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176 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 16 de agosto de 2000<br />

de la Ley Federal de Reforma Agraria, con las modalidades y en los términos que establece la Ley de<br />

Aguas Nacionales.<br />

QUINTO.- Se modifica el mandamiento dictado por el Gobernador del Estado de San Luis Potosí, el<br />

veintinueve de julio de mil novecientos setenta y cinco, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del<br />

Estado, el siete de agosto del mismo año, por lo que hace a la superficie y predios que se afectan.<br />

SEXTO.- Publíquense: esta sentencia en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del<br />

Gobierno del Estado de San Luis Potosí; los puntos resolutivos de la misma en el Boletín Judicial Agrario;<br />

inscríbase en el Registro Público de la Propiedad correspondiente y procédase a hacer la cancelación<br />

respectiva. Asimismo, inscríbase en el Registro Agrario Nacional, el que deberá expedir los certificados de<br />

derechos correspondientes, de acuerdo a las normas aplicables y conforme a lo establecido en esta<br />

sentencia.<br />

SEPTIMO.- Notifíquese a los interesados y comuníquese por oficio al Gobernador del Estado de San<br />

Luis Potosí, a la Secretaría de la Reforma Agraria, a través de su Dirección de Regularización de la<br />

Propiedad Rural, a la Comisión Nacional del Agua, y a la Procuraduría Agraria; ejecútese y, en su<br />

oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.<br />

Así, por unanimidad de cinco votos, lo resolvió el Tribunal Superior Agrario; firman los Magistrados<br />

que lo integran, con el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe.<br />

México, Distrito Federal, a veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y siete.- El Magistrado<br />

Presidente, Luis O. Porte Petit Moreno.- Rúbrica.- Los Magistrados: Rodolfo Veloz Bañuelos, Marco V.<br />

Martínez Guerrero, Luis Angel López Escutia, Carmen Laura López Almaraz.- Rúbricas.- El<br />

Secretario General de Acuerdos, Armando Alfaro Monroy.- Rúbrica.<br />

La C. Secretaria General de Acuerdos del Tribunal Superior Agrario, Claudia D. Velázquez González,<br />

habilitada por Acuerdo Plenario del dos de marzo de mil novecientos noventa y nueve, que suscribe,<br />

CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son fiel reproducción de sus originales que obran en el Juicio<br />

Agrario número 016/97, promovido por el poblado Vallejo, Municipio de Villa de Guadalupe, Estado de<br />

San Luis Potosí, acción de dotación de tierras, y se expiden en cincuenta y tres fojas útiles, selladas y<br />

cotejadas, para ser enviadas al Diario Oficial de la Federación.- Doy fe.- México, Distrito Federal, a<br />

dieciseis de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- Conste.-Rúbrica<br />

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 86/97, relativo a la dotación de tierras,<br />

promovido por campesinos del poblado Coacoaco, Municipio de Ilamatlán, Ver.<br />

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior<br />

Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.<br />

Visto para resolver el juicio agrario número 86/97, que corresponde al expediente administrativo<br />

número 7400, relativo a la solicitud de dotación de tierras promovida por campesinos del poblado<br />

denominado "Coacoaco", Municipio de Ilamatlán, Estado de Veracruz, y<br />

RESULTANDO<br />

PRIMERO.- Por escrito de nueve de enero de mil novecientos noventa y uno, un grupo de campesinos<br />

del poblado "Coacoaco", Municipio de Ilamatlán, Estado de Veracruz, solicitaron al gobernador de esa<br />

entidad federativa, dotación de tierras, señalando como predios de posible afectación los denominados<br />

"Coamixcalco", "Hueytipa" y Atocaco".<br />

SEGUNDO.- Por oficio número 104, de primero de abril de mil novecientos noventa y uno, la Comisión<br />

Agraria Mixta, comisionó al ingeniero Noé O. Castro González, para que llevara a cabo diligencia censal y<br />

practicara trabajos técnicos informativos; comisionado que rindió su informe el veintitrés de mayo del<br />

mismo año, del que se desprende lo siguiente:<br />

"...A).- Representante censal.- Conforme al acta de elección del 3 de abril de 1991, resultó electo<br />

Vicente Villegas de la Cruz.<br />

B).- Acta de instalación.- 3 de abril de mil novecientos noventa y uno.<br />

C).- Acta de clausura.- 5 de abril de 1991, con los siguientes resultados: 323 habitantes; 73 jefes de<br />

familia; 8 solteros mayores de 16 años y 81 capacitados.<br />

El 2 de abril del citado año, notifiqué a Francisco Sánchez Reyes o María de la Luz Reyes, Benito o<br />

Loborio Melo H., Fortunato Paredes, Herlindo o Hermelindo Paredes, propietarios o encargados de los<br />

predios denominados "Atocaco", "Hueytipa" y "Coamixcalco" y a los representantes ejidales de los<br />

poblados "San Gregorio", "Xoxolpa", "Santa Cruz", y "Embocadero", todos del Municipio de Ilamatlán,<br />

Veracruz, así como cédula común notificatoria de la misma fecha, haciendo de su conocimiento los<br />

trabajos a realizar, de acuerdo con las diligencias de localización topográficas de los predios rústicos<br />

señalados como susceptibles de afectación, ésta se realizó mediante poligonales envolventes.<br />

Polígono No. 1.- Predio "Coamixcalco", obra en el expediente la escritura privada de compra venta de<br />

2 de agosto de 1991, tirada en Ilamatlán, Veracruz, a través de la cual Fortunato y Hermelindo Paredes

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