ciertos servicios de asistencia técnica en los<br />

términos establecidos durante el proceso de licitación pública. En la segunda fase del<br />

programa, una parte o la totalidad de la tenencia accionaria remanente de cada grupo<br />

aeroportuario, sería ofrecida para venta al público en general.<br />

En junio de 1998, la SCT otorgó a las subsidiarias de ASUR las Concesiones para<br />

administrar, operar, explotar y, en su caso, construir los Aeropuertos del Sureste por un<br />

28


plazo de 50 años a partir del 1 de noviembre de 1998. A su vez, por cada grupo<br />

aeroportuario se constituyó una sociedad controladora, que es propietaria de la totalidad<br />

(menos una acción que es propiedad de SAS) de las acciones representativas del capital<br />

social de las sociedades Concesionarias, así como de una sociedad de servicios del<br />

grupo correspondiente.<br />

Inversión de ITA<br />

Como parte del proceso de apertura a la inversión en el sistema aeroportuario mexicano,<br />

en 1998 el gobierno federal vendió 15% del capital social de ASUR a ITA a través de una<br />

licitación pública.<br />

Fernando Chico Pardo se convirtió en accionista de ITA en abril de 2004 al adquirir 24.5%<br />

del capital social del grupo francés Vinci, S.A. y 13.5% del grupo español Ferrovial<br />

Aeropuertos, S.A. Al mismo tiempo, Copenhagen Airports A/S adquirió 11% del capital de<br />

ITA de Ferrovial Aeropuertos, S.A. incrementando su participación en ITA de 25.5% a<br />

36.5%. Fernando Chico Pardo adquirió un 25.5% adicional de ITA. El 29 de abril de 2005,<br />

Copenhagen Airports A/S incrementó su participación en ITA de 36.5% a 49% mediante la<br />

compra de acciones al señor Fernando Chico Pardo. Fernando Chico Pardo tiene una<br />

participación del 51% en el capital social de ITA, mientras que Copenhagen Airports A/S<br />

el restante 49%.<br />

El señor Fernando Chico Pardo es un empresario mexicano. Es el fundador y presidente<br />

de Promecap, S.C. y es consejero de United Nations Pension Fund, The Quantum Group<br />

of Funds, Grupo Posadas de México, Grupo Financiero Inbursa y Grupo Carso. Ver<br />

“Administración – Administradores y Accionistas – Principales Accionistas y Operaciones<br />

con partes relacionadas – Fideicomiso de ITA y Convenio de Accionistas”.<br />

ITA pagó al gobierno federal un total de $1,165.1 millones (pesos nominales, excluyendo<br />

intereses) ($120 millones de dólares basados en el tipo de cambio en vigor el día de<br />

pago) a cambio de:<br />

• 45´000,000 acciones serie BB representativas del 15% de nuestro capital social;<br />

• tres opciones para suscribir acciones serie B, la primera y segunda de las cuales<br />

vencieron sin ser ejercitadas. La tercera opción expira el 18 de diciembre de 2005 y<br />

permitiría a ITA suscribir el 1% del capital social en circulación al tiempo del ejercicio<br />

determinado sobre una base totalmente diluida, a un precio por acción igual al precio<br />

por acción del 15% de ITA mas un premio a una tasa anual de 5%, y<br />

• el derecho y la obligación de celebrar diversos contratos con nosotros y con el<br />

gobierno federal, incluyendo un contrato de participación, un contrato de asistencia<br />

técnica y transferencia de tecnología y un convenio de accionistas bajo los términos<br />

previstos en el proceso de licitación. Dichos contratos se describen con mayor detalle<br />

en “La Compañía – Historia y Desarrollo de la Emisora” y “Administración -<br />

Operaciones con Personas Relacionadas y Conflictos de Intereses”.<br />

En términos del contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología, ITA<br />

proporciona servicios de administración y consultoría y transfiere conocimientos de la<br />

industria y tecnología a ASUR a cambio de una contraprestación por asistencia técnica.<br />

29


Este contrato se describe con mayor detalle en “La Compañía – Historia y Desarrollo de la<br />

Emisora” y “Administración - Operaciones con Personas Relacionadas y Conflictos de<br />

Intereses”. El contrato nos otorga una licencia perpetua y exclusiva en México para utilizar<br />

toda la asistencia técnica y conocimientos de la industria transferidos por ITA o sus<br />

accionistas durante la vigencia del mismo. El contrato tiene un plazo inicial de quince<br />

años, y es renovado automáticamente por periodos sucesivos de cinco años, salvo que<br />

una de las partes notifique a la otra su intención de terminarlo dentro de un periodo<br />

específico de tiempo anterior a una fecha de terminación previamente establecida. ITA<br />

nos proporciona asistencia en varias áreas, incluyendo: el desarrollo de las actividades<br />

comerciales de ASUR, la preparación de estudios de mercado enfocados a incrementar el<br />

tráfico de pasajeros, asistencia en la preparación de los Programas Maestros de<br />

Desarrollo que ASUR tiene que presentar ante la Secretaría con respecto a cada uno de<br />

sus aeropuertos y las mejoras en nuestras operaciones aeroportuarias.<br />

La contraprestación por asistencia técnica es igual a lo que resulte mayor entre una<br />

cantidad fija en dólares ó 5% de nuestras utilidades consolidadas antes del resultado<br />

integral de financiamiento, ISR o IA, depreciación y amortización (determinado de<br />

conformidad con los PCGA y calculada antes de deducir la contraprestación por<br />

asistencia técnica). La cantidad fija en dólares disminuyó durante los primeros cinco años<br />

del contrato. La cantidad fija en dólares fue de US$5.0 millones en 1999 y 2000, y US$3.0<br />

millones en el 2001 y 2002. Desde 2003, la cantidad fija en dólares es de US$2 millones<br />

antes del ajuste correspondiente por inflación a partir del aniversario del contrato de<br />

asistencia técnica. Consideramos que esta estructura crea un incentivo para ITA para<br />

incrementar nuestra utilidad consolidada antes del resultado integral de financiamiento,<br />

ISR o IA, depreciación y amortización. ITA tiene también el derecho de recibir el<br />

reembolso de los gastos en que incurra como resultado de la prestación de servicios<br />

materia de dicho contrato. En términos de la legislación fiscal mexicana, las compañías no<br />

tienen permitido deducir las cantidades que estén condicionadas a la obtención de<br />

utilidades (según se definen en la legislación mexicana).<br />

El contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología permite a ITA, sus<br />

accionistas y sus filiales proporcionar servicios adicionales a ASUR sólo si el Comité de<br />

Adquisiciones y Contratos determina que estas personas relacionadas han presentado la<br />

propuesta más favorable en un proceso de licitación que involucre al menos a tres<br />

personas no relacionadas. Ver “Administración – Administradores y Accionistas –<br />

Comités”.<br />

En términos de nuestros estatutos sociales, del contrato de participación y del contrato de<br />

asistencia técnica y transferencia de tecnología, ITA tiene el derecho de elegir a dos<br />

miembros propietarios de nuestro Consejo de Administración (que actualmente se<br />

compone de siete miembros), así como a sus respectivos suplentes y de designar y<br />

remover a nuestro Director General y al menos a la mitad de nuestros funcionarios<br />

ejecutivos (actualmente dos de cuatro). También se requiere el acuerdo de ITA, como<br />

tenedor de las acciones serie BB, para aprobar ciertos asuntos corporativos en tanto las<br />

acciones serie BB de ITA representen al menos 7.65% de nuestro capital social.<br />

Adicionalmente, nuestros estatutos sociales, el contrato de participación y del contrato de<br />

asistencia técnica y transferencia de tecnología contienen ciertas disposiciones diseñadas<br />

para evitar conflictos de interés entre ASUR e ITA. Ver “Administración – Administradores<br />

y Accionistas – Comités”. Los accionistas de ITA han celebrado un convenio de<br />

accionistas respecto del ejercicio de los derechos de ITA y el cumplimiento de sus<br />

obligaciones en términos de nuestros estatutos sociales, el Contrato de Participación y el<br />

30


Contrato de Asistencia Técnica y Transferencia de Tecnología. El convenio de accionistas<br />

se describe en “Administración – Administradores y Accionistas – Principales Accionistas<br />

y Operaciones con partes relacionadas – Fideicomiso de ITA y Convenio de Accionistas”.<br />

El 85% restante de nuestro capital social, representado por 255’000,000 acciones serie B,<br />

fue vendido por el gobierno federal a un fideicomiso constituido por Nacional Financiera,<br />

S.N.C.<br />

Mediante oferta pública llevada a cabo en la BMV y el NYSE el 28 de septiembre de 2000,<br />

Nafin vendió 221’739,130 acciones de la serie B, ordinarias nominativas, sin expresión de<br />

valor nominal.<br />

Posteriormente, el 8 de marzo de 2005, mediante oferta pública secundaria de venta<br />

llevada a cabo exclusivamente en la BMV, Nafin vendió las restantes 33’260,870 de<br />

acciones de la serie B, ordinarias nominativas, sin expresión de valor nominal y dejó de<br />

ser accionista de <strong>Asur</strong>.<br />

Actualmente ITA puede enajenar hasta el 49% de sus acciones Serie BB sin limitación<br />

alguna. Después del 18 de diciembre de 2008, ITA podrá vender 20% del 51% restante de<br />

sus acciones serie BB cada año. Nuestros estatutos sociales contemplan que las<br />

acciones serie BB deben ser convertidas en acciones serie B antes de su transmisión.<br />

En términos del contrato de participación celebrado en relación con la venta por parte del<br />

gobierno federal de las acciones serie BB de ASUR a ITA, esta última ha transmitido sus<br />

acciones serie BB a un fideicomiso del cual es fiduciario Bancomext. En términos del<br />

contrato de participación y del fideicomiso Bancomext, los socios de ITA, actualmente<br />

Copenhagen Airports A/S y el señor Fernando Chico Pardo (ver “Administración –<br />

Administradores y Accionistas – Principales Accionistas y Operaciones con partes<br />

relacionadas – Fideicomiso de ITA y Convenio de Accionistas”), tienen la obligación de<br />

mantener una participación de mínimo 25.5% cada una en ITA hasta el 18 de diciembre<br />

de 2014, salvo autorización en contrario de la Secretaría. En caso que los socios de ITA<br />

adquieran una participación superior al 25.5% cada uno, la participación adicional podrá<br />

ser enajenada libremente. Ver “Administración – Administradores y Accionistas –<br />

Principales Accionistas y Operaciones con partes relacionadas”. No podemos asegurar<br />

que los términos del contrato de participación o del fideicomiso Bancomext no serán<br />

modificados para reducir o eliminar estas obligaciones de permanencia. En el evento de<br />

que ITA o alguno de sus accionistas incumpla con alguna de las disposiciones contenidas<br />

en el fideicomiso Bancomext, o si ITA incumple con alguna de las disposiciones<br />

contenidas en el contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología, después de<br />

un aviso de incumplimiento en el que se detalle el caso de incumplimiento, el fideicomiso<br />

Bancomext establece que el fiduciario deberá vender el 5% de las acciones fideicomitidas<br />

y pagar el producto de dicha venta a ASUR en concepto de pena convencional.<br />

De conformidad con los términos del fideicomiso Bancomext, ITA podrá instruir al<br />

fiduciario a votar únicamente las acciones representativas del 10% del capital social de<br />

ASUR. Cualesquier acciones en exceso del 10% deberán ser votadas por el fiduciario de<br />

conformidad con la mayoría de las acciones de la serie B. El fideicomiso Bancomext no<br />

afecta el derecho de veto o algún otro derecho especial otorgado a los tenedores de las<br />

acciones de la serie BB descritos en “Administración – Estatutos Sociales y Otros<br />

Convenios.”<br />

31


Programas Maestros de Desarrollo<br />

Cada programa maestro de desarrollo comprende un periodo de quince años e incluye<br />

compromisos de inversión respecto de la parte regulada de nuestro negocio (incluyendo<br />

ciertos gastos de capital y mejoras) para los cinco años siguientes así como proyecciones<br />

de inversión respecto de la parte regulada de nuestro negocio (incluyendo ciertos gastos<br />

de capital y mejoras) respecto de los diez años restantes. Una vez aprobado el programa<br />

por la Secretaria, dichos compromisos de inversión se convierten en obligaciones a cargo<br />

de cada una de nuestras subsidiarias concesionarias. Las inversiones comprometidas son<br />

requisitos mínimos y nuestras inversiones de capital podrían exceder las inversiones<br />

comprometidas en cualquier periodo.<br />

El 30 de diciembre de 2003, la Secretaría aprobó nuestros programas maestros de<br />

desarrollo vigentes. Los términos actuales de estos programas maestros de desarrollo<br />

entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de<br />

2008.<br />

El siguiente cuadro presenta nuestras inversiones comprometidas para cada aeropuerto<br />

en términos de nuestras concesiones para los períodos presentados.<br />

Compromiso de Inversión<br />

Años terminados el 31 de diciembre de<br />

2004 2005 2006 2007<br />

(miles de pesos<br />

2008 Total<br />

(1) )<br />

Cancún ............................. Ps. 242,922 Ps. 449,521 Ps. 99,655 Ps. 200,756 Ps. 105,918 Ps.1,098,772<br />

Mérida............................... 8,177 49,611 15,317 17,867 14,979 105,951<br />

Cozumel............................ 8,210 17,947 754 5,882 33,010 65,803<br />

Villahermosa ..................... 18,897 50,099 25,945 20,976 2,064 117,981<br />

Oaxaca ............................. 5,079 5,167 3,120 4,530 5,794 23,690<br />

Veracruz ........................... 18,518 21,719 885 1,990 14,126 57,238<br />

Huatulco............................ 14,569 5,174 5,677 8,884 3,783 38,087<br />

Tapachula ......................... 14,621 21,038 13,622 12,322 1,331 62,934<br />

Minatitlán .......................... 34,775 46,486 3,982 6,940 11,371 103,554<br />

Total .............................. Ps. 365,768 Ps. 666,762 Ps. 168,957 Ps. 280,147 Ps. 192,376 Ps.1,674,010<br />

(1) Expresado en pesos ajustados al 31 de diciembre de 2004 con base en el índice de precios a la construcción de<br />

conformidad con los términos de nuestro plan maestro de desarrollo.<br />

La siguiente tabla establece nuestros gastos de capital históricos respecto a la parte<br />

regulada y a la parte no regulada de nuestro negocio por los periodos indicados:<br />

Año Terminado el 31 de<br />

Diciembre de<br />

GASTOS <strong>DE</strong> CAPITAL<br />

(Miles de pesos)<br />

2002................................................ 289,919<br />

2003................................................ 351,380<br />

2004................................................ 411,954<br />

Esperamos fondear nuestras operaciones de gastos y capital a corto o largo plazo a<br />

través del flujo de efectivo derivado de nuestras operaciones. Si bien eventualmente<br />

podemos contratar deuda, no anticipamos la necesidad de contratar deuda para satisfacer<br />

nuestros compromisos bajo el Programa Maestro de Desarrollo o financiar nuestros otros<br />

gastos de capital.<br />

32


Descripción del Negocio<br />

Mantenemos concesiones para operar, mantener y desarrollar nueve aeropuertos en la<br />

región sureste de México por 50 años a partir del 1º de noviembre de 1998. Como<br />

operadores de estos aeropuertos, cobramos a aerolíneas, pasajeros y otros usuarios<br />

tarifas por el uso de las instalaciones de los aeropuertos. Nosotros también recibimos<br />

rentas y otros ingresos de actividades realizadas en nuestros aeropuertos, como el<br />

arrendamiento de espacios para restaurantes y negocios. Nuestras concesiones incluyen<br />

la concesión del Aeropuerto Internacional de Cancún, el segundo aeropuerto más<br />

utilizado en México durante el 2004 en términos del tráfico de pasajeros según ASA.<br />

También mantenemos concesiones para operar aeropuertos en Cozumel, Huatulco,<br />

Mérida, Minatitlán, Oaxaca, Tapachula, Veracruz y Villahermosa.<br />

México es uno de los destinos turísticos más importantes del mundo. México<br />

históricamente ha estado considerado dentro de los diez países más importantes en<br />

términos de visitantes extranjeros con 20.6 millones de visitantes en el 2004, de<br />

conformidad con La Secretaría de Turismo. En América Latina y el Caribe, en el 2004<br />

México quedó clasificado por la Organización Mundial de Turismo como primer lugar en<br />

términos del número de visitantes extranjeros e ingreso del turismo. La industria del<br />

turismo es una de las industrias que mayor número de divisa generan en la economía<br />

mexicana; Según información de la Secretaría de Turismo el sector turístico es uno de los<br />

generadores de divisa más importantes de la economía mexicana. Dentro de México, la<br />

región sureste (donde nuestros aeropuertos están localizados) es uno de los principales<br />

destinos turísticos debido a sus playas y lugares arqueológicos y culturales, en la que<br />

operan numerosos hoteles.<br />

Según datos de la Secretaría de Turismo, en el 2004 Cancún y sus alrededores fueron los<br />

destinos turísticos más visitados en México por turistas internacionales. El Aeropuerto<br />

Internacional de Cancún representó el 70.2%, 71.2% y 72.0% del volumen de tráfico de<br />

pasajeros y el 72.2%, 73.6% y 76.4% de nuestros ingresos en 2002, 2003 y 2004,<br />

respectivamente. Según datos de la Secretaría de Turismo, al 31 de diciembre de 2004,<br />

Cancún tenía aproximadamente 27,700 cuartos de hotel. Creemos que el Aeropuerto<br />

Internacional de Cancún está posicionado para beneficiarse de la cercanía con la Rivera<br />

Maya, 129 kilómetros de costa con hoteles que se encuentra dentro de las áreas turísticas<br />

de México con mayor índice de crecimiento. Según datos del FONATUR, al 31 de<br />

diciembre del 2004, la Rivera Maya tenía aproximadamente 23,900 cuartos de hotel.<br />

Nuestros aeropuertos atendieron aproximadamente a 11 millones de pasajeros en 2002,<br />

12.2 millones de pasajeros en 2003 y 13.9 millones de pasajeros en 2004. Para mayor<br />

información del número de pasajeros por año, ver “Nuestros Aeropuertos”<br />

Estados Unidos es actualmente una fuente significativa del volumen de tráfico de<br />

pasajeros en nuestros aeropuertos. En 2002, 2003 y 2004, los pasajeros internacionales<br />

representaron 58.3%, 58.5% y 61.6% respectivamente, del trafico total de pasajeros en<br />

nuestros aeropuertos. En 2002, 2003 y 2004, el 69.2%, 69.1% y 69.4%, respectivamente,<br />

de los pasajeros internacionales en nuestros aeropuertos, viajaron o volaron hacia o<br />

saliendo de los Estados Unidos. Al 31 de diciembre de 2004, 17 aerolíneas mexicanas y<br />

45 extranjeras incluyendo aerolíneas norteamericanas, incluyendo American Airlines y<br />

Continental Airlines operaron directamente o a través de código compartido (en el que las<br />

33


aerolíneas comparten espacio en una aeronave registrando pasajeros a través del mismo<br />

código) en nuestros aeropuertos.<br />

Servicios Aeronáuticos<br />

La siguiente tabla contiene nuestros ingresos por el periodo presentado<br />

2002 2003 2004<br />

(Miles de pesos)<br />

Ingresos<br />

Servicios Aeronáuticos 1,095,247 1,215,423 1,481,254<br />

Servicios No Aeronáuticos 261,645 327,339 494,722<br />

Total 1,356,892 1,542,762 1,975,976<br />

Los servicios aeronáuticos representan la fuente más significativa de nuestros ingresos.<br />

En 2002, 2003 y 2004, los ingresos aeronáuticos representaron aproximadamente 80.7 %,<br />

78.8% y 75.0% de nuestros ingresos totales, respectivamente. Todos nuestros ingresos<br />

por servicios aeronáuticos están regulados bajo el sistema de regulación tarifaria aplicable<br />

a nuestros aeropuertos.<br />

Nuestros ingresos por servicios aeronáuticos se derivan de diversas cuotas que son<br />

aplicables a las aerolíneas y sus pasajeros, tales como las cuotas a los pasajeros, cuotas<br />

por aterrizaje, cuotas por estacionamiento de aeronaves, cuotas por el uso de<br />

abordadores y cuotas por servicios de seguridad en los aeropuertos. Las cuotas por<br />

servicios aeronáuticos generalmente son diseñadas para compensar al operador<br />

aeroportuario de sus gastos de operación en infraestructura y mantenimiento. Los<br />

ingresos aeronáuticos dependen principalmente de tres factores: tráfico de pasajeros,<br />

número de operaciones de tráfico aéreo y el peso de la aeronave.<br />

Cuotas a pasajeros<br />

Recibimos una cuota por cada pasajero que parte de nuestros aeropuertos en una<br />

aeronave (excepto diplomáticos, menores y pasajeros en tránsito). No recibimos cuota<br />

alguna de los pasajeros de llegada. Las cuotas a los pasajeros están automáticamente<br />

incluidas en el costo del boleto y generalmente son recabadas quincenalmente de cada<br />

aerolínea. A partir de diciembre de 2004, la cuota para pasajeros internacionales es de<br />

US$16.60 y la cuota para pasajeros nacionales es de $140.0 (pesos nominales) para<br />

todos nuestros aeropuertos excepto el de Cozumel y Oaxaca, en donde cobramos a<br />

pasajeros internacionales US$18.00 y a pasajeros nacionales $168.5 (pesos nominales).<br />

Las cuotas a los pasajeros internacionales están actualmente denominados en dólares,<br />

pero generalmente son recibidas en pesos con base al tipo de cambio promedio del mes<br />

anterior al vuelo. Las cuotas a los pasajeros nacionales están denominadas en pesos.<br />

Durante 2003 y 2004, las cuotas a pasajeros representaron el 77.2% y 80.5%, de<br />

nuestros ingresos aeronáuticos y el 59.6% y 60.3%, respectivamente, de nuestros<br />

ingresos totales. De tiempo en tiempo tenemos descuentos en las cuotas de pasajeros en<br />

algunos de nuestros aeropuertos.<br />

Cuotas por aterrizaje y estacionamiento de aeronaves, cuotas por abordadores y cuotas<br />

por servicios de seguridad<br />

34


Recaudamos diversos ingresos de las aerolíneas por el uso de nuestras instalaciones<br />

para sus aeronaves y pasajeros. Por cada aterrizaje cobramos una cuota que está basada<br />

en el peso máximo de despegue del avión. También aplicamos cuotas por<br />

estacionamiento de aeronaves basados en el tiempo en el que una aeronave está<br />

estacionada en plataforma. Cada una de estas cuotas varía dependiendo del horario en<br />

que el servicio es proporcionado (con mayores tarifas durante horas pico en algunos de<br />

nuestros aeropuertos). También se aplican cuotas a las aerolíneas por el servicio del<br />

estacionamiento por todo el tiempo que una aeronave utiliza nuestras instalaciones. A las<br />

aerolíneas también se les aplica un cargo por la conexión de sus aeronaves a través de<br />

nuestros abordadores. Asimismo, aplicamos un cobro por servicios de seguridad, que es<br />

cobrado a cada aerolínea con base en el número de sus pasajeros de salida. También<br />

proporcionamos servicios de rescate en nuestros aeropuertos a través de contratistas.<br />

Asimismo proporcionamos servicio de extinción de incendios y rescate en nuestros<br />

aeropuertos.<br />

Las cuotas por aterrizaje representaron 10.4%, 8.65% y 7.62% de nuestros ingresos<br />

aeronáuticos y 8.10%, 6.81% y 5.72% de nuestros ingresos totales en el 2002, 2003 y<br />

2004, respectivamente. Las cuotas por estacionamiento de aeronaves representaron<br />

11.94%, 10.85% y 8.82% de nuestros ingresos aeronáuticos y 9.64%, 8.55% y 6.61% de<br />

nuestros ingresos totales en el 2002, 2003 y 2004, respectivamente. Las cuotas por<br />

servicios de seguridad representaron 1.64%, 1.56% y 1.49% de nuestros ingresos<br />

aeronáuticos y 1.32%, 1.23% y 1.11% de nuestros ingresos totales en el 2002, 2003 y<br />

2004, respectivamente. Las cuotas por el uso de abordadores representaron 2.48%,<br />

1.76% y 1.60% de nuestros ingresos aeronáuticos y 2.01%, 1.38% y 1.20% de nuestros<br />

ingresos totales en el 2002, 2003 y 2004, respectivamente.<br />

Servicios No Aeronáuticos<br />

General<br />

Los servicios no aeronáuticos han generado históricamente una parte proporcionalmente<br />

menor de nuestros ingresos. Nuestros ingresos por servicios no aeronáuticos se derivan<br />

de actividades comerciales (tales como el arrendamiento de espacios en nuestros<br />

aeropuertos a comerciantes, restaurantes, aerolíneas y otros arrendatarios comerciales),<br />

así como tarifas de acceso cobradas a prestadores de servicios complementarios (tales<br />

como prestadores de servicios de avituallamiento, manejo de equipaje y transportación<br />

terrestre). En el 2002, 2003, y 2004 los ingresos por servicios no aeronáuticos<br />

representaron 19.28%, 21.22% y 25.04%, respectivamente, de nuestros ingresos totales,<br />

de los cuales 62.3%, 66.6% y 78.17%, respectivamente, fueron derivados de tarifas de<br />

acceso y 33.9%, 30.5% y 18.0%, respectivamente, fueron derivados de ingresos por<br />

servicios comerciales según se definen en la Ley de Aeropuertos.<br />

Actualmente, el arrendamiento de espacio en nuestros aeropuertos a aerolíneas y<br />

arrendatarios comerciales representa la fuente más significativa de nuestros ingresos por<br />

servicios no aeronáuticos. A pesar de que ciertos de nuestros ingresos por servicios no<br />

aeronáuticos están regulados bajo el sistema de regulación tarifaria, nuestros ingresos por<br />

actividades comerciales (distintos del arrendamiento de espacio a aerolíneas y a otros<br />

prestadores de servicios, que es considerado esencial para un aeropuerto) no están<br />

regulados.<br />

35


Actividades Comerciales<br />

Los principales aeropuertos internacionales generan una parte importante de sus ingresos<br />

por sus actividades comerciales. Los ingresos de un aeropuerto por sus actividades<br />

comerciales son altamente dependientes del tráfico de pasajeros, del nivel de gasto de<br />

sus pasajeros, del diseño de la terminal, de la composición de arrendatarios comerciales y<br />

de la base para el cálculo de las rentas que se cobran a los arrendatarios. Los ingresos<br />

por actividades comerciales también dependen sustancialmente del porcentaje de tráfico<br />

representado por pasajeros internacionales, principalmente debido a los ingresos<br />

generados por la compra de artículos libres de impuestos.<br />

En el 2002, abrimos 40 nuevos locales comerciales en seis de nuestros aeropuertos,<br />

incluyendo nuevas tiendas duty-free, restaurantes, bancos y casas de cambio y tiendas<br />

convencionales. En 2003 continuamos desarrollando espacios comerciales abriendo<br />

restaurantes y bares en seis de nuestros aeropuertos así como tiendas en siete de<br />

nuestros aeropuertos. Adicionalmente, en 2003 destinamos espacio adicional a la<br />

publicidad en nuestro aeropuerto de Cancún y reservamos espacio adicional para renta<br />

para exhibiciones de coches en los aeropuertos de Mérida y Villahermosa. Abrimos 13<br />

nuevas tiendas en los aeropuertos de Cancún, Mérida y Oaxaca en 2004.<br />

Estimamos que los ingresos por actividades comerciales en nuestras terminales<br />

históricamente han representado menos del 15% de los ingresos totales generados por<br />

nuestros aeropuertos. En contraste, consideramos que los ingresos por actividades<br />

comerciales representan 30% o más de los ingresos consolidados de varios de los<br />

principales aeropuertos del extranjero. Por ello, una parte significativa de nuestra<br />

estrategia de negocios está enfocada a incrementar nuestros ingresos por actividades<br />

comerciales en nuestros aeropuertos.<br />

Al 31 de diciembre de 2004, teníamos arrendados aproximadamente 189 locales<br />

comerciales en nuestros nueve aeropuertos, incluyendo restaurantes, bancos,<br />

establecimientos para la exhibición y venta de mercancías (incluyendo las tiendas libres<br />

de impuestos – Duty Free), casas de cambio y agencias de renta de autos. Nuestro<br />

arrendatario más importante durante 2004 en términos de espacio arrendado e ingresos<br />

por arrendamiento fue Mera Aeropuertos, S.A. de C.V. Los concesionarios en nuestros<br />

aeropuertos pagan la renta mensual que resulte más elevada de entre el tráfico de<br />

pasajeros dentro del aeropuerto donde se encuentra localizada la tienda o la tarifa<br />

mensual con base en un porcentaje de sus utilidades más una renta mensual nominal fija.<br />

Actualmente, estamos involucrados en procedimientos legales en los que estamos<br />

solicitando confirmación de nuestro derecho de terminar ciertos contratos de<br />

arrendamiento como consecuencia de su vencimiento. Estos procedimientos incluyen<br />

litigios relacionados con las tiendas libres de impuestos en Cancún, Cozumel y Mérida.<br />

Aunque no podemos predecir cuando terminarán dichos litigios, esperamos que los<br />

mismos se resuelvan a nuestro favor.<br />

En abril de 2005, la Corte Internacional de Arbitraje emitió laudo final mediante el cual se<br />

requirió a Dufry México, S.A. de C.V. a, entre otros, entregar una de las tiendas duty-free<br />

que opera en el aeropuerto de Cancún y a pagar US$3.7 millones a <strong>Asur</strong>. Dufry aun no ha<br />

cumplido con el laudo y no podemos asegurar que Dufry cumplirá con el mismo en el<br />

futuro.<br />

36


En marzo de 2004 convenimos pagar la cantidad de $7 millones de dólares como pena<br />

por terminación anticipada de un contrato de arrendamiento que incluía cinco locales en el<br />

Aeropuerto de Cancún. Dichos locales comprendían un restaurante, tres tiendas<br />

convencionales y un bar. Pretendemos operar estas unidades hasta que otorguemos la<br />

concesión para operarlas a un nuevo concesionario.<br />

En septiembre de 2003, como resultado de un proceso de licitación otorgamos una<br />

concesión por 20 años para construir y operar una gasolinera y una tienda de servicio en<br />

el Aeropuerto de Cancún al Grupo PERC. La concesión otorgada a PERC podría ser<br />

revocada debido a que dicho grupo no ha podido obtener las licencias necesarias.<br />

Tarifas de Acceso<br />

En cada uno de nuestros aeropuertos generamos ingresos por el cobro de tarifas de<br />

acceso a prestadores de servicios complementarios, incluyendo documentación,<br />

clasificación y manejo de equipaje, servicio a las aeronaves en nuestras plataformas,<br />

limpieza de aeronaves, manejo de carga, avituallamiento y asistencia con el embarque y<br />

desembarque de pasajeros. Nuestros ingresos por tarifas de acceso están regulados de<br />

acuerdo con nuestro sistema de regulación tarifaria. En términos de la regulación actual,<br />

cada uno de estos servicios puede ser proporcionado por el concesionario de un<br />

aeropuerto, por una aerolínea o por un tercero contratado por un concesionario o una<br />

aerolínea. Típicamente, estos servicios son proporcionados por terceros contratados por<br />

una aerolínea, a quienes cobramos una tarifa de acceso basada en un porcentaje de los<br />

ingresos que generan en nuestros aeropuertos. Seis diferentes contratistas proporcionan<br />

estos servicios en nuestros nueve aeropuertos.<br />

Las dos aerolíneas más importantes, Aeromexico y Mexicana participan conjuntamente en<br />

SEAT, la cual proporciona ciertos servicios complementarios, tales como manejo de<br />

equipaje a varias aerolíneas en los aeropuertos de México. SEAT operaba en nuestros<br />

aeropuertos antes del inicio de nuestras operaciones en términos de nuestras<br />

concesiones y continúa haciéndolo. En términos de la Ley de Aeropuertos, los terceros<br />

prestadores de servicios complementarios requieren celebrar contratos con el<br />

concesionario correspondiente en cada aeropuerto, lo cual hicimos al 27 de diciembre de<br />

2000.<br />

En términos de la Ley de Aeropuertos, requerimos proporcionar servicios<br />

complementarios en cada uno de nuestros aeropuertos si no existe un tercero que los<br />

proporcione. SEAT es actualmente el único prestador de servicios de manejo de equipaje<br />

en cinco de nuestros aeropuertos. Si SEAT cesara de proporcionar dichos servicios<br />

directamente podríamos ser requeridos para prestar dichos servicios, o bien encontrar un<br />

tercero que los proporcione.<br />

Estacionamiento de Automóviles y Transportación Terrestre<br />

Cada uno de nuestros aeropuertos tiene instalaciones para el estacionamiento público de<br />

automóviles consistentes en lotes abiertos. El único aeropuerto en el que no se cobran<br />

cargos por estacionamientos es el de Cozumel. Recaudamos $16.6 millones, $21.5<br />

millones y $25.7 millones por servicios de estacionamiento durante 2002, 2003 y 2004,<br />

respectivamente. Los ingresos derivados de la operación de estacionamientos en<br />

nuestros aeropuertos actualmente no están regulados, sin embargo, podrían quedar<br />

37


egulados si la Comisión Federal de Competencia determina que no existen alternativas<br />

competitivas.<br />

Obtenemos ingresos de varios operadores de vehículos comerciales, incluyendo taxis,<br />

autobuses u otros operadores de transporte terrestre. Nuestros ingresos provenientes de<br />

prestadores de servicios permanentes de transporte terrestre, tales como las tarifas de<br />

acceso a taxis, son actividades reguladas. Mientras que nuestros ingresos de prestadores<br />

no permanentes de servicios de transporte terrestre, tales como las tarifas de acceso a<br />

autobuses de charters, no están sujetos a una regulación tarifaria.<br />

Seguridad Aeroportuaria<br />

La Dirección General de Aeronáutica Civil, autoridad federal de México en materia de<br />

aviación, y la Secretaría de Seguridad Pública emitieron reglas para la seguridad<br />

aeroportuaria en México. En cada uno de nuestros aeropuertos existen servicios de<br />

seguridad prestados por compañías de seguridad independientes que nosotros<br />

contratamos. En años recientes hemos tomado varias medidas para mejorar nuestros<br />

estándares de seguridad en los aeropuertos. Estas medidas han incluido incrementar las<br />

responsabilidades de las compañías de seguridad privada que contratamos, la<br />

modernización de nuestros sistemas de revisión de equipaje de mano, la implementación<br />

de procedimientos estrictos para accesar a áreas restringidas de nuestros aeropuertos y<br />

la instalación de circuitos cerrados de televisión para un monitoreo en algunos de<br />

nuestros aeropuertos.<br />

En respuesta a los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, hemos tomado<br />

medidas adicionales para incrementar la seguridad en nuestros aeropuertos. A petición de<br />

la Asociación Federal de Aviación de los Estados Unidos, la Dirección General de<br />

Aeronáutica Civil emitió directivas en octubre de 2001 estableciendo nuevas reglas y<br />

procedimientos a ser adoptados por nuestros aeropuertos. Bajo estas directivas, estas<br />

reglas y procedimientos tuvieron que ser implementadas inmediatamente y por un periodo<br />

indefinido de tiempo.<br />

A fin de cumplir con estas directivas, hemos reforzado la seguridad mediante:<br />

• el incremento y mejora del entrenamiento de nuestro personal de seguridad<br />

• el incremento de la supervisión y responsabilidad de nuestro personal de seguridad<br />

así como del personal de seguridad de las aerolíneas que operan en nuestros<br />

aeropuertos<br />

• emisión de nuevas tarjetas de identificación para el personal que trabaja en nuestros<br />

aeropuertos<br />

• el refuerzo del control de la áreas de acceso a nuestros aeropuertos<br />

• la reubicación de los puntos de acceso a distintas áreas restringidas en nuestros<br />

aeropuertos<br />

Las aerolíneas también han contribuido para incrementar la seguridad en nuestros<br />

aeropuertos al adoptar los nuevos procedimientos y reglas emitidos por la Dirección<br />

General de Aeronáutica Civil aplicables a ellas. Algunas medidas adoptadas por las<br />

aerolíneas incluyen agregar más puntos de verificación de identificación de pasajeros,<br />

inspeccionar el equipaje antes de documentar y reforzar los controles en los accesos a los<br />

aviones por medio de la cooperación de proveedores de servicios (como lo son los<br />

cargadores de equipaje y los proveedores de servicios de alimentos). Mientras los<br />

38


equerimientos de seguridad se incrementan y se vuelven más estrictos, podríamos<br />

prestar mayor número de servicios a las aerolíneas, incluyendo la provisión de nuestras<br />

instalaciones y de nuestro personal de seguridad para asistir a las aerolíneas en el<br />

chequeo del equipaje de mano.<br />

Combustible<br />

Todos los activos e instalaciones de los aeropuertos relacionados con el abastecimiento<br />

de combustible para aeronaves fueron conservados por ASA después de la apertura a la<br />

inversión privada del sistema aeroportuario mexicano. De acuerdo con nuestras<br />

concesiones, ASA ha celebrado contratos que la obligan a pagar a cada una de nuestras<br />

subsidiarias concesionarias una tarifa por el acceso a nuestras instalaciones del 1% del<br />

cobro por el servicio de abastecimiento de combustible. En caso de que el gobierno<br />

federal privatizara las actividades de suministro de combustible en el futuro, los términos<br />

de nuestras concesiones contemplan que lo debe hacer a través de un proceso de<br />

licitación competitivo.<br />

Nuestros Aeropuertos<br />

En 2004 nuestros aeropuertos proporcionaron servicios a aproximadamente 13.9 millones<br />

de pasajeros, de los cuales aproximadamente 61.6% eran pasajeros internacionales. En<br />

2003 nuestros aeropuertos proporcionaron servicio a un total de aproximadamente 12.2<br />

millones de pasajeros, de los cuales aproximadamente 58.5% eran pasajeros<br />

internacionales. En 2002 nuestros aeropuertos proporcionaron servicios a un total de<br />

aproximadamente 11 millones de pasajeros, de los cuales aproximadamente 58.3% eran<br />

pasajeros internacionales. En 2002, 2003 y 2004, el Aeropuerto Internacional de Cancún<br />

representó el 70.2%, 71.2% y 72.0% del tráfico de pasajeros y el 72.2%, 73.6% y 76.4%,<br />

respectivamente, de los ingresos de nuestros nueve aeropuertos.<br />

Todos nuestros aeropuertos, a excepción del Aeropuerto de Minatitlán, son aeropuertos<br />

internacionales bajo la legislación mexicana, lo cual implica que mantienen instalaciones<br />

de aduana e inmigración y que están equipadas para recibir vuelos internacionales.<br />

El siguiente cuadro presenta el número de pasajeros atendidos por nuestros aeropuertos<br />

con base en el lugar de origen o destino del vuelo para los períodos presentados:<br />

Región 2000 2001 2002 2003 2004<br />

Porcentaje de<br />

cambio 2004 vs<br />

2003<br />

39<br />

Porcentaje<br />

Total 2004<br />

México 4,981 4,864 4,814 5,309 5,620 5.9 40.4%<br />

Estados Unidos 4,579 4,500 4,438 4,925 5,928 20.4 42.7%<br />

Europa 909 882 779 980 1,258 28.4 9.1%<br />

Canadá 441 530 632 712 805 13.1 5.8%<br />

Latino América 528 455 315 256 278 8.6 2.0%<br />

Asia y otros 10 9 19 8 8 0.0 0.0%<br />

Total 11,448 11,240 10,997 12,190 13,897 14.0 100%<br />

(1) Las cantidades excluyen los pasajeros en tránsito y pasajeros en aviación privada<br />

En 2002, 2003 y 2004, aproximadamente el 82.0%, 81.1% y 78.9%, respectivamente, de<br />

nuestros pasajeros domésticos volaron de o a la Ciudad de México.


El siguiente cuadro presenta el volumen de tráfico de pasajeros para cada uno de<br />

nuestros aeropuertos para los períodos presentados:<br />

Tráfico en nuestros aeropuertos<br />

(en miles)<br />

Año terminado el 31 de diciembre de<br />

2000 2001 2002 2003 2004<br />

Pasajeros:<br />

Total……………….<br />

Operaciones de<br />

tráfico aéreo: (1)<br />

11,448.1 11,240.3 10,996.6 12,190.0 13,897.1<br />

Total………………. 207.6 194.9 194.9 198.0 219.8<br />

(1) Incluye aterrizajes y despegues en miles. La información sobre las operaciones de tráfico aéreo incluye la<br />

terminal de charters del Aeropuerto Internacional de Cancún para todos los periodos, porque ASUR y nuestro<br />

Antecesor recibieron cuotas por aterrizaje de todos los aterrizajes sin importar la terminal utilizada.<br />

El siguiente cuadro presenta el volumen de tráfico de pasajeros para cada uno de<br />

nuestros aeropuertos para los periodos presentados:<br />

Tráfico de Pasajeros<br />

(en miles)<br />

Año terminado al 31 de diciembre de<br />

2000 2001 (1) 2002 2003 2004<br />

Terminal principal de Cancún<br />

Terminal charter de Cancún<br />

5,450.6<br />

2,295.5<br />

5,771.3<br />

1,868.7<br />

5,860.8<br />

1,857.2<br />

6,517.6<br />

2,166.6<br />

7,799.7<br />

2,211.0<br />

Total Cancún<br />

10,010.7<br />

7,746.1 7,640.0 7,718.0 8,684.2<br />

Mérida 903.3 919.4 849.6 899.6 931.1<br />

Cozumel 600.3 565.2 445.9 455.8 584.4<br />

Villahermosa 528.3 533.2 499.1 599.7 673.3<br />

Oaxaca 459.8 440.2 433.2 461.0 543.2<br />

Veracruz 494.1 503.4 479.6 514.6 563.5<br />

Huatulco 331.4 317.3 268.4 259.4 270.8<br />

Tapachula 234.4 190.4 176.8 184.8 193.6<br />

Minatitlán 150.4 131.2 126.0 130.9 126.5<br />

Total 11,448.1 11,240.3 10,996.6 12,190.0 13,897.1<br />

Total sin terminal Charter de Cancún 9,152.6 9,371.7 9,139.4 10,023.4 11,686.1<br />

(1) El incremento y disminución de la terminal principal de Cancún y de la terminal charter, respectivamente,<br />

durante el 2001 se debió principalmente al desvío ocasional de diversos vuelos charters a la terminal principal.<br />

Ver “Aeropuerto Internacional de Cancún.”<br />

La siguiente tabla muestra los movimientos de tráfico aéreo de cada aeropuerto por los<br />

períodos indicados:<br />

40


Operaciones de Tráfico Aéreo por Aeropuerto (1)<br />

Año terminado al 31 de diciembre de<br />

2000 2001 2002 2003 2004<br />

Cancún 83,587 80,900 82,730 87,347 97,575<br />

Mérida 25,680 23,627 22,827 24,213 26,534<br />

Cozumel 17,670 15,225 14,015 12,813 14,355<br />

Villahermosa 21,142 19,058 18,244 20,299 22,267<br />

Oaxaca 16,052 14,428 15,479 15,111 17,502<br />

Veracruz 19,103 18,705 19,034 19,737 22,228<br />

Huatulco 5,988 6,213 5,922 5,461 6,152<br />

Tapachula 13,219 12,317 12,032 7,658 7,686<br />

Minatitlán 5,200 4,431 4,602 5,362 5,598<br />

Total 207,641 194,904 194,885 198,001 219,897<br />

(1) Incluye aterrizajes y despegues<br />

(2) Incluye la terminal de charter del Aeropuerto Internacional de Cancún por todos los periodos en virtud de que<br />

ASUR registro ingresos por concepto de aterrizaje de todas las operaciones, sin importar la terminal utilizada.<br />

La siguiente tabla muestra las operaciones de tráfico aéreo por categoría en nuestros<br />

aeropuertos por los períodos indicados en términos de aviación comercial, de charter y de<br />

aviación general:<br />

Operaciones de Tráfico Aéreo por Categoría (1)<br />

Año terminado al 31 de diciembre de<br />

2000 2001 2002 2003 2004<br />

Aviación Comercial 143,630 137,019 142,877 143,783 57,139<br />

Aviación Charter 27,312 24,565 19,183 22,535 28,520<br />

Aviación General (2) 36,699 33,320 32,825 31,683 34,238<br />

Total…………………… 207,641 194,904 194,885 198,001 219,897<br />

(1) Incluye aterrizajes y despegues por nuestros nueve aeropuertos e incluye la terminal de Charters del<br />

Aeropuerto Internacional de Cancún<br />

(2) La aviación general consiste mayoritariamente de aeronaves privadas.<br />

La siguiente tabla muestra los ingresos por aeropuerto durante los períodos indicados:<br />

2002<br />

31 de diciembre de<br />

2003 2004<br />

(Miles de<br />

(Miles de<br />

Miles de<br />

pesos) (Miles de<br />

Dólares)<br />

(Miles de pesos)<br />

(Miles de pesos)<br />

(1) Dólares) (1) Dólares) (1)<br />

Cancún ............ Ps. 980,236 U.S.$ 87,917 Ps. 1,135,667 U.S.$ 101,858 Ps. 1,510,394 U.S.$ 135,467<br />

Mérida.............. 102,775 9,218 108,056 9,692 117,190 10,511<br />

Cozumel........... 54,073 4,850 56,524 5,070 78,935 7,080<br />

Villahermosa .... 55,973 5,020 69,522 6,235 77,356 6,938<br />

Oaxaca ............ 45,294 4,062 48,673 4,365 58,976 5,290<br />

Veracruz .......... 54,510 4,889 60,805 5,454 65,180 5,846<br />

Huatulco........... 27,351 2,453 25,650 2,301 29,067 2,607<br />

Tapachula ........ 22,204 1,991 22,642 2,031 23,462 2,104<br />

Minatitlán ......... 14,476 1,298 15,223 1,365 15,416 1,383<br />

Total ............. 1,356,892 121,698 1,542,762 138,371 1,975,976 177,226<br />

(1)<br />

Convertido a dólares al tipo de cambio de $11.1495 por dólar, publicado por la Secretaría de Hacienda y<br />

Crédito Público el 31 de diciembre de 2004.<br />

41


Aeropuerto Internacional de Cancún<br />

El Aeropuerto Internacional de Cancún es el aeropuerto más importante en términos de<br />

tráfico de pasajeros, operaciones de tráfico aéreo y contribución a nuestros ingresos. En<br />

2004 el Aeropuerto Internacional de Cancún fue el segundo aeropuerto con mayor tráfico<br />

de pasajeros en México de acuerdo con ASA. El aeropuerto está localizado<br />

aproximadamente a 16 kilómetros de la Ciudad de Cancún, la cual tiene una población de<br />

aproximadamente 519,000 habitantes. Durante 2002, 2003 y 2004, aproximadamente 5.9<br />

millones, 6.5 millones y 7.8 millones de pasajeros, respectivamente, viajaron a través de<br />

la terminal principal del Aeropuerto Internacional de Cancún. De estos pasajeros 75.6%,<br />

67.1% y 77.6%, respectivamente, en el 2002, 2003 y 2004 fueron pasajeros<br />

internacionales. La mayoría de los pasajeros internacionales del aeropuerto (69.2% en<br />

2002, 69.1% en 2003 y 69.4% en 2004) iniciaron o terminaron su viaje en los Estados<br />

Unidos. Los puntos de origen y destino más importantes del aeropuerto son la Ciudad de<br />

México, Miami, Houston, Dallas y Nueva York. Debido al número de pasajeros de los<br />

Estados Unidos, el volumen de tráfico del aeropuerto y sus resultados de operación son<br />

significativamente dependientes de las condiciones económicas de los Estados Unidos.<br />

Ver “Información Financiera – Factores de Riesgo – Riesgos relacionados con nuestras<br />

operaciones – Nuestro negocio podría verse afectado por una coyuntura en la economía<br />

de los Estados Unidos.”<br />

Durante 2004, aproximadamente 2.2 millones de pasajeros viajaron a través de la terminal<br />

de charters del Aeropuerto Internacional de Cancún. Combinados con los 7.8 millones de<br />

pasajeros que viajaron a través de la terminal principal en ese año, un total de 10.0<br />

millones de pasajeros fueron atendidos por el Aeropuerto Internacional de Cancún en<br />

2004.<br />

Cancún se encuentra en el Estado de Quintan Roo. Cancún y sus alrededores fue el lugar<br />

mas visitado por el turismo internacional en México durante 2004 según información de la<br />

Secretaria de Turismo. De conformidad con el FONATUR, el área de Cancún y sus<br />

alrededores tenía aproximadamente 27,700 cuartos de hotel al 31 de diciembre del 2004.<br />

Según estimaciones de FONATUR Cancún estará totalmente desarrollado en el 2010 con<br />

aproximadamente 30,000 habitaciones. A pesar de que los accesos a Cancún pueden ser<br />

por tierra, aire o mar, creemos que la mayoría de los turistas llegan a través de nuestro<br />

aeropuerto internacional. Cancún se encuentra entre una y media y cinco horas por avión<br />

de la mayoría de las ciudades más importantes de los Estados Unidos y entre 10 y 13<br />

horas de las de Europa.<br />

Cancún se localiza cerca de playas, arrecifes de coral, parques ecológicos y sitios<br />

arqueológicos Mayas. El Aeropuerto Internacional de Cancún también atiende a turistas<br />

que visitan la Rivera Maya, que se extiende al sur hacia las ruinas mayas de Tulúm e<br />

incluye hoteles de playa en las poblaciones de Playa del Carmen, Tulúm y Akumal. De<br />

conformidad con el FONATUR, el área de Cancún y sus alrededores tenía<br />

aproximadamente 51,600 cuartos de hotel al 31 de diciembre del 2004.<br />

Debido a que la mayoría de los pasajeros del Aeropuerto Internacional de Cancún son<br />

turistas, el tráfico de pasajeros y los resultados de operación están influidos por el<br />

atractivo de Cancún como destino turístico. Ver “Información Financiera – Factores de<br />

42


Riesgo – Riesgos relacionados con nuestras operaciones – Nuestro negocio podría verse<br />

afectado por una coyuntura en la economía de Estados Unidos.”<br />

Como parte de nuestra estrategia comercial en el Aeropuerto Internacional de Cancún, en<br />

el cuarto trimestre de 2004, concluimos la expansión de 1,856 metros cuadrados y la<br />

remodelación de 1,342 metros cuadrados de área comercial lo que se tradujo en un área<br />

total de 61,359 metros cuadrados, de los cuales 10,038 metros cuadrados fueron<br />

destinados a uso comercial. En la actualidad estamos en proceso de desalojar a varios de<br />

nuestros arrendatarios de esta área del aeropuerto. Adicionalmente, nos encontramos<br />

trabajando con las autoridades a efecto de obtener licencia para desarrollar instalaciones<br />

de carga en el aeropuerto.<br />

El Aeropuerto Internacional de Cancún tiene una pista con una longitud de 3,500 metros.<br />

Debido a un incremento significativo en los pasajeros del Aeropuerto Internacional de<br />

Cancún, hemos solicitado la asistencia del gobierno federal mexicano para la adquisición<br />

de tierra necesaria para la construcción de una segunda pista en este aeropuerto. El<br />

gobierno federal ha expropiado o adquirido una mayoría sustancial de la tierra necesaria<br />

para la expansión, y se encuentra en proceso de negociación para la adquisición del resto<br />

de la tierra. El costo estimado de este proyecto es entre US$40 y US$60 millones, mismo<br />

que se encuentra incluido dentro de nuestro Programa Maestro de Desarrollo vigente 1°<br />

de enero de 2004 - 31 de diciembre de 2008. No tenemos seguridad sobre si el gobierno<br />

federal finalizara este proceso o que el gobierno federal nos otorgue la oportunidad de<br />

adquirir la tierra necesaria para la construcción de la nueva pista. Si nos encontramos<br />

imposibilitados para la construcción de ésta segunda pista, nos podría limitar el<br />

crecimiento de nuestro negocio y afectar de manera adversa nuestros resultados de<br />

operación, futuros prospectos o condición financiera.<br />

Las instalaciones del aeropuerto incluyen una terminal principal (incluyendo el ala<br />

conocida como ala satélite), una terminal para charters y un edificio para a aviación<br />

general en el que se atenderá a aviones privados. El aeropuerto tiene treinta puertas, diez<br />

de las cuales tienen acceso por pasillo telescópico. La terminal principal tiene nueve<br />

puertas con acceso por pasillo telescópico y la terminal de charters tiene una puerta con<br />

acceso por pasillo telescópico.<br />

La terminal principal del aeropuerto (incluyendo el ala conocida como ala satélite) tiene un<br />

área total de aproximadamente 40,869 metros cuadrados. La terminal de charters del<br />

Aeropuerto Internacional de Cancún, que adquirimos el 30 de junio de 1999, tiene 20,500<br />

metros cuadrados adicionales.<br />

En abril de 2002 celebramos un contrato con Mera Aeropuertos, S.A. de C.V., bajo el cual<br />

ésta última acordó adquirir de Opredi, S.A. de C.V. ciertos derechos contractuales para<br />

prestar servicios de bebida y alimentos en distintos locales de nuestro aeropuerto de<br />

Cancún. Mera Aeropuertos, S.A. de C.V. exitosamente adquirió los derechos a través de<br />

su subsidiaria Hoteleria Inmobiliaria, S.A. de C.V. y desde entonces ha operado dichos<br />

locales a cambio de una cuota que nos paga y que parcialmente se basa en sus ventas y<br />

el tráfico de pasajeros en el aeropuerto.<br />

A partir de febrero de 2003, cobramos una cuota de acceso al aeropuerto de $14.45 a<br />

taxis y camionetas de pasajeros y de $23.90 a autobuses.<br />

43


En septiembre de 2004, cerramos temporalmente los aeropuertos de Cancún y Cozumel<br />

como medidas de precaución en anticipación del Huracán Iván. El aeropuerto de Cancún<br />

fue cerrado por aproximadamente 6.5 horas y aproximadamente 80 vuelos fueron<br />

cancelados o pospuestos como resultado del huracán. Sin embargo, la mitad de estos<br />

vuelos fueron cancelados o pospuestos por decisiones precautorias de las propias<br />

aerolíneas y no por la clausura temporal del aeropuerto. Las condiciones adversas del<br />

clima resultado del huracán causaron daños mínimos al aeropuerto.<br />

En Octubre de 2004, el estado de Quintana Roo formó una empresa de participación<br />

estatal mayoritaria, Aeropuerto Internacional de la Rivera Maya, S.A. de C.V., para buscar<br />

la obtención por parte del gobierno federal de una concesión para construir y operar un<br />

nuevo aeropuerto en la región de la Rivera Maya en ése estado. ASUR no cuenta con<br />

mayores detalles respecto de la construcción o proyección de apertura del aeropuerto y<br />

se encuentra imposibilitado para predecir el efecto que esto pudiese producir en el tráfico<br />

de pasajeros o resultados de operación de ASUR en caso de que el proyecto es llevado a<br />

cabo de manera exitosa.<br />

En enero de 2005, Aeropuerto de Cancún, S.A. de C.V. llevó a cabo aportaciones de<br />

capital en Aeropuerto de Huatulco, S.A. de C.V., Aeropuerto de Cozumel, S.A. de C.V.,<br />

Aeropuerto de Veracruz, S.A. de C.V., Aeropuerto de Tapachula, S.A. de C.V. y<br />

Aeropuerto de Minatitlán, S.A. de C.V. Como resultado de lo anterior, Aeropuerto de<br />

Cancún, S.A. de C.V. tiene una participación de 24.2%, 18.1%, 8.9%, 29.9% y 30.0%<br />

respectivamente en dichas sociedades.<br />

Aeropuerto Internacional de Mérida<br />

El Aeropuerto Internacional de Mérida atiende a la ciudad de Mérida, que tiene una<br />

población de aproximadamente 920,000 habitantes, y áreas circunvecinas en el estado de<br />

Yucatán. El Aeropuerto Internacional de Mérida fue nuestro segundo aeropuerto durante<br />

2004, en términos de tráfico de pasajeros y contribución a los ingresos. Durante 2002,<br />

2003 y 2004, el Aeropuerto Internacional de Mérida atendió 849,610, 899,620 y 931,127<br />

pasajeros, respectivamente, la mayoría de los cuales fueron nacionales. El punto de<br />

origen y destino más importante del Aeropuerto Internacional de Mérida es la Ciudad de<br />

México.<br />

El Aeropuerto Internacional de Mérida atrae tanto a viajeros de negocios, como a turistas.<br />

La ciudad de Mérida es un área urbana con numerosas pequeñas y medianas empresas.<br />

La ciudad está aproximadamente a 120 kilómetros por carretera de Chichén Itzá y<br />

aproximadamente a 80 kilómetros de Uxmal, sitios arqueológicos prehispánicos que<br />

atraen a un gran número de turistas. Debido a que los pasajeros de este aeropuerto son<br />

predominantemente nacionales, el tráfico de pasajeros y resultados de operación son<br />

afectados por las condiciones de la economía mexicana. Por ejemplo, el tráfico de<br />

pasajeros del aeropuerto disminuyó en 26.4% en 1995 en comparación con el año<br />

anterior, después de la devaluación del peso de 1994.<br />

El aeropuerto tiene dos pistas (una con una longitud de 3,200 metros y otra con una<br />

longitud de 2,300 metros). El Aeropuerto Internacional de Mérida tiene una terminal<br />

44


principal con cuatro puertas con acceso por pasillo telescópico y seis posiciones remotas.<br />

En 1996, una de las dos pistas del aeropuerto fue reconstruida.<br />

Como parte de nuestra estrategia comercial, recientemente remodelamos la totalidad de<br />

la terminal del Aeropuerto equivalente a 7,110 metros cuadrados, de los cuales 962<br />

metros cuadrados son de uso comercial. Esta área remodelada fue abierta al público en<br />

diciembre de 2001.<br />

Durante 2002, 2003 y 2004, se transportaron aproximadamente 20,144, 18,829 y 19,148<br />

toneladas métricas de carga a través del Aeropuerto Internacional de Mérida, haciéndolo<br />

nuestro principal aeropuerto en términos de volumen de carga. En el 2002, 2003 y 2004,<br />

Mérida representó aproximadamente 50.1%, 47.9% y 46.6%, respectivamente, de nuestro<br />

volumen total de carga. Hemos considerado las oportunidades para desarrollar<br />

instalaciones de carga del Aeropuerto Internacional de Mérida, sin embargo, por el<br />

momento no estamos considerando explotar dichas oportunidades.<br />

Actualmente, hay un negocio operando bajo un término prolongado de arrendamiento en<br />

el Aeropuerto Internacional de Mérida con Grupo de Desarrollo del Sureste, S.A. de C.V.<br />

(“GDS”), mismo que terminará el 1 de enero de 2009. Bajo este contrato, GDS lleva a<br />

cabo la construcción y el desarrollo de la terminal de carga del aeropuerto. Nuestra<br />

concesión nos da el derecho de recibir derechos de uso de suelo, de aterrizaje y de<br />

estacionamiento para aviones utilizando la terminal de carga.<br />

En septiembre del 2002, el paso del huracán Isidoro por el estado de Yucatán, causó<br />

daños significativos a la región y a nuestro aeropuerto de Mérida, el cual fue cerrado al<br />

tráfico comercial por 27 horas, resultando en la cancelación de 100 vuelos.<br />

Adicionalmente, el aeropuerto sufrió daños por $9.8 millones, de los cuales la<br />

recuperación pagada por la aseguradora fue de $5.9 millones.<br />

Aeropuerto Internacional de Cozumel<br />

El Aeropuerto Internacional de Cozumel está localizado en la isla de Cozumel en el<br />

estado de Quintana Roo. El aeropuerto atiende principalmente a turistas extranjeros.<br />

Durante 2002, 2003 y 2004, 445,886, 455,831 y 584,444 pasajeros, respectivamente,<br />

viajaron a través del Aeropuerto Internacional de Cozumel, la mayoría de los cuales<br />

fueron pasajeros internacionales. Cozumel es el destino visitado con mayor frecuencia por<br />

cruceros en México, habiendo recibido aproximadamente 2.7 y 2.9 millones de visitantes<br />

por este medio durante 2003 y 2004. Cozumel tiene una de las reservas de coral más<br />

grande del mundo y muchos pasajeros que viajan a Cozumel practican el buceo. Los<br />

puntos de origen y destino más importantes de ese aeropuerto son Houston, Dallas y<br />

Cancún. La isla de Cozumel tiene una población de 71,000 habitantes aproximadamente.<br />

Como parte de nuestra estrategia comercial recientemente concluimos una expansión de<br />

2,218 metros cuadrados, así como con una remodelación de 1,132 metros cuadrados de<br />

la terminal, lo que nos da como resultado una terminal de 7,258 metros cuadrados, de los<br />

cuales 610 metros cuadrados se utilizan para fines comerciales. Esta zona comercial<br />

remodelada fue abierta al público el 27 de diciembre de 2001.<br />

El Aeropuerto Internacional de Cozumel tiene una pista comercial con una longitud de<br />

2,700 metros. El aeropuerto tiene una terminal comercial principal con cuatro posiciones<br />

45


emotas. El aeropuerto también tiene una terminal general pequeña para vuelos<br />

comerciales.<br />

En Septiembre de 2004, cerramos el Aeropuerto de Cozumel por 36 horas<br />

aproximadamente como una precaución ante la anticipación del huracán Iván.<br />

Aproximadamente 9 vuelos fueron cancelados, y no hay recuento de daños o pasajeros<br />

heridos como resultado del mismo.<br />

Aeropuerto Internacional de Villahermosa<br />

El Aeropuerto Internacional de Villahermosa está localizado en el estado de Tabasco,<br />

aproximadamente a 75 kilómetros de Palenque, un sitio arqueológico Maya. La Ciudad<br />

de Villahermosa tiene una población de 658,000 habitantes aproximadamente. La<br />

principal actividad de negocios en el área de Villahermosa es la exploración petrolera, y la<br />

mayoría de los pasajeros del Aeropuerto de Villahermosa son personas que trabajan en<br />

esta industria. Durante 2002, 2003 y 2004, el aeropuerto atendió a 499,117, 599,729 y<br />

673,313 pasajeros, respectivamente, la gran mayoría de los cuales arribaron en vuelos<br />

nacionales. El principal punto de origen y destino del aeropuerto es la Ciudad de México.<br />

El aeropuerto tiene una pista con una longitud de 2,200 metros. La terminal principal del<br />

aeropuerto tiene cuatro posiciones remotas.<br />

Aeropuerto Internacional de Oaxaca<br />

El Aeropuerto Internacional de Oaxaca atiende a la Ciudad de Oaxaca, capital del estado<br />

de Oaxaca. La ciudad de Oaxaca está localizada a 390 kilómetros de la costa del Pacífico<br />

y tiene una población de aproximadamente 511,000 habitantes. El aeropuerto atendió a<br />

433,296, 461,013 y 543,238 pasajeros en 2002, 2003 y 2004, respectivamente, de los<br />

cuales la mayoría fueron nacionales. Los pasajeros son principalmente personas de<br />

negocios mexicanas y turistas, por lo que su tráfico de pasajeros y resultados de<br />

operación dependen de las condiciones de la economía mexicana. Oaxaca es una ciudad<br />

colonial pintoresca, localizada cerca de varias atracciones turísticas, incluyendo los sitios<br />

arqueológicos de Monte Albán y Mitla. El punto de origen y destino más importante del<br />

aeropuerto es la Ciudad de México.<br />

El aeropuerto tiene una pista con una longitud de 2,450 metros y una terminal principal<br />

con cinco posiciones remotas. El aeropuerto también incluye un edificio de aviación<br />

general para aeronaves privadas con 20 posiciones.<br />

Aeropuerto Internacional de Veracruz<br />

El Aeropuerto Internacional de Veracruz está localizado en la Ciudad de Veracruz en la<br />

costa del Golfo de México. La Ciudad de Veracruz tiene una población de<br />

aproximadamente 600,000 habitantes. Veracruz es el puerto de mayor importancia en<br />

México, en términos de tráfico comercial, y es el lugar donde se localiza la mayor terminal<br />

de carga del país. De acuerdo con la Dirección General de Puertos, Veracruz representó<br />

el 21.6% del total de la carga manejada en los puertos mexicanos durante 2004. En<br />

2002, 2003 y 2004, el aeropuerto atendió 479,574, 514,587 y 563,511 pasajeros,<br />

respectivamente. Toda vez a que los pasajeros del aeropuerto son principalmente<br />

personas de negocios mexicanas, su tráfico de pasajeros y resultados de operación<br />

46


dependen de las condiciones de la economía mexicana. El punto de origen y destino más<br />

importante del aeropuerto es la Ciudad de México.<br />

El aeropuerto tiene dos pistas perpendiculares una de la otra, una con una longitud de<br />

2,400 metros y otra con una longitud de 1,523 metros. El aeropuerto tiene una terminal<br />

principal y un edificio de aviación general para aviones privados con 23 posiciones.<br />

Nuestra administración considera que debido a la proximidad de Veracruz con la Ciudad<br />

de México, Veracruz podría ser un lugar atractivo para desarrollar actividades de carga.<br />

En enero de 2002, celebramos un contrato con Alianz Aviation Group para permitirle<br />

operar un centro de carga en Veracruz.<br />

Aeropuerto Internacional de Huatulco<br />

El Aeropuerto Internacional de Huatulco atiende la zona turística de Huatulco en el estado<br />

de Oaxaca en la costa del Pacífico. Huatulco tiene una población de aproximadamente<br />

14,000 habitantes. Huatulco fue desarrollado como un destino turístico hacia finales de los<br />

años ochenta. En 2002, 2003 y 2004, el aeropuerto atendió 268,354, 259,386 y 270,757<br />

pasajeros, respectivamente. La mayoría de los pasajeros del aeropuerto son turistas<br />

internacionales. Sin embargo, varios arriban a través de vuelos nacionales y son por tanto<br />

clasificados como nacionales. Los puntos más importantes de origen y destino del<br />

aeropuerto son la Ciudad de México, Monterrey y Oaxaca.<br />

El aeropuerto tiene una pista con una longitud de 2,700 metros. La terminal principal del<br />

aeropuerto tiene tres posiciones remotas. El aeropuerto tiene un edificio de aviación<br />

general para aviones privados con ocho posiciones.<br />

Aeropuerto Internacional de Tapachula<br />

El Aeropuerto Internacional de Tapachula atiende a la ciudad de Tapachula, la cual tiene<br />

una población de aproximadamente 199,000 habitantes, y al estado de Chiapas. En 2002,<br />

2003 y 2004, el aeropuerto atendió 176,793, 184,750 y 193,573 pasajeros,<br />

respectivamente, de los cuales la mayoría fueron nacionales. El tráfico de pasajeros del<br />

aeropuerto y los resultados de operación dependen de las condiciones económicas de<br />

México, ya que casi todos sus pasajeros son nacionales. El punto de origen y destino más<br />

importante del aeropuerto es la Ciudad de México.<br />

El aeropuerto tiene una pista con una longitud de 2,000 metros. El aeropuerto tiene una<br />

terminal principal con tres posiciones remotas y tiene también un edificio de aviación<br />

comercial para aviones privados con 24 posiciones remotas.<br />

Aeropuerto de Minatitlán<br />

El Aeropuerto de Minatitlán está localizado cerca de la costa del Golfo de México, a 13<br />

kilómetros de Coatzacoalcos, 11 kilómetros de la ciudad de Cosoleacaque y 26 kilómetros<br />

de la ciudad de Minatitlán. El área metropolitana conformada por estas tres ciudades tiene<br />

una población de aproximadamente 541,000 habitantes. En 2002, 2003 y 2004, el<br />

aeropuerto atendió 126,009, 130,900 y 126,497 pasajeros, respectivamente. En años<br />

recientes, el tráfico de pasajeros ha disminuido debido a una menor actividad en la<br />

industria petrolera y petroquímica en Coatzacoalcos y Cosoleacaque. Los pasajeros del<br />

aeropuerto son principalmente mexicanos relacionados con la industria petroquímica y<br />

47


agrícola de la zona. Debido a que los pasajeros son principalmente mexicanos, su tráfico<br />

de pasajeros y resultados de operación dependen de las condiciones de la economía<br />

mexicana. El punto de origen y destino más importante del aeropuerto es la Ciudad de<br />

México.<br />

El Aeropuerto tiene una pista con una longitud de 2,100 metros y una terminal principal<br />

con tres posiciones remotas. El aeropuerto tiene también un edificio de aviación general<br />

para aviones privados con 30 posiciones remotas.<br />

Principales Clientes de Tráfico Aéreo<br />

Al 31 de diciembre del 2004, 45 aerolíneas internacionales y 17 aerolíneas mexicanas<br />

operaban vuelos en nuestros nueve aeropuertos (incluyendo las aerolíneas que operaban<br />

en la terminal de charters del Aeropuerto Internacional de Cancún y las aerolíneas que<br />

operaban únicamente con código compartido). Código compartido significa que las<br />

aerolíneas comparten espacio en una aeronave registrando pasajeros a través del mismo<br />

código.<br />

Mexicana opera la mayoría de los vuelos en nuestros aeropuertos, mientras que<br />

Aeromexico es nuestro segundo mayor operador de vuelos.<br />

La siguiente tabla contiene el total de ingresos provenientes de Mexicana y Aeromexico<br />

para el 2002, 2003 y 2004 por cargos a pasajeros, servicios aeroportuarios y comerciales<br />

(incluyendo salas VIP) y seguridad.<br />

Cliente Mexicana Aeroméxico<br />

2002 2003 2004 2002 2003 2004<br />

Cuotas a pasajeros<br />

Ps. 140,596.8 Ps.152,231.9 Ps.163,898.9 Ps. 89,978.2 Ps. 86,411.9 Ps.100,145.2<br />

Servicios Aeroportuarios y<br />

Comerciales salas Vip 31,759.5 26,196.2 26,461.9 25,370.2 12,695.7 22,402.8<br />

Seguridad 3,006.4 3,089.8 3,129.2 1,876.3 3,089.8 1,919.4<br />

Total<br />

175,362.7 181,517.9 193,490.0 117,224.7 102,197.4 124,467.4<br />

Las aerolíneas y otras entidades controladas por Cintra representaron en conjunto<br />

aproximadamente 26.7%, 22.6% y 19.5% de los ingresos generados por nuestros<br />

aeropuertos durante 2002, 2003 y 2004, respectivamente. Aeromexico y Mexicana son<br />

propiedad de Cintra. El gobierno federal posee directamente el 10% del capital social de<br />

Cintra y aproximadamente el 36% de Cintra es propiedad del IPAB un organismo público<br />

descentralizado del gobierno federal. Cintra también controla diversas otras aerolíneas<br />

que operan nuestros aeropuertos, incluyendo Aerocaribe, Aerocozumel, Aeroliteral, así<br />

como el mayor proveedor de servicios de manejo de equipaje y rampas, SEAT. Después<br />

de un período de estudio, el congreso ha autorizado la privatización por separado de las<br />

empresas controladas por Cintra por medio de un proceso de licitación y Cintra ya<br />

anunció públicamente que pretende vender la totalidad o una porción de su participación<br />

en Aeroméxico y Mexicana. El IPAB requiere por ley transferir todos sus activos,<br />

incluyendo sus acciones de Cintra, y el gobierno federal ha anunciado su intención de<br />

vender las acciones de Cintra. Para mayor información en relación con las entidades<br />

48


controladas por Cintra, Ver “Principales Accionistas y Operaciones con Partes<br />

Relacionadas – Operaciones con Partes Relacionadas – Contratos con entidades<br />

controladas por el gobierno federal.”<br />

Entre las aerolíneas extranjeras, American Airlines y Continental Airlines operan el mayor<br />

número de vuelos desde y hacia nuestros aeropuertos. En 2002, American Airlines y<br />

Continental Airlines representaron el 6.4% y el 5.6%, respectivamente, de nuestros<br />

ingresos totales. En el 2003, American Airlines y Continental Airlines representaron el<br />

6.7% y 5.6%, respectivamente de nuestros ingresos. En el 2004, American Airlines y<br />

Continental Airlines representaron el 6.8% y 5.4%, respectivamente de nuestros ingresos.<br />

El siguiente cuadro presenta las principales aerolíneas que operan en nuestros<br />

aeropuertos con base en los porcentajes de los ingresos que representaron en los<br />

ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004:<br />

Principales Clientes de Tráfico Aéreo<br />

Cliente 2002 2003 2004<br />

Compañía Mexicana de Aviación, S.A. de C.V. * (Mexicana) ..... 13.0% 11.6% 9.6%<br />

American Airlines....................................................................... 6.4% 6.7% 6.8%<br />

Aerovias de México, S.A. de C.V. (Aeromexico)........................ 8.9% 6.5% 6.2%<br />

Continental Airlines .................................................................... 5.6% 5.6% 5.4%<br />

Aerovias Caribe, S.A. de C.V. * (Aerocaribe) .............................. 4.5% 4.1% 3.3%<br />

Aviation Support S.A. de C.V..................................................... 4.0% 2.3% 2.0%<br />

Aviación Comercial Especializada S.A. de C.V. ........................ 2.8% 4.1% 4.0%<br />

Comercializadora de Productos en Aeropuertos........................ 2.9% 3.8% 0%<br />

Consorcio Aviacsa, S.A. de C.V................................................. 3.5% 3.1% 3.6%<br />

Líneas Aéreas Allegro, S.A. de C.V. ......................................... 3.5% 2.4% 0%<br />

Air Routing International Corporation......................................... 2.7% 2.2% 0%<br />

American Trans Air .................................................................... 2.5% 2.0% 1.3%<br />

Petroservicios de México, S.A. de C.V. ..................................... 1.1% 2.0% 2.5%<br />

Otros ....................................................................................... 38.6% 43.6% 55.3%<br />

Total ....................................................................................... 100.0% 100.0% 100%<br />

______________<br />

* Aerolínea controlada por Cintra.<br />

Temporalidad<br />

Nuestro negocio está sujeto a fluctuaciones por razón de temporada. La demanda de<br />

vuelos, principalmente en mercados internacionales, típicamente es mayor durante el<br />

verano y el invierno pues hay un mayor número de viajes de placer durante estos<br />

periodos. Nuestros resultados de operación, de manera general, reflejan esa temporalidad<br />

pero también se ven impactados por varios factores adicionales que no necesariamente<br />

son efecto de temporalidad, por ejemplo, condiciones económicas, guerra o a amenaza<br />

de guerra, condiciones meteorológicas, demoras en el tráfico aéreo, así como otros<br />

factores descritos en el presente reporte. Como resultado de lo anterior, nuestros<br />

resultados de operación trimestrales no son necesariamente indicativos de nuestros<br />

resultados de operación anuales y nuestros resultados de operación históricos no son<br />

necesariamente indicativos de nuestros resultados de operación futuros.<br />

49


Competencia<br />

Debido a que nuestro negocio es sumamente dependiente del turismo internacional,<br />

nuestra principal competencia son otros destinos turísticos. Consideramos que los<br />

principales competidores de Cancún son destinos vacacionales en México, tales como<br />

Acapulco, Puerto Vallarta y Los Cabos, y fuera de México, Puerto Rico, Florida, Cuba,<br />

Jamaica, República Dominicana y otras islas del Caribe y destinos en Centroamérica.<br />

En marzo de 2000, un nuevo aeropuerto inició operaciones en Chichén Itza. Este<br />

aeropuerto es operado por el anterior operador de la terminal de charters del Aeropuerto<br />

Internacional de Cancún.<br />

Asimismo, en Octubre del 2004, el estado de Quintana Roo formó una empresa de<br />

participación estatal mayoritaria, Aeropuerto Internacional de la Rivera Maya, S.A. de<br />

C.V., para buscar la obtención por parte del gobierno federal de una concesión para<br />

construir y operar un nuevo aeropuerto en la región de la Rivera Maya en ése estado.<br />

Para mayor información ver. “Factores de Riesgo – La Secretaría podría otorgar nuevas<br />

concesiones que compitan con nuestros Aeropuertos”.<br />

El atractivo de los destinos que atendemos depende de varios factores, algunos de los<br />

cuales están fuera de nuestro control. Estos factores incluyen actividades promocionales y<br />

políticas de precios de operadores de hoteles, condiciones climáticas, desastres naturales<br />

(tales como huracanes) y el desarrollo de nuevos destinos que pueden ser considerados<br />

más atractivos. No puede haber seguridad de que los destinos que atendemos<br />

continuarán atrayendo el mismo nivel de tráfico de pasajeros en el futuro.<br />

Salvo el Aeropuerto Internacional de Cancún, nuestros aeropuertos, en general, no<br />

enfrentan competencia significativa. Actualmente, ASA opera siete aeropuertos pequeños<br />

en la región sureste de México. ASA estima que sus aeropuertos representan un conjunto<br />

menos del 10% de los pasajeros en la región.<br />

50


Fuentes de Regulación<br />

MARCO REGULATORIO<br />

A continuación mencionamos las principales leyes, reglamentos e instrumentos que<br />

regulan nuestro negocio y la operación de nuestros aeropuertos:<br />

• Ley de Aeropuertos, promulgada el 22 de diciembre de 1995<br />

• Reglamento de la Ley de Aeropuertos, promulgado el 17 de febrero de 2000<br />

• Ley de Vías Generales de Comunicación, promulgada el 19 de febrero de 1940<br />

• Ley de Aviación Civil, promulgada el 12 de mayo de 1995<br />

• Ley Federal de Derechos, promulgada el 31 de diciembre de 1981<br />

• Ley General de Bienes Nacionales, promulgada el 20 mayo de 2004<br />

• Las concesiones que autorizan a nuestras subsidiarias concesionarias a operar<br />

nuestros nueve aeropuertos, las cuales fueron otorgadas el 29 de junio de 1998 y<br />

modificadas el 19 de marzo de 1999.<br />

La Ley de Aeropuertos y el Reglamento de la Ley de Aeropuertos establecen el marco<br />

regulatorio general para la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo de las<br />

instalaciones aeroportuarias mexicanas. El objeto de la Ley de Aeropuertos es promover<br />

la expansión, desarrollo y modernización de la infraestructura aeroportuaria de México<br />

alentando la inversión y competencia.<br />

En términos de la Ley de Aeropuertos, se requiere una concesión otorgada por la<br />

Secretaría para la construcción, operación, mantenimiento o desarrollo de un aeropuerto<br />

de servicio público en México. Una concesión generalmente debe otorgarse a través de<br />

un proceso de licitación pública, excepto en el caso de: (i) concesiones otorgadas a (a)<br />

entidades consideradas parte de la administración pública federal así definidas bajo la ley<br />

mexicana; y (b) empresas privadas cuyo principal accionista pueda ser un gobierno<br />

estatal o municipal; (ii) concesiones otorgadas a operadores de aeropuertos privados (que<br />

hayan operado en forma privada por cinco años o más) que deseen operar sus<br />

instalaciones como aeropuertos de servicio público; y (iii) concesiones complementarias<br />

otorgadas a concesionarios existentes. Las concesiones complementarias sólo pueden<br />

otorgarse bajo ciertas circunstancias limitadas, tales como aquellas en que se demuestre,<br />

entre otras cosas, que el otorgamiento de la concesión complementaria es necesario para<br />

satisfacer la demanda de los pasajeros. El 29 de junio de 1998, la Secretaría, entre otras,<br />

otorgó nueve concesiones para operar, dar mantenimiento y desarrollar los nueve<br />

aeropuertos principales en la región sureste de México a nuestras subsidiarias. Debido a<br />

que en el momento en que se otorgaron las concesiones a nuestras subsidiarias<br />

concesionarias estas eran consideradas entidades de participación estatal mayoritaria, las<br />

concesiones se otorgaron sin un proceso de licitación pública. Cada una de nuestras<br />

concesiones fue modificada íntegramente el 19 de marzo de 1999 para, entre otras cosas,<br />

incorporar la regulación tarifaria de cada aeropuerto y otros términos como parte de la<br />

concesión.<br />

Con fecha 20 de mayo de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva<br />

Ley General de Bienes Nacionales que entre otros aspectos regula el régimen de<br />

concesiones sobre bienes inmuebles del dominio público, como es el caso de los<br />

aeropuertos que operamos, que en forma específica continúan regulados por la Ley de<br />

Aeropuertos. La nueva Ley General de Bienes Nacionales establece que los<br />

51


concesionarios de bienes del dominio público deberán pagar las contribuciones<br />

inmobiliarias que correspondan a los que utilicen inmuebles sujetos al dominio público de<br />

la federación con fines administrativos o con propósitos distintos a los de su objeto<br />

público. Asimismo, señala dicha Ley una nueva causal de revocación consistente en la<br />

falta de pago de contribuciones fiscales incluyendo las antes mencionadas.<br />

Por su reciente promulgación no existe precedente alguno respecto de la<br />

constitucionalidad de dichas disposiciones, lo cual en caso de controversia deberá ser<br />

resuelto en su contexto por el Poder Judicial. Por lo que se refiere al cobro de<br />

contribuciones inmobiliarias sobre inmuebles del dominio público concesionados, en caso<br />

de impugnarse, el Poder Judicial determinaría si procede o no dicho pago de<br />

contribuciones por parte de nuestras sociedades concesionarias y el monto de las<br />

mismas. En caso de que nuestras sociedades concesionarias se vean obligadas a pagar<br />

dichas contribuciones, creemos que ni la operación ni la situación financiera de nuestras<br />

concesionarias no se vería impactada de manera significativa.<br />

El 17 de febrero de 2000 se publicó el Reglamento de la Ley de Aeropuertos. Aún cuando<br />

creemos que estamos cumpliendo con las principales obligaciones establecidos por la Ley<br />

de Aeropuertos y su Reglamento, podríamos encontrarnos incumpliendo con algunas de<br />

las obligaciones establecidas en dichos ordenamientos. Estos incumplimientos podrían<br />

resultar en multas o sanciones impuestas por la Secretaría y se encuentran dentro de los<br />

incumplimientos que podrían resultar en la revocación de una concesión en caso de que<br />

los concesionarios hayan sido sancionados en tres o más ocasiones por el mismo<br />

incumplimiento.<br />

Papel que desempeña la Secretaría<br />

La Secretaría es el principal regulador de aeropuertos en México y tiene la facultad<br />

otorgada por la Ley de Aeropuertos para desempeñar las siguientes funciones:<br />

• otorgar, modificar y revocar concesiones para la operación de aeropuertos;<br />

• establecer reglas de tráfico aéreo respecto a los honorarios de despegue y<br />

aterrizaje a través de SENEAM;<br />

• tomar todas las acciones necesarias para crear un mercado eficiente, competitivo y<br />

no discriminatorio para servicios relacionados a los aeropuertos;<br />

• aprobar cualquier transacción o transacciones que puedan resultar directa o<br />

indirectamente en un cambio del control de un concesionario;<br />

• aprobar los programas maestros de desarrollo preparados por cada concesionario<br />

cada cinco años;<br />

• determinar las tarifas máximas de cada aeropuerto;<br />

• aprobar cualquier acuerdo entre un concesionario y un tercero que preste servicios<br />

complementarios en su aeropuerto;<br />

• establecer normas básicas de seguridad;<br />

• supervisar las instalaciones aeroportuarias para determinar el cumplimiento de la<br />

Ley de Aeropuertos y de otras leyes, y los términos de las concesiones; e<br />

• imponer sanciones por omisión a la observancia y aplicación de las disposiciones<br />

de la Ley de Aeropuertos, el Reglamento de la Ley de Aeropuertos y las<br />

concesiones.<br />

52


Además, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de<br />

Aeropuertos y la Ley de Aviación Civil, la Secretaría requiere proporcionar el servicio de<br />

control de tráfico aéreo, asistencia en radio frecuencias y comunicaciones aeronáuticas en<br />

los aeropuertos mexicanos. La Secretaría proporciona estos servicios a través de<br />

SENEAM, la autoridad de tráfico aéreo mexicana, que es un órgano desconcentrado de la<br />

Secretaría. Desde 1978, SENEAM ha prestado servicios de control del tráfico aéreo en los<br />

aeropuertos de México.<br />

Nueva Entidad Reguladora<br />

La Secretaría ha anunciado que pretende establecer una nueva entidad reguladora. Se<br />

espera que esta nueva entidad esté facultada para supervisar nuestras actividades y las<br />

de los otros grupos aeroportuarios, para aplicar las disposiciones legales y proponer<br />

cambios en las concesiones, para determinar las tarifas máximas, para resolver<br />

controversias entre concesionarios y usuarios de los aeropuertos (tales como las<br />

aerolíneas) y recopilar y distribuir información relativa al sector aeroportuario. No se ha<br />

anunciado públicamente una fecha para el establecimiento de esta nueva entidad<br />

reguladora.<br />

Alcance de las Concesiones y Obligaciones Generales de los Concesionarios<br />

En términos de la Ley de Aeropuertos, cada una de las concesiones de nuestras<br />

subsidiarias tiene un plazo inicial de cincuenta años. Este plazo inicial de cada una de<br />

nuestras concesiones puede ser prorrogado en una o más ocasiones hasta por un plazo<br />

que en total no exceda de cincuenta años adicionales, sujeto a que la subsidiaria<br />

concesionaria acepte cualquier nueva condición impuesta por la Secretaría y a que se<br />

cumpla con los términos de su concesión.<br />

Las concesiones cuyos titulares son nuestras subsidiarias concesionarias permiten,<br />

durante el plazo de la concesión: (i) operar, mantener y desarrollar su aeropuerto y llevar<br />

a cabo los trabajos de construcción necesarios para proporcionar servicios aeroportuarios,<br />

complementarios y comerciales como se establece en la Ley de Aeropuertos y el<br />

Reglamento de la ley de Aeropuertos; y (ii) usar y explotar los bienes que conforman el<br />

aeropuerto concesionado (que consisten de los bienes inmuebles del aeropuerto y sus<br />

mejoras, pero excluyen los bienes relacionados con el suministro y almacenamiento de<br />

combustible). Estos activos son bienes del dominio público sujetos a la Ley General de<br />

Bienes Nacionales. Al término de la concesión, estos bienes se revierten<br />

automáticamente al gobierno federal.<br />

Sustancialmente todos los contratos celebrados por ASA con respecto a cada uno de<br />

nuestros aeropuertos fueron cedidos a la subsidiaria concesionaria correspondiente de<br />

cada aeropuerto. Como parte de esta cesión, cada subsidiaria concesionada acordó<br />

indemnizar a ASA por cualquier pérdida en la que ASA incurra como consecuencia del<br />

incumplimiento de la subsidiaria concesionaria de sus obligaciones contempladas bajo<br />

cada contrato cedido.<br />

En términos de la Ley Federal de Derechos, cada una de nuestras subsidiarias<br />

concesionarias requiere pagar al gobierno federal un derecho de uso de activos<br />

concesionados calculado con base en los ingresos brutos anuales obtenidos por el uso,<br />

de bienes del dominio público, en términos de su concesión. Actualmente este derecho es<br />

del 5% y puede ser revisado anualmente por el Congreso de la Unión. Nuestras<br />

53


concesiones establecen que podemos solicitar la modificación de las tarifas máximas si<br />

hay un cambio en el monto de este derecho.<br />

Se requiere que la seguridad en los aeropuertos sea proporcionada por las subsidiarias<br />

concesionarias. Si se encuentra en peligro el orden público o la seguridad nacional, las<br />

autoridades federales competentes están autorizadas para actuar en protección de la<br />

seguridad de las aeronaves, pasajeros, carga, correo, instalaciones y equipo.<br />

Cada subsidiaria concesionaria y cualquier tercero que preste servicios en un aeropuerto,<br />

requiere contar con seguros específicos en montos y cobertura que abarquen riesgos<br />

específicos, tales como daños a personas y a propiedades en los aeropuertos, en cada<br />

caso según lo especificado por la Secretaría. Actualmente la Secretaría no ha<br />

especificado los montos requeridos para las coberturas de seguros. No podemos<br />

asegurar que una vez definidos los montos, no estaremos obligados a contratar seguros<br />

adicionales.<br />

ASUR y sus subsidiarias concesionarias son conjunta y solidariamente responsables ante<br />

la Secretaría del cumplimiento de todas sus obligaciones contenidas en las concesiones<br />

de las que son titulares nuestras subsidiarias. Cada una de nuestras subsidiarias<br />

concesionarias es responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en las<br />

concesiones, incluyendo las obligaciones derivadas de contratos con terceros, así como<br />

de cualesquier daños a los bienes del dominio público causados por ellas y por terceros<br />

usuarios del aeropuerto. En caso de incumplimiento de una concesión, la Secretaría está<br />

facultada para revocar todas las concesiones de las que son titulares nuestras<br />

subsidiarias.<br />

Las acciones de una subsidiaria concesionaria y los derechos derivados de la concesión<br />

pueden ser gravados únicamente con la aprobación de la Secretaría. Ningún contrato que<br />

establezca la constitución de gravámenes no aprobados por la Secretaría otorgará el<br />

carácter de concesionario al acreedor bajo ninguna circunstancia.<br />

Ninguna subsidiaria concesionaria puede ceder sus derechos u obligaciones derivados de<br />

la concesión sin la autorización de la Secretaría. La Secretaría está facultada para<br />

autorizar una cesión, siempre y cuando los cesionarios satisfagan los requisitos para ser<br />

concesionario en términos de la Ley de Aeropuertos, acepten cumplir con las obligaciones<br />

de la concesión correspondiente y estén de acuerdo con cualquier otra condición que la<br />

Secretaría puede establecer.<br />

Clasificación de los Servicios Prestados en Aeropuertos<br />

La Ley de Aeropuertos y el Reglamento de la Ley de Aeropuertos clasifican los servicios<br />

que pueden prestarse en un aeropuerto en las siguientes tres categorías:<br />

Servicios Aeroportuarios. Los servicios aeroportuarios sólo pueden ser prestados por el<br />

concesionario o por un tercero que ha celebrado un contrato con dicho concesionario para<br />

proporcionar estos servicios. Estos servicios incluyen:<br />

• El uso de las pistas, calles de rodaje y plataformas para aterrizajes, estacionamientos<br />

y despegues de aeronaves;<br />

54


• El uso de hangares, abordadores, autobuses e instalaciones para el estacionamiento<br />

de automóviles,<br />

• La prestación de servicios de seguridad, servicios de rescate y extinción de incendios,<br />

control de tráfico en tierra, iluminación y ayudas visuales,<br />

• El uso general del espacio de la terminal y otra infraestructura por las aeronaves y por<br />

los pasajeros y carga; y<br />

• El acceso al aeropuerto a terceros que proporcionan servicios complementarios<br />

(según se definen en la Ley de Aeropuertos) y terceros que prestan servicio de<br />

transportación terrestre (tales como taxis).<br />

Servicios Complementarios. Los servicios complementarios pueden ser prestados por una<br />

aerolínea, por el operador aeroportuario o por un tercero bajo contrato con la aerolínea o<br />

el operador aeroportuario. Estos servicios incluyen:<br />

• Servicios de rampa y manejo de equipaje,<br />

• Documentación de pasajeros, y<br />

• Servicios de seguridad a las aeronaves, avituallamiento, limpieza, mantenimiento,<br />

reparación y suministro de combustible y actividades relacionadas que proporcionan<br />

servicio a los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo.<br />

Servicios Comerciales. Los servicios comerciales incluyen servicios que no son<br />

considerados esenciales para la operación de un aeropuerto o aeronave e incluyen:<br />

• El arrendamiento de espacio a comerciantes, restaurantes y bancos, y<br />

• Publicidad<br />

Los terceros que presten servicios aeroportuarios, complementarios o comerciales deben<br />

hacerlo conforme a un contrato por escrito con el concesionario correspondiente. Todos<br />

los contratos relativos a servicios aeroportuarios o complementarios deben ser aprobados<br />

por la Secretaría. La Ley de Aeropuertos establece que el concesionario es<br />

solidariamente responsable con estos terceros del cumplimiento de las condiciones<br />

establecidas en su concesión correspondiente, en relación con los servicios que estos<br />

terceros proporcionen. De conformidad con la legislación en vigor, todos los terceros<br />

prestadores de servicios complementarios deberán ser empresas constituidas como<br />

sociedades mercantiles mexicanas.<br />

Los servicios aeroportuarios y complementarios deben ser proporcionados a todos los<br />

usuarios en forma uniforme y regular, sin discriminación en cuanto a calidad, accesibilidad<br />

y precio. Los concesionarios deber proporcionar servicios aeroportuarios y<br />

complementarios con prioridad a aeronaves militares, aeronaves de soporte en caso de<br />

desastres y aeronaves para emergencias. Los servicios aeroportuarios y complementarios<br />

se requieren para proporcionarse, sin costo alguno a aeronaves militares y aeronaves que<br />

realicen actividades de seguridad nacional.<br />

55


En casos de fuerza mayor la Secretaría puede imponer reglas adicionales en relación con<br />

la prestación de servicios en aeropuertos, pero sólo en la medida necesaria para resolver<br />

el caso de fuerza mayor. La Ley de Aeropuertos permite al administrador aeroportuario<br />

designado por un concesionario suspender la prestación de servicios aeroportuarios en<br />

casos de fuerza mayor.<br />

También se requiere al concesionario adoptar todas las medidas necesarias para crear un<br />

mercado competitivo para los servicios complementarios. Debido a consideraciones de<br />

espacio, eficiencia y seguridad, un concesionario puede limitar el número de prestadores<br />

de servicios complementarios en su aeropuerto. Si el número de prestadores de servicios<br />

complementarios debe ser limitado por estas consideraciones, los contratos para la<br />

prestación de estos servicios deben adjudicarse a través de un proceso de licitación.<br />

Programas Maestros de Desarrollo<br />

En términos de nuestras concesiones, cada una de nuestras subsidiarias concesionarias<br />

debe presentar ante la Secretaría un programa maestro de desarrollo cada cinco años<br />

que describa, entre otras cosas, sus planes de mantenimiento y construcción.<br />

Cada programa maestro de desarrollo comprende un periodo de quince años e incluye<br />

compromisos de inversión respecto de la parte regulada de nuestro negocio (incluyendo<br />

ciertos gastos de capital y mejoras) para los cinco años siguientes así como proyecciones<br />

de inversión respecto de la parte regulada de nuestro negocio (incluyendo ciertos gastos<br />

de capital y mejoras) respecto de los diez años restantes. Una vez aprobado el programa<br />

por la Secretaria, dichos compromisos de inversión se convierten en obligaciones a cargo<br />

de cada una de nuestras subsidiarias concesionarias. Las inversiones comprometidas son<br />

requisitos mínimos y nuestras inversiones de capital podrían exceder las inversiones<br />

comprometidas en cualquier periodo.<br />

El 30 de diciembre de 2003, la Secretaría aprobó nuestros programas maestros de<br />

desarrollo vigentes. Los términos actuales de estos programas maestros de desarrollo<br />

entraron en vigor el 1° de enero de 2004 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de<br />

2008.<br />

El siguiente cuadro presenta nuestras inversiones comprometidas para cada aeropuerto<br />

en términos de nuestras concesiones para los períodos presentados.<br />

Inversiones comprometidas<br />

Años terminado el 31 de diciembre de<br />

2004 2005 2006 2007 2008 Total<br />

(miles de pesos(1))<br />

Cancún ............... Ps. 242,922 Ps. 449,521 Ps. 99,655 Ps. 200,756 Ps. 105,918 Ps. 1,098,772<br />

Mérida................. 8,177 49,611 15,317 17,867 14,979 105,951<br />

Cozumel.............. 8,210 17,947 754 5,882 33,010 65,803<br />

Villahermosa ....... 18,897 50,099 25,945 20,976 2,064 117,981<br />

Oaxaca ............... 5,079 5,167 3,120 4,530 5,794 23,690<br />

Veracruz ............. 18,518 21,719 885 1,990 14,126 57,238<br />

Huatulco.............. 14,569 5,174 5,677 8,884 3,783 38,087<br />

Tapachula ........... 14,621 21,038 13,622 12,322 1,331 62,934<br />

Minatitlán ............ 34,775 46,486 3,982 6,940 11,371 103,554<br />

Total ................ Ps. 365,768 Ps. 666,762 Ps. 168,957 Ps. 280,147 Ps. 192,376 Ps. 1,674,010<br />

__________________<br />

56


(1) Expresado en pesos ajustados al 31 de diciembre de 2004 con base en el índice de precios a la construcción<br />

de conformidad con los términos de nuestro plan maestro de desarrollo.<br />

(2) Reflejan los planes de inversión por el periodo del 1° de Enero de 2004 al 31 de diciembre de 2008.<br />

Regulación Tarifaria<br />

La Ley de Aeropuertos establece que la Secretaría podrá imponer bases de regulación<br />

tarifaria para aquellos servicios respecto de los cuales la Comisión Federal de<br />

Competencia determine la inexistencia de un mercado competitivo. El 9 de marzo de 1999<br />

la Comisión Federal de Competencia emitió un oficio por virtud del cual determinó que los<br />

mercados competitivos generalmente no existen para los servicios aeroportuarios y el<br />

acceso a los aeropuertos proporcionados a terceros que prestan servicios<br />

complementarios. Este oficio autorizó a La Secretaría para establecer bases que rijan los<br />

precios que pueden cobrarse por servicios aeroportuarios y las tarifas de acceso que<br />

pueden ser cobradas a los prestadores de servicios complementarios en nuestros<br />

aeropuertos. El 19 de marzo de 1999 se emitieron las Bases de Regulación Tarifaria, las<br />

cuales fueron incorporadas dentro de los términos de cada una de nuestras concesiones.<br />

Las Bases de Regulación Tarifaria, las cuales entraron en vigor el 1º de mayo de 1999,<br />

establecen las tarifas máximas anuales para cada una de nuestras subsidiarias<br />

concesionadas, las cuales son la máxima cantidad de ingresos por unidad de tráfico (un<br />

pasajero ó 100 kilogramos de carga) en un año determinado, que éstas pueden obtener<br />

en sus aeropuertos por todas las fuentes de ingreso reguladas.<br />

Ingresos Regulados<br />

La regulación tarifaria establece un sistema de regulación bajo el cual ciertos de nuestros<br />

ingresos, tales como las cuotas a pasajeros, cuotas por aterrizaje, cuotas por<br />

estacionamiento de aeronaves y tarifas de acceso a prestadores de servicios<br />

complementarios en nuestros aeropuertos están regulados, mientras que los ingresos que<br />

recibimos de nuestras actividades comerciales en nuestras terminales, tales como el<br />

arrendamiento de espacio a tiendas libres de impuestos, comercios, restaurantes,<br />

agencias de renta de autos y bancos no están regulados.<br />

La regulación tarifaria prevé que las siguientes fuentes de ingreso están reguladas de<br />

acuerdo bajo este sistema:<br />

• ingresos por servicios aeroportuarios (según se definen en la Ley de Aeropuertos),<br />

distintos al estacionamiento de automóviles, y<br />

• tarifas de acceso cobradas a terceros que presten servicios complementarios,<br />

distintas de aquellas relacionadas con el establecimiento de oficinas<br />

administrativas que la Secretaría determine como no esenciales.<br />

Las demás fuentes de ingresos en nuestros aeropuertos no están reguladas.<br />

Aproximadamente 86.1%, 84.0% y 78.8% de nuestros ingresos durante 2002, 2003 y<br />

2004, respectivamente, provinieron de fuentes de ingreso reguladas.<br />

Cada subsidiaria concesionaria tiene el derecho de determinar los precios cobrados para<br />

cada servicio regulado y debe registrar dichos precios ante la Secretaría. Una vez<br />

registrados, se consideran parte de la concesión y sólo podrán modificarse cada seis<br />

meses, o antes, si se presenta un incremento acumulado de al menos 5% en el Índice<br />

57


Nacional de Precios al Productor (excluyendo petróleo) publicado por el Banco de México<br />

desde la fecha del último ajuste y en otras circunstancias específicas. Ver “Ajustes<br />

Especiales a las Tarifas Máximas”.<br />

Tarifas Máximas Actuales<br />

Las tarifas máximas de cada aeropuerto del 1º de enero de 2004, al 31 de diciembre de<br />

2008 fueron determinadas por la Secretaría en diciembre de 2003.<br />

El siguiente cuadro presenta las tarifas máximas para cada uno de nuestros aeropuertos<br />

para los períodos señalados. Estas tarifas máximas únicamente pueden ser ajustadas<br />

bajo circunstancias limitadas descritas más adelante en “Ajustes Especiales a las Tarifas<br />

Máximas.”<br />

Tarifas Máximas (1) (2)<br />

Años terminados el 31 de diciembre de<br />

2004 2005 2006 2007 2008<br />

Cancún .............................. Ps. 114.20 Ps. 113.34 Ps 112.49 Ps. 111.64 Ps. 110.80<br />

Mérida................................ 86.06 85.42 84.78 84.15 83.52<br />

Cozumel............................. 122.53 121.61 120.69 119.78 118.89<br />

Villahermosa ...................... 99.71 98.95 98.22 97.48 96.75<br />

Oaxaca .............................. 105.13 104.33 103.55 102.77 102.01<br />

Veracruz ............................ 89.30 88.62 87.95 87.30 86.64<br />

Huatulco............................. 101.00 100.25 88.02 98.75 98.01<br />

Tapachula .......................... 125.60 124.66 123.73 122.80 121.88<br />

Minatitlán ........................... 107.05 106.25 105.45 104.66 103.88<br />

(1)<br />

Expresadas en pesos de poder adquisitivo del 31 de diciembre de 2004 con base en el Índice Nacional de<br />

Precios al Productor (excluyendo petróleo).<br />

(2)<br />

Nuestras concesiones establecen que las Tarifas Máximas de cada aeropuerto pueden ser ajustadas<br />

anualmente a efecto de considerar mejoras proyectadas en eficiencia. Para el periodo de cinco años que<br />

termina el 31 de diciembre de 2008, las Tarifas Máximas aplicables a nuestros aeropuertos reflejan una mejora<br />

anual proyectada en eficiencia de .75%.<br />

Metodología para Determinar las Tarifas Máximas futuras<br />

La regulación tarifaria prevé que las tarifas máximas de cada aeropuerto deben ser<br />

determinadas en intervalos de cinco años con base en las siguientes variables:<br />

• Proyecciones para un período de quince años de tráfico (cada una de la cual es<br />

equivalente a un pasajero ó a 100 kg. de carga), costos de operación y gastos<br />

(excluyendo amortización y depreciación) relacionados con los servicios sujetos a<br />

regulación tarifaria.<br />

• Las proyecciones para el período de quince años de inversiones de capital<br />

relacionadas con los servicios sujetos a regulación tarifaria, basadas en<br />

proyecciones de tráfico aéreo y estándares de calidad para los servicios que<br />

derivan de los programas maestros de desarrollo.<br />

• Los valores de referencia, que fueron establecidos en las concesiones y que están<br />

diseñados para reflejar el valor presente neto de los ingresos regulados menos los<br />

costos de operación y gatos, (excluyendo amortización y depreciación),<br />

58


inversiones de capital relacionadas con la prestación de servicios regulados más el<br />

valor del aeropuerto.<br />

• Una tasa de descuento a ser determinada por la Secretaría. Las concesiones<br />

establecen que la tasa de descuento debe reflejar el costo de capital de compañías<br />

mexicanas e internacionales en la industria aeroportuaria (antes de impuestos), así<br />

como las condiciones económicas de México. Las concesiones establecen que la<br />

tasa de descuento debe ser igual, al menos, al promedio de la tasa de rendimiento<br />

de los instrumentos de deuda de largo plazo mexicanos cotizados en los mercados<br />

internacionales, durante los 24 meses previos, más una prima de riesgo a ser<br />

determinada por la Secretaría con base en el riesgo inherente al negocio<br />

aeroportuario en México.<br />

Nuestras concesiones establecen una fórmula de flujo de efectivo descontado a ser usada<br />

para determinar las tarifas máximas que, dadas las utilidades antes de impuestos,<br />

inversiones de capital y tasa de descuento, resultarán en un valor presente neto igual a<br />

los valores de referencia establecidos en relación con la última determinación de las<br />

tarifas máximas.<br />

Nuestras concesiones establecen que la tarifa máxima de cada aeropuerto puede ser<br />

ajustada anualmente a efecto de considerar mejoras proyectadas en eficiencia. Para el<br />

período de cinco años que termina el 31 de diciembre de 2008, las tarifas máximas<br />

aplicables a nuestros aeropuertos reflejan una mejora anual proyectada en eficiencia del<br />

75%.<br />

Las concesiones establecen que los valores de referencia, tasa de descuento y otras<br />

variables utilizadas para el cálculo de las tarifas máximas de cada aeropuerto, no<br />

garantizan y de ninguna manera representan un compromiso de la Secretaría o del<br />

gobierno federal respecto al desempeño de cualquier subsidiaria concesionaria. En caso<br />

de que los ingresos provenientes de servicios sujetos a regulación tarifaria en cualquier<br />

período sean menores al producto de la tarifa máxima de un aeropuerto multiplicada por<br />

las unidades de tráfico de dicho período, no se realizará ajuste alguno para compensar<br />

esta diferencia.<br />

Al grado que dichos ingresos agregados por unidad de tráfico excedan la tarifa máxima<br />

correspondiente, la Secretaría puede reducir de manera proporcional la tarifa máxima en<br />

el año inmediato siguiente y aplicar sanciones equivalentes a 1,000 y hasta 50,000 veces<br />

el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal (Ciudad de México). El 31 de<br />

diciembre de 2004, el salario mínimo vigente en la Ciudad de México era de $45.24.<br />

Como resultado, la pena máxima a dicha fecha pudo haber sido de $2.26 millones. La<br />

imposición de multas por violación de ciertos términos de una concesión, podría resultar<br />

en la terminación de la concesión cuando la Secretaría previamente hubiese sancionado a<br />

ASUR, por lo menos en tres ocasiones, por la misma causa. Enfrentaríamos sanciones<br />

similares por cualquier violación a la Ley de Aeropuertos o su Reglamento. Una discusión<br />

de circunstancias que pueden llevar a la revocación de la concesión la podemos encontrar<br />

en “Sanciones, Terminación y Revocación de Concesiones y Bienes Concesionados”.<br />

Actualmente, el cálculo de nuestras unidades de tráfico (un pasajero ó 100 kg. de carga)<br />

no incluye pasajeros en tránsito. Existe la posibilidad de que en el futuro nuestras<br />

unidades de tráfico incluyan a los pasajeros en tránsito y así la Secretaría reduzca<br />

nuestras tarifas máximas para reflejar esta mayor base de pasajeros. No obstante que no<br />

59


puede haber seguridad al respecto, no esperamos que esto ocurra en un futuro cercano, o<br />

que este cambio tenga un efecto material adverso en nuestros ingresos.<br />

Ajustes Especiales a las Tarifas Máximas.<br />

Una vez determinadas, las tarifas máximas de cada aeropuerto están sujetas a<br />

modificación sólo en las siguientes circunstancias:<br />

• Cambio en la ley o desastres naturales. Una subsidiaria concesionaria puede<br />

solicitar un ajuste a sus tarifas máximas si una modificación en la ley relativa a<br />

estándares de calidad o seguridad o protección al medio ambiente resulta en<br />

costos operativos o inversiones de capital que no se consideraron cuando se<br />

determinaron las tarifas máximas. Además, una subsidiaria concesionaria puede<br />

también solicitar un ajuste en sus tarifas máximas si un desastre natural afecta la<br />

demanda o requiere de inversiones de capital no programadas. No puede haber<br />

seguridad de que cualquier solicitud de ajuste bajo estas circunstancias será<br />

aprobada.<br />

• Condiciones macroeconómicas. Una subsidiaria concesionaria puede solicitar<br />

también un ajuste en sus tarifas máximas si como resultado de una caída de al<br />

menos 5% en el Producto Interno Bruto de México en un período de 12 meses, las<br />

unidades de tráfico procesadas en el aeropuerto de la subsidiaria concesionaria<br />

son menos que las proyectadas al momento de haberse determinado las tarifas<br />

máximas. Para otorgar un ajuste bajo estas condiciones, la Secretaría debe<br />

autorizar a la subsidiaria concesionaria la reducción de sus inversiones de capital<br />

proyectadas como resultado de la disminución en tráfico de pasajeros. No puede<br />

haber seguridad de que cualquier solicitud de ajuste bajo estas condiciones será<br />

aprobada.<br />

• Incremento del porcentaje de los derechos previstos en la Ley Federal de<br />

Derechos. Un incremento en el porcentaje de los derechos previstos en la Ley<br />

Federal de Derechos permite a la subsidiaria concesionaria solicitar un ajuste a sus<br />

tarifas máximas. No puede haber seguridad de que cualquier solicitud de ajuste<br />

bajo estas circunstancias será aprobada.<br />

• Incumplimiento en la realización de inversiones necesarias o mejoras. La<br />

Secretaría debe revisar anualmente el cumplimiento por parte de cada subsidiaria<br />

concesionaria de su programa maestro de desarrollo (incluyendo la prestación de<br />

servicios y la realización de inversiones de capital). Si una subsidiaria<br />

concesionaria no cumple con algunos de los planes de inversión contenidos en su<br />

programa maestro de desarrollo, la Secretaría puede reducir las tarifas máximas<br />

de la subsidiaria concesionaria y aplicarle sanciones.<br />

• Ingresos en exceso. En el caso de que los ingresos sujetos a regulación tarifaria<br />

por unidad de tráfico en un año en particular excedan la tarifa máxima aplicable, la<br />

tarifa máxima para el año siguiente se reducirá para compensar a los usuarios del<br />

aeropuerto del pago superior del año anterior. Bajo estas circunstancias, la<br />

Secretaría puede también aplicar sanciones a la subsidiaria concesionaria.<br />

60


Compromisos y Restricciones de Propiedad<br />

Las concesiones requieren que mantengamos una participación directa del 51% en el<br />

capital social de cada una de nuestras nueve subsidiarias concesionarias durante la<br />

vigencia de las mismas. Cualquier adquisición por parte nuestra o de una de nuestras<br />

subsidiarias concesionarias de cualquier concesión aeroportuaria adicional o de una<br />

participación del 30% ó más en cualquier otra concesionaria, requiere la autorización de la<br />

Comisión Federal de Competencia. Además, las concesiones nos prohíben tanto a<br />

nosotros como a nuestras subsidiarias concesionarias de manera individual o colectiva<br />

para adquirir más de una concesión para la operación de un aeropuerto a lo largo de las<br />

fronteras norte y sur de México.<br />

La Ley de Aeropuertos prohíbe que los concesionarios o permisionarios del servicio de<br />

transporte aéreo posean una participación de 5% ó más en el capital social de un<br />

concesionario. De manera similar, nosotros y cada una de nuestras subsidiarias<br />

concesionarias tenemos la restricción de poseer 5% ó más de participación en el capital<br />

social de cualquier concesionario o permisionario del servicio de transporte aéreo.<br />

Los gobiernos extranjeros, actuando en su capacidad soberana, no pueden poseer directa<br />

o indirectamente cualquier participación en el capital de una subsidiaria concesionaria.<br />

Reportes, Información y Requisitos de Autorización<br />

Los concesionarios y terceros que presten servicios en aeropuertos deben permitir a la<br />

Secretaría el acceso a todas las instalaciones aeroportuarias y a la información relativa a<br />

la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo del aeropuerto. Cada<br />

concesionario está obligado a mantener archivos estadísticos de las operaciones y<br />

movimientos del tráfico aéreo en su aeropuerto y proporcionar a la Secretaría cualquier<br />

información que ésta pudiera requerir. Cada concesionario, durante los primeros cuatro<br />

meses de cada año, debe publicar sus estados financieros consolidados auditados en uno<br />

de los principales periódicos de circulación nacional.<br />

La Ley de Aeropuertos establece que en el evento de que cualquier persona o grupo de<br />

personas adquiera, directa o indirectamente el control de un concesionario, requerirá la<br />

aprobación de la Secretaría para dicha adquisición. Para efectos de este requerimiento,<br />

se entenderá que se adquiere el control en los siguientes supuestos:<br />

• cuando se adquiera el 35% ó más de los títulos representativos del capital social<br />

de un concesionario,<br />

• cuando se tenga la facultad de vetar decisiones de la asamblea general de<br />

accionistas del concesionario,<br />

• cuando se esté en posibilidad de nombrar a la mayoría de los miembros del<br />

Consejo de Administración de un concesionario, y<br />

• cuando por cualquier otro medio se adquiera el control del aeropuerto de que se<br />

trate.<br />

61


En términos del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, cualquier compañía que adquiera<br />

el control de un concesionario se considera conjunta y solidariamente responsable, por el<br />

cumplimiento de los términos y condiciones de la concesión.<br />

El cambio del Director General, miembros del Consejo de Administración o los<br />

funcionarios responsables de la administración de un concesionario deberán ser<br />

notificados a la Secretaría. También se requiere notificar a la Secretaría con al menos 90<br />

días de anticipación, sobre la modificación a sus estatutos sociales, respecto de la<br />

disolución, objeto social, fusión, transformación o escisión del concesionario.<br />

Sanciones, Terminación y Revocación de Concesiones y Bienes Concesionados<br />

La Ley de Aeropuertos establece que pueden aplicarse sanciones de hasta 400,000<br />

veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, por infracciones en el<br />

cumplimiento de los términos de la concesión. Al 31 de diciembre de 2004, el salario<br />

mínimo general diario vigente en el Distrito Federal era de $45.24. Derivado de lo anterior,<br />

la sanción máxima aplicable en dicha fecha podría haber sido de $18.09 millones de<br />

pesos.<br />

En términos de la Ley de Aeropuertos y de las concesiones, una concesión puede darse<br />

por terminada por cualquiera de los siguientes casos:<br />

• vencimiento del plazo establecido,<br />

• renuncia del concesionario,<br />

• revocación de la concesión por la Secretaría,<br />

• rescate de los bienes del dominio público objeto de la concesión (principalmente<br />

bienes inmuebles, mejoras y cualquier otra infraestructura),<br />

• incapacidad para lograr el objeto de la concesión, salvo causa de fuerza mayor, o<br />

• disolución, liquidación o quiebra del concesionario.<br />

Adicionalmente, el 20 de mayo de 2004 fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la<br />

Federación la nueva Ley General de Bienes Nacionales que establece, entre otros, reglas<br />

respecto de las concesiones que conllevan propiedad inmobiliaria del dominio público,<br />

incluyendo los aeropuertos que operamos. La nueva Ley General de Bienes Nacionales<br />

además establece contribuciones inmobiliarias que correspondan a los que utilicen<br />

inmuebles sujetos al dominio público de la federación con fines administrativos o con<br />

propósitos distintos a los de su objeto público. Asimismo, dicha ley establece una nueva<br />

causal de revocación consistente en la falta de pago de dichas contribuciones<br />

inmobiliarias.<br />

La terminación de la concesión no extingue las obligaciones adquiridas por el<br />

concesionario durante su vigencia.<br />

Al término de la concesión, ya sea como resultado del vencimiento o revocación, los<br />

bienes y mejoras objeto de la concesión se revierten automáticamente al Gobierno<br />

Federal. Además, al término de la concesión el Gobierno Federal tiene prioridad para<br />

62


adquirir todos los bienes utilizados por el concesionario para proporcionar los servicios de<br />

la concesión a precios determinados por peritos valuadores nombrados por la Secretaría.<br />

El Gobierno Federal puede optar por arrendar estos bienes por hasta cinco años al valor<br />

justo de mercado como lo determinen los peritos nombrados por el Gobierno Federal y el<br />

concesionario. En caso de que exista discrepancia entre los avalúos, un perito deberá ser<br />

designado conjuntamente entre el Gobierno Federal y el concesionario. Si el<br />

concesionario no designa un perito, o si tal perito no determina un precio, la determinación<br />

del perito designado por el Gobierno Federal será la definitiva. Si el Gobierno Federal<br />

elige arrendar los bienes, puede posteriormente comprarlos al valor justo de mercado,<br />

según lo determine un perito valuador designado conjuntamente por el Gobierno Federal y<br />

por el concesionario.<br />

Sin embargo, la Ley de Vías Generales de Comunicación establece que al vencimiento,<br />

terminación o revocación de la concesión, todos los bienes necesarios para operar los<br />

aeropuertos revertirán al Gobierno Federal sin costo y libres de cualquier gravamen u<br />

otras limitaciones de dominio. Existe duda de que las disposiciones de nuestras<br />

concesiones prevalecerán sobre aquellas de la Ley de Vías General de Comunicación. No<br />

puede haber seguridad de que al vencimiento o terminación de nuestras concesiones los<br />

bienes utilizados por nuestras subsidiarias concesionarias para proporcionar servicios en<br />

nuestros aeropuertos no se revertirán al Gobierno Federal sin cargo o costo,<br />

conjuntamente con todos los bienes del dominio público y las mejoras permanentes.<br />

Una concesión puede ser revocada por la Secretaría bajo ciertas circunstancias, que<br />

incluyen:<br />

• incapacidad del concesionario para iniciar la operación, administración o<br />

explotación de un aeropuerto en los términos que se establecen en la concesión<br />

• falta del concesionario para mantener vigentes los seguros en los términos<br />

requeridos por la Ley de Aeropuertos<br />

• ceder, gravar, transferir o enajenar de la concesión o cualesquiera derechos en ella<br />

conferidos o de bienes objeto de la concesión en contravención a lo dispuesto en<br />

la Ley de Aeropuertos<br />

• cualquier alteración a la naturaleza o condiciones de las instalaciones<br />

aeroportuarias sin la autorización de la Secretaría<br />

• utilización con el consentimiento de un concesionario o sin la aprobación de las<br />

autoridades de tráfico aéreo de un aeropuerto por cualquier aeronave que no<br />

cumpla con los requerimientos de la Ley de Aviación Civil, que no haya sido<br />

autorizada por SENEAM, o que esté involucrada en la comisión de un delito<br />

• nombrar a un Director General o miembro del Consejo de Administración de un<br />

concesionario, teniendo conocimiento que no está calificado para desempeñar sus<br />

funciones en términos de la Ley de Aeropuertos como resultado de la comisión de<br />

un ilícito penal<br />

• violación de las disposiciones en materia de seguridad establecidas en la Ley de<br />

Aeropuertos y otros ordenamientos aplicables<br />

63


• interrupción parcial o total de la operación de un aeropuerto o la prestación de sus<br />

servicios aeroportuarios o complementarios sin causa justificada<br />

• el incumplimiento de ASUR de mantener al menos 51% del capital social de sus<br />

subsidiarias concesionarias<br />

• el incumplimiento con las obligaciones de mantenimiento a las instalaciones<br />

aeroportuarias<br />

• proporcionar servicios no autorizados<br />

• no indemnizar a terceros por daños causados con motivo de la prestación de<br />

servicios del concesionario o un tercero<br />

• cobro de precios y tarifas más altos que los registrados ante la Secretaría para los<br />

servicios regulados o exceder la tarifa máxima aplicable<br />

• cualquier acto u omisión que impida a otros prestadores de servicios o autoridades<br />

desempeñar sus funciones dentro del aeropuerto, o<br />

• cualquier otro incumplimiento de la Ley de Aeropuertos, el Reglamento de la Ley<br />

de Aeropuertos y de los términos de la concesión<br />

La Secretaría está facultada para revocar una concesión sin previo aviso como resultado<br />

de las primeras seis causas descritas anteriormente. Otras violaciones, podrían resultar<br />

en la terminación de la concesión, si la Secretaría previamente hubiese sancionado a<br />

ASUR, por lo menos en tres ocasiones, por la misma causa.<br />

En términos de la Ley General de Bienes Nacionales, el patrimonio de la Nación Mexicana<br />

consiste de bienes del dominio público y privado de la Federación. El área de superficie<br />

de nuestros aeropuertos y las mejoras a dicho espacio son consideradas bienes del<br />

dominio público. Una concesión que involucre bienes del dominio público puede ser<br />

rescatada por el Gobierno Federal antes de que expire el plazo de la concesión cuando se<br />

considere de interés público. A cambio, el Gobierno Federal debe pagar una<br />

indemnización. Una vez realizada la declaración de rescate o reversión, los bienes sujetos<br />

a la concesión son automáticamente regresados al Gobierno Mexicano.<br />

En caso de desastre natural, guerra, grave alteración del orden publico o cuando se tema<br />

algún peligro inminente para la seguridad nacional, la paz interior del país o para la<br />

economía nacional, el Gobierno Federal puede requisar cualquier aeropuerto, servicio<br />

aeroportuario o complementario, así como cualquier otro activo aeroportuario. La requisa<br />

sólo se mantendrá mientras subsistan las causas que la motivaron. Excepto en el caso de<br />

guerra o conflicto armado, el Gobierno Federal debe indemnizar a las partes afectadas<br />

por cualquier daño o pérdida sufrida como consecuencia de dicho acto administrativo. Si<br />

el Gobierno Federal y el concesionario no pueden llegar a un acuerdo respecto al monto<br />

apropiado de los daños o pérdidas, el monto de los daños será determinado<br />

conjuntamente por peritos nombrados por ambas partes y el monto de las pérdidas será<br />

determinada con base en el promedio de la utilidad neta obtenida por el concesionario<br />

durante el año previo.<br />

64


Sobre otorgamiento de concesiones a nuevos aeropuertos<br />

La Secretaría puede otorgar concesiones para la administración, operación, explotación y<br />

en su caso construcción de aeropuertos. Dichas concesiones serán otorgadas mediante<br />

licitación pública para lo cual los interesados deberán acreditar su capacidad jurídica,<br />

técnica, administrativa y financiera; y la Secretaría emitirá su fallo con base en el análisis<br />

comparativo de las proposiciones recibidas. Sin embargo, la Secretaría podrá otorgar<br />

concesiones sin sujetarse al proceso de licitación pública cuando se trate de:<br />

• Permisionarios de aeródromos civiles en operación que pretendan adoptar el<br />

carácter de aeropuerto, siempre que (1) el cambio propuesto sea congruente con<br />

las políticas y programas para el desarrollo aeroportuario nacional, (ii) el<br />

aeródromo civil haya estado en operación continua por lo menos los últimos cinco<br />

años, y (iii) se cumpla con los requisitos para la concesión de que se trate.<br />

• Concesionarios que requieran un aeropuerto complementario, con el objeto de<br />

satisfacer un incremento en la demanda y siempre que (i) se demuestre que dicho<br />

incremento es necesario para ampliar la capacidad existente con otro aeropuerto;<br />

(ii) que la operación de ambos aeropuertos por el mismo concesionario será<br />

económicamente más eficiente, en comparación con otras opciones, para lograr<br />

una mejor coordinación y prestación de los servicios; (iii)que se ha cumplido con<br />

las obligaciones establecidas en el título de concesión y que se reúnen los<br />

requisitos que al efecto se señalen, para la nueva concesión.<br />

• Cuando por causas de interés público se ordene la reubicación de un aeropuerto,<br />

el concesionario del mismo tendrá derecho a recibir en forma directa la nueva<br />

concesión, si cumple con los requisitos establecidos.<br />

• A las entidades de la administración pública federal.<br />

• A las sociedades mercantiles con participación mayoritaria de los gobiernos de las<br />

entidades federativas o de los municipios constituidas para la administración,<br />

operación, explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos.<br />

Desempeño Ambiental<br />

Nuestras operaciones están sujetas a las leyes estatales y federales de México relativas a<br />

la protección del medio ambiente. Las principales leyes ambientales incluyen la Ley<br />

General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que es aplicada por la<br />

Profepa y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y la Ley de Aguas<br />

Nacionales y su Reglamento, que son aplicados por la Comisión Nacional del Agua. De<br />

conformidad con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se<br />

han establecido regulaciones concernientes a la contaminación del agua, contaminación<br />

del aire, estudios de impacto ambiental, control de ruido y residuos peligrosos. Esta ley<br />

también regula las vibraciones, energía térmica, contaminación de suelos y contaminación<br />

visual que resulta de la construcción, aunque el gobierno aún no ha emitido estándares<br />

específicos sobre estos asuntos. En términos de la Ley de Aguas Nacionales, las<br />

compañías que descarguen aguas residuales deben cumplir con niveles máximos<br />

permisibles de contaminación con el fin de preservar la calidad del agua. La Ley General<br />

del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente también establece que las compañías<br />

que contaminan el suelo son responsables de la limpieza. Las Normas Oficiales<br />

Mexicanas, que son estándares que se emiten de conformidad con la Ley General del<br />

Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establecen los niveles máximos<br />

permitidos de emisiones al aire y descargas de contaminación, desecho de aguas y<br />

65


esiduos peligrosos. Las Normas Oficiales Mexicanas también regulan la contaminación<br />

por ruido. La Profepa puede iniciar procedimientos administrativos, civiles y penales<br />

contra compañías que violan las leyes ambientales, y tiene también la facultad de<br />

clausurar instalaciones que incumplan con dichas disposiciones. Cada compañía en<br />

México requiere proporcionar al Instituto Nacional de Ecología, dependiente de la<br />

Secretaría del Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca, reportes periódicos relativos<br />

al cumplimiento de la legislación ambiental y/o su Reglamento.<br />

De acuerdo con los términos de nuestras Concesiones, el Gobierno Federal ha acordado<br />

indemnizarnos por cualquier responsabilidad ambiental originada antes del 19 de marzo<br />

de 1998 y por cualquier incumplimiento de ASA originado antes del 1° de noviembre de<br />

1998 en cumplimiento de los convenios con las autoridades ambientales mexicanas. No<br />

obstante que no puede haber seguridad, ASUR considera que tiene el derecho de ser<br />

indemnizado por las cantidades relacionadas con las acciones que le fueron requeridas a<br />

nuestro Antecesor bajo estos contratos. Para mayor información relacionada con estas<br />

responsabilidades, favor de referirse a la Nota 13 de nuestros estados financieros.<br />

El nivel de regulación ambiental en México se ha incrementado en años recientes y la<br />

vigilancia del cumplimiento de la ley es más estricta. Esperamos que esta tendencia<br />

continúe y que sea estimulada por acuerdos internacionales entre México y los Estados<br />

Unidos. No esperamos que el cumplimiento con las leyes ambientales mexicanas o las<br />

leyes ambientales estatales tenga un efecto material en nuestra situación financiera o<br />

resultados de operación. No puede haber seguridad, sin embargo, de que las<br />

regulaciones ambientales o su ejecutoriedad no cambiarán de tal forma que pudieran<br />

tener un efecto adverso en nuestro negocio, resultados de operación, perspectivas o<br />

situación financiera.<br />

La Profepa ha emitido “Certificados de Industria Limpia” para todos nuestros Aeropuertos.<br />

Dichos certificados certifican el cumplimiento de nuestros Aeropuertos con las leyes<br />

ambientales aplicables en México.<br />

66


ESTRUCTURA CORPORATIVA<br />

La siguiente tabla señala nuestras subsidiarias al 31 de diciembre de 2004, así como el<br />

porcentaje de nuestra participación en las mismas:<br />

Subsidiaria Porcentaje de<br />

Participación<br />

Aeropuerto de Cancún, S.A. de C.V. 99.99%<br />

Aeropuerto de Cozumel, S.A. de C.V. (1) 99.99%<br />

Aeropuerto de Mérida, S.A. de C.V. 99.99%<br />

Aeropuerto de Huatulco, S.A. de C.V. (2) 99.99%<br />

Aeropuerto de Oaxaca, S.A. de C.V. 99.99%<br />

Aeropuerto de Veracruz, S.A. de C.V. (3) 99.99%<br />

Aeropuerto de Villahermosa, S.A. de C.V. 99.99%<br />

Aeropuerto de Tapachula, S.A. de C.V. (4) 99.99%<br />

Aeropuerto de Minatitlan, S.A. de C.V. (5) 99.99%<br />

Servicios Aeroportuarios del Sureste, S.A. de C.V. 99.99%<br />

___________<br />

(1) A partir del 1 de enero de 2005, Aeropuerto de Cancún tiene una participación del 18.1% en el capital social.<br />

(2) A partir del 1 de enero de 2005, Aeropuerto de Cancún tiene una participación del 24.2% en el capital social.<br />

(3) A partir del 1 de enero de 2005, Aeropuerto de Cancún tiene una participación del 8.9% en el capital social.<br />

(4) A partir del 1 de enero de 2005, Aeropuerto de Cancún tiene una participación del 29.9% en el capital social.<br />

(5) A partir del 1 de enero de 2005, Aeropuerto de Cancún tiene una participación del 30.0% en el capital social.<br />

Todas nuestras subsidiarias están organizadas bajo las leyes de México.<br />

67


PROPIEDA<strong>DE</strong>S, INSTALACIONES Y EQUIPO<br />

En términos de la Ley General de Bienes Nacionales, todos los bienes inmuebles de<br />

nuestros aeropuertos son propiedad de la Nación mexicana. Cada una de nuestras<br />

concesiones tiene vigencia hasta el año 2048, aunque la vigencia de cada concesión se<br />

puede prorrogar una o más veces hasta por cincuenta años adicionales. La opción para<br />

dicha prórroga se sujetará a nuestra aprobación de cualquier modificación que imponga la<br />

Secretaría, y a nuestro cumplimiento con los términos establecidos en dicha concesión. Al<br />

vencimiento de nuestras concesiones, los activos se revierten automáticamente a la<br />

Nación mexicana, incluyendo las mejoras que hayamos realizado durante la vigencia de<br />

las concesiones, libres de todo gravamen o limitación de dominio, y estaremos obligados<br />

a indemnizar al Gobierno Federal por todos los daños causados a dichos bienes, excepto<br />

por aquellos causados por el uso y desgaste normal de los mismos.<br />

Nuestras oficinas corporativas están ubicadas en la Ciudad de México y cuentan con una<br />

superficie de aproximadamente 742.64 metros cuadrados. También rentamos dos<br />

bodegas localizadas en la Ciudad de México con una superficie de aproximadamente 128<br />

metros cuadrados.<br />

Mantenemos una cobertura integral de seguros sobre los principales bienes de nuestros<br />

aeropuertos y otras propiedades, con sujeción a los límites normales, contra daños<br />

ocasionados por desastres naturales, accidentes o eventos similares. No mantenemos<br />

seguro por interrupción de negocios.<br />

Revisión operativa y financiera y prospectos.<br />

La información que sigue se extrae de nuestros estados financieros, los cuales se<br />

incluyen en el presente reporte anual en diverso punto. La información que sigue no<br />

incluye toda la información contenida en dichos Estados Financieros. A fin de obtener un<br />

mejor entendimiento de nuestro negocio y de nuestros resultados históricos, dichos<br />

Estados Financieros deberían leerse y analizarse.<br />

Nuestros Estados Financieros han sido preparados de conformidad con los PCGA.<br />

Volumen y Composición del Tráfico de Pasajeros.<br />

A la fecha, la gran mayoría de los ingresos generados en nuestros nueve aeropuertos han<br />

sido generados por servicios aeronáuticos. Por ejemplo, durante 2002, 2003 y 2004,<br />

80.7%, 78.8% y 75%, respectivamente, de nuestros ingresos se derivaron de servicios<br />

aeronáuticos, el resto de nuestros ingresos fueron generados por servicios no<br />

aeronáuticos.<br />

Nuestra principal fuente de ingresos son las cuotas a pasajeros, que son las cantidades<br />

cobradas por las aerolíneas a cada pasajero (excepto diplomáticos, infantes y pasajeros<br />

en tránsito y conexión) que parten de las terminales que nosotros operamos. Tanto en<br />

2002, 2003 y 2004, las cuotas a pasajeros representaron 73.9%, 77.2% Y 80.5%, de<br />

nuestros ingresos por servicios aeronáuticos y 59.6%, 60.8% Y 60.3%, respectivamente,<br />

de nuestros ingresos totales. Como puede verse, el número de pasajeros que utilizan<br />

nuestros aeropuertos es el factor principal de nuestros resultados de operación.<br />

68


En años recientes, el tráfico total de pasajeros en todos nuestros aeropuertos ha estado<br />

dividido aproximadamente en partes iguales entre pasajeros nacionales e internacionales.<br />

Durante 2002, 2003 y 2004, por ejemplo, aproximadamente 58.3%, 58.5% y 61.6%,<br />

respectivamente, de los pasajeros que utilizaron nuestros aeropuertos fueron<br />

internacionales y el restante fueron pasajeros nacionales. Durante 2002, 2003 y 2004,<br />

37.4%, 39.7% y 42.1% de nuestros ingresos totales derivaron de cuotas a pasajeros<br />

internacionales.<br />

De los pasajeros internacionales atendidos en nuestros aeropuertos, históricamente la<br />

mayoría ha viajado en vuelos con origen en, o destino a, los Estados Unidos. Por<br />

ejemplo, durante 2002, 2003 y 2004, aproximadamente 40.4%, 40.4% y 42.7% del total<br />

de pasajeros y aproximadamente 69.2%, 69.1% y 69.4%, respectivamente, de los<br />

pasajeros internacionales en nuestros aeropuertos, llegaron o partieron de nuestros<br />

aeropuertos en vuelos con origen en, o destino a, los Estados Unidos. En consecuencia,<br />

nuestros resultados de operación se ven significativamente influenciados por, entre otras,<br />

las condiciones económicas de los Estados Unidos, particularmente las tendencias y<br />

acontecimientos que afectan los viajes de placer y el consumo. Además, de los pasajeros<br />

nacionales que viajan a través de nuestros aeropuertos, históricamente la mayoría ha<br />

viajado en vuelos con origen en, o destino a, la Ciudad de México. Por ejemplo, durante<br />

2002, 2003 y 2004, aproximadamente, 79.3%, 78.1% y 83.5%, respectivamente, de lo s<br />

pasajeros nacionales en nuestros aeropuertos, llegaron o partieron en vuelos con origen<br />

en, o destino a, la Ciudad de México. Varios factores que afectan el tráfico de nuestros<br />

pasajeros y la composición del tráfico de pasajeros en nuestros aeropuertos están fuera<br />

de nuestro control.<br />

Clasificación de Ingresos y Regulación Tarifaria.<br />

Para la preparación de nuestros estados financieros, clasificamos nuestros ingresos en<br />

dos categorías: ingresos por servicios aeronáuticos e ingresos por servicios no<br />

aeronáuticos. Nuestros ingresos por servicios aeronáuticos son generados por cuotas a<br />

pasajeros, cuotas por aterrizaje, cuotas por estacionamiento de aeronaves, cuotas por<br />

servicios de seguridad en los aeropuertos y cuotas por el uso de abordadores. Los<br />

ingresos por servicios no aeronáuticos son generados por el arrendamiento de espacio en<br />

nuestros aeropuertos a aerolíneas, comerciantes y otros arrendatarios comerciales, tarifas<br />

de acceso cobradas a prestadores de servicios complementarios en nuestros aeropuertos<br />

y diversas fuentes relacionadas.<br />

Los ingresos en nuestros aeropuertos se encuentran sujetos a un sistema de regulación<br />

tarifaria. Bajo este sistema, una parte substancial de nuestros ingresos tales como los<br />

ingresos por cuotas a pasajeros, cuotas por aterrizaje, cuotas por estacionamiento de<br />

aeronaves y tarifas de acceso cobradas a terceros que proporcionan servicios en nuestros<br />

aeropuertos, están regulados. Con base en la clasificación de nuestros ingresos para la<br />

preparación de nuestros estados financieros, nuestros ingresos por servicios aeronáuticos<br />

y algunos de nuestros servicios no aeronáuticos están regulados por la Secretaría. El<br />

sistema de regulación tarifaria aplicable a nuestros aeropuertos establece una tasa anual<br />

máxima en pesos para cada aeropuerto, que es la cantidad máxima anual de ingresos por<br />

unidad de carga de trabajo (que es igual a 100 kg. de carga por pasajero) que podemos<br />

ganar en ese aeropuerto derivado de los servicios sujetos a regulación tarifaria. Las tarifas<br />

máximas para nuestros aeropuertos han sido determinadas para cada año hasta el 31 de<br />

diciembre de 2008. Durante 2002, 2003 y 2004, aproximadamente el 86.1%, 84.0% y<br />

78.8%, respectivamente, de nuestros ingresos totales y aproximadamente el 28.2%,<br />

69


24.8% y 15.2%, respectivamente, de nuestros ingresos no aeronáuticos provinieron de<br />

fuentes de ingresos reguladas. No podemos determinar la parte de los ingresos de<br />

nuestro Antecesor que hubieran estado regulados si el actual sistema de regulación le<br />

hubiera sido aplicable, porque ASA no registraba sus ingresos de una manera que<br />

permitiera la clasificación de acuerdo con el actual sistema de regulación tarifaria. Los<br />

ingresos por el arrendamiento de espacio en nuestras terminales (excepto el espacio<br />

arrendado a aerolíneas y otros espacios considerados como esenciales para nuestros<br />

aeropuertos por la Secretaría) actualmente no están regulados bajo este sistema de<br />

regulación tarifaria.<br />

Nuestros ingresos regulados en cada aeropuerto se encuentran sujetos a una tarifa<br />

máxima en el aeropuerto correspondiente, misma que es establecida por la Secretaría. A<br />

efecto de prevenir exceder la tarifa máxima establecida en el aeropuerto correspondiente<br />

para cualquier año, al final del año de manera histórica hemos tomado medidas para<br />

asegurarnos que las tarifas máximas no sean excedidas, incluyendo la reducción de<br />

precios durante una parte del año así como rebajas o descuentos a clientes por concepto<br />

de ajuste de precios. Estos ajustes de precio o descuentos constituyen una reducción de<br />

los precios de venta (por ejemplo, los montos originalmente cobrados a clientes por<br />

servicios rendidos), y, consecuentemente, se consideran como una reducción de los<br />

ingresos relacionados durante el año, para efectos de los PCGA México y Estados<br />

Unidos. Todos los descuentos y rebajas se encuentran emitidos y contemplados en el<br />

mismo año según se provee el servicio. En el 2002, 2003 y 2004, no emitimos rebajas de<br />

monto significativo.<br />

La siguiente tabla presenta nuestros ingresos por los periodos concluidos el 31 de<br />

diciembre de 2002, 2003 y 2004 con base en las categorías de servicios establecidas en<br />

la Ley de Aeropuertos.<br />

Ingresos Regulados :<br />

Servicios aeroportuarios (1) ..............<br />

Año terminado al 31 de Diciembre de:<br />

2002 2003 2004<br />

(Millones de pesos, a excepción de porcentajes)<br />

Cantidad % Cantidad % Cantidad %<br />

1,168,918 86.1% 1,296,505 84.0% 1,556,585 78.8%<br />

Ingresos No regulados<br />

Servicios Aeroportuarios:<br />

Cuotas de acceso a la<br />

transportación terrestre no<br />

permanente...................................<br />

Estacionamientos y cuotas de<br />

2,461 0.2% 5,403 0.4% 7,846 0.4%<br />

acceso relacionadas ..................... 16,657 1.2% 21,436 1.4% 25,734 1.3%<br />

Otras cuotas de acceso ................ 1,912 0.1% 1,853 0.1% 3,139 0.2%<br />

Servicios complementarios (1) ......... 0 0.0% 0 0.0% 0 0.0%<br />

Servicios Comerciales.................... 159,887 11.8% 211,114 13.7% 369,403 18.7%<br />

Otros Servicios............................... 7,057 0.5% 6,451 0.4% 13,269 0.7%<br />

Total ............................................. 1,356,892 100% 1,542,762 100.0% 1,975,976 100%<br />

____________<br />

(1) Los cargos de acceso cobrados a terceros que prestan servicios complementarios en nuestros aeropuertos<br />

se registran como servicios aeroportuarios regulados<br />

70


Tratamiento de Impuestos<br />

De manera general, las empresas mexicanas están obligadas a pagar el mayor de ISR (a<br />

una tasa del 35% por el 2001 y 2002, 34% por el 2003, 33% por el 2004, 30% para el<br />

2005, 29% para el 2006 y 28% (en adelante) o IA (a una tasa del 1.8% sobre el valor<br />

promedio del impuesto de todos sus activos (incluyendo, en nuestro caso, las<br />

concesiones), menos el valor promedio del impuesto de ciertas obligaciones (básicamente<br />

deudas a favor de residentes mexicanos, excluyendo aquellas a favor de instituciones de<br />

crédito o sus intermediarios). En la medida en que una empresa tenga la obligación de<br />

pagar IA en cualquier año, la parte de ese impuesto que exceda del ISR, ese impuesto<br />

que exceda del ISR, puede ser acreditada frente a la obligación de la empresa de pagar el<br />

ISR en años subsecuentes. En 2002, 2003 y 2004, ASUR pagó un total de $163.7<br />

millones, $158.0 millones y $156.2 millones, respectivamente, por concepto de IA.<br />

Como resultado de las últimas reformas a la Ley de Impuestos efectivas el 1 de Enero de<br />

2005, el ISR fue del 33% en el 2004 y se encuentra prevista su reducción al 30% para el<br />

2005, 29% para el 2006 y 28% para años posteriores. Como resultado de este cambio en<br />

las tasas de impuestos, se recuperó una porción de nuestra provisión para las<br />

obligaciones diferidas de impuestos y reportamos $113.82 millones en ingresos en el<br />

2004. Adicionalmente, amortizamos nuestra inversión en nuestras concesiones para<br />

efectos fiscales a tasas que variaron del 6% al 15% por año, y esperamos que esta<br />

acelerada depreciación reduzca nuestros pagos actuales por concepto de IA. Según lo<br />

permite la legislación mexicana, para el ejercicio fiscal de 2004 elegimos incrementar la<br />

tasa a la que depreciamos nuestra inversión en Aeropuerto de Cancún, S.A. de C.V., del<br />

10% al 15% para efectos fiscales. Debido a que requerimos bajo los PCGA amortizar<br />

nuestra inversión en nuestra concesión a un tiempo mayor tiempo para efectos de<br />

reportes financieros, continuaremos registrando una responsabilidad de impuestos<br />

diferida y una provisión en nuestros estados financieros respecto de la diferencia entre el<br />

monto de amortización para efectos de impuestos y de los estados financieros.<br />

A partir del 1° de enero de 2000, tuvimos obligación de pagar participación de utilidades a<br />

nuestros trabajadores según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo de México. Bajo<br />

este régimen, el 10% de los ingresos anuales de cada empresa no consolidada (según<br />

sea calculado para fines fiscales) debe ser distribuido entre sus empleados, con<br />

excepción de su Director General. En el 2002, 2003 y 2004, ASUR no tuvo que pagar<br />

participación de utilidades debido a que tuvimos pérdidas fiscales durante esos ejercicios.<br />

En mayo del 2005, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una opinión<br />

estableciendo que el cálculo de la participación de los trabajadores en las utilidades no<br />

deberá incluir pérdidas fiscales de años anteriores. No nos encontramos en posibilidades<br />

de predecir el impacto de esta opinión en el futuro.<br />

Nuestros resultados de operación reflejan la acumulación de una cuota por asistencia<br />

técnica a favor de ITA bajo el contrato de asistencia técnica. Esta cuota esta explicada en<br />

“Información sobre la Compañía-Historia y Desarrollo de la Emisora-Inversión por ITA.”<br />

Efecto de la Inflación y Fluctuación del Tipo de Cambio<br />

El siguiente cuadro muestra para los periodos presentados:<br />

71


• El porcentaje que el peso mexicano se ha depreciado o apreciado contra el dólar<br />

• La tasa inflacionaria de México<br />

• La tasa inflacionaria de los Estados Unidos<br />

• El porcentaje que el producto interno bruto mexicano, o PIB, se ha modificado en<br />

comparación al periodo anterior<br />

Año concluido al 31 de Diciembre de<br />

2002 2003 2004<br />

Devaluación (recuperación) del peso 13.8% 7.6% (0.7)%<br />

mexicano en comparación al dólar(1)………..<br />

Tasa inflacionaria en México(2)……………… 5.7% 4.0% 5.2%<br />

Tasa inflacionaria en los Estados 2.4% 1.9% 3.3%<br />

Unidos(3)………………………………………<br />

Producto interno bruto de México(4)………… 0.9% 1.3% 4.4%<br />

(1) Con base en los tipo de cambio para solventar las obligaciones en moneda extranjera determinada por el<br />

Banco de México al final de cada periodo, de la siguiente manera:, $10.4393 pesos por dólar de los<br />

Estados Unidos al 31 de diciembre de 2002, $11.2372 pesos por dólar de los Estados Unidos al 31 de<br />

diciembre de 2003 y 11.1495 pesos por dólar de los Estados Unidos al 31 de diciembre de 2004.<br />

(2) Con base en los cambios del Índice Nacional de Precios al Consumidor por el periodo anterior, como lo<br />

establece el Banco de México, se registraron los siguientes índices: 102.904 en 2002, 106.996 en 2003 y<br />

112.55 en 2004.<br />

(3) Como lo reportó el Departamento de Trabajo, Buró de Estadísticas de los Estados Unidos.<br />

(4) Como lo reportó el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Información de México.<br />

La condición general de la economía mexicana, la devaluación del peso en comparación<br />

con el dólar, la inflación y las altas tasas de interés nos han afectado con anterioridad, y<br />

podrán eventualmente afectar nuestros:<br />

• Gastos por depreciación y amortización- Registramos nuestros bienes no monetarios<br />

nacionales y extranjeros para mostrar el efecto de la inflación. El registro contable de<br />

nuestros bienes en periodos de alto índice inflacionario aumenta el valor de dichos<br />

bienes en pesos, lo cual a su vez aumenta el gasto de depreciación relacionado y<br />

riesgo de daños.<br />

• Cuotas a pasajeros- Las cuotas a pasajeros internacionales se encuentran<br />

generalmente establecidas en dólares, mientras que las cuotas para vuelos nacionales<br />

se establecen en pesos. Debido a que los PCGA requieren que las compañías<br />

mexicanas registren sus resultados operativos de periodos anteriores en pesos<br />

constantes a la fecha del balance general más reciente, cuando la tasa de inflación en<br />

un periodo excede la depreciación del peso frente al dólar por ese periodo, el valor en<br />

pesos de los ingresos establecidos o medidos en dólares del periodo anterior será<br />

mayor que aquélla del periodo presente. Este efecto ocurre a pesar del hecho que la<br />

cantidad de dichos ingresos fijados en dólares sea superior en el periodo presente.<br />

• Costo integral de financiamiento- Tal y como lo requieren los PCGA, nuestro costo<br />

integral de financiamiento refleja las pérdidas o ganancias de tipo de cambio y las<br />

pérdidas o ganancias de la posición monetaria y, como resultado de ello, se ve<br />

impactado tanto por la inflación como por devaluaciones.<br />

72


• Tarifas Máximas en pesos - Nuestras tarifas por servicios a vuelos internacionales o a<br />

pasajeros internacionales son denominadas en Dólares, sin embargo generalmente se<br />

pagan en pesos de acuerdo al tipo de cambio promedio del mes anterior al vuelo de<br />

que se trate. Generalmente recaudamos las cuotas a pasajeros dentro de los 60 - 115<br />

días siguientes a la fecha del vuelo. Nuestra intención es cobrar la tarifa más alta sin<br />

exceder las tarifas máximas aprobadas. Debido a que generalmente tenemos el<br />

derecho de ajustar nuestros precios específicos sólo cada seis meses (o antes si se<br />

dio un incremento acumulado del 5% en el índice nacional de precios al consumidor<br />

(excluyendo petróleo), una depreciación del peso frente al dólar, particularmente al<br />

final del año, podría provocar que excediéramos la tarifa máxima establecida en uno o<br />

más de nuestros aeropuertos lo cual podría resultar en la revocación de alguna de<br />

nuestras concesiones. En caso de que alguna de nuestras concesiones sea revocada,<br />

nuestras otras concesiones podrían también ser revocadas. Adicionalmente, si el peso<br />

se revalúa respecto del dólar podríamos subestimar los precios específicos que<br />

cobraríamos por servicios regulados y encontrarnos imposibilitados para ajustar<br />

nuestros precios con miras a maximizar nuestros ingresos regulados.<br />

Ingresos por Servicios Aeronáuticos y Servicios No Aeronáuticos<br />

La siguiente tabla muestra nuestros ingresos por servicios aeronáuticos y no aeronáuticos<br />

durante los periodos presentados:<br />

Año concluido al 31 de Diciembre de<br />

2002 2003<br />

(millones de pesos)<br />

2004<br />

Servicios aeronáuticos:<br />

Cuotas a pasajeros ……………………. 809.4 938.1 1,192.0<br />

Cuotas por aterrizaje ………………….. 109.9 105.1 113.0<br />

Estacionamiento de aeronaves ………. 130.8 131.9 130.6<br />

Servicios de seguridad ………………… 17.9 18.9 22.0<br />

Uso de Abordadores ………………….. 27.2 21.4 23.7<br />

Total ……………………………………….<br />

Servicios no aeronáuticos:<br />

1,095.2 1,215.4 1,481.3<br />

Arrendamiento de espacio…………….. 88.8 99.7 88.8<br />

Cuotas de acceso de avituallamiento… 11.6 12.0 11.4<br />

Acceso a transportación terrestre…….. 24.9 34.5 42.7<br />

Otras cuotas de acceso……………….. 126.5 171.6 332.6<br />

Otros………………………………………. 9.7 9.6 19.2<br />

Total………………………………………… 261.5 327.4 494.7<br />

Ingresos totales:…………………… 1,356.7 1,542.8 1,976.0<br />

Resultados de Operación por Aeropuerto<br />

La siguiente tabla presenta nuestros resultados de operación durante los periodos<br />

presentados:<br />

Cancún:<br />

Año concluido al 31 de Diciembre de<br />

2002 2003 2004<br />

Resultados de Operación del Aeropuerto<br />

(millones de pesos)<br />

73


Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos .............................. 796.1 901.9 1,119.3<br />

Servicios no aeronáuticos........................... 184.1 233.7 391.1<br />

Ingresos totales .......................................... 980.2 1,135.6 1,510.4<br />

Utilidad de operación .................................. 417.0 501.3 792.00<br />

Mérida:<br />

Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos................................ 77.4 79.1 85.2<br />

Servicios no aeronáuticos.......................... 25.4 28.9 32.00<br />

Ingresos totales........................................... 102.8 108.0 117.2<br />

Utilidad (pérdida) de operación................... 9.0 11.2 14.3<br />

Cozumel:<br />

Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos............................... 40.9 41.7 60.7<br />

Servicios no aeronáuticos.......................... 13.1 14.8 18.2<br />

Ingresos totales.......................................... 54.0 56.5 78.9<br />

Utilidad (pérdida) de operación................... (5.1) (2.6) 14.4<br />

Villahermosa:<br />

Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos............................... 44.4 53.5 60.2<br />

Servicios no aeronáuticos.......................... 11.6 16.0 17.2<br />

Ingresos totales.......................................... 56.0 69.5 77.4<br />

Utilidad (pérdida) de operación................... 7.6 17.0 19.8<br />

Otros: (1)<br />

Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos................................ 136.3 139.2 155.9<br />

Servicios no aeronáuticos........................... 27.6 33.8 36.2<br />

Ingresos totales.......................................... 163.9 173.0 192.1<br />

Utilidad (pérdida) de operación.................. (40.0) 1.1 (2.9)<br />

Total:<br />

Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos............................... 1,095.1 1,215.4 1,481.3<br />

Servicios no aeronáuticos.......................... 261.8 327.2 494.7<br />

Ingresos totales.......................................... 1,356.9 1,542.6 1,976.0<br />

Utilidad (pérdida) de operación 388.5 527.9 837.6<br />

(1) Refleja los resultados de operación de Grupo Aeroportuario del Sureste nuestra empresa controladora, de<br />

Servicios Aeroportuarios del Sureste y nuestros aeropuertos localizados en Veracruz, Minatitlán, Oaxaca,<br />

Huatulco, y Tapachula y ajustes de consolidación.<br />

Resumen de Resultados de Operación Históricos<br />

La siguiente tabla presenta nuestros resultados de operación consolidados durante los<br />

periodos presentados:<br />

Resultados de Operación Consolidados<br />

Año terminado al 31 de Diciembre de<br />

2002 2003<br />

(miles de pesos)<br />

2004<br />

Ingresos:<br />

Servicios aeronáuticos 1,095,247 1,215,423 1,481,254<br />

Servicios no aeronáuticos 261,645 327,339 494,722<br />

Ingresos totales<br />

Gastos de operación:<br />

1,356,892 1,542,762 1,975,976<br />

Costo de servicios (376,160) (388,924) (467,345)<br />

Gastos generales y de administración (117,016) (127,292) (105,756)<br />

Asistencia técnica (1) (40,933) (48,519) (66,956)<br />

Derecho de uso de activos concesionados (2) (67,805) (77,110) (98,762)<br />

Depreciación y amortización (366,511) (373,033) (399,547)<br />

Total gastos de operación (968,425) (1,014,878) (1,138,336)<br />

Utilidad de operación<br />

Resultado integral de financiamiento:<br />

388,467 527,884 837,610<br />

Intereses, neto 51,179 56,052 45,446<br />

74


Utilidad (pérdida) en cambios, neto 13,076 5,942 (6,954)<br />

Pérdida por posición monetaria<br />

(Costo) ganancia integral de financiamiento<br />

(34,539) (36,524) (67,198)<br />

Utilidad antes de ISR<br />

29,716<br />

25,470 (28,706)<br />

Beneficio de (provisión para) ISR<br />

418,183<br />

553,354 808,904<br />

(168,123)<br />

75<br />

(243,975) (184,198)<br />

Partidas Extraordinarias (9,126) (18,850) (17,714)<br />

Utilidad neta 240,934 290,529 606,992<br />

Otra información operativa (no auditada):<br />

Margen de operación (3) 28.6% 34.2% 42.4%<br />

Margen neto (4) 17.8% 18.8% 30.7%<br />

(1) A partir del 19 de abril de 1999 pagamos a ITA una contraprestación por asistencia técnica en términos del<br />

contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología.<br />

(2) A partir del 1º de noviembre de 1998, cada una de nuestras subsidiarias concesionarias está obligada al<br />

pago de un derecho de uso de activos concesionados al Gobierno Federal en términos de la Ley Federal<br />

de Derechos, el cual es actualmente 5% de los ingresos anuales brutos de nuestras subsidiarias<br />

concesionarias obtenidos por el uso, goce o explotación de bienes del dominio público de acuerdo con los<br />

términos de nuestras concesiones.<br />

(3) Ingresos de operación dividido por los ingresos totales, expresado como un porcentaje.<br />

(4) Consiste en la utilidad de operación dividida entre los ingresos totales<br />

Informe de Créditos Relevantes<br />

Adicionalmente a los pasivos de corto plazo derivados del curso ordinario de nuestras<br />

operaciones que se reflejan en nuestros estados financieros, no tenemos a nuestro cargo<br />

alguna obligación o pasivo relevante.<br />

Comentarios y Análisis de la Administración sobre los Resultados de Operación y<br />

Situación Financiera de la Emisora<br />

Resultados de operación por el año terminado el 31 de diciembre de 2004<br />

comparado con el año terminado el 31 de diciembre de 2003.<br />

Ingresos<br />

Los ingresos totales del 2004 fueron de $1,976.0 millones de pesos, 28.1% superior a los<br />

$1,542.8 millones registrados durante el año 2003. El incremento en los ingresos totales<br />

se debió principalmente al aumento de 20.0% en el tráfico de pasajeros internacionales.<br />

Nuestros ingresos por servicios aeronáuticos, después de rebajas, aumentaron en un<br />

21.9%, de $1,215.4 millones en el 2003 a $1,481.3 millones en el 2004, principalmente<br />

como resultado del aumento en el tráfico de pasajeros internacionales en un 20.0%. Los<br />

ingresos por cuotas a pasajeros aumentaron 27.2%, de $938.1 millones en el 2003<br />

(77.2% de los ingresos aeronáuticos durante el periodo), a $1,192.0 millones en el 2004<br />

(80.5% de los ingresos aeronáuticos).<br />

Nuestros ingresos por servicios no aeronáuticos incrementaron 51.1%, de $327.4 millones<br />

en el 2003, a $494.7 millones en el 2004, principalmente debido a una mejora del 69.4%<br />

en ingresos comerciales. El aumento en ingresos comerciales se debió principalmente a<br />

un aumento en otras tarifas de acceso, que se incrementaron 93.9% de $171.6 millones


en 2003 a 332.6 en 2004 (67.2% de nuestros servicios no aeronáuticos durante el<br />

periodo). Este incremento es resultado del crecimiento del volumen de nuestro tráfico de<br />

pasajeros internacionales y a los ingresos por tiendas duty-free, nuevos servicios<br />

comerciales en todos nuestros aeropuertos, (incluyendo restaurantes nuevos, tiendas y<br />

bares), y los ingresos de nuestra operación directa en el 2004 de un restaurante, bar y<br />

tres tiendas previamente operadas por concesionarios.<br />

Nuestros ingresos por servicios regulados en el 2004 fueron de $1,556.6 millones, un<br />

aumento del 20.1% en comparación con los $1,296.5 millones en el 2003, debido<br />

principalmente a un aumento en las cuotas a pasajeros. Durante 2004, $419.4 millones<br />

de nuestros ingresos fueron generados por fuentes de ingresos no reguladas, 70.3% mas<br />

que los $246.3 millones generados por fuentes de ingresos no reguladas en 2003. Este<br />

aumento se debió principalmente a un incremento en los ingresos por estacionamiento y<br />

las cuotas de acceso correspondientes, así como por servicios comerciales.<br />

Gastos de Operación y Utilidad de Operación<br />

Los gastos totales de operación aumentaron en un 12.2%, de $1,014.9 millones en el<br />

2003 a $1,138.4 millones en el 2004, principalmente como resultado de un aumento del<br />

21.6% en gastos administrativos, del 38.0% en costos por asistencia técnica y del 28.1%<br />

en cuotas de concesiones, todos debidos principalmente al aumento en ingresos<br />

generales. Estas fuentes de costos incrementados fueron compensadas por la reducción<br />

del 16.9% en gastos de administración. Como porcentaje de los ingresos totales, los<br />

gastos de operación disminuyeron del 65.8% del total de ingresos en 2003 a 57.6% del<br />

total de ingresos en 2004.<br />

El costo de servicios se incrementó en un 20.2%, de $388.9 millones en el 2003 a $467.3<br />

millones en el 2004. El incremento se debió principalmente al aumento en relacionados<br />

con nuestra operación comercial directa de un restaurante, un bar y tres tiendas<br />

previamente operados por un concesionario, y el aumento en gastos de mantenimiento y<br />

de salarios resultado de la reubicación del personal de nuestras oficinas corporativas al<br />

nivel de aeropuerto, principalmente en el Aeropuerto de Cancún.<br />

Los gastos generales y de administración disminuyeron en un 16.9%, de $127.3 millones<br />

en el 2003 a $105.8 millones en el 2004. Esta disminución se puede atribuir<br />

principalmente a la reubicación del personal del aeropuerto discutida anteriormente.<br />

La contraprestación por asistencia técnica aumentó en un 38.0%, de $48.5 millones en el<br />

2003 a $67.0 millones en el 2004, y las cuotas de concesiones aumentaron en un 28.1%,<br />

de $48.5 millones en el 2003 a $98.8 millones en el 2004. La contraprestación por<br />

asistencia técnica incrementó debido a un aumento en la rentabilidad. El aumento del<br />

28.1% en cuotas de concesiones se debió principalmente al aumento en ingresos<br />

generales del año a la fecha.<br />

Los gastos de depreciación y amortización incrementaron en un 7.1%, de $373.0 millones<br />

en el 2003 a $399.5 millones en el 2004. Este incremento se debió principalmente a la un<br />

incremento en la depreciación durante el 2003 como resultado de la capitalización de $7.0<br />

millones pagados a concesionarios para la terminación de arrendamientos de un<br />

restaurante, snack bar y tres tiendas previamente operadas por un concesionario y que<br />

ahora operamos de manera directa.<br />

76


La utilidad de operación incrementó en un 58.7%, de $527.9 millones en el 2003, a $837.6<br />

millones en el 2004. El incremento en la utilidad de operación se debió principalmente al<br />

aumento de 28.1% en los ingresos totales y la efectividad de las medidas de control de<br />

costos.<br />

La utilidad de operación del Aeropuerto Internacional de Cancún incrementó en un 50.6%,<br />

de $528.9 millones en el 2003 a $796.5 millones en el 2004. Nuestros otros ocho<br />

aeropuertos, conjuntamente tuvieron una ganancia operativa de $31.3 millones en el 2004<br />

en comparación a la ganancia operativa de $2.5 millones en el 2003. Durante 2004, el<br />

tráfico de pasajeros y los ingresos en esos ocho aeropuertos aumentaron en un 14.4% y<br />

10.9%, respectivamente, en comparación con el 2003. El incremento de los ingresos<br />

resultó del incremento del tráfico de pasajeros en estos aeropuertos. Las diferencias en<br />

resultados de operación principalmente reflejaron diferencias en los montos máximos de<br />

cada aeropuerto.<br />

Resultado Integral de Financiamiento<br />

Nuestro resultado integral de financiamiento se convirtió en un gasto de $28.7 millones en<br />

el 2004 del ingreso de $25.5 millones en el 2003, debida principalmente a una<br />

disminución en nuestra posición monetaria en 2004 (reflejando nuestro aumento en la<br />

balanza de efectivo) y una disminución en el ingreso de interés neto (reflejando menor<br />

promedio de tasas de interés en el 2004).<br />

Impuesto Sobre la Renta, Participación de los Trabajadores en las Utilidades e Impuesto<br />

al Activo.<br />

La provisión para el ISR y la participación de los trabajadores en las utilidades disminuyó<br />

en un 24.5%, de $244 millones en el 2003 a 184.2 millones en el 2004, principalmente<br />

debido al beneficio fiscal por la cantidad de $113.8 millones resultado de la reducción en<br />

las tasas fiscales de IA previamente discutidas.<br />

Utilidad Neta<br />

La utilidad neta incrementó en más del doble de $290.5 millones en el 2003 a $607.0<br />

millones en el 2004, reflejando los factores mencionados con anterioridad.<br />

Resultados de Operación por el año terminado el 31 de diciembre de 2003<br />

comparado con el año terminado el 31 de diciembre de 2002.<br />

Ingresos<br />

Los ingresos totales del 2003 fueron de $1,542.8millones de pesos, 13.7% superiores a<br />

los $1,357.0 millones registrados durante el año 2002. El incremento en los ingresos<br />

totales principalmente fue resultado de un incremento del 11.21% en el tráfico<br />

internacional de pasajeros.<br />

Nuestros ingresos por servicios aeronáuticos, después de rebajas, aumentaron en un<br />

11.0%, de $1,095.2 millones en el 2002 a $1,215.4 millones en el 2003, principalmente<br />

como resultado de un aumento en el tráfico internacional de pasajeros. Los ingresos por<br />

cuotas a pasajeros a su vez aumentaron 16.0%, de $809.4 millones en el 2002 (73.9% de<br />

77


los ingresos aeronáuticos) a $938.1 millones en el 2003 (77.2% de los ingresos<br />

aeronáuticos). Otras fuentes de ingresos por servicios aeronáuticos incrementaron 35.5%<br />

a $171.6 millones en el 2003 (52.4% de nuestros servicios no aeronáuticos durante el<br />

periodo) de $126.5 millones en el 2002.<br />

Nuestros ingresos por servicios no aeronáuticos incrementaron 25.1%, de $261.1 millones<br />

en el 2002 a $327.4 millones en el 2003, principalmente debido al incremento de los<br />

ingresos. El aumento en los ingresos comerciales se debe principalmente al incremento<br />

en los pasajeros internacionales, nuevos servicios comerciales en todos nuestros<br />

aeropuertos, incluyendo nuevos restaurantes, tiendas y bares, y el aumento de renta de<br />

espacios de oficina en el aeropuerto de Cancún.<br />

Nuestros ingresos por servicios regulados en el 2003 fueron de $1,296.5 millones, un<br />

decremento del 10.9% comparados con $1,268.9 millones en el 2002, debido<br />

principalmente al aumento de los cargos a pasajeros. Durante 2003, $246.3 millones de<br />

nuestros ingresos fueron generados por fuentes de ingresos no reguladas, 31.0% mas<br />

que los $88.0 millones generados por fuentes de ingresos no reguladas en 2002. El<br />

incremento se debe principalmente a un incremento en los ingresos de estacionamientos<br />

y tarifas de acceso relacionadas y servicios comerciales<br />

Gastos de Operación y Utilidad de Operación<br />

Los gastos totales de operación fueron de $1,014.9 millones en el 2003, 4.8% mayores a<br />

los $968.4 millones registrados como gastos de operación durante 2002, principalmente<br />

como resultado de que los gastos de operación se incrementaron de 13.6%, los gastos de<br />

asistencia técnica se incrementaron 18.5% y los gastos de concesión se incrementaron<br />

13.7%, todos ellos debido al incremento generalizado en los ingresos. Como porcentaje<br />

de los ingresos totales, los gastos de operación disminuyeron al 65.8% del total de<br />

ingresos en 2003 de 71.4% del total de los ingresos en 2002. La disminución en el total de<br />

gastos de operación como porcentaje del total de ingresos resultó principalmente del<br />

incremento generalizado en ingresos.<br />

El costo de servicios se incrementó 3.4%, $376.2 millones en el 2002 a $388.9 millones<br />

en el 2003. El incremento se debió principalmente al incremento de los costos del seguro<br />

y mantenimiento.<br />

Los gastos generales y de administración incrementaron en un 8.8%, de $117.0 millones<br />

en el 2002 a $127.3 millones en el 2003. Este incremento fue principalmente atribuible al<br />

aumento de sueldo concedido a los empleados no-sindicalizados durante el tercer<br />

trimestre de 2003. El incremento en los gastos de administración también reflejan la<br />

preparación y presentación de proyectos de inversión para el aeropuerto de Cancún y el<br />

desarrollo, diseño y preparación del Plan Maestro 2004-2008.<br />

La contraprestación por asistencia técnica pagada por nosotros aumentó en un 18.5%, de<br />

$40.9 millones en el 2002 a $48.5 millones en el 2003 y el derecho de uso de activos<br />

concesionados pagados por nosotros aumentaron un 13.7%, 67.8 millones en el 2002 a<br />

$77.1 millones en el 2003. La contraprestación por asistencia aumentó en el 2003 debido<br />

al incremento de nuestra rentabilidad. El aumento en las tarifas de concesión se debe<br />

principalmente al resultado del incremento generalizado de los ingresos.<br />

78


Los gastos de depreciación y amortización incrementaron en 1.8%, de $366.5 millones en<br />

el 2002 a 373.0 millones en el 2003. Este incremento se debió principalmente a la<br />

depreciación adicional en el 2003, que resultó de la capitalización de $289.9 millones en<br />

activos fijos y el mejoramiento realizado en Diciembre de 2002 a nuestros activos objeto<br />

de concesión, principalmente en el Aeropuerto de Cancún.<br />

La utilidad de operación aumentó 35.9%, de $388.5 millones en el 2002 a $527.9 millones<br />

en el 2003. El aumento en la utilidad de operación se debe principalmente como resultado<br />

del aumento de 13.7% en los ingresos generales y la efectividad de nuestro control de<br />

costos discutido anteriormente.<br />

La utilidad de operación del Aeropuerto Internacional de Cancún aumentó 26.8%, de<br />

$417.0 millones en el 2002 a $528.9 millones en el 2003. Nuestros otros ocho aeropuertos<br />

en una base agregada, tuvieron una pérdida operativa de $19.5 millones en el 2002<br />

comparado a la pérdida operativa de $2.5 millones en el 2003. Durante 2003, el tráfico de<br />

pasajeros y los ingresos en esos ocho aeropuertos aumentaron 8.0% y 6.9%,<br />

respectivamente, en comparación con el 2002.<br />

Resultado Integral de Financiamiento<br />

El resultado integral de financiamiento disminuyó en un 14.3%, de un ingreso de $29.7<br />

millones en el 2002 a un ingreso de $25.5 millones en el 2003, principalmente debido a<br />

una reducción en nuestro tipo de cambio extranjero resultado de la depreciación del Peso<br />

frente al dólar americano en un 7.6% en el 2003.<br />

Impuesto Sobre la Renta, Participación de los Trabajadores en las Utilidades e Impuesto<br />

al Activo.<br />

La provisión para el ISR y la participación de los trabajadores en las utilidades (mismos a<br />

los que se les difirió el impuesto al activo y la participación de los trabajadores en las<br />

utilidades) aumentó en un 45.1%, de $168.1 millones en el 2002 a $244.0 millones en el<br />

2003, principalmente debido a la reducción de la tasa del impuesto y el aumento al<br />

impuesto al activo resultado de una más elevada base del impuesto debido a una nueva<br />

construcción en el 2003.<br />

Utilidad Neta<br />

La utilidad neta aumentó 20.6%, de $240.9 millones en el 2002 a $290.5 millones en el<br />

2003, principalmente como resultado del aumento de los ingresos discutido anteriormente.<br />

Situación Financiera, Liquidez y Recursos de Capital<br />

Históricamente, nuestras operaciones han sido financiadas a través del flujo de efectivo<br />

derivado de nuestras operaciones. El flujo de efectivo generado de nuestras operaciones<br />

ha sido utilizado generalmente para financiar nuestros gastos operativos e incrementar<br />

nuestros saldos en efectivo. Adicionalmente, en 2003 y 2004 utilizamos $164.1 millones y<br />

$176.7 millones, respectivamente, para el pago de dividendos. Para el 31 de diciembre de<br />

2004, tuvimos $1,163.3 millones en efectivo y valores con liquidez.<br />

79


En 2004, los recursos generados por la operación ascendieron a $1,222.8 millones.<br />

Nuestros recursos utilizados en actividades de financiamiento ascendieron a $217.2<br />

millones, reflejando el pago de dividendos de $176.7 millones y $64.6 millones de<br />

impuestos sobre dividendos pagados, parcialmente compensados por el ISR recuperado<br />

sobre dividendos pagados. Nuestros recursos utilizados en actividades de inversión en<br />

2004 ascendieron a $489.6 millones por compras de maquinaria, mobiliario y equipo,<br />

principalmente para los aeropuertos de Cancún, Huatulco y Veracruz.<br />

En 2003, los recursos generados por la operación ascendieron a $690.7 millones.<br />

Nuestros recursos utilizados en actividades de financiamiento ascendieron a $135.0<br />

millones, reflejando el pago de dividendos de $164.1 millones y $84.5 millones de<br />

impuestos sobre dividendos pagados, parcialmente compensados por el ISR recuperado<br />

sobre dividendos pagados. Nuestros recursos utilizados en actividades de inversión en<br />

2003 ascendieron a $351.8 millones por compras de maquinaria, mobiliario y equipo,<br />

principalmente para los aeropuertos de Cancún, Huatulco y Veracruz y la tarifa de<br />

terminación pagada a un concesionario anterior en el Aeropuerto de Cancún en relación<br />

con la terminación anticipada del contrato de arrendamiento discutido anteriormente.<br />

En 2002, los recursos generados por la operación ascendieron a $613.8 millones.<br />

Nuestras actividades de financiamiento generaron $796.4 millones reflejando el pago de<br />

$513.3 millones de dividendos en el segundo trimestre de 2002 y $283.1 millones de<br />

impuestos en dividendos pagados. Nuestros recursos utilizados en actividades de<br />

inversión en 2002 ascendieron a $289.9 millones, por compras de maquinaria, mobiliario y<br />

equipo, principalmente para los aeropuertos de Cancún, Cozumel y Mérida.<br />

De acuerdo con los términos de nuestras concesiones, cada 5 años cada una de nuestras<br />

subsidiarias concesionaria debe someter para la aprobación de La Secretaría un<br />

programa maestro de desarrollo. Cada programa maestro de desarrollo incluye planes de<br />

inversión (incluyendo inversiones de capital y mejoras) de la subsidiaria concesionaria por<br />

los cinco años siguientes. Una vez aprobados por la Secretaría, estos compromisos se<br />

vuelven obligatorios de acuerdo con los términos de nuestras concesiones. El 30 de<br />

diciembre de 2003, la Secretaría aprobó cada uno de nuestros programas maestros de<br />

desarrollo. Los términos actuales de los programas maestros de desarrollo entraron en<br />

vigor el 1° de enero de 2004 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del 2008.<br />

El siguiente cuadro muestra nuestras inversiones comprometidas para cada uno de<br />

nuestros aeropuertos de acuerdo con los términos de nuestros programas maestros de<br />

desarrollo vigentes para los períodos que se presentan. No existe certeza respecto del<br />

nivel de inversiones comprometidas que necesitaremos asumir en términos de futuros<br />

programas maestros de desarrollo.<br />

Inversiones Comprometidas<br />

Año terminado el 31 de diciembre de<br />

2004 2005 2006 2007 2008 Total<br />

(miles de pesos(1))<br />

Cancún 242,922 449,521 99,655 200,756 105,918 1,098,772<br />

Mérida 8,177 49,611 15,317 17,867 14,979 105,951<br />

Cozumel 8,210 17,947 754 5,882 33,010 65,803<br />

Villahermosa 18,897 50,099 25,945 20,976 2,064 117,981<br />

Oaxaca 5,079 5,167 3,120 4,530 5,794 23,690<br />

80


Veracruz 18,518 21,719 885 1,990 14,126 57,238<br />

Huatulco 14,569 5,174 5,677 8,884 3,783 38,087<br />

Tapachula 14,621 21,038 13,622 12,322 1,331 62,934<br />

Minatitlán 34,775 46,486 3,982 6,940 11,371 103,554<br />

Total 365,768 666,762 168,957 280,147 192,376 1,674,010<br />

(1) Expresado en pesos ajustados al 31 de diciembre de 2004 con base en el índice de precios a la construcción<br />

de conformidad con los términos de nuestro plan maestro de desarrollo.<br />

El siguiente cuadro muestra nuestras inversiones en los períodos indicados.<br />

Inversiones de Capital<br />

Año terminado el 31 de diciembre de (miles de pesos) (1)<br />

2000……………………………………………………….. $ 255,199<br />

2001……………………………………………………….. 396,932<br />

2002……………………………………………………….. 289,919<br />

2003……………………………………………………….. 351,830<br />

2004……………………………………………………….. 411,954<br />

(1) Expresado en pesos constantes de poder adquisitivo al 31 de diciembre de 2004.<br />

Esperamos financiar nuestras operaciones e inversiones de capital en el corto y largo<br />

plazos con el flujo de efectivo generado por nuestras operaciones, sin embargo,<br />

podríamos también contratar deuda.<br />

Estimaciones Contables Críticas<br />

La preparación de nuestros estados financieros de conformidad con los PCGA requiere<br />

que la administración haga estimaciones y considere supuestos que afectan las cifras<br />

reportadas de activos y pasivos y revelaciones de activos y pasivos contingentes a la<br />

fecha de los estados financieros y las cifras de ingresos y gastos durante el período<br />

reportado. No podemos asegurar que los resultados actuales no diferirán de aquellos<br />

estimados. El impacto y cualquier riesgo asociado relacionado con dichas políticas en<br />

nuestras operaciones son mencionados en donde dichas políticas afectan nuestros<br />

resultados financieros reportados y en la discusión de los resultados de operación. Las<br />

políticas de contabilidad críticas se definen como aquéllas que son importantes tanto<br />

como para el retrato de nuestra situación financiera como para los resultados que nos<br />

requiere un ejercicio de juicios significativo. Nuestras políticas de contabilidad más<br />

importantes de describen más adelante. Para una discusión detallada de la aplicación de<br />

éstas y otras políticas de contabilidad, ver Notas 2 y 15 de nuestros estados financieros.<br />

Reconocimiento de Ingreso<br />

Nuestros ingresos regulados se encuentran sujetos a una tarifa máxima recaudable en<br />

cada aeropuerto establecida por la Secretaría. Para evitar exceder nuestras tarifas<br />

máximas al final del año, tal vez necesitemos tomar ciertas acciones, incluyendo la<br />

reducción de precios durante la última parte del año, u otorgar créditos o descuentos a los<br />

clientes. Estas acciones se registran en contra del ingreso. Si excedemos la tarifa máxima<br />

en cualquiera de nuestros aeropuertos al final del año, la Secretaría podría multarnos y<br />

reducir la tarifa máxima en ese aeropuerto el año siguiente. La imposición de sanciones<br />

por exceder una tarifa máxima puede resultar en la revocación de la concesión si el hecho<br />

81


de haber excedido la tarifa máxima ha sido sancionado en tres ocasiones. En caso de que<br />

cualquiera de nuestras concesiones sea revocada, las concesiones restantes podrían<br />

también ser revocadas.<br />

Estimación para cuentas incobrables<br />

Practicamos evaluaciones constantes a los créditos otorgados a nuestros clientes y<br />

ajustamos los límites de crédito basándonos en el historial de pago del cliente así como<br />

en el valor actual del crédito. Continuamente monitoreamos cobros y pagos de nuestros<br />

clientes y así prevemos las pérdidas estimadas del crédito, basándonos en nuestra<br />

experiencia y en cualquier cobro al cliente que hayamos identificado. Aunque dichas<br />

pérdidas de crédito han estado históricamente dentro de nuestras expectativas, así como<br />

dentro de la reserva establecida que hemos creado para preverlas, no podemos<br />

garantizar que continuaremos experimentando las mismas pérdidas de crédito que<br />

teníamos en el pasado. Debido a que nuestras cuentas por cobrar se concentran en las<br />

manos de unos cuantos pero grandes clientes, un cambio significativo en la liquidez o la<br />

situación financiera de cualquiera de estos clientes podría tener un impacto material<br />

adverso en la recuperación de nuestras cuentas por cobrar, así como en futuros<br />

resultados de operación.<br />

Valuación de Derechos por el Uso de Instalaciones Aeroportuarias y Concesiones de<br />

Aeropuertos.<br />

Periódicamente revisamos el valor de recuperación de nuestros derechos para utilizar<br />

instalaciones aeroportuarias y concesiones de aeropuertos. Esta revisión se basa en<br />

nuestras proyecciones de flujo de efectivo anticipado sobre la vida de los bienes<br />

inmuebles o de nuestras concesiones. Debido a que nuestras concesiones expiran en<br />

2048, se requiere una valoración administrativa significativa para estimar dichos flujos de<br />

efectivo. Creemos que nuestras estimaciones de flujo de efectivo son razonables, sin<br />

embargo, presunciones diferentes podrían afectar materialmente nuestras valuaciones,<br />

por ejemplo, presunciones respecto del tráfico de pasajeros y respecto de aumentos o<br />

disminuciones en tasas de inflación. Asimismo, en cuanto al análisis del valor de<br />

recuperación de nuestras concesiones, comparamos el valor contable de las nueve<br />

concesiones de aeropuertos contra el flujo de efectivo descontado de todos los<br />

aeropuertos, todo esto con fundamento en las disposiciones contables aplicables. Los<br />

flujos de efectivo descontados por todos nuestros aeropuertos exceden el valor contable<br />

de las concesiones de aeropuertos. Conforme a lo anterior y debido a que analizamos<br />

nuestros estimados, no hemos identificado una pérdida valor. Debido a que el valor de<br />

recuperación es superior a su valor neto en libros.<br />

Impuesto Sobre la Renta, Participación de los Trabajadores en las Utilidades Diferidos e<br />

Impuesto al Activo.<br />

Nuestro gasto de ISR, reparto de utilidades a los trabajadores e IA está comprendido<br />

tanto de gastos actuales como de gastos diferidos. El ISR diferido representa cuentas por<br />

cobrar o por pagar a futuro que resulten de las diferencias temporales generadas de las<br />

diferencias entre los valores contables y fiscales de los activos y pasivos a la fecha de los<br />

estados financieros, tales como nuestras concesiones de aeropuerto, derechos a utilizar<br />

instalaciones del aeropuerto, y de cuentas arrastradas de pérdida de impuestos y créditos.<br />

82


La participación de los trabajadores en la utilidad diferida se calcula de manera similar.<br />

Estas diferencias temporales y cuentas arrastradas de pérdida de impuestos y créditos se<br />

contabilizan como activos o pasivos de impuestos diferidos en nuestros estados<br />

financieros. El cambio correspondiente en los saldos de los activos y pasivos de<br />

impuestos diferidos reconocidos se registra en las ganancias. El IA es un impuesto<br />

mínimo que es calculado como el 1.8% sobre el valor promedio de prácticamente todos<br />

nuestros activos menos el valor fiscal promedio de ciertos pasivos. Durante el 2004<br />

estuvimos sujetos al IA, el cual puede ser acreditado en los diez ejercicios siguientes,<br />

contra el ISR causado cuando este sea superior al IA en cualquiera de esos años. Activos<br />

fiscales diferidos, la participación de los trabajadores en la utilidad diferida y el IA<br />

recuperable, están sujetos a reservas de valuación si estimamos que hay una alta<br />

probabilidad que los activos no serán realizados.<br />

Hemos reconocido reservas de valuación frente a los activos fiscales diferidos,<br />

participación de los trabajadores en la utilidad diferida e IA recuperable por algunas de<br />

nuestras subsidiarias aeroportuarias. No hemos reconocido reservas de valuación para<br />

acreditar pérdidas fiscales generadas por las subsidiarias de nuestros otros aeropuertos<br />

debido a que en términos la legislación fiscal vigente, dicho acreditamiento de pérdidas<br />

fiscales puede ser llevado a cabo por el término de las concesiones aeroportuarias en un<br />

periodo de diez años. Debido a que nuestra concesión aeroportuaria vence en el 2048 se<br />

requiere de mucho criterio respecto al manejo de un número importante de factores,<br />

incluyendo el número de pasajeros que esperamos en nuestros aeropuertos, incrementos<br />

en tasas de interés e inflación; cambios en tasas de descuento e impuestos, para poder<br />

determinar cualquier reserva de valuación.<br />

Pasivos Contingentes<br />

Somos parte en varios procedimientos legales. Bajo los PCGA, las responsabilidades son<br />

reconocidas en los estados financieros cuando una pérdida es tanto estimable como<br />

probable. Si la pérdida no es probable ni estimable o si se trata de una pérdida remota,<br />

ningún monto es reconocido en los estados financieros. Basándonos en asesoría legal de<br />

nuestros asesores externos y en otra información a nuestra disposición, no hemos<br />

reconocido pérdida alguna en los estados financieros que refleje estos procedimientos.<br />

Operaciones no reflejadas en el Balance General<br />

No somos parte de ninguna operación que no esté reflejada en nuestro Balance General,<br />

ni tampoco lo hemos sido en el pasado.<br />

Revelación Tabular de Obligaciones Contractuales<br />

Obligaciones Contractuales<br />

Pagos a realizarse por periodo (en millones de pesos)<br />

Total<br />

Menos de<br />

1 año<br />

1-3 años<br />

3-5 años<br />

83<br />

Más<br />

de 5<br />

años<br />

Plan Maestro de Desarrollo ........................ 1,674 367 1,115 192 -<br />

Obligaciones de Compra ............................ 11 11 - - -<br />

Obligaciones bajo Arrendamientos ............. 3 3 - - -<br />

Asistencia Técnica (1) .................................. 67 67 - - -


Total............................................................ 1,755 448 1,115 192 -<br />

(1) Monto fijo mínimo debido bajo el Contrato de Asistencia Técnica. El monto actual a pagar en cualquier año<br />

podrá ser mayor debido a que las tarifas de asistencia técnica son calculadas con base en el que resulte<br />

más elevado del monto fijo del dólar (sujeto a ciertos ajustes) y 5% de nuestra utilidad anual consolidada<br />

antes de costos financieros, impuesto al activo y depreciación y amortización (determinada de conformidad<br />

con los PCGA y calculada previo a la deducción de la tarifa de asistencia técnica).<br />

[Sujeto a revisión de PWC]<br />

84


Consejeros, Altos Directivos y Empleados<br />

Consejeros<br />

El Consejo de Administración es responsable de la administración de ASUR. Conforme a<br />

nuestros estatutos sociales, la administración de la Sociedad estará encomendada a un<br />

Consejo de Administración conformado en todo momento por un mínimo de siete<br />

miembros y un máximo de once. Actualmente el Consejo de Administración está integrado<br />

por siete miembros, cada uno de los cuales ha sido electo por la asamblea general anual<br />

ordinaria de accionistas y durará en su cargo un año o hasta que las personas designadas<br />

para sustituirlos tomen posesión de sus cargos.<br />

Nuestros estatutos sociales establecen que los tenedores de las acciones de la serie BB<br />

tienen de derecho de designar a dos miembros del Consejo de Administración y sus<br />

respectivos suplentes. Los consejeros restantes son designados por los tenedores de las<br />

acciones de la serie B. En términos de nuestros estatutos sociales, cada accionista o<br />

grupo de accionistas propietarios de la serie B que sea propietario de un 10% de nuestro<br />

capital social, tiene derecho a designar un miembro del Consejo de Administración. Los<br />

consejeros restantes serán elegidos por mayoría de votos de los tenedores de acciones<br />

serie B presentes en la asamblea de accionistas correspondiente (incluyendo los<br />

accionistas que individual o conjuntamente eligieron un consejero en virtud de su<br />

participación de 10%). El 28 de febrero de 2001 los accionistas acordaron eliminar a los<br />

miembros suplentes de los miembros del Consejo de Administración designados por los<br />

accionistas de la serie “B”.<br />

El siguiente cuadro presenta a los consejeros actuales de ASUR, su cargo y fecha de<br />

nombramiento:<br />

Nombre Cargo Nombramiento Suplente<br />

Kjeld Binger 1 Consejero y<br />

19 de marzo de 1999 Michael Olsen<br />

Director General interino<br />

Fernando Chico Pardo 2 Presidente y Consejero 28 de abril de 2005 Luis Chico Pardo<br />

Ricardo Guajardo Touché Consejero 28 de febrero de 2001<br />

Francisco Garza<br />

Zambrano<br />

Consejero<br />

28 de febrero de 2001<br />

George Vojta Consejero 28 de abril de 2003<br />

Gastón Azcárraga<br />

Andrade<br />

Consejero<br />

28 de abril de 2005<br />

Valentín Díez Morodo Consejero 28 de abril de 2005<br />

Kjeld Binger. El señor Binger es miembro propietario del consejo de administración de<br />

ASUR y fue designado como Presidente del mismo el 20 de marzo de 2001. Actualmente<br />

también actúa como Director General interino. Ha sido Vicepresidente ejecutivo desde<br />

2001 y Vicepresidente de Copenhaguen Airports A/S desde 1996. Ha sido Director de<br />

Planeación y Proyectos de Copenhaguen Airports A/S, Vicepresidente de Desarrollo de<br />

1<br />

Designado por ITA como tenedor de las acciones de la Serie “BB”, con Michael Olsen<br />

como suplente.<br />

2<br />

Designado por ITA como tenedor de las acciones de la Serie “BB”, con Luis Chico Pardo<br />

como suplente.<br />

85


Proyectos de Hojgaad & Schultz A/S y Director de Proyectos de Hoffman & Sonner A/S.<br />

Ha participado como coordinador de diversos procesos de licitación pública<br />

internacionales sobre privatizaciones aeroportuarias. Actualmente es miembro del<br />

Consejo de Administración de Copenhaguen Airport Development International A/S y<br />

miembro del Consejo de Gerentes de Copenhaguen Airports A/S. El señor Binger tiene 50<br />

años de edad. El señor Binger fue elegido por ITA.<br />

Fernando Chico Pardo. El señor Chico Pardo es miembro de nuestro consejo de<br />

administración y Presidente del Consejo desde el 28 de abril de 2005. Es el fundador y<br />

presidente de Promecap, S.C., desde 1997. Anteriormente, el señor Chico Pardo fue<br />

Socio y Director General Interino de Grupo Financiero Inbursa, S.A. de C.V., Socio y<br />

Director General Interino de Acciones y Inversora Bursátil, S.A. de C.V. Casa de Bolsa,<br />

fundador y Director de Acciones y Asesoría Bursátil, S.A. de C.V. Casa de Bolsa, Director<br />

de Metals Procurement en Salomon Brothers (Nueva York) y el Representante de<br />

América Latina para Mocatta Metals Corporation y Representante de México para<br />

Standard Chartered Bank (Londres). El señor Chico Pardo ha sido miembro del consejo<br />

de administración de Grupo Financiero Inbursa, Condumex, Grupo Carso, Sanborns,<br />

Sears, Roebuck de México y Grupo Posadas. Tiene 53 años de edad. El señor Chico<br />

Pardo fue nombrado por ITA.<br />

Ricardo Guajardo Touché. El señor Guajardo es miembro propietario de nuestro<br />

consejo de administración y es Presidente de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A.<br />

desde el 2000. Ha sido Presidente y Director General de Grupo Financiero BBVA<br />

Bancomer, S.A. de 1991 a 2000, y director General de Grupo Vamsa desde 1989. Ha sido<br />

consejero del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM),<br />

Fomento Económico Mexicano (FEMSA), Grupo Valores de Monterrey (VAMSA),<br />

Transportación Marítima Mexicana (TMM), Alfa, El Puerto de Liverpool y el Centro de<br />

Estudios Económico del Sector Privado (CEESP). Tiene 57 años de edad. El señor<br />

Guajardo es consejero independiente de ASUR.<br />

Francisco Garza Zambrano. El señor Garza es miembro propietario de nuestro consejo<br />

de administración y ha sido Presidente de Cementos Mexicanos de Norteamérica y<br />

Trading, así como de Cementos Mexicanos México, Cementos Mexicanos Panamá,<br />

Cementos Mexicanos Venezuela y Cementos Mexicanos E.U.A.; ha sido consejero de<br />

Control Administrativo Mexicano, S.A. de C.V., Vitro Plano, S.A. de C.V., Universidad de<br />

Monterrey, Cámara Nacional del Cemento (CANACEM), Club Industrial, A.C. y la<br />

Fundación Mexicana para la Salud. Tiene 50 años de edad. El señor Garza es consejero<br />

independiente de ASUR.<br />

George J. Vojta. El señor Vojta es un miembro de nuestro consejo de administración y ha<br />

sido director del Foro de Servicios Financieros desde 1999. Anteriormente, el señor Vojta<br />

fue el Vice-presidente del Fideicomiso del Consejo de Banqueros, Presidente de Deak &<br />

Company, Director de Finanzas de Phibro-Salomon Inc. y Vice-presidente de Citigroup.<br />

Actualmente el señor Vojta es Presidente de Caux Roundtable, Director General de<br />

Westchester Group LLC y Presidente de Wharton Financial Institution Center. El tiene 69<br />

años de edad. El señor Vojta es consejero independiente de ASUR.<br />

Gastón Azcárraga Andrade. El señor Andrade es miembro de nuestro consejo de<br />

administración y sirvió como Presidente del Consejo y Director General Interino de Grupo<br />

Posadas desde 1993. Es miembro del consejo de administración de ING México, Holcim-<br />

86


Apasco, Corporación Mexicana de Restaurantes. El señor Azcárraga tiene 49 años de<br />

edad. El señor Azcárraga es consejero relacionado.<br />

Valentín Diez Morodo. El señor Morodo es miembro de nuestro consejo de<br />

administración y es actualmente Presidente del Consejo de Administración del COMCE.<br />

Es también el Presidente del Comité Empresarial Bilateral México- España en el COMCE.<br />

El señor Diez también es miembro del Consejo de Grupo Financiero Banamex, S.A. de<br />

C.V., asesor internacional del Consejo de Citigroup, Inc., Acciones y Valores Banamex,<br />

S.A. de C.V., Kimberly Clark Mexico, S.A. de C.V., Grupo ALFA, S.A. de C.V., <strong>DE</strong>SC, S.A.<br />

de C.V., Grupo Mexico, S.A. de C.V., Grupo Modelo, S.A. de C.V., Grupo MVS Multivision,<br />

Avantel, S.A., Zara Mexico, S.A. de C.V., asesor internacional del Consejo del Instituto de<br />

Empresa, Madrid, y Banco Nacional de Comercio Enterior (Banamex). Anteriormente, el<br />

señor Diez sirvió como Vicepresidente y Director General de Ventas y Exportaciones de<br />

Grupo Modelo, S.A. de C.V. Tiene 65 años de edad. El señor Diez es un director<br />

independiente.<br />

Funcionarios de Primer Nivel<br />

Conforme a nuestros estatutos sociales, los miembros del consejo de administración<br />

designados por los accionistas de la serie BB pueden nombrar y remover al Director<br />

General y a la mitad de los funcionarios de primer nivel de la administración. Actualmente,<br />

cuatro funcionarios ejecutivos reportan directamente al Director General, uno de los<br />

cuales fue nombrados por ITA como tenedor de las acciones de la serie BB.<br />

El 28 de abril de 2005, el señor Fernando Chico Pardo fue elegido Presidente de nuestro<br />

Consejo de Administración.<br />

A partir del 2 de junio de 2003, Frantz Guns renunció a su cargo de Director General. El<br />

señor Guns fue designado Director General en marzo de 2000. El señor Kjeld Binger,<br />

nuestro Consejero y Presidente fue designado por el Consejo de Administración para<br />

actuar como Director General. Hemos iniciado una búsqueda par aun nuevo Director<br />

General.<br />

El 7 de agosto de 2003, Manuel Gutiérrez Sola fue nombrado Director Comercial por el<br />

Comité de Nominaciones y Compensación de ASUR.<br />

El 25 de enero del 2003, María Felisa Pérez Luengo renunció a su cargo de Director de<br />

Operaciones y las responsabilidades del Director de Operaciones se han dividido en dos<br />

cargos. El señor Héctor Navarrete Muñoz es actualmente el Director Regional de<br />

Operaciones y Gabriel Gurmendez Armand-Ugon se encuentra sirviendo en el cargo de<br />

Director del Aeropuerto de Cancún.<br />

El siguiente cuadro presenta a nuestros funcionarios ejecutivos, su puesto actual y la<br />

fecha de su nombramiento:<br />

Nombre Puesto Nombramiento<br />

Kjeld Binger* Director General Interino 2 de junio de 2003<br />

Adolfo Castro Rivas* Director de Finanzas 24 de enero de 2000<br />

Gabriel Gurmendez Armand-Ugon Director del Aeropuerto de Cancún 27 de noviembre de 2004<br />

87


Héctor Navarrete Muñoz Director Regional de Operaciones 15 de enero de 2003<br />

Claudio Góngora Morales Abogado General 20 de noviembre de 2004<br />

Manuel Gutiérrez Sola Director Comercial 7 de agosto de 2003<br />

_________<br />

*Nombrado por ITA, como tenedor de las acciones de la serie BB.<br />

Kjeld Binger. El señor Binger es miembro propietario del consejo de administración de<br />

ASUR y fue designado como Presidente del mismo el 20 de marzo de 2001. Actualmente<br />

también actúa como Director General interino. Ha sido Vicepresidente de Copenhaguen<br />

Airports A/S desde 1996. Ha sido Director de Planeación y Proyectos de Copenhaguen<br />

Airports A/S, Vicepresidente de Desarrollo de Proyectos de Hojgaad & Schultz A/S y<br />

Director de Proyectos de Hoffman & Sonner A/S. Ha participado como coordinador de<br />

diversos procesos de licitación pública internacionales sobre privatizaciones<br />

aeroportuarias. Actualmente es miembro del Consejo de Administración de Copenhaguen<br />

Airport Development International A/S y miembro del Consejo de Gerentes de<br />

Copenhaguen Airports A/S. El señor Binger tiene 50 años de edad.<br />

Adolfo Castro Rivas. El señor Castro ha sido nuestro Director de Administración y<br />

Finanzas desde enero de 2000. Anteriormente a su incorporación a ASUR, el señor<br />

Castro fue Director de Administración y Finanzas de Ferrocarril del Sureste, S.A. de C.V.<br />

El señor Castro también fue Director Ejecutivo de Netcapital, S.A. de C.V. y Director de<br />

Finanzas de Grupo Mexicano de Desarrollo, S.A. de C.V., Gerente de Finanzas de Grupo<br />

ICA, S.A. y auditor y asesor con Coopers & Lybrand. Tiene 41 años de edad.<br />

Gabriel Gurmendez Armand-Ugon. El señor Grumendes ha sido el Director del<br />

Aeropuerto Internacional de Cancún desde Noviembre de 2004. Anteriormente, el señor<br />

Gurmendez fue el Secretario de Transporte y Obras Públicas y Presidente y Director de<br />

ANTEL, la compañía nacional de telecomunicaciones de Uruguay. El señor Gurmendez<br />

se ha desempeñado como Gerente General de Consorcio Aeropuertos Internacionales,<br />

S.A., el concesionario privado del Aeropuerto Internacional de Punta del Este, Uruguay.<br />

Asimismo, ha sido el Presidente Interino de la compañía nacional de aceite de Uruguay,<br />

ANCAP, el ferrocarril nacional, AFE, y la compañía nacional de aguas, OSE. Tiene 43<br />

años de edad.<br />

Héctor Navarrete Muñoz: El señor Navarrete es el Director Regional de Operaciones de<br />

ASUR. Anteriormente, el señor Navarrete fue el administrador del Aeropuerto<br />

Internacional de Mérida, Director del Consejo de Cultura y Turismo del estado de Yucatán<br />

y coordinador del proyecto Cultura Maya en San Antonio Texas. Tiene 48 años de edad.<br />

Claudio Góngora Morales. El señor Góngora es el Abogado General desde el 25 de<br />

abril de 2001. Anteriormente, fue Subdirector de ASUR desde el 19 de abril de 1999. El<br />

señor Góngora fue Director Jurídico de Azufrera Panamericana, S.A. de C.V. alternando<br />

como consultor jurídico de Compañía Exploradora del Istmo, S.A. de C.V. También se<br />

desempeñó como el Subdirector Jurídico de la Comisión de Fomento Minero y Consultor<br />

Jurídico en Jefe para Grafito de México, S.A. de C.V., Terrenos para Industrias, S.A. de<br />

C.V., Terrenos de Jaltipan, S.A. de C.V., Macocozac, S.A. de C.V., Pasco Terminals, Inc.<br />

y Pasco International, Ltd. Tiene 53 años de edad.<br />

Manuel Gutiérrez Sola. El señor Gutiérrez ha sido nuestro Director Comercial desde el 7<br />

de agosto de 2003. Anteriormente, desde el 31 de octubre del 2002, el Sr. Gutiérrez Sola<br />

88


fue el Director Comercial interino, donde estuvo a cargo de las negociaciones de los<br />

contratos comerciales de los aeropuertos manejados por ASUR y la implementación de la<br />

segunda etapa de la estrategia comercial de la compañía. Antes de eso fungió como<br />

Administrador de las Concesiones de ASUR desde diciembre del 2000. Antes de<br />

incorporarse a ASUR, el Sr. Gutiérrez fue director General de G. Acción, S.A. de C.V. y<br />

Gerente de Maquinaria y Equipo de Gutsa Construcciones, S.A. de C.V. Tiene 42 años<br />

de edad.<br />

Acciones Propiedad de Consejeros y Funcionarios de Primer Nivel.<br />

Los consejeros y funcionarios de primer nivel de ASUR no son propietarios de acciones<br />

de ASUR.<br />

Comisarios<br />

Los estatutos sociales establecen que la vigilancia de ASUR está encomendada a dos o<br />

más comisarios, que reportan a los accionistas en la asamblea general ordinaria sobre la<br />

exactitud de la información financiera presentada por el Consejo de Administración y<br />

revisan en general los asuntos de ASUR.<br />

Asimismo, cada accionista o grupo de accionistas que sea propietario de un 10% de<br />

nuestro capital social, tiene derecho a designar un comisario adicional. Los comisarios<br />

están autorizados para: (i) convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias de<br />

accionistas; (ii) incluir asuntos en el orden del día de las asambleas de accionistas o<br />

sesiones del Consejo de Administración; y (iii) asistir, sin voto, a las asambleas de<br />

accionistas, a las sesiones del Consejo de Administración y de los Comités de ASUR. Los<br />

comisarios propietarios actuales de ASUR son los señores Manuel Canal Hernando y<br />

Rafael Maya Urosa, designados por los accionistas serie B y serie BB, respectivamente.<br />

El señor Manuel Leyva Vega es comisario suplente de ASUR, designado por el accionista<br />

de la serie BB.<br />

Remuneración a Consejeros y Funcionarios de Primer Nivel de la Sociedad<br />

Para el año terminado el 31 de diciembre de 2004, pagamos la cantidad total de<br />

aproximadamente $15.5 millones por los servicios de nuestros funcionarios de primer<br />

nivel, la cual incluye los pagos realizados a Copenhagen Airports A/S por los servicios de<br />

Kjeld Binger como nuestro Director General interino. Los Consejeros recibieron en total<br />

$3.9 millones como remuneración por el año terminado al 31 de diciembre del 2004.<br />

ASUR no ha reservado cantidad alguna para prestaciones laborales como fondos de<br />

pensiones, de retiro y demás similares.<br />

Comités<br />

Los estatutos sociales de ASUR determinan la existencia de cuatro comités para asistir en<br />

la administración de ASUR: un Comité Operativo, un Comité de Auditoria, un Comité de<br />

Adquisiciones y Contratos y un Comité de Nominaciones y Compensaciones.<br />

El Comité Operativo, actualmente tiene cinco miembros y es responsable de proponer y<br />

aprobar ciertos planes y políticas relacionadas con nuestros negocios, inversiones y<br />

administración, incluyendo la aprobación de los programas maestros de desarrollo de<br />

89


nuestras subsidiarias concesionarias, nuestra política de dividendos y las inversiones<br />

inferiores a $2 millones de dólares que no están contempladas en nuestro presupuesto<br />

anual. Conforme a nuestros estatutos sociales, el Consejo de Administración está<br />

autorizado para nombrar a los seis miembros del Comité Operativo.<br />

Los miembros del Consejo de Administración electos por los tenedores de acciones de la<br />

serie BB tienen derecho a nombrar a tres de los miembros del Comité, uno de los cuales<br />

preside el comité. Se requiere el consentimiento por parte de los consejeros de las<br />

acciones de la serie BB para la selección de los miembros del Comité Operativo que no<br />

sean miembros de nuestro consejo o directores de nuestra compañía. Los miembros<br />

actuales del Comité Operativo son Martha Miller de Lombera, Michael Olsen, Fernando<br />

Chico Pardo, Francisco Garza Zambrano y Kjeld Binger. Existe una posición en el Comité<br />

Operativo que se encuentra vacante. Se ha designado un secretario, el cual no es<br />

miembro del Comité.<br />

El Comité de Auditoria, que actualmente tiene tres miembros propietarios, es responsable<br />

de asegurar que el Consejo de Administración y nuestros funcionarios, así como los<br />

funcionarios de nuestras subsidiarias cumplan con los estatutos sociales, la ley aplicable y<br />

con lineamientos generales que deben prepararse en apego a los estatutos sociales. El<br />

Comité de Auditoria también es responsable de supervisar las operaciones de nuestra<br />

compañía con sus filiales, incluyendo ITA y sus accionistas. Los estatutos sociales<br />

establecen que una asamblea de accionistas deberá determinar el número de miembros<br />

del Comité de Auditoria, en el que se requiere que esté compuesto por una mayoría de<br />

miembros del consejo de administración. Todos los miembros del Comité de Auditoría<br />

deberán cumplir con los criterios aplicables establecidos por la ley Sabanes-Oxley del<br />

2002, y las reglas emitidas en esa ley por la U.S. Securities and Exchange Commission.<br />

Los miembros del Consejo de Administración electos por los tenedores de acciones de la<br />

serie BB tienen derecho a nombrar a un miembro del comité. Los miembros del comité<br />

eligen a un presidente, que no tiene voto de calidad, y a un secretario, que puede o no ser<br />

miembro del comité.<br />

El Comité de Auditoría también nombra a un delegado especial que no puede ser una<br />

persona nombrada por los tenedores de las acciones de la serie BB, ni estar relacionado<br />

con ellos. El comité nombró como su delegado especial al señor George Vojta. El<br />

delegado especial es el encargado de asegurar que el Socio Estratégico cumpla con sus<br />

obligaciones contempladas en el contrato de asistencia técnica y transferencia de<br />

tecnología. Los miembros propietarios actuales del Comité de Auditoria son los señores<br />

Ricardo Guajardo Touché, George Vojta (que sirve como experto financiero de nuestro<br />

Comité de Auditoría) y Gastón Azcárraga Andrade. Asimismo, se ha designado un<br />

secretario, el cual no es miembro del Comité.<br />

El Comité de Adquisiciones y Contratos, integrado por tres miembros propietarios, es<br />

responsable de asegurar el cumplimiento de las políticas de ASUR establecidas en<br />

nuestros estatutos sociales. Entre otras cosas, estas políticas requieren que el Comité de<br />

Adquisiciones y Contratos apruebe cualquier operación o serie de operaciones<br />

relacionadas entre ASUR y un tercero, que represente una cantidad mayor a US$400,000<br />

y que cualquier contrato entre ASUR, por una parte, y nuestro Socio Estratégico o<br />

cualquiera de sus personas relacionadas (según se definen en “Descripción del Capital<br />

Social”) por la otra parte, sea otorgado mediante un proceso de licitación que involucre al<br />

menos a otros tres participantes. Nuestros estatutos sociales establecen que una<br />

asamblea de accionistas determinará el número de miembros del Comité de<br />

90


Adquisiciones y Contratos. Los miembros del Consejo de Administración electos por los<br />

tenedores de acciones de la serie BB tienen el derecho de nombrar a un miembro del<br />

comité. Los miembros actuales del Comité de Adquisiciones y Contratos son los señores<br />

Fernando Chico Pardo, Martha Millar de Lombera y Kjeld Binger. Se ha designado un<br />

secretario, el cual no es miembro del Comité.<br />

El Comité de Nominaciones y Compensaciones fue creado el 12 de octubre de 1999. El<br />

de Comité de Nominaciones y Compensaciones es responsable de proponer la<br />

designación y remoción de las personas que deban integrar el Consejo de Administración,<br />

las personas que deban ocupar los cargos de los primeros niveles jerárquicos de las<br />

subsidiarias de la Sociedad, así como las remuneraciones de dichas personas. Nuestros<br />

estatutos sociales establecen que el Comité de Nominaciones y Compensaciones estará<br />

integrado por el número de miembros que designe la asamblea, y al menos uno de sus<br />

miembros deberá ser elegido por los accionistas de la serie “B” y otro deberá ser elegido<br />

por los accionistas de la serie “BB”. Los miembros restantes del Comité de Nominaciones<br />

y Compensaciones serán elegidos de común acuerdo por los dos miembros que hubiesen<br />

sido designados por los accionistas.<br />

Los miembros del Comité de Nominaciones y Compensaciones duran en sus cargos un<br />

año. En cada asamblea anual de accionistas, después de la oferta pública de nuestras<br />

acciones, el Comité de Nominaciones y Compensaciones requiere, en su caso, presentar<br />

una lista de al menos siete candidatos para ser elegidos como consejeros por el voto de<br />

los accionistas de la serie B. En la asamblea ordinaria de accionistas celebrada el 28 de<br />

febrero de 2001, nuestros accionistas resolvieron que el Comité de Nominaciones y<br />

Compensaciones estuviera integrado por tres miembros. Los miembros actuales de este<br />

comité son los señores Kjeld Binger, Martha Miller de Lombera y Fernando Chico Pardo.<br />

También se ha designado un secretario, el cual no es miembro del Comité.<br />

Control Interno<br />

ASUR cuenta con un sistema integral de control interno y procedimientos administrativos<br />

cuyos lineamientos generales son establecidos por el Comité de Auditoría, aprobados por<br />

el Consejo de Administración y validados por los auditores externos.<br />

El sistema de control interno de ASUR cumple con fundamentalmente todas las<br />

recomendaciones contenidas en el Código de Mejores Prácticas Corporativas sobre sus<br />

prácticas de gobierno corporativo. Los inversionistas podrán consultar el grado de<br />

adhesión de ASUR al Código de Mejores Prácticas Corporativas en la página de internet<br />

de la BMV en la siguiente dirección: www.bmv.com.mx.<br />

Para una descripción general de los sistemas de control interno que hemos adoptado ver<br />

“Consejeros, Altos Directivos y Empleados – Comités” y “Código de Ética”.<br />

91


Recursos Humanos<br />

El siguiente cuadro establece el número de empleados en diversas posiciones al final de<br />

2002, 2003 y 2004.<br />

Al 31 de diciembre<br />

de 2002<br />

Al 31 de diciembre<br />

de 2003<br />

92<br />

Al 31 de diciembre<br />

de 2004<br />

Administrativo<br />

Ciudad de México ...................... 123 114 63<br />

Aeropuerto de Cancún.............. 69 77 114<br />

Aeropuerto de Cozumel............ 13 13 10<br />

Aeropuerto de Huatulco.............. 14 16 14<br />

Aeropuerto de Mérida................. 35 35 34<br />

Aeropuerto de Minatitlán............. 13 13 12<br />

Aeropuerto de Oaxaca................ 12 13 12<br />

Aeropuerto de Tapachula........... 15 20 17<br />

Aeropuerto de Veracruz.............. 18 18 19<br />

Aeropuerto de Villahermosa.......<br />

11 15 14<br />

Total de personal administrativo<br />

323 334 309<br />

Trabajadores Sindicalizados<br />

Ciudad de México....................... 0 0 0<br />

Aeropuerto de Cancún.............. 113 114 109<br />

Aeropuerto de Cozumel............ 25 25 24<br />

Aeropuerto de Huatulco.............. 18 18 19<br />

Aeropuerto de Mérida................. 44 44 44<br />

Aeropuerto de Minatitlán............. 16 16 16<br />

Aeropuerto de Oaxaca................ 20 22 20<br />

Aeropuerto de Tapachula........... 17 16 16<br />

Aeropuerto de Veracruz.............. 26 26 26<br />

Aeropuerto de Villahermosa.......<br />

24 25 27<br />

Total de trabajadores<br />

sindicalizados<br />

303<br />

Al 31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004 teníamos aproximadamente 626, 640 y 610<br />

empleados, respectivamente.<br />

Aproximadamente 49.3% de nuestros empleados al 31 de diciembre de 2004 eran<br />

sindicalizados. Una porción significativa de los servicios prestados en nuestros<br />

aeropuertos son realizados por personal empleado por terceros. Aproximadamente de<br />

nuestros empleados 10% son contratados por Servicios Aeroportuarios del Sureste, S.A.<br />

de C.V., una subsidiaria totalmente controlada que nos proporciona servicios laborales,<br />

administrativos, financieros, comerciales y fiscales, mientras que el resto, incluyendo al<br />

personal sindicalizado, son empleados por nuestras nueve compañías subsidiarias<br />

operativas.<br />

Todos nuestros empleados sindicalizados son miembros de las divisiones locales del<br />

Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Aeroportuaria y de Servicios Similares<br />

y Conexos de la República Mexicana. Las relaciones laborales con nuestros empleados<br />

generalmente se rigen por nueve contratos colectivos separados, uno para cada uno de<br />

nuestros nueve aeropuertos, y se negocian por la división local del sindicato. Como<br />

sucede con frecuencia en México, los salarios se renegocian cada año, mientras que los<br />

demás términos y condiciones se tratan cada dos años. La renegociación de nuestros<br />

306<br />

301


contratos colectivos de trabajo con nuestro personal sindicalizado se inició en agosto de<br />

2003 y dichas negociaciones concluyeron en octubre de 2004. Consideramos que<br />

nuestras relaciones con los trabajadores son buenas.<br />

Como parte de la apertura de los aeropuertos mexicanos a la inversión privada, el<br />

personal empleado por nuestro Antecesor en los aeropuertos fue liquidado el 31 de<br />

octubre de 1998 y recontratado por nosotros el 1° de noviembre de 1998, liberándolos de<br />

toda responsabilidad laboral por su empleo anterior. En relación con el cambio en la<br />

administración, hemos iniciado una serie de iniciativas sobre el número de personal,<br />

incluyendo:<br />

Reducción substancial de horas extras<br />

Elaboración de estándares de contratación<br />

Implementación de programas generales de capacitación<br />

Enfatizar el servicio al consumidor<br />

Implementar un programa de descentralización de la administración<br />

93


Principales Accionistas y Operaciones con Personas Relacionadas<br />

PRINCIPALES ACCIONISTAS<br />

El siguiente cuadro muestra información en relación con la actual tenencia de las<br />

acciones en circulación.<br />

Identidad del Accionista<br />

Número de acciones<br />

Clase I<br />

Porcentaje sobre el<br />

capital social total<br />

Serie B Serie BB Serie B Serie BB<br />

ITA (1) __ 45'000,000 __ 15.0%<br />

Copenhagen Airports A/S 7,500,000 __ 2.5% __<br />

Fernando Chico Pardo 7,000,010 __ 2.3 __<br />

Público Inversionista 240’499,990 __ 80.2% __<br />

_________________<br />

(1) Adicionalmente, el Sr. Fernando Chico Pardo y Copenhagen Airports A/S son accionistas del 51% y 49%,<br />

respectivamente del capital social de ITA y tienen acciones serie B, representativas de aproximadamente<br />

2.3% y 2.5% del capital social de ASUR, respectivamente. Dichas acciones fueron adquiridas a precios de<br />

mercado a través de los mercados de valores.<br />

ITA tiene una que expira el 18 de diciembre de 2005 para suscribir nuevas acciones de la<br />

serie B. Dicha opción permitiría a ITA suscribir el 1% de nuestro capital social en<br />

circulación. ITA podrá ejercitar dicha opción únicamente si cumple con las obligaciones a<br />

su cargo establecidas de conformidad con el contrato de asistencia técnica y las<br />

restricciones de tenencia accionaria establecidas en los estatutos sociales de ASUR. Ver<br />

“Operaciones con Personas Relacionadas”.<br />

Fideicomiso de ITA y Convenio de Accionistas<br />

Las reglas que rigieron la venta de nuestras acciones de la serie BB a ITA requirieron que<br />

ITA colocara todas sus acciones de la serie BB en un fideicomiso con el fin de garantizar<br />

el cumplimiento por parte de ITA de todas sus obligaciones contraídas bajo el contrato de<br />

asistencia técnica y el compromiso de ITA de mantener su participación en ASUR por un<br />

plazo específico. Consecuentemente, ITA afectó sus acciones a un fideicomiso constituido<br />

con Bancomext. Dicho fideicomiso faculta a ITA a instruir a Bancomext en relación con el<br />

voto de las acciones fideicomitidas que representen hasta el 10% del capital social de<br />

ASUR; el 5% restante requieren ser votadas en el mismo sentido en que se voten la<br />

mayoría de las acciones en las asambleas de accionistas. Bajo las disposiciones de<br />

nuestros estatutos sociales y el fideicomiso, ITA podrá vender hasta el 49% de las<br />

acciones de la serie BB de que sea titular sin restricción alguna, hasta el 18 de diciembre<br />

de 2008. Después del 18 de diciembre de 2008, ITA podrá vender en cualquier año hasta<br />

el 20% de su participación restante. El plazo del fideicomiso se extenderá por 15 años<br />

adicionales si al final del plazo inicial de 15 años, ITA tiene acciones que representen más<br />

del 10% de nuestro capital social. ITA podrá dar por terminado el fideicomiso antes del<br />

inicio del segundo plazo de 15 años si: (i) ITA tiene menos del 10% de nuestro capital<br />

social al final del término inicial; y (ii) el contrato de asistencia técnica ha terminado. ITA<br />

requiere depositar en el fideicomiso todas las acciones representativas de nuestro capital<br />

social que adquiera adicionalmente.<br />

94


Los accionistas de ITA han celebrado un convenio entre accionistas que dispone que la<br />

mayoría de los asuntos relacionados con la participación de ITA en nuestra administración<br />

serán decididos por una mayoría calificada consistente en seis de los ocho consejeros de<br />

ITA. Asimismo, establece que la mayoría calificada deberá incluir a los cuatro consejeros<br />

designados por los dos socios clave, actualmente Copenhagen Airports A/S y Fernando<br />

Chico Pardo en relación con ciertos asuntos, incluyendo la designación y revocación del<br />

Director General de ASUR y la designación de los miembros del consejo de<br />

administración por el de la serie BB. El voto favorable de los consejeros de ITA<br />

designados por Copenhagen Airports A/S es necesario en la mayoría calificada en<br />

relación con la aprobación de modificaciones a nuestros programas maestros de<br />

desarrollo, planes de negocios e inversión. Actualmente, Copenhagen Airports A/S y<br />

Fernando Chico Pardo tienen la facultad para designar cada uno a 2 de los 7 consejeros<br />

que integran el consejo de administración de ITA.<br />

Bajo el convenio entre accionistas de ITA, la decisión de ITA de ejercitar sus derechos<br />

para adquirir acciones adicionales representativas de nuestro capital social requiere el<br />

consentimiento unánime de los accionistas de ITA. Sin embargo, en caso de que los<br />

accionistas de ITA no aprueben de manera unánime el ejercicio de dicha opción, los<br />

accionistas de ITA que sí la hayan aprobado podrán hacer que ITA transmita dicha opción<br />

a favor de otro accionista o accionistas a cambio de un precio razonable por dicha opción<br />

que sea aprobado por los accionistas o determinado por un avalúo. Ver “Operaciones con<br />

Personas Relacionadas”.<br />

Bajo los términos del convenio de participación y el contrato de fideicomiso, los socios<br />

clave de ITA, actualmente Copenhagen Airports A/S y Fernando Chico Pardo, requieren<br />

mantener su participación de 25.5% en ITA cada uno hasta el 18 de diciembre de 2013,<br />

salvo que cuenten con la autorización de la Secretaría. En la medida en que uno de<br />

dichos socios clave obtenga una participación mayor al 25.5% en ITA, el excedente podrá<br />

ser enajenado sin restricción alguna. No se puede asegurar que los términos del convenio<br />

de participación o el contrato de fideicomiso no se modificarán para eliminar dichas<br />

restricciones en la tenencia accionaria. Si ITA o cualquiera de sus accionistas incumpliese<br />

cualquiera de las obligaciones contenidas en el convenio de participación o el contrato de<br />

asistencia técnica, una vez realizada la notificación específica y las medidas de<br />

reparación, el contrato de fideicomiso dispone que el fiduciario podrá enajenar 5% de las<br />

acciones fideicomitidas y pagar a ASUR por los daños y perjuicios.<br />

En enero de 2004, Tribasa enajenó a NAFIN su participación en ITA, correspondiente al<br />

25.5% del capital de esta última. Por virtud de dicha enajenación, Tribasa dejo de tener<br />

participación en el capital social de ITA. En Octubre de 2004, NAFIN inició un proceso de<br />

subasta a efecto de enajenar su participación del 25.5% en ITA. Dicha enajenación se<br />

llevó a cabo mediante un proceso de venta, y se encontró sujeto a un derecho de<br />

preferencia por otros accionistas de ITA, y el señor Fernando Chico Pardo ejerció su<br />

derecho en Diciembre de 2004. El señor Chico Pardo pagó un 2% más que el monto<br />

ofrecido durante el proceso de subasta. La transmisión de las acciones tuvo efecto una<br />

vez terminadas las medidas para la transacción, según lo dispuesto en el Contrato de<br />

Accionistas de ITA.<br />

En abril de 2004, el grupo francés Vinci Airports S.A. vendió su participación del 24.5% en<br />

ITA al señor Fernando Chico Pardo. Como resultado de dicha enajenación, Vinci Airports,<br />

S.A. dejó de participar en el capital social de ITA.<br />

95


También en abril de 2004, la compañía española Ferrovial Aeropuertos, S.A. vendió 11%<br />

de su participación accionaria en ITA a Copenhagen Airports A/S y el 13% restante a<br />

Fernando Chico Pardo. Como resultado de dicha enajenación, Ferrovial Aeropuertos, S.A.<br />

dejó de participar en el capital social de ITA.<br />

En abril de 2005, Fernando Chico Pardo vendió 12.5% de su participación accionaria en<br />

ITA a Copenhagen Airports A/S. Como resultado de lo anterior, Fernando Chico Pardo y<br />

Copenhagen Airports A/S son propietarios del 51% y 49%, respectivamente del capital<br />

social de ITA.<br />

Operaciones con ITA<br />

Operaciones con Personas Relacionadas<br />

Las reglas para la venta de acciones de la serie BB requirieron que ITA, ASUR y la<br />

Secretaría suscribieran un contrato de participación, el cual estableció el marco para el<br />

contrato de opción, el contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología y el<br />

contrato de fideicomiso con Bancomext.<br />

En términos del contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología y del contrato<br />

de participación, ITA y sus accionistas acordaron proporcionar servicios de<br />

administración, consultoría y transferencia de tecnología de la industria en relación con la<br />

operación de nuestros aeropuertos. Estos contratos otorgan a ITA el derecho de designar<br />

y remover a nuestro Director General, a la mitad de los funcionarios de primer nivel de la<br />

administración (actualmente dos de cuatro) y a dos miembros de nuestro Consejo de<br />

Administración. Estos contratos también otorgan a ASUR una licencia exclusiva y<br />

perpetua en México para utilizar toda la asistencia técnica y conocimientos transferidos a<br />

ASUR por ITA o sus accionistas durante la vigencia del contrato. El contrato de asistencia<br />

técnica tiene una vigencia de quince años y se renueva automáticamente por términos<br />

adicionales de cinco años, a menos que una de las partes notifique su intención de no<br />

renovarlo en un periodo específico. El contrato requiere que ASUR pague a ITA una<br />

contraprestación anual equivalente a lo que resulte mayor entre una cantidad fija en<br />

dólares o el 5% de nuestras utilidades anuales consolidadas, antes de resultados integral<br />

de financiamiento, ISR o IA, depreciación y amortización (determinado bajo PCGA y<br />

calculado antes de deducir dicha contraprestación). La cantidad fija en dólares desciende<br />

durante los primeros cinco años del contrato para crear un incentivo para ITA de<br />

incrementar nuestras utilidades, antes del resultado integral de financiamiento, ISR o IA,<br />

depreciación y amortización. ITA tiene también el derecho de recibir el reembolso de los<br />

gastos en que incurra en su prestación de servicios en términos del contrato. El contrato<br />

permite a ITA, a sus accionistas y a sus filiales proporcionar servicios adicionales a ASUR<br />

sólo si nuestro Comité de Adquisiciones y Contratos determina que estas personas<br />

relacionadas han presentado la oferta más favorable en un proceso de licitación. Ver<br />

“Administración – Comités.” En 2001, 2002, 2003 y 2004, reconocimos un gasto de<br />

US$4.5 millones, US$3.7 millones, US$4.1 millones y US$5.8 millones, respectivamente,<br />

en relación con el contrato de asistencia técnica, más gastos adicionales de<br />

aproximadamente US$0.3 millones de dólares, US$0.6 millones, US$0.3 millones y<br />

US$0.1 millones, respectivamente.<br />

En términos del contrato de opción, ITA tiene una que expira el 18 de diciembre de 2005<br />

para suscribir nuevas acciones de la serie B. Dicha opción permitiría a ITA suscribir el 1%<br />

96


de nuestro capital social en circulación. ITA podrá ejercitar dicha opción únicamente si<br />

cumple con las obligaciones a su cargo establecidas de conformidad con el contrato de<br />

asistencia técnica y las restricciones de tenencia accionaria establecidas en los estatutos<br />

sociales de ASUR. El precio de ejercicio de la opción es de $2.64559301 dólares por<br />

acción (el precio por acción en dólares pagado por ITA por sus acciones de la serie BB)<br />

más un ajuste anual en concepto de premio de 5% a partir del 18 de diciembre de 1998.<br />

El contrato de opción contempla que el precio de ejercicio se ajustará en caso de<br />

incrementos o disminuciones en el capital o en caso de que ASUR pague dividendos a<br />

sus accionistas.<br />

Convenios con Copenhagen Airports A/S<br />

En junio de 2003 celebramos un contrato con una subsidiaria de Copenhagen Airports A/S<br />

de conformidad con el cual contratamos los servicios de Kjeld Binger como Director<br />

General interino de ASUR a cambio de una contraprestación mensual.<br />

Periodos de Ejercicio de<br />

la Opción<br />

Primero<br />

ejercicio<br />

periodo de<br />

(1)<br />

Segundo periodo de<br />

ejercicio (1)<br />

Del 18 de diciembre de 2001 al<br />

18 de diciembre de 2003<br />

Del 18 de diciembre de 2002 al<br />

18 de diciembre de 2004<br />

Tercer periodo de ejercicio Del 18 de diciembre de 2003 al<br />

18 de diciembre de 2005<br />

(1) Venció sin haber sido ejercitada.<br />

97<br />

Porcentaje del capital<br />

social en circulación<br />

ITA tiene el derecho de las opciones restantes inmediatamente al ocurrir cualquiera de los<br />

siguientes eventos: (i) que cualquier accionista adquiera una participación individual igual<br />

o superior al 35% de nuestro capital social (la adquisición de más del 10% de nuestro<br />

capital social por cualquier persona distinta de ITA, NAFIN o el Gobierno Federal<br />

requeriría una modificación a nuestros estatutos sociales); (ii) que la asamblea de<br />

accionistas apruebe una fusión que involucre a ASUR y que diluya la participación de<br />

nuestros accionistas en más del 35%; o (iii) que nuestro precio por acción en el mercado<br />

de valores sea igual o superior a $5.29118602 dólares (dos veces el precio de ejercicio de<br />

la opción). ITA o cualquier tenedor de la opción puede transmitir su opción a cualquier<br />

parte que pueda ser un accionista de un concesionario en términos de la Ley de<br />

Aeropuertos y los estatutos sociales. Las restricciones aplicables se encuentran descritas<br />

en “Información de la Compañía - Marco Regulatorio – Enfoque de las Concesiones y<br />

Obligaciones Generales de los Concesionarios”.<br />

Los accionistas de ITA han celebrado un convenio mediante el cual la decisión de ITA de<br />

ejercer cualquiera de sus opciones requiere la aprobación unánime de sus accionistas.<br />

Sin embargo, en el caso de que los accionistas de ITA no acuerden de manera unánime<br />

en ejercer la opción, el accionista o accionistas de ITA en favor de ejercer la opción<br />

podrán solicitar que ITA le transmita las opciones a su valor justo, según se acuerde entre<br />

los accionistas o se determine mediante un avalúo.<br />

2%<br />

2%<br />

1%


Operaciones con Entidades Controladas por el Gobierno Federal<br />

En el curso normal de nuestras operaciones, llevamos a cabo operaciones con diversas<br />

entidades controladas por el Gobierno Federal, incluyendo la prestación de servicios a<br />

varias aerolíneas controladas por Cintra y la compra de electricidad a la Comisión Federal<br />

de Electricidad.<br />

Las aerolíneas y otras entidades controladas por Cintra representaron conjuntamente<br />

27.2%, 22.6% y 19.5%, respectivamente, de los ingresos generados por nuestros<br />

aeropuertos durante 2002, 2003 y 2004, respectivamente. Nuestras cuentas por cobrar al<br />

31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004, fueron de 47.4% y 49.4 y 62.0%,<br />

respectivamente. Estas aerolíneas incluyen a Aeromexico, Mexicana, Aerocaribe,<br />

Aerocozumel y Aerolitoral. A través de Aeromexico y Mexicana, Cintra también controla<br />

SEAT, el principal prestador de servicios de rampa y manejo de equipaje de nuestros<br />

aeropuertos. La mayoría del capital social de Cintra es propiedad del IPAB. El IPAB tiene<br />

la obligación de enajenar su participación en Cintra. Después de un período de estudio, el<br />

congreso ha autorizado la privatización por separado de las empresas controladas por<br />

Cintra por medio de un proceso de licitación y Cintra ya anunció públicamente que<br />

pretende vender la totalidad o una porción de su participación en Aeroméxico y Mexicana.<br />

Ver “Información de la Compañía - Principales Clientes de Tráfico Aéreo”, y la Nota 12 a<br />

nuestros Estados Financieros.<br />

Además de los ingresos percibidos por Cintra, registramos ingresos de varias<br />

dependencias federales y estatales del Gobierno. Los ingresos registrados de parte del<br />

sector público (excluyendo a Cintra) fueron de $2.9 millones, $6.7 millones y $11.9<br />

millones para los años terminados el 31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004,<br />

respectivamente.<br />

Durante los años concluidos el 31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004, registramos gastos<br />

de $58.6 millones, $57.1 millones y $61.9 millones, respectivamente, por concepto de<br />

electricidad, basurero, agua y otros servicios obtenidos de las entidades o dependencias<br />

del Gobierno.<br />

Información Financiera<br />

Ver “Estados Financieros”.<br />

98


Procedimientos Legales<br />

Somos parte en procedimientos legales que son incidentales al curso normal de nuestro<br />

negocio.<br />

Actualmente, estamos involucrados en diversos litigios por los que estamos solicitando<br />

confirmación de nuestro derecho de terminar ciertos contratos de arrendamiento como<br />

consecuencia de su vencimiento. Estos procedimientos incluyen litigios relacionados con<br />

las tiendas duty-free ubicadas en los aeropuertos de Cancún, Cozumel y Mérida.<br />

En abril de 2005, la Corte Internacional de Arbitraje emitió laudo final mediante el cual se<br />

requirió a Dufry México, S.A. de C.V. a, entre otros, entregar una de las tiendas duty-free<br />

que opera en el aeropuerto de Cancún y a pagar US$3.7 millones a <strong>Asur</strong>. Dufry aun no ha<br />

cumplido con el laudo y no podemos asegurar que Dufry cumplirá con el mismo en el<br />

futuro.<br />

Los municipios de Cancún, Cozumel Mérida, Minatitlán, Veracruz y Villahermosa nos han<br />

notificado requerimientos de pago del impuesto predial sobre los terrenos donde se<br />

encuentran los aeropuertos. Sin embargo, consideramos que no hay bases legales para<br />

estos reclamos ya que se contravienen las disposiciones legales en materia de bienes del<br />

dominio público, que incluyen los aeropuertos objeto de nuestras concesiones. En abril de<br />

2001 interpusimos una demanda de amparo en contra del requerimiento de pago iniciado<br />

por parte de las autoridades municipales de Cancún y Cozumel. El litigio en contra del<br />

Municipio de Cancún se resolvió a nuestro favor en marzo de 2004. El resto de los<br />

procedimientos legales en los que estamos envueltos sigue su curso.<br />

No consideramos que las responsabilidades relacionadas con estos reclamos y<br />

procedimientos tengan, individual o colectivamente, un efecto adverso en nuestra<br />

condición financiera consolidada o nuestros resultados de operación.<br />

99


DIVI<strong>DE</strong>NDOS<br />

100<br />

La declaración, cantidad y pago de dividendos, en su caso, lo determina el voto<br />

mayoritario de los accionistas presentes en asamblea de accionistas por recomendación<br />

del consejo de administración. Mientras las acciones serie BB representen por lo menos<br />

7.65% de nuestro capital social, tanto la declaración como el pago de dividendos<br />

requerirán la aprobación de los tenedores de una mayoría de las acciones serie BB. Las<br />

figuras incluidas en esta subsección se encuentran expresadas en pesos nominales.<br />

La legislación mexicana establece que las sociedades deben separar por lo menos el 5%<br />

de sus utilidades netas (después del reparto de utilidades y de otras deducciones<br />

requeridas por la legislación mexicana) para constituir una reserva legal hasta alcanzar<br />

una cantidad de al menos el 20% de su capital social (sin considerar ajustes por inflación).<br />

Las sociedades mexicanas solamente pueden pagar dividendos provenientes de<br />

utilidades (incluyendo utilidades acumuladas después de que las pérdidas acumuladas se<br />

hayan absorbido o se hayan pagado) y solamente después de la separación para la<br />

reserva legal. La reserva legal requiere constituirse en forma independiente por cada<br />

sociedad, y no sobre una base consolidada. El nivel de utilidades disponibles para el pago<br />

de dividendos se determina según los PCGA. La reserva legal de nuestra compañía<br />

controladora, Grupo Aeroportuario del Sureste, S.A. de C.V., es de $99.2 millones de<br />

pesos (que incluye la asignación requerida correspondiente a los ingresos netos del<br />

2004). Nuestras subsidiarias son requeridas a asignar utilidades a sus respectivas<br />

reservas legales previo al pago de dividendos a Grupo Aeroportuario del Sureste, S.A. de<br />

C.V.<br />

Los dividendos pagados a los tenedores de acciones serie B y ADSs que no sean<br />

residentes en México no están sujetos a retención de impuesto en México. Los dividendos<br />

que se pagan de las utilidades repartibles de una compañía que no han estado sujetos a<br />

ISR, estarán sujetos a un impuesto sobre dividendos (pagadero a nuestro favor) calculado<br />

sobre una base aplicando un factor de 1.5385 en el 2002, 1.5152 en el 2003, 1.4925 en el<br />

2004, 1.4286 en el 2005, 1.4085 en el 2006 y 1.3889 posteriormente. Tasas de impuestos<br />

a nivel corporativo del 35% en el 2002, 34% en el 2003, 33% en el 2004, 30% en el 2005,<br />

29% en el 2006 y 28% posteriormente aplicado al resultado. Este impuesto por dividendos<br />

a nivel corporativo sobre la distribución de utilidades podrá aplicarse como un crédito<br />

frente al ISR corporativo mexicano correspondiente al año en que se pagó el impuesto o<br />

cuantía el ISR por un período de dos ejercicios fiscales posteriores a la fecha en que se<br />

pagó el dividendo.<br />

En caso de dividendos pagados en el 2004, el crédito se aplica contra la distribución de<br />

utilidades de los tres ejercicios fiscales siguientes. Los dividendos pagados de las<br />

utilidades repartibles de una compañía que han estado sujetos a ISR corporativo no están<br />

sujetos al ISR por dividendos a nivel corporativo. Tres de nuestras subsidiarias (Cancún,<br />

Villahermosa y Mérida) obtuvieron una resolución a su favor mediante la cual se redujo la<br />

tasa a la que están sujetos los dividendos de 47.0592% en 2004 a 32%.<br />

Al 31 de diciembre de 2004, no teníamos utilidades repartibles que estuvieran sujetas a<br />

ISR corporativo. No esperamos generar utilidades repartibles sujetas a ISR corporativo en<br />

el futuro cercano. Hasta que generemos dichas utilidades, los dividendos pagados a los<br />

tenedores de acciones serie B y ADSs que no sean residentes en México estarán sujetos<br />

a un impuesto por dividendos a nivel corporativo discutido anteriormente.


101<br />

El 28 de abril de 2005, los accionistas resolvieron separar la cantidad aproximada de 30.3<br />

millones (el 5% de las utilidades netas obtenidas durante el 2004) para su aplicación al<br />

fondo de reserva legal de conformidad con la legislación aplicable. Los accionistas<br />

resolvieron la separación de $14.6 millones (5% del ingreso neto para el ejercicio fiscal del<br />

2003) al fondo de reserva legal el 29 de abril de 2004, y aprobaron la asignación de $12.1<br />

millones (5% del ingreso neto para el ejercicio fiscal del 2002) al fondo de reserva legal el<br />

29 de abril de 2003.<br />

El 29 de abril de 2005, nuestros accionistas resolvieron el pago de un dividendo neto en<br />

efectivo después de impuestos de $186 millones ó $.062 por acción a cada una de las<br />

acciones serie B y BB. Este dividendo fue pagado el 30 de mayo de 2005.<br />

El 29 de abril de 2004, los accionistas resolvieron decretar un dividendo neto en efectivo<br />

después de utilidad neta de $168 millones (en términos nominales) ó $0.56 por acción.<br />

Debido a que este pago de dividendo no fue tomado de la cuenta de utilidad después de<br />

impuestos, tuvo un aumento por concepto de impuestos de $61.4 millones.<br />

El 28 de abril de 2003, los accionistas resolvieron decretar el pago de un dividendo neto<br />

en efectivo después de impuestos de $150 millones (en términos nominales) ó $0.50 por<br />

acción.<br />

En ausencia de oportunidades atractivas de inversión, es nuestra intención continuar<br />

pagando dividendos anuales de nuestra utilidad neta anual, aunque no necesariamente<br />

esto significa que paguemos dividendos extraordinarios en un futuro. Actualmente no<br />

pretendemos implementar un plan de recompra accionaria.<br />

Nuestros dividendos futuros serán decretados en pesos. En el caso de acciones serie B<br />

representadas por ADSs, los dividendos en efectivo se le pagan al depositario, y sujeto a<br />

los términos del Contrato de Depósito, se convierten a y se pagan en dólares al tipo de<br />

campo prevaleciente, neto después de gastos de conversión del depositario. Las<br />

fluctuaciones en los tipos de cambio afectan la cantidad de dividendos que reciben los<br />

tenedores de ADSs. Para una discusión más detallada, ver “Información Adicional”.


Comportamiento de la Acción en el Mercado de Valores<br />

Precio histórico de las acciones<br />

102<br />

El siguiente cuadro establece, para los periodos indicados, los precios de cierre para (i)<br />

nuestras acciones que cotizan en la BMV en pesos y (ii) los ADSs que cotizan en la NYSE<br />

en dólares. Ver “Información Adicional – Controles del Mercado” para las tasas de<br />

mercado aplicables durante los periodos que se establecen a continuación. La<br />

información establecida en el siguiente cuadro refleja las cantidades históricas en la fecha<br />

en que se negociaron las acciones y no han sido reexpresados en pesos constantes.<br />

El precio más alto y más bajo de las acciones que cotizan en la BMV y de los ADSs que<br />

cotizan en el NYSE durante los cinco ejercicios fiscales mas recientes:<br />

Años terminados el 31 de<br />

diciembre de<br />

Pesos por acción de la Serie B Dólares de los Estados Unidos<br />

por ADS (1)<br />

Baja<br />

2003<br />

Primer trimestre....................... 11.30 12.86 9.82 12.55<br />

Segundo trimestre…................ 13.06 16.34 10.99 15.99<br />

Tercer trimestre........................ 15.00 17.19 13.93 16.13<br />

Cuarto Trimestre...................... 16.20 20.00 14.55 18.14<br />

2004<br />

Primer trimestre....................... 19.30 24.71 17.38 22.50<br />

Segundo trimestre............... 18.58 20.33 21.29 23.06<br />

Tercer trimestre........................ 19.46 22.28 22.65 25.27<br />

Cuarto Trimestre...................... 23.54 27.05 26.99 30.15<br />

2005<br />

Primer trimestre...................... 28.10 31.00 24.35 27.30<br />

Precios Mensuales......................<br />

Diciembre 2004........................ 29.20 31.79 25.62 28.62<br />

Enero 2005......................... 28.10 31.00 24.35 27.30<br />

Febrero 2005............................ 29.60 35.95 26.40 32.55<br />

Marzo 2005.............................. 30.60 37.12 27.26 33.70<br />

Abril 2005............................... 31.19 34.25 28.00 31.05<br />

Mayo 2005.............................<br />

_______________<br />

1<br />

10 de acciones serie B por ADR<br />

Fuentes: BMV y Bolsa de Nueva York.<br />

32.55 33.30 29.92 30.75<br />

Alta<br />

Baja<br />

Alta


LA OPERACIÓN EN LA BMV<br />

103<br />

La BMV, ubicada en la Ciudad de México, es la única bolsa de valores en México.<br />

Fundada en 1894, cesó operaciones a principios de 1900 y ha operado continuamente<br />

desde 1907. La BMV está constituida como una sociedad anónima, y sus acciones son<br />

propiedad de las casas de bolsa. Dichas casas de bolsa están autorizadas a operar<br />

exclusivamente en el piso de operaciones. Dichas operaciones se llevan a cabo por medio<br />

del sistema para la formulación de posturas y concertación de operaciones en el mercado<br />

de capitales conocido como SENTRA, entre las 8:30 de la mañana y 3:30 de la tarde,<br />

tiempo de la Ciudad de México, en cada día hábil. Cada día hábil se divide en seis<br />

sesiones de comercio con periodos de diez minutos entre cada sesión. Las operaciones<br />

sobre valores que cotizan en la BMV podrán, con sujeción a ciertos requisitos, hacerse<br />

fuera de la Bolsa. Debido principalmente a disposiciones fiscales, sin embargo, la mayoría<br />

de las operaciones con valores que cotizan en Bolsa se realizan por medio de la misma<br />

Bolsa. La BMV opera con un sistema de suspensión automática de la cotización de<br />

acciones de un emisor particular como medio de control de volatilidad excesiva del precio.<br />

Los procesos de suspensión no aplican sobre acciones que sean operadas directamente<br />

o indirectamente (por medio de ADSs o CPOs) por bolsas de valores en el extranjero.<br />

La transacción surte efectos dos días hábiles después de la transacción realizada en la<br />

BMV. Las transacciones diferidas, aunque se realicen por acuerdo de voluntades, no<br />

están permitidas sin la autorización de la CNBV. La mayoría de los valores que cotizan en<br />

la BMV se encuentran depositados en el S.D. Indeval, S.A. de C.V., Instituto para el<br />

Depósito de Valores, un depositario privado de valores que actúa como cámara de<br />

compensación, depositario, custodio y registro de las operaciones realizadas en la BMV,<br />

eliminando la necesidad de transmisión física de los títulos de acciones.<br />

La BMV es una de las bolsas de valores más grandes de Latinoamérica en cuanto a<br />

capitalización, pero continúa siendo relativamente pequeña y escasa de liquidez en<br />

comparación a las principales bolsas de valores a nivel mundial, por lo tanto, está<br />

expuesta a una mayor volatilidad.<br />

Al 31 de diciembre de 2004, 158 compañías mexicanas, excluyendo sociedades de<br />

inversión, cotizaban sus acciones en la BMV. En 2004, las diez acciones más cotizadas<br />

(con exclusión de los bancos) representaron aproximadamente el 71% del volumen total<br />

de las acciones operadas en la BMV. Aunque el público participa en el comercio de<br />

valores, la gran parte de la actividad de la BMV refleja operaciones realizadas por<br />

inversionistas institucionales. No existe un mercado directo formal sobre las acciones en<br />

México.<br />

El valor de mercado de las compañías mexicanas se ve afectado, en diferentes grados,<br />

por las condiciones económicas y comerciales de otros mercados extranjeros. A finales de<br />

octubre de 1997, los precios de los valores de deuda y de capital mexicanos disminuyeron<br />

substancialmente como consecuencia de las disminuciones del año pasado en los<br />

mercados de valores de Asia, Rusia y Brasil.


Información Adicional.<br />

Estatutos Sociales<br />

Esta sección resume las disposiciones de la ley mexicana y nuestros estatutos sociales.<br />

104<br />

Mediante resolución adoptada en nuestra Asamblea General Extraordinaria de<br />

Accionistas, celebrada el 30 de diciembre de 2003, diversas modificaciones a nuestros<br />

estatutos sociales fueron aprobadas a fin de cumplir con lo dispuesto por las<br />

Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros<br />

participantes del mercado de valores publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19<br />

de marzo de 2003. La modificación de estatutos mencionada quedó debidamente<br />

registrada en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal el 25 de febrero de<br />

2004, bajo el folio mercantil número 237,658. Nuestro objeto social se encuentra definido<br />

en el artículo segundo de nuestros estatutos e incluye la administración y operación de<br />

aeropuertos, así como un amplio rango de otras actividades comerciales.<br />

Consejo de Administración<br />

Nuestros estatutos sociales establecen que nuestro consejo de administración se integre<br />

por un mínimo de siete y máximo 11 miembros. Todos los consejeros podrán ser elegidos<br />

en una sola sesión.<br />

En cada una de las asambleas de accionistas en que se resuelva la elección de<br />

consejeros, los tenedores de las acciones de la serie BB estarán facultados de elegir a<br />

dos consejeros y a sus suplentes. Los miembros restantes del Consejo de Administración<br />

serán electos por los tenedores de las acciones de la serie B.<br />

Cada persona (o grupo de personas que actúen de manera conjunta) que tengan el 10%<br />

de nuestro capital social en acciones de la serie B estarán facultados para elegir a un<br />

consejero y a su suplente. Los miembros restantes del Consejo de Administración serán<br />

votados por todos los accionistas de la serie B, incluyendo los accionistas de la serie B<br />

que estén facultados a elegir un consejero por virtud de tener el 10% de nuestro capital<br />

social. Los candidatos para la elección de los accionistas de la serie B se propondrán<br />

ante la asamblea de accionistas por el Comité de Nominaciones y Compensaciones.<br />

Todos los consejeros se eligen por simple mayoría de votos en la asamblea de<br />

accionistas. Nuestros estatutos sociales no imponen un retiro forzoso de los consejeros<br />

por cumplir una cierta edad. La compensación de nuestros consejeros es propuesta por el<br />

Comité de Nominaciones y Compensaciones a nuestros accionistas en el asamblea de<br />

accionistas para su aprobación.<br />

El número de consejeros que serán ser elegidos por los accionistas de la serie B se<br />

determinará con base en el número de consejeros elegidos por las personas que tengan<br />

las acciones de la serie B que representen 10% (individualmente o de manera conjunta)<br />

de nuestro capital social y por lo tenedores de las acciones de la serie BB. Si menos de<br />

siete consejeros fuesen elegidos por los accionistas tenedores del 10% del capital social<br />

en ejercicio de su facultad y por los tenedores de las acciones de la serie BB, los<br />

accionistas de la serie B quedarán facultados de elegir los consejeros que se requieran<br />

para que el número de consejeros llegue a siete. Si un total de siete consejeros fuesen<br />

elegidos por los accionistas tenedores del 10% del capital social en ejercicio de su<br />

facultad y por los tenedores de las acciones de la serie BB, los accionistas de la serie B


105<br />

quedarán facultados de elegir dos consejeros más adicionales a los electos por los<br />

accionistas por el 10%. Si más de siete consejeros son elegidos por los accionistas por el<br />

10% en ejercicio de su derecho de elegir consejeros y por los accionistas de la serie BB,<br />

los accionistas de la serie B quedarán facultados a elegir uno o más consejeros<br />

adicionales a los elegidos por los accionistas por el 10% (individualmente o de manera<br />

conjunta) (dependiendo de que el número de directores resultase en un número impar de<br />

directores).<br />

Facultades del Consejo de Administración<br />

El Consejo de Administración tiene la representación legal de ASUR. Las facultades del<br />

Consejo incluyen, sin limitación, la facultad para:<br />

• Participar en nuestras decisiones de planeación estratégica<br />

• Autorizar cambios en nuestras políticas respecto a la estructura financiera, productos,<br />

desarrollo del mercado y organización<br />

• Supervisar el cumplimiento con las prácticas corporativas generales, nuestros<br />

estatutos sociales y los derechos de minoría allí establecidos<br />

• Convocar a asambleas de accionistas y llevar a cabo sus resoluciones<br />

• Crear comités especiales y otorgarles poderes y facultades que considere adecuadas,<br />

considerando que dichos comités no tendrán la autoridad que por ley o en términos de<br />

nuestros estatutos sociales está expresamente reservada a los accionistas o el<br />

Consejo de Administración<br />

• Determinar la manera en que la sociedad votará sus acciones en las asambleas de<br />

accionistas de nuestras subsidiarias concesionarias en asuntos relativos al<br />

nombramiento de: (i) nuestro Director General; y (ii) los funcionarios de aquellos<br />

niveles que determine el propio consejo de administración, distintos a los que<br />

corresponden a los miembros del consejo de administración designado por los<br />

accionistas de la serie BB y al Comité Operativo<br />

• Aprobar, con base en la propuesta del Comité Operativo: (i) el presupuesto anual de<br />

ASUR y el de sus subsidiarias concesionarias; y (ii) el programa maestro de desarrollo<br />

y cualesquiera modificaciones para cada uno de los aeropuertos a ser presentado a<br />

La Secretaría<br />

• Determinar la manera en que votaremos nuestras acciones en subsidiarias<br />

concesionarias cuando el Comité Operativo no lo haga oportunamente<br />

• Aprobar las siguientes operaciones: (1) las operaciones que se aparten del giro<br />

ordinario de negocios que pretendan celebrarse entre la Sociedad y sus accionistas,<br />

con personas que formen parte de la administración de la Sociedad o con quieren<br />

dichas personas mantengan vínculos patrimoniales o, en su caso, de parentesco por<br />

consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, el cónyuge o concubinario; (2) la<br />

compra o venta del 10% (diez por ciento) o más del activo de la sociedad; (3) el<br />

otorgamiento de garantías por un monto superior al 30% (treinta por ciento) de los


106<br />

activos de la sociedad; así como, (4) operaciones distintas de las anteriores fuera del<br />

curso ordinario de los negocios que representen más del 1% (uno por ciento) del<br />

activo de la sociedad<br />

Las sesiones del Consejo de Administración serán válidamente instaladas y celebradas<br />

con la presencia de la mayoría de sus miembros. Las resoluciones de dichas reuniones<br />

serán válidas si son aprobadas por la mayoría de los miembros del Consejo de<br />

Administración, a menos que los estatutos sociales requieran un número mayor. El<br />

presidente no tiene voto de calidad en caso de empate.<br />

Las resoluciones de las sesiones del Consejo de Administración respecto de cualquiera<br />

de los siguientes asuntos serán válidas si son aprobadas por los miembros del Consejo<br />

de Administración designados por los accionistas de la serie BB:<br />

• Aprobación de nuestros estados financieros y presentación a las asambleas de<br />

accionistas<br />

• Aprobación del programa maestro de desarrollo quinquenal de los aeropuertos<br />

operados por nuestras subsidiarias<br />

• Aprobación del plan de negocios y presupuesto de inversiones anuales<br />

• Aprobación de inversiones de capital fuera del presupuesto anual aprobado para cada<br />

ejercicio social<br />

• Aprobación de venta de activos fijos en forma individual o conjunta con valor superior<br />

a US$2.0 millones<br />

• Determinar la manera en que la Sociedad votará sus acciones en las asambleas de<br />

accionistas de sus subsidiarias, considerando la propuesta del Comité Operativo<br />

• Proponer aumentos de nuestro capital social o de nuestras subsidiarias<br />

concesionarias<br />

• Aprobación de cualquier venta de acciones representativas del capital social de las<br />

subsidiarias de ASUR<br />

• Adquisición y enajenación de acciones representativas del capital social de<br />

sociedades<br />

• Aprobación y modificación de la estructura administrativa del grupo al que<br />

pertenecemos<br />

• Establecimiento de nuevos comités y delegación de facultades a los mismos, o<br />

modificación a las facultades de comités existentes<br />

• Contratación de cualquier deuda, ya sea a través de créditos directos o<br />

arrendamientos financieros, cuyo monto en un año exceda de US$5.0 millones o<br />

exceda el nivel de endeudamiento establecido en el plan de negocios anual, mismo


que deberá ser al menos conforme a una razón deuda/capital igual 50/50%<br />

entendiéndose , deuda total/capital contable total<br />

• Aprobación de nuestra política de dividendos y su presentación a la asamblea de<br />

accionistas<br />

Facultades de los Consejeros de la Serie BB<br />

Los Consejeros de la serie BB están autorizados para:<br />

• Nombrar y remover al Director General de ASUR y a la mitad de los funcionarios del<br />

primer nivel de la administración del grupo corporativo al que pertenece la Sociedad;<br />

• Nombrar tres miembros del Comité Operativo, uno de los cuales debe ser el Director<br />

General, y sus respectivos suplentes;<br />

• Nombrar al menos a un miembro del Comité de Auditoria y del Comité de<br />

Adquisiciones y Contratos y sus respectivos suplentes; y<br />

107<br />

• Determinar sobre la conformación del Comité Operativo con personas externas al<br />

grupo corporativo al que pertenece la Sociedad, a los miembros del Consejo de<br />

Administración o funcionarios de ASUR.<br />

Acciones Representativas del Capital Social<br />

El siguiente cuadro describe nuestro capital social autorizado y nuestro capital social<br />

suscrito y en circulación al 31 de diciembre de 2004:<br />

Capital social mínimo fijo:<br />

Capital Social<br />

Autorizado Suscrito y en circulación<br />

Acciones serie B.................. 255'000,000 255'000,000<br />

Acciones serie BB...............<br />

45'000,000 45'000,000<br />

Capital social variable:<br />

Acciones serie B.................. 15'789,474 --<br />

Acciones serie BB............... -- --<br />

Todas las acciones ordinarias confieren iguales derechos y obligaciones a los tenedores<br />

de cada serie de acciones. Las acciones serie BB tienen los derechos de voto y otros<br />

derechos que se describen más adelante.<br />

Nuestros estatutos sociales establecen que nuestras acciones tienen las siguientes<br />

características:<br />

• Acciones serie B. Las acciones serie B actualmente representan el 85% de nuestro<br />

capital social. Las acciones serie B pueden ser adquiridas por personas físicas y<br />

morales, nacionales o extranjeras. Las acciones serie B representativas de la parte<br />

variable del capital social son acciones de tesorería que podrían ser suscritas por ITA


108<br />

en caso de que ITA ejercite la opción para suscribir el 1% de nuestro capital social<br />

antes del 18 de diciembre de 2005<br />

• Acciones serie BB. Las acciones serie BB actualmente representan el 15 % de nuestro<br />

capital social. Las acciones serie BB pueden ser adquiridas por personas físicas y<br />

morales, nacionales o extranjeras.<br />

En términos de la Ley de Aeropuertos y la Ley de Inversión Extranjera, los extranjeros no<br />

pueden poseer directa o indirectamente más del 49% del capital social de un<br />

concesionario de aeropuertos, salvo que se obtenga una autorización de la Comisión<br />

Nacional de Inversiones Extranjeras. Nosotros obtuvimos tal autorización el 7 de<br />

septiembre de 1999, por lo cual estas restricciones no se aplican a nuestras acciones<br />

serie B o serie BB.<br />

Derechos de Voto y Asambleas de Accionistas<br />

Cada acción otorga a su tenedor un voto en cualquier asamblea general de accionistas de<br />

ASUR. Los titulares de las acciones de la serie BB tienen derecho a elegir a dos<br />

miembros de nuestro Consejo de Administración y los tenedores de acciones de la serie B<br />

tienen derecho a nombrar a los miembros restantes del Consejo de Administración. Ver “-<br />

Designación de Consejeros.”<br />

En términos de la legislación mexicana y nuestros estatutos sociales, existen tres tipos de<br />

asambleas de accionistas: ordinarias, extraordinarias y especiales. Las asambleas<br />

ordinarias de accionistas son las convocadas para discutir cualquier asunto no reservado<br />

a una asamblea extraordinaria y deben celebrarse dentro de los primeros cuatro meses<br />

después del cierre de cada ejercicio fiscal para discutir, entre otros asuntos, el informe<br />

preparado por el Consejo de Administración respecto de nuestros estados financieros, la<br />

designación de los miembros del Consejo de Administración y comisarios y la<br />

determinación de sus remuneraciones.<br />

Las asambleas extraordinarias de accionistas son las convocadas para resolver<br />

cualquiera de los siguientes asuntos:<br />

• Prórroga de la duración de la sociedad o disolución voluntaria,<br />

• Aumento o disminución del capital mínimo fijo de la sociedad,<br />

• Cambio en el objeto social o nacionalidad,<br />

• Cualquier transformación, fusión o escisión involucrando a la sociedad,<br />

• Cualquier amortización o emisión de acciones preferentes o bonos,<br />

• La cancelación del registro de las acciones de ASUR en el RNV o en cualquier bolsa<br />

de valores,<br />

• Modificaciones a los estatutos sociales de la sociedad, y<br />

• Cualquier otro asunto para el cual la legislación mexicana o los estatutos sociales<br />

específicamente requieran de una asamblea extraordinaria.


Las asambleas especiales de accionistas son aquellas convocadas y celebradas por<br />

accionistas de la misma serie o clase para considerar cualquier asunto que afecte<br />

particularmente a esa serie o clase de acciones.<br />

109<br />

Las asambleas de accionistas deben celebrarse en el domicilio social de ASUR, ubicado<br />

en la Ciudad de México. Las convocatorias para las asambleas de accionistas podrán ser<br />

hechas por el Presidente, el Secretario, cualesquiera dos miembros del Consejo de<br />

Administración o por los comisarios. Cualquier accionista o grupo de accionistas que<br />

detente al menos el 10% del capital social de ASUR podrá solicitar al Consejo de<br />

Administración o a los comisarios para que convoquen a una asamblea de accionistas<br />

para tratar los asuntos indicados en la solicitud correspondiente. Si el Consejo de<br />

Administración o los comisarios no hacen la convocatoria dentro de los quince días<br />

naturales siguientes a la recepción de la solicitud, el accionista o grupo de accionistas que<br />

representen al menos el 10% de nuestro capital social podrán requerir a la autoridad<br />

judicial para que ésta haga la convocatoria.<br />

Las convocatorias para las asambleas de accionistas deben publicarse en el Diario Oficial<br />

de la Federación o en uno de los periódicos de mayor circulación en México con al menos<br />

quince días naturales de anticipación a la fecha de la asamblea. Cada convocatoria debe<br />

indicar el lugar, día y hora de la asamblea y los asuntos a tratar. Las convocatorias<br />

deberán estar firmadas por las personas que las hagan y las convocatorias hechas por el<br />

Consejo de Administración deberán estar firmadas por el Presidente, el Secretario o un<br />

delegado especial nombrado por el Consejo de Administración para este fin. Las<br />

asambleas de accionistas se considerarán válidas y podrán celebrarse sin necesidad de<br />

convocatoria previa, siempre y cuando todas las acciones representativas del capital<br />

social de ASUR se encuentren estén debidamente representadas.<br />

Para asistir a cualquier asamblea de accionistas, los accionistas deberán: (i) estar<br />

inscritos en el libro de registro de las acciones nominativas de ASUR; y (ii) al menos 24<br />

horas antes del inicio de la asamblea deberán (a) solicitar una tarjeta de admisión<br />

expedida por ASUR para ese propósito, y (b) exhibir una constancia de depósito de los<br />

certificados o títulos de acciones correspondientes de las acciones emitida por el<br />

Secretario o por una institución para el depósito de valores, una institución de crédito o<br />

por casas de bolsa en términos de la Ley de Mercado de Valores. El registro de las<br />

acciones se cerrará tres días antes de la celebración de la asamblea.<br />

Los accionistas podrán ser representados en las asambleas por apoderados que no<br />

podrán ser miembros del Consejo de Administración o Comisarios.<br />

Los accionistas podrán ser representados en las asambleas de accionistas por la persona<br />

o personas designadas mediante carta poder firmada ante dos testigos<br />

Inmediatamente después de la publicación de cualquier convocatoria para la celebración<br />

de una asamblea de accionistas, proporcionaremos copias de la publicación al depositario<br />

para su distribución a los tenedores de ADSs. Los propietarios de ADSs tienen el derecho<br />

de instruir al depositario respecto de la manera en que se votarán las acciones de la serie<br />

B representadas por dichos ADSs en la asamblea de accionistas.


Quórum<br />

110<br />

Las asambleas ordinarias que se celebren en virtud de primera convocatoria serán válidas<br />

con la presencia de cuando al menos el 50% de las acciones que representen el capital<br />

social de ASUR. Las resoluciones de las asambleas ordinarias de accionistas serán<br />

válidas cuando sean aprobadas por la mayoría de las acciones representadas en la<br />

asamblea. Las asambleas celebradas por segunda o posterior convocatoria serán válidas<br />

cualquiera que sea el número de acciones representadas. Las resoluciones de las<br />

asambleas ordinarias de accionistas adoptadas de esta manera serán válidas cuando<br />

sean aprobadas por la mayoría de las acciones presentes en la asamblea.<br />

Las asambleas extraordinarias de accionistas se consideran legalmente instaladas por<br />

virtud de primera convocatoria cuando al menos el 75% de las acciones que representan<br />

el capital social de ASUR estén representadas. Las resoluciones de las asambleas<br />

extraordinarias de accionistas serán válidas si se toman por el voto favorable de las<br />

acciones que representen más del 50% del capital social de ASUR.<br />

No obstante lo anterior, las resoluciones de las asambleas extraordinarias de accionistas<br />

convocadas para tratar cualquiera de los asuntos listados a continuación serán válidas<br />

únicamente si son aprobadas por el voto favorable de las acciones que representen<br />

cuando menos el 75% del capital social de ASUR:<br />

• Cualquier reforma a los estatutos sociales que: (i) modifique o elimine las facultades<br />

de los Comités de ASUR, o (ii) modifique o elimine los derechos de los accionistas<br />

minoritarios<br />

• Cualesquier actos que resulten en la revocación de las concesiones otorgadas por el<br />

Gobierno Federal a ASUR o sus subsidiarias concesionarias, o por la cesión de<br />

derechos derivados de las mismas<br />

• La terminación del contrato de participación celebrado con ITA y el Gobierno Federal<br />

en relación con la venta por parte de éste de acciones de la serie BB a ITA<br />

• La cancelación de la inscripción de las acciones representativas del capital social de<br />

ASUR en el RNV o en cualquier bolsa de valores<br />

• Cualquier fusión de ASUR con sociedades cuyos negocios no estén relacionados con<br />

el negocio de ASUR o de sus subsidiarias<br />

• Cualquier escisión, disolución o liquidación de ASUR<br />

Nuestros estatutos sociales establecen los siguientes requerimientos de voto:<br />

• La modificación a las disposiciones de nuestros estatutos sociales relativas a los<br />

límites de participación accionaria requiere el voto de los tenedores del 85% de<br />

nuestro capital social<br />

• La cancelación del registro de nuestras acciones en el RNV requiere el voto favorable<br />

de los accionistas que representen el 95% de nuestro capital social


111<br />

• La modificación de las disposiciones de nuestros estatutos sociales relativas a la<br />

oferta pública de compra que requiera llevar a cabo el accionista que pretenda obtener<br />

el control de ASUR, requiere el voto favorable del 85% de los tenedores de nuestro<br />

capital social<br />

Derechos de Separación y de Retiro<br />

Cualquier accionista que haya votado en contra de una resolución de una asamblea de<br />

accionistas respecto a (i) un cambio en el objeto social o cambio de nacionalidad, (ii) una<br />

transformación de ASUR, (iii) una fusión que involucre a ASUR en la que ésta no sea la<br />

sociedad subsistente o la dilución de su capital social en más del 10%, o (iv) una escisión<br />

que involucre a ASUR, tiene el derecho de separarse de la Sociedad y solicitar la<br />

amortización de sus acciones, siempre y cuando la solicitud correspondiente se entregue<br />

a ASUR dentro de los quince días siguientes a la celebración de la asamblea de<br />

accionistas correspondiente. La amortización de las acciones del accionistas se hará de<br />

acuerdo con la cantidad que resulte menor entre (a) 95% del precio promedio de<br />

operación determinado con base en el precio de cotización de las acciones de ASUR en<br />

los 30 (treinta) días en los que las acciones hayan sido negociadas previos a la fecha en<br />

que surta efectos la resolución, durante un periodo que no mayor a 6 meses, o si el<br />

número de días en que se hayan negociado las acciones es inferior a 30, se tomarán los<br />

días en que efectivamente se hayan negociado, o (b) el valor contable de las acciones de<br />

acuerdo al balance general correspondiente al cierre del ejercicio anterior a aquel en que<br />

la separación deba surtir efectos, previamente aprobado por la asamblea general<br />

ordinaria de accionistas.<br />

Conforme a nuestros estatutos sociales, nuestros accionistas han renunciado al derecho<br />

de retiro previsto en la Ley General de Sociedades Mercantiles.<br />

Derechos de Veto de los Accionistas de la serie BB<br />

En tanto las acciones de la serie BB representen cuando menos el 7.65% de nuestro<br />

capital social, las resoluciones adoptadas en las asambleas de accionistas con respecto a<br />

cualquiera de los asuntos listados a continuación serán válidas si son aprobadas por el<br />

voto favorable de la mayoría de las acciones de la serie BB:<br />

• Aprobación de nuestros estados financieros<br />

• Liquidación o disolución<br />

• Incrementos o disminuciones del capital<br />

• Declaración y pago de dividendos<br />

• Reforma a nuestros estatutos sociales<br />

• Fusiones, escisiones o división de acciones<br />

• Otorgamiento o modificación de derechos especiales para series de acciones


112<br />

• Cualquier decisión que modifique o anule una resolución válidamente adoptada por el<br />

Consejo de Administración con respecto a (i) la designación de nuestro Director<br />

General o de los funcionarios ejecutivos a ser designados por los accionistas serie BB,<br />

(ii) la designación de tres miembros de nuestro Comité Operativo a ser designados por<br />

los accionistas serie BB y (iii) la designación de los miembros de nuestro Comité<br />

Operativo, cuya designación requiere el consentimiento de los accionistas serie BB<br />

Dividendos y Utilidades<br />

En la asamblea anual ordinaria de accionistas de ASUR, el Consejo de Administración<br />

someterá para la aprobación de los accionistas los estados financieros de ASUR del<br />

ejercicio fiscal inmediato anterior. El 5% de la utilidad neta de ASUR (después del reparto<br />

de utilidades a los trabajadores y otras deducciones requeridas por la legislación<br />

mexicana) deben separarse para la creación de una reserva legal, hasta que alcance un<br />

monto equivalente a cuando menos el 20% del capital social de ASUR (sin ajuste<br />

inflacionario). La asamblea podrá destinar otros montos adicionales, para la creación de<br />

otros fondos incluyendo una reserva para recompra de acciones. El remanente de la<br />

utilidad neta, si lo hubiere, podrá distribuirse como dividendos a los accionistas. Ver<br />

“Información Financiera – Política de Dividendos.”<br />

Registro y Transmisión de Acciones<br />

Nuestras acciones están inscritas en el RNV de conformidad con la Ley del Mercado de<br />

Valores y las circulares emitidas por la CNBV. Si deseamos cancelar nuestra inscripción,<br />

o si ésta es cancelada por la CNBV, los accionistas que sean titulares de la mayoría de<br />

las acciones ordinarias o tengan la posibilidad, bajo cualquier título, de imponer<br />

decisiones en las Asambleas General de Accionistas o de nombrar a la mayoría de los<br />

miembros del Consejo de Administración de ASUR deberán realizar una oferta pública de<br />

compra, previamente a la cancelación. La oferta pública deberá realizarse al precio<br />

promedio ponderado por volumen de las operaciones que se hayan efectuado durante los<br />

últimos 30 días en que se hubieran negociado las acciones de la ASUR previos a la fecha<br />

de la oferta, durante un periodo que no podrá ser superior a 6 meses. En caso de que el<br />

número de días en que se hayan negociado las acciones durante el periodo señalado sea<br />

inferior a 30, se tomarán los días que efectivamente se hubieren negociado. En el evento<br />

de que las acciones no se negocien en dicho periodo, se tomará el valor contable de las<br />

acciones.<br />

Cualquier modificación a las disposiciones anteriores de los estatutos sociales requiere la<br />

previa aprobación de la CNBV y la resolución de la asamblea extraordinaria de<br />

accionistas adoptada por un quórum mínimo de votos del 95% de nuestro capital social.<br />

Las acciones de la serie BB sólo pueden transmitirse después de convertirse en acciones<br />

de la serie B, y están sujetas a las siguientes reglas:<br />

• Actualmente, ITA puede vender hasta el 49% de sus acciones de la serie BB<br />

previa conversión de las mismas en acciones de la serie B. ITA debe mantener<br />

su participación restante del 51% hasta el 18 de diciembre de 2008<br />

• Después del 18 de diciembre de 2008, ITA continúa facultada para vender el<br />

49% de su tenencia inicial sin restricciones previa conversión de las mismas en


113<br />

acciones de la serie B. Adicionalmente, ITA puede vender en cualquier año el<br />

20% de su participación del 51% de acciones de la serie BB<br />

• Si ITA es propietario de acciones de la serie BB que representan menos del<br />

7.65% de nuestro capital social después del 18 de diciembre de 2013, estas<br />

acciones restantes serie BB se convertirán automáticamente en acciones de la<br />

serie B que se pueden enajenar libremente<br />

• Si ITA es propietario de acciones de la serie BB que representen al menos el<br />

7.65% de nuestro capital social después del 18 de diciembre de 2013, esas<br />

acciones de la serie BB pueden convertirse en acciones de la serie B,<br />

considerando que los tenedores de al menos el 51% de las acciones de la<br />

serie B (distintas de las acciones de ITA o de cualquiera de sus “personas<br />

relacionadas”) aprueben dicha conversión y voten en contra de la renovación<br />

del contrato de asistencia técnica y transferencia de tecnología<br />

• Si debido a la conversión cualquier accionista excede los límites de<br />

participación individual establecidos en los estatutos sociales, dicho accionista<br />

deberá transmitir las acciones excedentes a un tercero dentro de los siguientes<br />

treinta días calendario. Si el accionista omite efectuar dicha transmisión dentro<br />

del periodo de treinta días, ASUR podrá amortizar dichas acciones excedentes<br />

a valor en libros de acuerdo con los últimos estados de resultados aprobados<br />

por la asamblea de accionistas.<br />

Para efectos de nuestros estatutos sociales, una “persona relacionada” respecto de una<br />

persona determinada significa:<br />

• Cualquier persona, ya sea física o moral que, directa o indirectamente, controle a, esté<br />

controlada por o se encuentre bajo el control de, dicha persona relacionada<br />

• Cualquier persona que tenga la capacidad de determinar las políticas de negocios de<br />

una persona determinada<br />

• En el caso de que dicha persona determinada sea una persona física, aquellas<br />

personas físicas que tengan un parentesco (ya sea de consanguinidad o civil, hasta el<br />

cuarto grado inclusive) con dicha persona determinada<br />

• En el caso de ASUR, ITA<br />

• En el caso del Socio Estratégico, sus accionistas y sus personas relacionadas<br />

Para efectos de nuestros estatutos sociales, “control” significa:<br />

• La tenencia directa o indirecta del 20% o más del capital social con derecho de voto<br />

de una persona moral<br />

• La facultad para elegir a la mayoría de los miembros del Consejo de Administración o<br />

a los directores de una persona relacionada


114<br />

• La facultad para designar a la mayoría de los accionistas o el derecho de requerir su<br />

voto para adoptar resoluciones (que conforme a la ley correspondan a la asamblea de<br />

accionistas), ya sea por acuerdo o por la tenencia de una serie especial de acciones<br />

• La existencia de las relaciones comerciales que representen el 15% o más de los<br />

ingresos totales anuales consolidados de una persona relacionada<br />

Restricciones de Propiedad y Protección Contra Adquisiciones Hostiles<br />

Los accionistas de ASUR están sujetos a las siguientes restricciones:<br />

• Los accionistas de la serie B, ya sea individual o conjuntamente con sus personas<br />

relacionadas, no pueden directa o indirectamente poseer más del 10% de nuestro<br />

capital social<br />

• Las acciones de la serie BB no pueden representar más del 15% de nuestro capital<br />

social<br />

• Los accionistas serie BB también pueden poseer acciones de la serie B, considerando<br />

que en tanto posean acciones de la serie BB, su participación total en la sociedad no<br />

puede exceder del 20% de nuestro capital social<br />

• Los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo no pueden<br />

poseer más del 5% del capital social de ASUR<br />

• Los gobiernos extranjeros, actuando en su capacidad soberana, no pueden poseer<br />

directa o indirectamente participación alguna en el capital social de ASUR<br />

Cualquier persona que exceda la restricción de 10% descrita anteriormente, debido<br />

únicamente a la recompra por parte de ASUR de sus propias acciones, requerirá reducir<br />

su participación que exceda del 10% dentro del plazo de un año.<br />

Las restricciones anteriores no aplicarán a:<br />

• NAFIN, ya sea directamente o en su calidad de fiduciario del fideicomiso vendedor<br />

• Instituciones para el depósito de valores<br />

• Las entidades financieras u otras entidades autorizadas que obtengan o mantengan<br />

valores por cuenta de terceros beneficiarios, en el entendido que esta excepción no es<br />

aplicable a la participación accionaria que cada beneficiario tenga directa o<br />

indirectamente<br />

Cualquier modificación a las restricciones anteriores requiere el voto de las acciones que<br />

representen el 85% del capital social de ASUR.<br />

Si nuestros estatutos sociales son modificados para eliminar las restricciones de<br />

propiedad descritas, cualquier accionista que busque adquirir el “control” de ASUR (según<br />

se definió anteriormente), requiere obtener el consentimiento del Consejo de<br />

Administración antes de adquirir acciones que excedan los montos permitidos antes de


115<br />

dicha modificación. Cualquier consentimiento otorgado por el Consejo de Administración<br />

debe estar condicionado a que se realice una oferta pública de compra dentro de los 30<br />

(treinta) días hábiles siguientes a la aprobación del Consejo de Administración, al precio<br />

que resulte más alto: (i) del promedio del cierre de las operaciones que se hubiesen<br />

efectuado durante los 30 (treinta) días en que hubiesen cotizado las acciones, previos a la<br />

fecha de la oferta, o bien, (ii) al valor contable de la acción de acuerdo al último reporte<br />

trimestral presentado a la CNBV y a la BMV antes de la oferta, salvo que la CNBV, al<br />

resolver sobre la autorización de la oferta pública de compra de acciones, autorice un<br />

precio distinto. Cualquier modificación a este requerimiento de la oferta pública de compra<br />

requiere el voto de los accionistas que representen el 95% del capital social de ASUR.<br />

Los concesionarios o permisionarios del servicio de transporte aéreo y sus subsidiarias y<br />

filiales no pueden, de manera directa o indirecta, mantener el “control” de ASUR o de<br />

alguna de sus subsidiarias concesionarias.<br />

En términos de la Ley de Aeropuertos, cualquier toma de control requiere el<br />

consentimiento previo de La Secretaría. Ver “Reportes, Información y Requerimientos de<br />

Autorización.”<br />

Para efectos de estas disposiciones, “persona relacionada” y “control” se definieron con<br />

anterioridad en “- Registro y Transmisión de Acciones.”<br />

Aumentos y Disminuciones al Capital Social<br />

Los aumentos y disminuciones al capital mínimo fijo de ASUR deben ser aprobados por<br />

una asamblea extraordinaria de accionistas, sujeto a lo dispuesto en los estatutos sociales<br />

y en la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los aumentos y disminuciones al capital<br />

variable deben ser aprobados por una asamblea ordinaria de accionistas siguiendo los<br />

requerimientos de votación contenidos en los estatutos sociales.<br />

Las acciones emitidas en términos del Artículo 81 de la Ley del Mercado de Valores (que<br />

son aquellas mantenidas en tesorería para ser entregadas en el momento de su<br />

suscripción) pueden ser ofrecidas para suscripción y pago por el Consejo de<br />

Administración, siempre que:<br />

• La emisión se haga para efectos de una oferta pública de conformidad con la Ley del<br />

Mercado de Valores<br />

• La Sociedad deberá dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 14 de la Ley del<br />

Mercado de Valores y obtener autorización de la CNBV<br />

• Las acciones que no se suscriban y paguen dentro del plazo que señale la citada<br />

comisión se considerarán anuladas sin que se requiera declaración judicial y se<br />

procederá a su cancelación. La Sociedad procederá a reducir el capital social<br />

autorizado en la mismo proporción<br />

• Para facilitar la oferta pública, siempre que se renuncie expresamente en la asamblea<br />

extraordinaria de accionistas donde se apruebe la emisión de acciones no suscritas y<br />

se renuncie expresamente al derecho de preferencia


Si los tenedores de al menos el 25% de nuestro capital social votan en contra de la<br />

emisión de las acciones no suscritas, dicha emisión no podrá realizarse.<br />

116<br />

Sujeto a las limitaciones de tenencia individual establecidas en nuestros estatutos<br />

sociales, en caso de un incremento del capital social de ASUR, nuestros accionistas<br />

tendrán el derecho de preferencia para suscribir y pagar nuevas acciones emitidas como<br />

resultado de dicho incremento, en proporción a su participación accionaria en ese<br />

momento, salvo que (i) el aumento de capital se haga en términos del Artículo 81 de la<br />

Ley del Mercado de Valores; o (ii) el aumento de capital se relacione con la emisión de<br />

acciones como resultado de la conversión de obligaciones. El derecho debe ejercerse<br />

mediante suscripción y pago de las acciones correspondientes dentro de los quince días<br />

hábiles siguientes a la fecha de publicación del aviso correspondiente a los accionistas en<br />

el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en<br />

México, en el entendido de que si en la asamblea correspondiente todas las acciones de<br />

ASUR están debidamente representadas, el periodo de quince días hábiles comenzará a<br />

correr desde el día de la asamblea.<br />

Nuestro capital social puede disminuirse por resolución de una asamblea de accionistas<br />

acordada conforme a las reglas aplicables para aumentos de capital. Nuestro capital<br />

social también puede ser disminuido debido a la separación de un accionista. Ver “ –<br />

Derechos de Voto y Asambleas de Accionistas – Derechos de Separación y de Retiro”; o<br />

por la recompra de ASUR de acciones propias en términos de la Ley del Mercado de<br />

Valores ver –Recompra de Acciones.”<br />

Recompra de Acciones<br />

Podemos optar por adquirir nuestras propias acciones a través de la BMV y del NYSE en<br />

los términos y condiciones siguientes:<br />

• La adquisición se deberá realizar al precio corriente en el mercado contra el capital<br />

social y, cuando sea aplicable, contra la reserva para la adquisición de acciones<br />

propias constituida con fondos provenientes de las utilidades netas<br />

• La asamblea ordinaria de accionistas deberá determinar el monto del capital social y,<br />

en su caso, la cantidad de la reserva para la adquisición de acciones propias a ser<br />

utilizada para la recompra de acciones. La adquisición podrá efectuarse por resolución<br />

del Consejo de Administración<br />

• La adquisición deberá sujetarse a las disposiciones de la legislación aplicable<br />

incluyendo la Ley del Mercado de Valores y deberá realizarse, informarse y revelarse<br />

en la información financiera en la forma, términos y condiciones que establezca la<br />

CNBV<br />

• Como consecuencia de la recompra, el capital social se reducirá y se afectará la<br />

reserva para la adquisición de acciones propias convirtiéndose las acciones adquiridas<br />

en acciones de tesorería<br />

• Las acciones de tesorería podrán ser recolocadas, con el consecuente aumento del<br />

capital social y de la reserva


Participación de Subsidiarias en el Capital Social<br />

117<br />

Nuestras subsidiarias no pueden, directa o indirectamente, invertir en nuestras acciones,<br />

salvo en el caso en que tales subsidiarias adquieran nuestras acciones para cumplir con<br />

opciones o planes de venta de acciones que se establezcan, otorguen o diseñen en favor<br />

de empleados o funcionarios de dichas subsidiarias. El número de acciones adquiridas<br />

con tal propósito no puede exceder del 15% del total de las acciones en circulación de<br />

ASUR.<br />

Liquidación<br />

En caso de disolución de ASUR, deberá nombrarse uno o más liquidadores en una<br />

asamblea extraordinaria de accionistas para finiquitar sus asuntos. Todas las acciones<br />

íntegramente pagadas y en circulación tendrán derecho a participar de igual manera en<br />

cualquier distribución en la misma proporción en que estas acciones se hayan pagado al<br />

momento de la distribución.<br />

Otras Disposiciones<br />

Responsabilidades de los miembros del Consejo de Administración<br />

Como cualquier otra sociedad mexicana, y en términos de la Ley General de Sociedades<br />

Mercantiles, cualquier accionista o grupo de accionistas que posea al menos el 10% del<br />

capital social de ASUR puede ejercer directamente una acción de responsabilidad civil en<br />

términos de la legislación mexicana contra los miembros del Consejo de Administración y<br />

los comisarios.<br />

En adición a lo anterior, nuestros estatutos sociales consideran que un miembro del<br />

Consejo de Administración será responsable ante ASUR y sus accionistas en cualquiera<br />

de las siguientes circunstancias:<br />

• Por su negligencia resultando en la pérdida de más de dos terceras partes del capital<br />

social<br />

• Por la quiebra fraudulenta de ASUR<br />

• Por rebasar la esfera de sus facultades o contravenir los estatutos sociales de ASUR<br />

• Por su intervención en la discusión y resolución de asuntos en los que tengan algún<br />

conflicto de interés ocasionando daños y perjuicios a ASUR<br />

• Por su negligencia dando como resultado obligaciones de ASUR o convenios que<br />

violen disposiciones legales o los estatutos sociales de la Sociedad<br />

• Por omitir notificar respecto de las irregularidades cometidas por consejeros anteriores<br />

Los miembros del Consejo de Administración son responsables ante nuestros accionistas<br />

sólo por los daños y perjuicios sufridos en el patrimonio de ASUR, como consecuencia de


actos desleales efectuados en exceso de su autoridad o en violación de los estatutos<br />

sociales.<br />

Información a los Accionistas<br />

118<br />

La Ley General de Sociedades Mercantiles establece que las sociedades, por conducto<br />

de sus consejos de administración, deben presentar anualmente un reporte a la asamblea<br />

de accionistas que incluya:<br />

• Un informe de los consejeros sobre las operaciones de la sociedad durante el año<br />

inmediato anterior, así como sobre las políticas seguidas por los consejeros y sobre<br />

los principales proyectos existentes<br />

• Un informe sobre las principales políticas contables y de información y el criterio<br />

seguido en la preparación de la información financiera<br />

• Un estado de la situación financiera de la sociedad al final de cada ejercicio fiscal<br />

• Un estado que muestre los resultados de operación de la compañía durante el año<br />

anterior, así como los cambios en la situación financiera y en el capital durante el año<br />

anterior<br />

• Las notas necesarias para completar o aclarar la información mencionada en los<br />

puntos anteriores<br />

• El reporte preparado por los comisarios respecto a la exactitud y veracidad de la<br />

información mencionada en los puntos anteriores presentado por el consejo de<br />

administración<br />

Adicionalmente, nuestros estatutos sociales establecen que el Consejo de Administración<br />

debe también preparar la información mencionada en los puntos anteriores respecto a<br />

cualquier subsidiaria que represente al menos el 20% de nuestro valor neto (con base en<br />

los estados financieros disponibles más recientes).<br />

Duración<br />

La duración de ASUR es de cien años.<br />

Conflicto de Interés de los Accionistas<br />

De conformidad con la legislación mexicana, cualquier accionista que tenga un conflicto<br />

de interés con ASUR en cualquier transacción, deberá abstenerse de votar en la<br />

asamblea de accionistas correspondiente respecto de dicho asunto. El accionista que vote<br />

en una transacción en la que tenga conflicto de intereses será responsable de los daños y<br />

perjuicios, cuando sin su voto no se hubiere logrado la mayoría necesaria para la validez<br />

de la determinación.<br />

Conflicto de Interés de los Consejeros<br />

De conformidad con la legislación mexicana, cualquier consejero que tenga un conflicto<br />

de interés con ASUR en cualquier transacción debe informar a los demás consejeros y


119<br />

abstenerse de votar. Cualquier consejero que viole esta disposición será responsable de<br />

cualquier daño causado a ASUR. Además, los consejeros y los comisarios de ASUR no<br />

pueden representar a los accionistas en las asambleas de accionistas.<br />

Auditor Externo<br />

El Consejo de Administración designó, por unanimidad de votos, en su primera sesión al<br />

despacho de auditoria externo de la Sociedad de entre los principales despachos de<br />

auditoria internacionales. Cualquier cambio o remoción del mismo debe ser aprobado por<br />

mayoría de votos de los Consejeros. Actualmente, nuestro auditor externo es<br />

PricewaterhouseCoopers, S.C. y éste no ha sido sustituido desde que el Consejo de<br />

Administración de la Sociedad resolvió su contratación el 22 de junio de 1999.<br />

En los 3 últimos ejercicios nuestros auditores externos no han emitido una opinión con<br />

salvedad, una opinión negativa o se han abstenido de emitir opinión acerca de nuestros<br />

estados financieros.<br />

PricewaterhouseCoopers, S.C. no nos prestó servicios por conceptos diferentes a los de<br />

auditoría durante el último ejercicio.<br />

En el ejercicio de 2004 ASUR pagó a PricewaterhouseCoopers, S.C. un total de<br />

$4’267,000.00 pesos por concepto de honorarios.<br />

Contratos Significativos<br />

Nuestras subsidiarias son partes de las concesiones aeroportuarias otorgadas por La<br />

Secretaría en virtud de las cuales estamos requeridos para construir, operar, mantener y<br />

desarrollar los aeropuertos, a cambio de ciertos beneficios. Ver “Fuentes de Regulación”<br />

y “-Objetivo de las Concesiones y Obligaciones Generales de los Concesionarios” “-<br />

Marco Regulatorio.”<br />

Somos parte de un contrato de participación con ITA y la Secretaría que establece el<br />

marco para otros contratos de los que somos parte. Ver “Principales Accionistas y<br />

Operaciones con Personas Relacionadas- Operaciones con Personas Relacionadas-<br />

Contratos con ITA”.<br />

Hemos celebrado un contrato de asistencia técnica y un contrato de opción con ITA en<br />

relación con servicios de manejo y consultoría y la opción para suscribir acciones de la<br />

serie B recién emitidas. Ver “Principales Accionistas y Operaciones con Personas<br />

Relacionadas- Operaciones con Personas Relacionadas- Contratos con ITA”.


CONTROL <strong>DE</strong> CAMBIO<br />

120<br />

México tiene un mercado libre para adquirir moneda extranjera desde 1991 y el gobierno<br />

ha permitido que el peso fluctúe libremente contra el dólar desde diciembre de 1994. No<br />

puede asegurarse si el gobierno mantendrá sus políticas actuales de cambio de divisas.<br />

Ver “Resumen Ejecutivo.”


IMPUESTOS<br />

121<br />

El presente resumen explica las principales consecuencias relativas al ISR en México y<br />

Estados Unidos, derivadas de la compra, titularidad y disposición de nuestras acciones de<br />

serie B o ADSs por parte de un accionista que sea ciudadano o residente de los Estados<br />

Unidos o una sociedad constituida en Estados Unidos, o que de cualquier manera esté<br />

sujeto al ISR federal estadounidense sobre una base de ingreso neto en relación con<br />

nuestras acciones de la serie B o ADSs y que sea un “accionista de Estados Unidos”,<br />

pero es un resumen que no tiene la intención de comprender todas las consideraciones<br />

fiscales relevantes para tomar la decisión de comprar nuestras acciones de la serie B o<br />

ADSs. Particularmente, el resumen se refiere exclusivamente a tenedores<br />

estadounidenses que detentarán nuestras acciones de la serie B o ADSs como activos de<br />

capital y no se refiere al tratamiento fiscal que se le da a un accionista estadounidense<br />

que tiene o que se considera que tiene 10% o más de nuestras acciones en circulación<br />

con derecho a voto, organizaciones exentas al pago de impuestos, intermediarios<br />

bursátiles que eligen a cuenta de sus inversiones acciones de la serie B o ADSs sobre<br />

una base mercado-mercado, y personas tenedora de acciones de la serie B o ADSs en<br />

una operación, conversión u otra transacción integrada para efectos de impuestos al<br />

activo federales según las disposiciones de Estados Unidos. Adicionalmente, el resumen<br />

no se refiere a ningún impuesto estatal o local de México o de los Estados Unidos que<br />

pueda ser relevante para un accionista estadounidense.<br />

El resumen está basado en las leyes fiscales sobre el ISR federal de los Estados Unidos y<br />

de México vigentes a la fecha de este reporte, incluyendo las disposiciones del Tratado<br />

Fiscal, ordenamientos que pueden estar sujetos a modificaciones, posiblemente con<br />

efecto retroactivo en el caso de la LISR federal de los Estados Unidos. Los inversionistas<br />

potenciales en nuestras acciones de la serie B o ADSs deberán consultar a sus propios<br />

asesores fiscales con respecto a las consecuencias fiscales en México y/o en los Estados<br />

Unidos, así como en relación con otras consecuencias derivadas de la compra, titularidad<br />

y disposición de acciones de la serie B o ADSs, incluyendo en particular, el efecto de<br />

cualesquiera leyes fiscales extranjeras, estatales o locales y su derecho a los posibles<br />

beneficios otorgados por el Tratado Fiscal.<br />

Para los propósitos de este resumen, el término “accionista extranjero” significará un<br />

accionista que no tenga residencia en México y que no detentará acciones de la serie B o<br />

ADSs o que sea beneficiario de dichas acciones o ADSs en relación al manejo de un<br />

comercio o negocio a través de un establecimiento permanente o base fija en México.<br />

Para efectos de impuestos mexicanos, un individuo es residente de México si ha<br />

establecido su casa habitación en México. Si el individuo de que se trate también tiene<br />

casa habitación en otro país, se consideraran residentes en México, si en territorio<br />

nacional se encuentra su centro de intereses vitales. Se considerara que el centro de<br />

intereses vitales esta en territorio nacional cuando se ubiquen en cualquiera de los<br />

siguientes supuestos: Si más del 50% de los ingresos totales que obtenga el individuo en<br />

el año de calendario tengan fuente de riqueza en México o cuando en el país tenga el<br />

centro principal de sus actividades profesionales. Adicionalmente, serán consideradas<br />

residentes en México las personas físicas de nacionalidad mexicana que sean<br />

funcionarios del estado o trabajadores del mismo, aún cuando su centro de intereses<br />

vitales se encuentre en el extranjero. Sin embargo, cualquier determinación respecto de la<br />

residencia deberá tomar en consideración la situación particular de cada persona o<br />

sociedad.


122<br />

En general, para efectos del ISR federal de Estados Unidos, los tenedores de ADSs serán<br />

considerados como los tenedores beneficiarios de las acciones de la serie B<br />

representadas por dichos ADSs.<br />

Impuesto sobre Dividendos.<br />

Consideraciones sobre el impuesto mexicano.<br />

En términos de las disposiciones de la Ley del ISR, los dividendos pagados a los<br />

tenedores no mexicanos con respecto a nuestras acciones de la serie B o ADSs, no están<br />

sujetos a retención de impuestos en México.<br />

Consideraciones sobre el Impuesto Sobre la Renta Federal en los Estados Unidos.<br />

La cantidad bruta de cualesquiera distribuciones de utilidades pagadas con respecto a las<br />

acciones serie B o ADSs, en la medida en que se pague de nuestras ganancias y<br />

utilidades actuales o acumuladas, según se determine para efectos del ISR federal<br />

estadounidense, generalmente se incluirá en el ingreso bruto de un tenedor<br />

estadounidense como ingreso ordinario en la fecha en que el depositario reciba la<br />

distribución de utilidades y no será elegible para la deducción recibida de dividendos<br />

permitida a ciertas sociedades según lo establece el Código de Rentas Internas<br />

Estadounidense de 1986, y sus reformas.<br />

En la medida en que alguna distribución de utilidades exceda nuestras ganancias actuales<br />

y acumuladas, se tratara como una devolución no gravable de base en la medida de la<br />

misma, y posteriormente como ganancia de capital de la venta de las acciones de la serie<br />

B o ADSs.<br />

Las distribuciones de utilidades, que se efectuarán en pesos, se incluirán dentro del<br />

ingreso de un tenedor estadounidense en una cantidad en dólares calculada por<br />

referencia al tipo de cambio en vigor en la fecha en que sean recibidas por el depositario,<br />

se conviertan o no en dólares.<br />

Si dichas distribuciones se convierten a dólares en la fecha de recepción, un tenedor<br />

estadounidense generalmente no será requerido que reconozca la ganancia o pérdida por<br />

moneda extranjera respecto de la distribución.<br />

Sujeto a ciertas excepciones de corto plazo, la cantidad en dólares del dividendo recibido<br />

por un individuo tenedor estadounidense con respecto a las acciones de la Serie B o<br />

ADSs antes del 1º de enero de 2009 es gravable a una tasa máxima del 15% en caso de<br />

que los dividendos sean “dividendos calificados”. Los dividendos pagados en los ADSs<br />

serán tratados como dividendos calificados si (i) los ADSs son intercambiables en un<br />

mercado de valores establecido en los Estados Unidos y (ii) el emisor deja dejo de ser en<br />

el año previo al año en que el dividendo fue pagado, y no lo es, en los años en que el<br />

dividendo es pagado, (a) una compañía pasiva de inversión extranjera (“PFIC”), o (b) para<br />

los dividendos pagados previo al ejercicio fiscal de 2005, una compañía personal<br />

controladora (“FPHC”) o una compañía de inversión extranjera (“FIC”). Los ADSs se<br />

encuentran enlistados en la NYSE, y serán calificados como intercambiables en un<br />

mercado de valores establecidos en los Estados Unidos siempre que se encuentren<br />

enlistados. Con base en nuestros estados financieros auditados y el mercado relevante y<br />

la información de los accionistas, creemos que no nos encontramos bajo el supuesto de<br />

los PFIC, FPHC o FIC para efectos de impuestos federales en los Estados Unidos


123<br />

respecto de nuestro ejercicio fiscal del 2004. Adicionalmente, con base en nuestros<br />

estados financieros auditados y nuestras expectativas actuales respecto del valor y<br />

naturaleza de nuestros activos, recursos y la naturaleza de nuestros ingresos, así como el<br />

mercado relevante y la información de accionistas, no anticipamos la posibilidad de<br />

convertirnos en PFIC para nuestro ejercicio fiscal del 2005.<br />

Con base en la información existente, no estamos completamente seguros sobre si los<br />

dividendos recibidos respecto de las acciones de la serie B serán tratados como<br />

dividendos calificados, debido a que las acciones de la serie B por sí solas no se<br />

encuentran enlistadas en un mercado de Estados Unidos. Adicionalmente, el Tesoro de<br />

los Estados Unidos ha anunciado su intención de promulgar reglas conforme a las cuales<br />

los tenedores de ADSs o tenencia accionaria común y intermediarios a través de los<br />

cuales dichos valores son mantenidos se les permitirá basarse en certificaciones de<br />

emisores para establecer que los dividendos sean tratados como dividendos calificados.<br />

Debido a que los procedimientos aún no se emiten, no está claro de si no encontraremos<br />

en posibilidad de cumplir con ellos. Los tenedores de ADSs y de acciones comunes<br />

deberán consultar a sus propios asesores fiscales respecto de la disponibilidad del<br />

impuesto reducido de dividendos a la luz de sus circunstancias particulares.<br />

Impuestos sobre Disposición de Acciones o ADSs.<br />

Consideraciones sobre el impuesto mexicano<br />

La ganancia sobre la venta u otra disposición de ADSs por parte de un tenedor extranjero<br />

no estará sujeta a impuesto mexicano alguno. Los depósitos y retiros de nuestras<br />

acciones serie B a cambio de ADSs no darán lugar a impuesto mexicano o a derechos por<br />

transferencia.<br />

La ganancia sobre la venta de nuestras acciones serie B por parte de un tenedor persona<br />

física que no sea mexicano no estará sujeta a impuesto mexicano si la transacción se<br />

lleva a cabo a través de la BMV u otros mercados de valores aprobados por la Secretaría<br />

de Hacienda y Crédito Público y si se cumplen ciertos requerimientos establecidos en la<br />

Ley del ISR.<br />

Las ventas u otras disposiciones de nuestras acciones serie B efectuadas en otras<br />

circunstancias generalmente estaría sujeta al impuesto mexicano salvo el grado de que el<br />

tenedor califique para los beneficios bajo un tratado del impuesto del aval México sea<br />

parte. Sin embargo, en términos del Tratado Fiscal, un tenedor que sea elegible para<br />

reclamar los beneficios del Tratado Fiscal estará exento del impuesto mexicano sobre las<br />

ganancias efectuadas sobre una venta u otra disposición de las acciones serie B en una<br />

transacción que no sea llevada a cabo a través de la BMV u otros mercados de valores<br />

aprobados, siempre que dicho tenedor no haya sido titular, directa o indirectamente, del<br />

25% o más de nuestro capital social (incluyendo ADSs) dentro del periodo de 12 meses<br />

anteriores a dicha venta u otra disposición.<br />

Para los tenedores extranjeros que no cumplan con los requisitos a que nos referimos con<br />

anterioridad, la ganancia que se obtenga como consecuencia de la renta de acciones<br />

serie B, estará sujeta a una retención mexicana del 5% si la transacción es llevada a<br />

través de la BMV. Alternativamente, un tenedor extranjero podrá elegir éstas sujeto a una<br />

tasa de retención del 20% sobre la ganancia obtenida, calculada de conformidad con la<br />

Ley del ISR.


124<br />

Las reglas aplicables al impuesto sobre ganancias a tenedores extranjeros en<br />

disposiciones de sus acciones representativas de ADS fueron retomadas durante el 2002.<br />

Los tenedores extranjeros que dispongan de sus acciones serie B o ADS durante 2002<br />

deberán consultar con sus propios consultores fiscales la aplicación de dichas<br />

disposiciones.<br />

Consideraciones sobre impuestos estadounidenses<br />

Al momento de la venta u otra disposición de las acciones serie B o ADSs, un accionista<br />

estadounidense generalmente reconocerá la ganancia o pérdida de capital por una<br />

cantidad equivalente a la diferencia entre la cantidad obtenida sobre la venta u otra<br />

disposición y la base fiscal de dicho tenedor estadounidense en las acciones serie B o<br />

ADSs. La ganancia o pérdida reconocida por un accionista estadounidense sobre dicha<br />

venta u otra disposición generalmente será ganancia o pérdida a largo plazo si, en el<br />

momento de la venta u otra disposición, las acciones serie B o ADSs se han detentado<br />

por más de un año. La ganancia de capital a largo plazo reconocida por un accionista<br />

estadounidense que sea persona física está sujeta a menores tasas de gravamen sobre el<br />

ingreso federal que una ganancia ordinaria o una ganancia de capital a corto plazo. La<br />

deducción de una pérdida de capital está sujeta a las limitaciones para efectos de ISR<br />

federal estadounidenses. Los depósitos y retiros de acciones serie B por parte de<br />

tenedores estadounidenses a cambio de ADSs no darán como resultado la realización de<br />

ganancia o pérdida para efectos del ISR federal estadounidense.<br />

Cualquier utilidad, si la hubiere, obtenida por parte de un accionista estadounidense sobre<br />

la venta u otra disposición de las acciones serie B o ADSs será tratada generalmente<br />

como un ingreso de fuente estadounidense para efectos del crédito del impuesto<br />

extranjero de los Estados Unidos. Como consecuencia, si un impuesto de retención<br />

mexicano es impuesto sobre la venta o disposición de acciones serie B, un tenedor<br />

estadounidense que no reciba un ingreso de fuente extranjera significativo de otras<br />

fuentes no podrá percibir beneficios efectivos del crédito de impuesto extranjero de los<br />

Estados Unidos con respecto a estos impuestos mexicanos. Los tenedores<br />

estadounidenses deberán consultar a sus asesores fiscales respecto de la aplicación de<br />

las reglas de crédito de impuesto extranjero a su inversión en, y disposición de, acciones<br />

de la serie B.<br />

Otros Impuestos Mexicanos<br />

No existen en México impuestos sobre herencias, obsequios, sucesiones o al valor<br />

agregado aplicables a la titularidad, transferencia o disposición de las acciones serie B o<br />

ADSs por parte de los accionistas extranjeros. En el entendimiento, sin embargo, de que<br />

las transferencias gratuitas de las acciones serie B o ADSs podrán, bajo ciertas<br />

circunstancias, causar que se imponga un impuesto federal mexicano al beneficiario. No<br />

existe impuesto del timbre mexicano, impuesto por emisión, registro o impuestos o<br />

derechos similares pagaderos por los accionistas extranjeros de las acciones serie B o<br />

ADSs.<br />

Impuesto de Retención de Apoyo Estadounidense y Requisitos para Reportar Información<br />

En general, los requerimientos para reportar información se aplicarán a los pagos<br />

efectuados por parte de un agente de pago dentro de los Estados Unidos a un tenedor<br />

estadounidense no corporativo (o a otro que no esté exento) de dividendos con respecto a


125<br />

las acciones serie B o ADSs o a las ganancias recibidas sobre la venta u otra disposición<br />

de las acciones serie B o ADSs, y un impuesto de retención de apoyo podrá aplicar a<br />

dichas cantidades si el tenedor estadounidense no proporciona una clave de identificación<br />

de contribuyente exacta al agente de pago. Las cantidades retenidas como impuesto de<br />

retención de apoyo serán acreditables frente a la responsabilidad del ISR federal<br />

estadounidense de un tenedor estadounidense, en el entendimiento de que la información<br />

requerida sea proporcionada al Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (U.S.<br />

Internal Revenue Service).<br />

Influencia cuantitativa y cualitativa ante los Riesgos del Mercado.<br />

Estamos expuestos al riesgo de mercado por cambios al tipo de cambio de las monedas.<br />

Riesgo de la Moneda Extranjera<br />

Nuestro principal riesgo por el tipo de cambio involucra cambios sobre el valor del peso en<br />

relación con el dólar. Históricamente, una parte significativa de los ingresos generados por<br />

nuestros aeropuertos (principalmente derivados de las cuotas a pasajeros en vuelos<br />

internacionales) ha sido calculada en dólares, aunque dichos ingresos se cobran en pesos<br />

con base en el tipo de cambio promedio del mes anterior. En 2002, 2003 y 2004,<br />

aproximadamente 37.4%, 39.7% y 42.0% respectivamente, de nuestros ingresos<br />

consolidados se derivaron de cuotas de pasajeros por vuelos internacionales.<br />

Prácticamente todos nuestros ingresos adicionales se nominan en pesos (además de los<br />

salarios de nuestros funcionarios y los honorarios por asistencia técnica, al grado en que<br />

se pague con base en el pago mínimo anual). Con base en un debilitamiento del 10% del<br />

peso respecto del dólar americano al 31 de diciembre de 2004. Estimamos que nuestros<br />

ingresos se habrán incrementado $12.5 millones.<br />

Al 31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004 2.8%, 5.9% y 4.8% respectivamente, de nuestro<br />

efectivo y de nuestros valores comerciables se encontraban nominados en dólares. Con<br />

base en un debilitamiento del 10% del peso respecto del dólar americano al 31 de<br />

diciembre de 2004, estimamos que el valor de nuestro efectivo y de nuestros valores en el<br />

mercado se habrá incrementado por $4.9 millones.<br />

No tenemos ninguna deuda en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2002, 2003 y<br />

2004. En el supuesto de que incurramos en una deuda denominada en moneda extranjera<br />

en un futuro, la depreciación en el valore del peso respecto del dólar podrá incrementar el<br />

costo en pesos del servicio de dicha deuda.<br />

Al 31 de diciembre de 2002, 2003 y 2004, no tuvimos algún contrato relevante de futuros<br />

de moneda extranjera.<br />

Código de Ética<br />

La Compañía ha adoptado un código de ética, según dicho término está definido en el<br />

Punto 16B de la Forma 20-F, expedida bajo el Securities Exchange Act de 1934. Dicho<br />

código de ética le es aplicable al Director de la Compañía, el Director de Finanzas o<br />

contralor y otras personas que desempeñan funciones similares, así como a los demás


126<br />

funcionarios y empleados. Nuestro código de ética se presenta como anexo a la Forma<br />

20-F y está disponible en nuestra página de internet www.asur.com.mx. Si modificáramos<br />

las disposiciones de nuestro código de ética o si otorgáramos una renuncia a alguna<br />

disposición contendía en el mismo, revelaríamos dicha modificación o renuncia en nuestra<br />

página de Internet.


PATENTES, LICENCIAS Y MARCAS<br />

Actualmente, ASUR es propietaria de las siguientes marcas, las cuales se encuentran<br />

debidamente inscritas ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial:<br />

MARCA DURACIÓN OBSERVACIONES<br />

127<br />

ESTADO<br />

610809 ASUR 10 años Otorgado<br />

650765 ASUR 10 años Otorgado<br />

18238 Aeropuertos del Sureste 10 años Otorgado<br />

18239 Aeropuertos del Sureste 10 años Otorgado<br />

686855 ASUR Y DISEÑO 10 años Otorgado<br />

0520870 air SHOP 10 años Otorgado<br />

0520871 air SHOP 10 años Otorgado<br />

0520873 air SHOP En trámite<br />

0520872 air SHOP En trámite<br />

Asimismo, ASUR es propietaria de los siguientes registros de derecho de autor, los cuales<br />

se encuentran debidamente inscritos ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor:<br />

REGISTRO NUMERO<br />

03-199-12130422100-01 Derechos de<br />

autor<br />

03-2000-110911423400-01 Derechos de<br />

autor<br />

TIPO OBSERVACIONES ESTADO<br />

Registro de programa de Otorgado<br />

computo SLOTS (MUSIGNY)<br />

Registro de programa de Otorgado<br />

computo SLOTS (ASUR)


ANEXO “A”<br />

ESTADOS FINANCIEROS DICTAMINADOS<br />

<strong>GRUPO</strong> <strong>AEROPORTUARIO</strong> <strong><strong>DE</strong>L</strong> <strong>SURESTE</strong>, S. A. <strong>DE</strong> C. V. Y SUBSIDIARIAS<br />

130

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!