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Miércoles 16 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 201<br />

en cuyo acatamiento giró el oficio 0078900 de veintisiete de abril del mismo año, comisionado que rindió<br />

informe el veinte de octubre siguiente, el que por presentar irregularidades, motivó que la Delegación<br />

Agraria destacara personal por el diverso 4532 de quince de mayo de mil novecientos ochenta y tres,<br />

quien rindió informe el 10 de octubre del citado año, en el que aparece que los solicitantes le manifestaron<br />

su inconformidad con su realización, en razón de que los lotes de los que se estaba ordenando su<br />

investigación, pertenecían a ejidos ya constituidos y que los únicos que se encontraban en manos de<br />

particulares eran una parte del lote 32 y 33 al 37, 38, 41, 42, 43, 46, 47, 48, 51, 56 y 61; y que a fin de<br />

comprobar lo anterior procedió a investigarlos, comprobando que efectivamente se encuentran dentro de<br />

los ejidos "El Limoncito", dotación, primera y segunda ampliación del ejido "Tazumbos", ampliación del<br />

ejido de "Tanchinola", dotación de ejido a "Juan Diego", éstos ubicados en el Municipio de Jilotlán de los<br />

Dolores, además de los ejidos "El Pilón" y "18 de Marzo".<br />

DECIMO CUARTO.- En atención a lo solicitado por la Sala Regional del Cuerpo Consultivo Agrario en<br />

oficio 2396 de veintiuno de junio de mil novecientos ochenta y tres, el Delegado Agrario comisionó<br />

personal por oficio 7139 de veintinueve de julio del mismo año, a fin de que practicara los trabajos a que<br />

se refiere el artículo 286 fracciones II y III de la Ley Federal de Reforma Agraria, el que rindió informe el<br />

once de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, del cual se desprende lo siguiente:<br />

Predio "Piedra Gorda", con superficie de 248-08-00 hectáreas, propiedad de Ismael Chávez Flores,<br />

quien adquirió de Sebastián Acevedo Nuñez el veinticinco de mayo de mil novecientos setenta, según<br />

escritura inscrita bajo la partida número 34, del Libro 15, Sección primera, de cinco de diciembre de mil<br />

novecientos setenta; quien a su vez lo adquirió de Amador Acevedo Torres el catorce de mayo de mil<br />

novecientos cincuenta y nueve, según inscripción número 42, del Libro 68, Sección Primera y éste<br />

mediante diligencias de información ad-perpetuam inscritas en el Registro Público de la Propiedad con el<br />

número 315, del Libro 145, Sección Primera, el dieciocho de marzo de mil novecientos cincuenta y nueve;<br />

cabe señalar que este terreno sufrió afectación de acuerdo con el plano proyecto aprobado el catorce de<br />

junio de mil novecientos setenta y dos, para el nuevo centro de población ejidal "San Juan Chilatán" y su<br />

anexo "Chilatán", en una superficie de 49-80-00 hectáreas.<br />

Predio "Archicumpito", propiedad de María de los Angeles García Amezcua, con superficie de 21-25-<br />

00 hectáreas, de terrenos de temporal, sembrados al momento de la investigación con sorgo, el que<br />

adquirió el once de diciembre de mil novecientos setenta y tres de Adam Cervantes Vargas, según<br />

inscripción número 321, del Libro 21, Sección Primera, de veinticuatro de abril de mil novecientos setenta<br />

y cuatro, y éste a su vez de Antonio Chávez Escalera el veintisiete de marzo de mil novecientos setenta y<br />

uno, según inscripción número 298, del libro 15, sección primera.<br />

Predio "Archicumpito", propiedad de María Trinidad García Amezcua, con superficie de 21-25-00<br />

hectáreas de terrenos de temporal, sembrados al momento de los trabajos con sorgo, el que adquirió el<br />

once de diciembre de mil novecientos setenta y tres de Adam Cervantes Vargas, según inscripción<br />

número 320 del Libro 21, Sección Primera, de veinticuatro de abril de mil novecientos setenta y cuatro y<br />

éste a su vez de Antonio Chávez el veintiséis de marzo de mil novecientos setenta y uno, según<br />

inscripción número 298, del libro 15, sección primera.<br />

Respecto a estas dos fracciones, señaló el comisionado que forman un solo paño, comprendidas<br />

dentro del lote número 57, que fue propiedad de Antonio Chávez Escalera, con una extensión superficial<br />

de 100-00-00 hectáreas de riego mecánico y que fue adquirido el once de enero de mil novecientos<br />

cincuenta y nueve, por compra a Victoria Maldonado Morales el quince de abril del mismo año; y ésta a su<br />

vez de Armando Valencia Rodríguez el ocho de mayo de mil novecientos cincuenta y uno, según<br />

inscripción número 18683 del libro 183, sección primera, y que el resto de la superficie, esto es 57-50-00,<br />

se encontraba en posesión de la primera ampliación de ejido al poblado "Tazumbos".<br />

Predio "Guadalajara", con superficie de 150-00-00 hectáreas, propiedad de Antioco Cabrera Cárdenas,<br />

adquirida por promoción de diligencias de información ad-perpetuam el quince octubre de mil novecientos<br />

sesenta y ocho, en el expediente 204/68, quedando registrado bajo la partida número 166 del libro 12,<br />

sección primera, el veintiséis de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve, el que vendió una<br />

fracción de 75-00-00 hectáreas a Raymundo Magaña Romero, según inscripción número 172 del libro 12<br />

sección primera, el dos de octubre de mil novecientos sesenta y nueve; respecto al cual el Registro<br />

Público de la Propiedad señaló en la escritura respectiva que esa finca no tenía antecedentes registrales.<br />

Otra fracción la vendió a Juventino Bravo Zepeda, con superficie de 37-50-00 hectáreas, inscrita bajo<br />

la partida número 103 del libro 16, sección primera, el diez de julio de mil novecientos setenta y uno.<br />

"Potrero Viejo o Zihuanzo", propiedad de María de Jesús Madrigal de Alvarez, con superficie de 200-<br />

00-00 hectáreas, que adquirió de Epifanio Chávez López el cinco de noviembre de mil novecientos<br />

sesenta y cinco, según inscripción número 179, del Libro 8, Sección Primera el nueve de febrero de mil<br />

novecientos sesenta y ocho, quien a su vez adquirió de los menores Hermelinda y Joel Chávez Figueroa el<br />

veintisiete de mayo de mil novecientos sesenta y cinco, según inscripción número 86 del Libro 2, Sección<br />

Primera. Que la titular manifestó excedencia en el año de mil novecientos setenta y seis, por 308-70-00

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