Pleno 24-02-2009 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO ...
Pleno 24-02-2009 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO ...
Pleno 24-02-2009 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO ...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
4<br />
<strong>Pleno</strong> <strong>24</strong>-<strong>02</strong>-<strong>2009</strong><br />
inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de que<br />
no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente<br />
adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.<br />
El expediente se encuentra en las oficinas del Servicio de Selección y Gestión de<br />
personal de la Diputación Provincial de Granada, Calle Periodista Barrios Talavera nº1, 1ª<br />
Planta.<br />
ANEXO<br />
OR<strong>DE</strong>NANZA REGU<strong>LA</strong>DORA <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> TASA POR <strong>DE</strong>RECHOS <strong>DE</strong> EXAMEN<br />
FUNDAMENTO.<br />
Art.1.- En uso de las facultades concedidas por los arts 133.2 y 142 de la Constitución y por<br />
el art.106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del régimen Local, de<br />
conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 y 132 del Texto Refundido de la Ley<br />
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de<br />
marzo, la Diputación Provincial de Granada establece la tasa por derechos de examen, que se<br />
regirá por lo dispuesto en la presente Ordenanza Fiscal.<br />
HECHO IMPONIBLE.<br />
Art.2.1. - Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad técnica y administrativa<br />
conducente a la selección del personal, funcionario o laboral entre quienes soliciten participar<br />
en las correspondientes pruebas de acceso o de promoción a los Cuerpos o Escalas de<br />
funcionarios o a las Categorías de personal laboral convocadas por esta Diputación y sus<br />
Organismos Autónomos.<br />
2.- Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo la actividad técnica y/o administrativa a<br />
que se refiere el apartado anterior no se realice, procederá la devolución del importe<br />
correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en<br />
los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.<br />
SUJETO PASIVO<br />
Art.3.- Son sujetos pasivos las personas físicas que soliciten la inscripción como aspirantes en<br />
las pruebas selectivas de las convocatorias a las que se refiere el artículo anterior.