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El porcentaje total de aportes a salud es de un 12% del salario devengado por el trabajador. El valor resultante se divide en tres partes iguales, de las cuales el trabajador debe pagar una (4%) y el empleador las dos restantes (8%). 9.2.3 FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS Se debe afiliar a todos los miembros de la empresa al fondo de pensiones, el cual el trabajador podrá elegir. Una vez elegido se llena la solicitud de vinculación, la cual se la suministra el fondo. Ya vinculado se debe pagar mensualmente el 15.5% del salario devengado por el trabajador, dicho valor se divide en cuatro partes y de estas el empleador paga tres partes (11.625 %) y una el trabajador (3.875 %). 9.2.4 APORTES PARAFISCALES Son aportes que debe realizar todo empleador sobre el valor de la nómina mensual a través de las cajas de compensación familiar para: Subsidio familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y SENA. Para realizar la respectiva inscripción, se debe adquirir un formulario en la Caja donde desea afiliarse, donde entregarán adjunto el formulario de afiliación al ICBF y al SENA. Los pasos para la afiliación de la empresa son: • Presentar solicitud escrita, suministrada por la Caja de Compensación Familiar, donde conste: domicilio, NIT, información sobre si estaba afiliado o no a alguna caja de compensación familiar. A la solicitud se le debe anexar lo siguiente: o Fotocopia de la cédula si es persona natural 190
o Certificado de existencia y representación legal vigente si es persona jurídica. o Relación de trabajadores indicando para cada uno: número de cédula, nombre completo y salario actual. o Formulario diligenciado de afiliación a la empresa. o Formulario de afiliación del trabajador y de las personas a cargo. • Para afiliar al trabajador debe: o Presentar el formulario de inscripción del trabajador debidamente diligenciado. o Adjuntar los documentos necesarios para inscribir las personas que tengan a cargo trabajadores. • Una vez inscrito en la Caja de Compensación Familiar elegida, se debe pagar durante los primeros diez días del mes, el valor correspondiente al 9% del total devengado en la nómina mensual, los cuales deberán ser asumidos por el empleador. La distribución del 9% es la siguiente: o 2% para el SENA. o 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. o 4% para la Caja de Compensación Familiar. 9.3 REGISTRO DE MARCA A continuación se exponen los pasos para realizar el registro de la marca en Colombia y que derechos se adquieren al registrarla, está información fue extraída de la página de Internet de la Superintendencia de Industria y Comercio: 191
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o Certificado de existencia y representación legal vigente si es persona<br />
jurídica.<br />
o Relación de trabajadores indicando para cada uno: número de cédula,<br />
nombre completo y salario actual.<br />
o Formulario diligenciado de afiliación a la empresa.<br />
o Formulario de afiliación del trabajador y de las personas a cargo.<br />
• Para afiliar al trabajador debe:<br />
o Presentar el formulario de inscripción del trabajador debidamente<br />
diligenciado.<br />
o Adjuntar los documentos necesarios para inscribir las personas que<br />
tengan a cargo trabajadores.<br />
• Una vez inscrito en la Caja de Compensación Familiar elegida, se debe<br />
pagar durante los primeros diez días del mes, el valor correspondiente al<br />
9% del total devengado en la nómina mensual, los cuales deberán ser<br />
asumidos por el empleador. La distribución del 9% es la siguiente:<br />
o 2% para el S<strong>EN</strong>A.<br />
o 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.<br />
o 4% para la Caja de Compensación Familiar.<br />
9.3 REGISTRO <strong>DE</strong> MARCA<br />
A continuación se exponen los pasos para realizar el registro de la marca en<br />
Colombia y que derechos se adquieren al registrarla, está información fue extraída<br />
de la página de Internet de la Superintendencia de Industria y Comercio:<br />
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