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Martes 17 de junio de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 21<br />

Información y pruebas desestimadas<br />

26. Con fundamento en el artículo 163 del RLCE, la Secretaría desechó la prueba que HATSA presentó<br />

con sus alegatos el 4 de marzo de 2008, consistente en un catálogo de parrillas eléctricas de la empresa<br />

Qualimax Internacional (Electrodomésticos Jocca), por extemporánea, ya que el periodo probatorio<br />

comprende desde el día siguiente de la publicación en el DOF del inicio de la investigación administrativa<br />

hasta que se declare concluida la audiencia pública a que se refiere el artículo 81 de la LCE.<br />

Protección de la información confidencial<br />

27. La Secretaría no puede revelar públicamente la información presentada por las partes interesadas con<br />

carácter confidencial, ni la información que ella misma se allegó con tal carácter, de conformidad con lo<br />

establecido en los artículos 80 de la LCE y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas tuvieron<br />

oportunidad de tener acceso a la información confidencial de conformidad con los artículos 158, 159 y 160 del<br />

RLCE.<br />

Análisis de la información<br />

28. Las Solicitantes describieron el producto investigado como parrillas eléctricas, cuyas características<br />

principales son: tienen planchas freidoras lisas o acanaladas de aluminio o con recubrimiento anti-adherente,<br />

lo que permite su utilización en forma directa sin ningún utensilio adicional para funcionar. Su diseño permite<br />

disminuir el tiempo de cocción de los alimentos en su propio jugo. Cuentan con recipientes adicionales para la<br />

recolección de grasa. El termostato que contienen las parrillas importadas no es una diferencia sustancial con<br />

respecto a las parrillas de fabricación nacional, una diferencia esencial es el uso que se les da a las parrillas<br />

importadas, que es considerablemente distinto, pues no requieren de utensilios adicionales para calentar los<br />

alimentos.<br />

29. Señalaron, que los materiales utilizados en las parrillas que pretenden importar incluyen: una aleación<br />

de aluminio con “phenolic”. Este material es un plástico laminado a base de fibras sintéticas, fibra de vidrio,<br />

resinas, mica, nylon, silicón y acero inoxidable para altas temperaturas y presión elevada.<br />

30. HATSA reconoce que las características del producto que fabrica son distintas a las del producto que<br />

pretenden importar las Solicitantes. Describe a la parrilla eléctrica de fabricación nacional como un<br />

electrodoméstico de gabinete de metal o plástico que integra una resistencia (elemento calefactor) sobre el<br />

cual se coloca un recipiente de cocina para la cocción o el calentamiento de alimentos. Considera que los<br />

productos objeto de la solicitud de cobertura son freidoras de alimentos y no parrillas eléctricas.<br />

31. HATSA reiteró este argumento en la audiencia pública celebrada el 21 de febrero de 2008. Añadió<br />

expresamente que no tenía inconveniente en que se importen productos iguales a los indicados por las<br />

Solicitantes, en virtud de que son diferentes a los de fabricación nacional. Así, al responder a pregunta<br />

expresa de la autoridad investigadora sobre la diferencia entre los productos referidos, la productora nacional<br />

señaló expresamente lo siguiente:<br />

Yo creo que el señalamiento que usted hace, Sr. Presidente, es muy puntual, en el sentido<br />

de que una diferencia básica es que los aparatos que pretenden importar los Solicitantes<br />

permiten el asado, cocido o fritura de los alimentos directamente en el aparato y nosotros<br />

requerimos de un recipiente adicional, eso es bastante cierto…<br />

[Enfasis propio.]<br />

32. Durante la audiencia, la productora nacional reconoció, a pregunta expresa del representante de las<br />

empresas G.S.E.B., Grupo HB/PS y Sunbeam, que las importaciones de parrillas realizadas por Toastmaster<br />

no han afectado a la producción de parrillas nacionales, por tratarse de productos distintos. No obstante<br />

señaló, que su preocupación estriba en que, con este procedimiento, se deje la puerta abierta a las<br />

importaciones de parrillas eléctricas similares a las fabricadas nacionalmente, y eso —consideró— afectaría a<br />

la producción nacional. Expresó:<br />

… Bueno contestando, Sr. Sarabia, directamente a su pregunta sobre si hemos visto<br />

importaciones de parrilla eléctrica en México a partir de la excepción hecha a las parrillas<br />

George Foreman, la respuesta es no, nosotros no hemos detectado ninguna importación de<br />

parrilla eléctrica en México de origen en la República Popular China…<br />

Lo que yo argumento es una cosa distinta, primero no tengo ningún, Herrajes y Alta<br />

Tensión, no tiene ninguna postura en contra de que, ni Toastmaster ni sus representados,<br />

importen lo que están importando, es decir, esos productos como planchas freidoras lisas o<br />

acanaladas con recubrimiento antiadherente. Es decir, no tenemos ninguna objeción en que<br />

ustedes o algún tercero adicional quiera importar y comercializar en México ese tipo de<br />

productos, eso no nos afecta absolutamente en nada…<br />

[Enfasis propio.]

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