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Miércoles 16 de agosto de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 113<br />

Mesa III<br />

Expediente 136/2000<br />

EDICTO<br />

En los autos del Juicio de Amparo número 136/2000 promovido por Blanca Leticia Chan Arreola, contra<br />

actos del Juez Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cozumel, Quintana Roo y otras<br />

autoridades, en el que señaló como acto reclamado a) La ilegítima y anticonstitucional privación hecha en<br />

mi contra respecto del local denominado La Margarita, con un área de cincuenta metros cuadrados<br />

ubicado en la Palapa Cuzamil en el kilómetro 4.5 de la carretera Chankanaab Zona Hotelera Sur, interior<br />

del muelle Puerta Maya de Cozumel, Quintana Roo.- b) La supuesta orden verbal o escrita o mandato<br />

emitido por las responsables para llevar a cabo dicha desposesión sin haber respetado el contrato de<br />

subarrendamiento que más adelante mencionaré.- c) La supuesta orden verbal o escrita o mandato<br />

emitido por las responsables para llevar a cabo un desalojo respecto del área de cincuenta metros<br />

cuadrados, la cual se encuentra descrita en el inciso a) de este capítulo. Se ordenó notificar a la tercera<br />

perjudicada Comercializadora Caribe Adriático, S.A. de C.V., a la que se le hace saber que deberá<br />

presentarse en este Juzgado dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente a la de la<br />

última publicación, por sí , por apoderado o por gestor que pueda representarla, a defender sus derechos;<br />

apercibida que de no comparecer dentro del término señalado, se seguirá el juicio haciéndose las<br />

ulteriores notificaciones por medio de lista, y para su publicación, por tres veces de siete en siete días, en<br />

el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, se<br />

expide lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley de Amparo, 297 fracción II<br />

y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.<br />

Cancún, Q. Roo, a 3 de julio de 2000.<br />

El Secretario<br />

Lic. Adolfo Eduardo Serrano Ruiz<br />

Rúbrica.<br />

(R.- 130389)<br />

Estados Unidos Mexicanos<br />

Procuraduría General de la República<br />

Delegación Estatal<br />

Morelia, Mich.<br />

EDICTO<br />

Licenciado Raúl Trujillo Murillo.<br />

Presente.<br />

Que en el procedimiento de Responsabilidad Administrativa número PA/MICH/11/97, instruido por<br />

irregularidades administrativas en contra suya, el ocho de junio del presente año, recayó determinación<br />

definitiva que en lo conducente dice:<br />

"...PRIMERO.- Ha procedido y se declara legal para todos sus efectos, el procedimiento de<br />

responsabilidad administrativa en contra del licenciado Raúl Trujillo Murillo. SEGUNDO.- Raúl Trujillo<br />

Murillo, Agente del Ministerio Público de la Federación en la época de los hechos administrativos, es<br />

administrativamente responsable en los términos de la consideración respectiva, acordes a lo preceptuado<br />

en los artículos 54 fracción III en relación con el 50 fracciones I y VI y 51 fracciones I y VII ambos de la<br />

Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. TERCERO.- Por la responsabilidad<br />

administrativa en que incurrió el licenciado Raúl Trujillo Murillo, se le impone la sanción consistente en<br />

una amonestación pública, lo cual será en los términos de la consideración al respecto..." Tres firmas<br />

ilegibles".<br />

Lo que se manda notificar a usted por el término de treinta días naturales, por edictos que se ordena<br />

publicar por tres veces con periodicidad de siete días y una sola vez en un diario de mayor circulación en<br />

la República Mexicana, en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.<br />

Atentamente<br />

Sufragio Efectivo. No Reelección.<br />

El Agente del Ministerio Público de la Federación<br />

y Delegado Estatal<br />

Lic. Jesús López Trujillo<br />

Rúbrica.<br />

(R.- 130844)<br />

Estados Unidos Mexicanos<br />

Poder Judicial de la Federación<br />

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado<br />

con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chis.<br />

EDICTO

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