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UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA - Upme

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Liberltid'" ,.. VOrden<br />

REPUBLICA <strong>DE</strong> COLOMBIA<br />

<strong>UNIDAD</strong> <strong>DE</strong> PLANEA ClaN <strong>MINERO</strong> <strong>ENERGETICA</strong><br />

-<br />

2005 .<br />

Por la cual se adjudica el contrato para la realización del proyecto "Compilación de las normas<br />

legales y reglamentarias vigentes que rigen la actividad minera en Colombia", a Jineth Maryury<br />

Muñoz Robles<br />

Que con fecha 30 de Marzo de 2005, el doctor CARLOS FELIPE MARIN ENCISO,<br />

propuesto como Director del Proyecto por la firma proponente PROEZA<br />

CONSULTORES L TOA., allegó a la Unidad en escrito radicado bajo el No. 54052 copia<br />

de la denuncia presentada contra esta empresa por habérsele incluido" como director<br />

del proyecto y para el efecto se anexaron certificaciones laborales de sitios en lo cuales<br />

no he laborado, falsificando en ellas mi firma, así como en la carta de intención de<br />

participar en el trámite licitatorio".<br />

Que ante este evento la Dirección General en memorando interno No. 1796 de fecha 31<br />

de Marzo del año en curso, solicitó al Comité Evaluador la revaluación de la propuesta<br />

presentada por la firma PROEZA CONSULTORES L TOA.<br />

Que el Comité evaluador en acta de fecha 5 de Abril de 2005, "...dando estricta<br />

aplicación al literal 9 del numeral 3.1 de los términos de referencia, analizada,<br />

comprobada la información allí contenida y consultada la veracidad de la misma... ':<br />

rechazó la propuesta presentada por PROEZA CONSULTORES L TOA.<br />

Que como no se presentaron observaciones al informe de evaluación, la Dirección<br />

General en cumplimiento a lo establecido en el artículo Primero de la Resolución UPME<br />

No. 0206 de 2004, y acogiendo la recomendación del Comité Evaluador procede a<br />

seleccionar a JINETH MARYURY MUÑOZ ROBLES ., al resultar favorecida en la<br />

evaluación técnica con 990.57 puntos.<br />

Que de igual forma ante los hechos denunciados por el doctor CARLOS FELIPE MARIN<br />

ENCISO, la Unidad de Planeación Minero Energética ordenará compulsar copias con<br />

destino a la justicia penal ordinaria para que se investigue el posible punible en que pudo<br />

incurrir el proponente PROEZA CONSULTORES L TOA. y/o los miembros que lo<br />

conforman, en la comisión de los hechos arriba señalados.<br />

Por lo anterior,<br />

RESUELVE:<br />

ARTICULO PRIMERO. -ADJUDICAR el contrato para la realización del proyecto sobre<br />

Compilación de las normas legales y reglamentarias vigentes que rigen la actividad<br />

minera en Colombia a JINETH MARYURY MUÑOZ<br />

ARTICULO SEGUNDO.- OR<strong>DE</strong>NAR compulsar copias de toda la documentación<br />

relacionada con la propuesta presentada por la firma PROEZA CONSULTORES L TOA,<br />

para el concurso No. 002 de 2005, con destino a la Fiscalía General de la Nación a fin de<br />

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