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178 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 16 de agosto de 2000<br />

los campesinos siembran las laderas de 25 grados de inclinación, su capa arable es de 9 cms., la tierra es<br />

de color negro-parduzco, de textura areno-limosa de mediana dureza, con pendientes en promedio de 25<br />

grados, con 25% de pedregocidad y que sus colindancias son: Al norte con pequeñas propiedades de<br />

"Coacoaco" delimitado con cerca de alambres de púas de 3 hilos y postes de madera, al sur con terrenos<br />

del poblado "Santa Cruz", de por medio del río Tlacolula, al este con pequeños propietarios de<br />

"Coacoaco", delimitado con alambre de púas de 3 hilos y postes de madera, y al oeste con propietarios de<br />

"Coacoaco", siendo explotado el predio con maíz y frijol en un 70% por los campesinos solicitantes,<br />

pagando la renta al hijo del propietario debido a su discapacidad...".<br />

A este informe el comisionado anexó copias al carbón de las cédulas de notificación, de los citatorios,<br />

acta de asamblea de elección de representantes censales y los documentos que contienen los datos<br />

relativos a la capacidad de los solicitantes, así como el acta de inspección ocular de quince de abril de mil<br />

novecientos noventa y uno.<br />

Obra también en autos el oficio 02/91, de veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y uno,<br />

mediante el que el encargado del Registro Público de la Propiedad del Municipio de Guayacocotla,<br />

Veracruz, comunica al ingeniero Noé Castro González, que en el archivo de esa oficina se encontró la<br />

inscripción número 36 de catorce de mayo de mil novecientos setenta y nueve, en favor de Liborio Melo<br />

Hernández, respecto de un terreno denominado "Hueytipa", ubicado en la Congregación de Coacoaco,<br />

Municipio de Ilamatlán, Estado de Veracruz, con una extensión de 20-00-00 (veinte hectáreas). Y que en<br />

relación a los señores Fortunato y Hermelindo, de apellidos González Burgos, Francisco Sánchez Reyes,<br />

no se encontró inscripción alguna a su favor.<br />

TERCERO.- El dos de abril de mil novecientos noventa y uno, la Comisión Agraria Mixta, expidió<br />

nombramientos a Lázaro Domínguez Reyes, Cornelio Hernández Hernández y Alfonso Melo Rodríguez,<br />

como presidente, secretario y vocal, del Comité Particular Ejecutivo, respectivamente.<br />

CUARTO.- El coordinador del programa para la atención de asuntos agrarios en zonas indígenas en el<br />

Estado de Veracruz, por oficio número 39 de doce de noviembre de mil novecientos noventa y dos,<br />

informó a la Comisión Agraria Mixta, lo que a continuación se transcribe:<br />

"...Que en base a este programa para el poblado que nos ocupa se programó la compra del predio<br />

"Hueytipa", por no caer dentro de las causales de afectación que contempla la Ley Federal de Reforma<br />

Agraria. Una vez ministrados los recursos por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del<br />

Estado a la cuenta Bancomer 3565-9, del Centro Coordinador Indigenista NAHUA-OTOMI-TEPEHUA de<br />

Hueyacocotla, Veracruz y puesto a disposición de esta brigada a mi cargo, se procedió a la localización<br />

del propietario, para que acudiera con la documentación comprobatoria que ampara la propiedad de dicho<br />

predio. A la par de estas actividades, se buscó la coordinación con el Centro Coordinador Indigenista y la<br />

Notaría pública número 1 con sede en esta cabecera municipal, para la elaboración del cheque respectivo<br />

y el contrato de compraventa, concretándose el día 22 de octubre del año en curso, comprando<br />

indemnizando a Benito Melo Téllez, el predio "Hueytipa", con superficie de 20-00-00 Has., amparado con<br />

escritura privada de 1o. de agosto de 1961, mediante cheque número 367778, por la cantidad de<br />

$20,000,000.00, esta superficie complementará las 70-89-62 Has., propuestas como afectables por entrar<br />

dentro de las causales de afectación del artículo 251 de la Ley Federal de Reforma Agraria, interpretado a<br />

contrario sensu, y las 22-42-72 Has., que resultaron demasías propiedad de la Nación, de conformidad<br />

con los artículos 5 y 6 de la Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales y Demasías, haciendo un total de 113-<br />

32-35 Has., para beneficiar a 81 campesinos capacitados del poblado "Coacoaco".<br />

A este informe se anexaron copias de cada uno de los documentos mencionados en el mismo.<br />

QUINTO.- Por escrito de diez de mayo de mil novecientos noventa y tres, Lázaro Domínguez Reyes,<br />

Cornelio Hernández Hernández y Alfonso Melo Hernández, ostentándose como integrantes del Comité<br />

Particular Ejecutivo del poblado de referencia, ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de<br />

Veracruz, solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal, señalando como acto reclamado del<br />

Gobernador del Estado, de la Comisión Agraria Mixta del Estado y de la Brigada Mixta de Conciliación<br />

Agraria, la omisión de la instauración del expediente y la publicación de la solicitud de dotación de tierras,<br />

registrándose el expediente número 350/993.<br />

SEXTO.- El dieciséis de agosto de mil novecientos noventa y tres, el Juez de Distrito, concedió el<br />

amparo solicitado para el único efecto de que la Comisión Agraria Mixta instaurara el procedimiento. Esta<br />

sentencia causó ejecutoria por auto de veinticuatro de noviembre de ese mismo año.<br />

SEPTIMO.- En cumplimiento a dicha sentencia, la Comisión Agraria Mixta, por acuerdo de siete de<br />

diciembre de mil novecientos noventa y tres, instauró el expediente de dotación de tierras del poblado<br />

denominado "Coacoaco", asignándole el número 7400.<br />

OCTAVO.- Mediante oficios números 5075, 5078 y 5079 de ocho de diciembre de mil novecientos<br />

noventa y tres, la Comisión Agraria Mixta, notificó del inicio del procedimiento al Registro Público de la<br />

Propiedad, a Fortunato y Herlindo Paredes y Víctor Melo y/o su representante legal, y propietarios de los

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