ORDENANZA COSTERA ROCHA - Estudio Notarial Machado
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Sin perjuicio de ello se permitirán inversiones turísticas de alto nivel de calidad, bajo un<br />
régimen especial para estas áreas, previsto en los planes de manejo de las mismas o en<br />
proyectos especiales de inversión.<br />
18.4- Para las áreas protegidas actualmente consagradas por la normativa y su entorno<br />
inmediato, se consideran áreas de interés para la conservación las siguientes:<br />
A) Área de Interés para la Conservación Laguna de Rocha, delimitada gráficamente<br />
en la cartografía que se adjunta (identificada como Anexo V) y literalmente de la<br />
siguiente manera:<br />
Al Sudoeste, por el límite este del fraccionamiento Las Garzas (coincide con el límite establecido por la comisión creada por el<br />
Decreto 527/92) y desde allí continúa por una línea imaginaria hasta su confluencia con la línea en torno a la laguna definida<br />
por la citada comisión.<br />
Al Sureste, el límite coincide con el límite Este del fraccionamiento Santa María de<br />
Rocha y desde allí continúa por el límite Este de los padrones 7312, 1433 y 7758 hasta<br />
su encuentro con el camino vecinal de acceso a la Laguna de Rocha. Desde allí el límite<br />
continúa hacia el Noroeste por el camino vecinal que conduce a la Laguna de los<br />
Bagres, hasta su confluencia con la línea definida por la anteriormente mencionada<br />
comisión.<br />
Al Sudeste, por el océano Atlántico.<br />
Quedan excluidas de la presente, los fraccionamientos Brisas del Polonio, la Perla de<br />
Rocha y Costa de Oro.<br />
B) Área de Interés para la Conservación Laguna de Castillos – Cabo Polonio,<br />
delimitada gráficamente en la cartografía que se adjunta (identificada como Anexo V) y<br />
literalmente de la siguiente manera:<br />
Desde el límite Oeste del balneario Brisas del Polonio y Perla de Rocha, hasta los<br />
balnearios Montecarlo y California, excluidos.<br />
Esta delimitación incluye totalmente el Parque Nacional de Reserva Forestal delimitado<br />
de acuerdo a lo dispuesto por ley de fecha 16/09/42; el área protegida denominada<br />
Monumento Natural de Dunas Cabo Polonio; y el área protegida delimitada por la<br />
Comisión creada por Decreto 527/92.<br />
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