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Miércoles 16 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 99<br />

poblado "Monte Negro", citándolos en repetidas ocasiones sin presentarse, por lo que no se pudo definir<br />

las colindancias de su ejido, por no estar localizado topográficamente, en vista de lo suscitado, se<br />

iniciaron los trabajos partiendo por la brecha que corresponde al ejido "Valle Nacional".<br />

3. Que al llevar a cabo dichos trabajos se encontró que los ejidatarios de "Monte Negro", no trabajan el<br />

área correspondiente a su ejido, siendo laborada únicamente la falda del cerro y los terrenos cercanos al<br />

poblado, se constató que los solicitantes tanto de "San Cristóbal La Vega" y "Monte Bello", están<br />

trabajando los terrenos presuntos nacionales y una parte de las tierras que pertenecen a "Monte Negro",<br />

en vista de que éstos las han tenido abandonadas, efectuándose el deslinde correspondiente,<br />

manifestando el ejido "Monte Negro" su desacuerdo, levantándose Acta de Conformidad firmando los que<br />

en ella intervinieron acordando en la misma que se les repondría al poblado "Monte Negro" los terrenos en<br />

un área cercana al poblado.<br />

4. Que con los trabajos realizados y los de gabinete, se determinó que el levantamiento topográfico de<br />

la superficie investigada arrojó un total de 1,271-26-66 (un mil doscientas setenta y una hectáreas,<br />

veintiséis áreas, sesenta y seis centiáreas) cerril con 25% laborable, restándole una fracción de 90-00-00<br />

(noventa hectáreas) que pertenece al ejido "Valle Nacional", quedando una superficie presunto afectable<br />

de 1,181-26-66 (un mil ciento ochenta y una hectáreas, veintiséis áreas, sesenta y seis centiáreas),<br />

presunta propiedad de la Nación.<br />

5. Que dentro del radio de siete kilómetros se localizaron terrenos propiedad de los ejidos "San<br />

Cristóbal La Vega", "Monte Negro", "Usumacin", "Valle Nacional", "Santa Fe y La Mar", "Paso Nuevo La<br />

Hamaca", "Vega del Sol", "Chinantlilla", "Monte Tinta" y ampliaciones "Monte Tinta" y Ayotzintepec", así<br />

como de un total de veintidós predios de propiedad particular, cuya superficies van de 7-00-00 (siete<br />

hectáreas) la menor y 300-00-00 (trescientas hectáreas) la mayor, siendo que ésta última se encuentra<br />

amparada con tres certificados de inafectabilidad agrícola números 10366, 10367 y 10368, de siete de<br />

marzo de mil novecientos cuarenta y cinco; todos ubicados en el Municipio de San Juan Bautista Valle<br />

Nacional, Oaxaca, con tierras de humedad en su mayor parte y en pequeñas porciones cerriles con 25%<br />

laborables, dedicadas principalmente a la ganadería con siembras de arroz, maíz y árboles frutales.<br />

- Convenio de veintisiete de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro, celebrado entre los<br />

campesinos de los poblados "Monte Bello" y "San Cristóbal La Vega", ambos del Municipio de Valle<br />

Nacional, Distrito Judicial de Tuxtepec, Estado de Oaxaca, por el cual trazaron una línea de conformidad y<br />

acordaron el respeto de las siguientes superficies: 469-60-00 (cuatrocientas sesenta y nueve hectáreas,<br />

sesenta áreas) para la ampliación de ejido del poblado "San Cristóbal La Vega", localizadas al poniente<br />

del ejido de referencia, colindando con el ejido "Paso Nuevo La Hamaca", la línea de conformidad antes<br />

mencionada y el ejido "Monte Negro"; y para el poblado "Monte Bello", una superficie de 711-70-00<br />

(setecientas once hectáreas, setenta áreas), que colinda con el ejido "Valle Nacional", el ejido "Monte<br />

Negro", la línea de conformidad de que se trata, los terrenos del predio "El Mirador" y la propiedad de<br />

Felipe Fonseca.<br />

- Oficio número 658 de veintinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y uno, signado por el<br />

Secretario de la Comisión Agraria Mixta, mediante el cual designó a Fidel Silva Pérez para llevar a cabo<br />

trabajos censales.<br />

- Informe de veintitrés de octubre de mil novecientos ochenta y uno, rendido por Fidel Silva Pérez, en<br />

relación a los trabajos ordenados, relativos a la verificación de la existencia del núcleo promovente del<br />

expediente instaurado bajo el número 2020, informando que el censo levantado arrojó un total de treinta y<br />

tres campesinos capacitados carentes de tierras.<br />

- Acuerdo de diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, signado por los miembros de<br />

la Comisión Agraria Mixta del Estado de Oaxaca, acordando que el expediente agrario número 2020, se<br />

remita a la Delegación Agraria en el Estado y ésta a su vez, lo remita al Cuerpo Consultivo Agrario, con la<br />

finalidad de que se acumule al expediente principal radicado bajo el número 1426, toda vez que los dos<br />

corresponden a la misma acción agraria y al mismo grupo promovente, ordenándose continuar con el<br />

procedimiento respectivo a la primera solicitud relativa al expediente número 1426; siendo enviado por<br />

oficio número 46 de veinte de enero de mil novecientos ochenta y tres, al Delegado Agrario.<br />

- Oficio número 1729 de ocho de marzo de mil novecientos ochenta y tres, por el que el Delegado<br />

Agrario emitió su opinión, en el sentido de que el expediente registrado bajo el número 2020 si debe<br />

acumularse al número 1426, ya que se trata de la misma acción de ampliación de ejido solicitada por el<br />

mismo poblado; por lo que, en la misma fecha lo remitió a la Consultoría Especial por el Estado de<br />

Oaxaca.<br />

- Oficio número 71 de veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro, signado por el<br />

Consejero Agrario, mediante el cual remitió el expediente que nos ocupa al Delegado Agrario para su<br />

correcta integración.<br />

- Oficio número 1224 de dos de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, signado por el Delegado<br />

Agrario mediante el cual ordenó al topógrafo Heladio Ramírez Ibañez, llevar a cabo trabajos de

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