ALEJANDRINA LAGO D Z_LIRIS MUNERA C_Cartagena_08.pdf
ALEJANDRINA LAGO D Z_LIRIS MUNERA C_Cartagena_08.pdf
ALEJANDRINA LAGO D Z_LIRIS MUNERA C_Cartagena_08.pdf
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
. LA FORMACIÓN DEL EDUCADOR INFANTIL<br />
CONCEPCIONES DE INFANCIA<br />
La Concepción de Infancia – Una Aproximación Histórica<br />
Hacia comienzos del siglo XVIII, el niño era concebido como un pequeño adulto,<br />
sus vestimentas e incluso sus comportamientos, así lo mostraban: los niños eran<br />
herederos de los oficios y del estatus social de sus padres, y aunque eran el<br />
centro de atención de la familia, se los veía como personas incapaces e<br />
indefensas que sólo al llegar a la vida adulta podrían desarrollar sus capacidades;<br />
es por esta razón, que se hace necesario protegerlos y educarlos.<br />
Protección y educación que en última instancia conciben al niño como una<br />
prolongación de las voluntades y la mirada de los adultos. Mirada que permite<br />
regular las relaciones educativas del niño con la familia y las instituciones del<br />
Estado, y de la infancia con los adultos: relaciones de respeto, obediencia,<br />
aceptación de la autoridad, entre otras.<br />
Desde la Revolución Francesa (1789-1799), como fruto del advenimiento del Siglo<br />
de las Luces o Ilustración, se proclamaron los derechos de la persona humana,<br />
pero éstos no habían sido generalizados al niño en cuanto a ser ciudadano; es<br />
decir, al estatus político-jurídico que significa ejercer plenamente los derechos que<br />
tiene por ser persona.<br />
A partir de entonces, el movimiento de la modernidad empieza a concebir la<br />
infancia como una categoría que encierra un mundo de experiencias y<br />
expectativas distintas a las del mundo adulto. Es así como a partir de La<br />
Convención Internacional de los Derechos del Niño, se lo define como un sujeto<br />
de derecho, reconociendo en la infancia el estatus de persona y de ciudadano.<br />
Pensar en los niños como ciudadanos es reconocer igualmente los derechos y<br />
obligaciones de todos los actores sociales.<br />
La familia y la escuela deben enfrentar sus obligaciones de una manera articulada<br />
si quieren cumplir adecuadamente con su rol socializador, que debe estar<br />
orientado a que los niños cuenten con oportunidades que les permitan vivir y<br />
desarrollar la autonomía, la creatividad, la flexibilidad, la tolerancia, la cooperación,<br />
el respeto por el otro, el cuidado de sí mismo y del medio ambiente.<br />
En este sentido, la educación debe ser holística, teniendo siempre presente los<br />
factores del desarrollo humano, pues, como lo demuestran las investigaciones de<br />
Piaget, Vigotsky, Kohlberg, Erikson, entre otros.<br />
39