revolution-energetica-2011-baja

revolution-energetica-2011-baja revolution-energetica-2011-baja

16.05.2013 Views

implementando la [r]evolución energética ARGENTINA & GLOBAL RESUMEN DE LA POLÍTICA ENERGÉTICA ARGENTINA ESQUEMA DEL FTSM 2 16 “acortando la brecha” GREENPEACE INTERNACIONAL CAMPAÑA CLIMA imagen PLANTA GEOTÉRMICA, ISLA NORTE, NUEVA ZELANDA. © JOE GOUGH/DREAMSTIME

2.1 [r]evolución energética 2011 – resumen de la política energética argentina 2.1.1 contexto legal e institucional en el sector energético marco legal Argentina es un estado federal. Su Constitución Nacional (1853, modificada en 1994) distribuye las responsabilidades entre autoridades federales y provinciales, y determina si las leyes y regulaciones serán uniformes a nivel nacional o variarán entre las distintas provincias. La utilización de los recursos naturales se encuentra bajo la jurisdicción provincial (art. 124), mientras que el gobierno federal sólo define estándares mínimos para la protección del medio ambiente (art. 41). En 1992, la Ley 24.065 creó un mercado liberalizado en el sector eléctrico con actores privados en los tres segmentos del mercado (generación, transmisión y distribución) mientras que el Estado tiene el rol de supervisar y garantizar la transparencia. El segmento de la generación tiene un entorno competitivo, con la participación de varios actores privados y el Estado. Por el otro lado, los segmentos de transmisión y distribución tienen una regulación más fuerte dado que son servicios públicos (monopolios naturales). Estos servicios son operados por compañías privadas; tienen la obligación de hacerlo llegar a todos los usuarios (“acceso libre”). En ambos casos tienen precios regulados y están obligados a realizar las inversiones necesarias para proporcionar un servicio de calidad. Una concesión para construir nueva capacidad es requerida para las centrales hidroeléctricas de más de 500 kilowatts (kW) utilizando flujos de agua pública. Las centrales térmicas no precisan una concesión. Si la central tiene una capacidad instalada superior a 5 MW necesita autorización para conectarse a la red, aunque no para consumo propio. Casi todos los generadores térmicos son agentes privados y la regulación de este negocio sólo cubre la seguridad pública y la protección ambiental. Vergonzosamente, la regulación ambiental en la Argentina no está bien articulada. La regulación está regida por múltiples leyes y normativas de diversas jurisdicciones (por ejemplo: nivel Federal, Provincial y Municipal). Por lo tanto, la regulación no es homogénea en todo el país, y a veces las normas aplicables no son precisas o son ambiguas. El negocio de la transmisión de energía está regulado y sujeto a concesión por parte del gobierno federal. La expansión de nuevas líneas de transmisión está sujeta a mecanismos de mercado, aunque recientemente el gobierno ha estado expandiendo el sistema por su cuenta, aceptando la supervisión y operación por parte de una compañía de transmisión de alta tensión ya existente. El libre acceso a la red está concedido a todos los generadores. La distribución de energía también es una actividad regulada. Requiere una concesión del gobierno federal y/o provincial. Los distribuidores pueden contratar el suministro de electricidad directamente de los generadores o comprarlo del mercado de corto plazo o spot. Finalmente, la regulación no permite que los generadores de energía sean accionistas mayoritarios en una compañía de transmisión o de distribución (“integración vertical”). imagen UN TRABAJADOR ENSAMBLA UN ROTOR DE UN AEROGENERADOR EN LA COMPAÑÍA JINFENG WIND POWER EQUIPMENT CO LTD. EN JIUQUAN, PROVINCIA DE GANSU, CHINA. Instituciones gubernamentales Secretaría de Energía (Ministerio de Planificación): se encarga de la definición y planificación de la política energética (electricidad, hidrocarburos, etc); regula el sector energético en coordinación con el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE). Las directrices sobre la política energética y las estrategias futuras, así como la revisión de las tarifas de energía son elaboradas por el Ministerio de Planificación. ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad): es el principal cuerpo regulador; realiza la supervisión del mercado eléctrico; el establecimiento de tarifas (incluidos los cargos por conexión y utilización); verifica los objetivos de calidad y resuelve conflictos entre las partes. CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico): supervisa el funcionamiento del mercado, planifica las necesidades futuras de energía (sin influencia obligatoria efectiva en la creación de nuevo suministro) y optimiza la red de acuerdo a las normas de la secretaría de Energía. CAMMESA planea el funcionamiento del Sistema Interconectado Nacional cada trimestre para cubrir la demanda y mantener un nivel de reservas (despacho económico de cargas), con una mayor optimización semanal y diaria. SAyDS (Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable): sus principales responsabilidades son la coordinación y planificación de las políticas energéticas; la promoción del desarrollo sustentable y la implementación de políticas de supervisión, control y preservación del medio ambiente a nivel nacional. ENARSA (Energía Argentina S.A.): en 2004, el gobierno creó ENARSA, que es actualmente propiedad del gobierno pero de la que está previsto vender acciones en el mercado abierto en algún momento. ENARSA está tomando el liderazgo en proyectos de energía renovable. El mandato de la compañía es amplio e incluye continuar con la exploración, extracción y producción de hidrocarburos. Incluye también la distribución y el comercio de energía eléctrica, y tiene derecho al comercio de todo tipo de activos energéticos. Estas actividades son llevadas a cabo por ENARSA misma, o por medio de acuerdos con terceros, o asociada a terceros, nacionales y extranjeros. 2.1.2 mercados y actores Generadores de energía (privados y el Estado): compiten por despachar su capacidad basados en el costo marginal de la producción y el transporte en el sistema. Alrededor del 68% corresponde a compañías privadas (por ejemplo SADESA que tiene una capacidad instalada de 3859 MW; AES con 3265 MW; ENDESA con 3174 MW), el 26% a generadores estatales (principalmente hidráulicos, nucleares y diesel) y el 6% a las centrales de ciclo combinado del FONINVEMEM 9 (asociación público/privada). Los agentes del mercado pueden, a su vez, vender su energía en 3 mercados: I) el Mercado de Corto Plazo o Spot; II) el Mercado Regulado, y III) el Mercado Libre. referencia 9 FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN EL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA” EL FONINVEMEM I FUE CREADO POR LA RESOLUCIÓN 712/04 DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA. EL FONINVEMEM II FUE CREADO POR LA RESOLUCIÓN 546/07 DONDE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA CONVOCÓ A LOS AGENTES DEL MEM PARA PARTICIPAR EN EL FONINVEMEM II CON EL PROPÓSITO DE COMPLEMENTAR EL FINANCIAMIENTO DEL FONINVEMEM I. © GP/MARKEL REDONDO 17 2 implementando la [r]evolución energética | RESUMEN DE LA POLÍTICA ENERGÉTICA ARGENTINA

2.1 [r]evolución energética <strong>2011</strong> –<br />

resumen de la política energética argentina<br />

2.1.1 contexto legal e institucional en<br />

el sector energético<br />

marco legal Argentina es un estado federal. Su Constitución Nacional<br />

(1853, modificada en 1994) distribuye las responsabilidades entre<br />

autoridades federales y provinciales, y determina si las leyes y<br />

regulaciones serán uniformes a nivel nacional o variarán entre las<br />

distintas provincias. La utilización de los recursos naturales se<br />

encuentra bajo la jurisdicción provincial (art. 124), mientras que el<br />

gobierno federal sólo define estándares mínimos para la protección del<br />

medio ambiente (art. 41).<br />

En 1992, la Ley 24.065 creó un mercado liberalizado en el sector<br />

eléctrico con actores privados en los tres segmentos del mercado<br />

(generación, transmisión y distribución) mientras que el Estado tiene el<br />

rol de supervisar y garantizar la transparencia.<br />

El segmento de la generación tiene un entorno competitivo, con la<br />

participación de varios actores privados y el Estado. Por el otro lado,<br />

los segmentos de transmisión y distribución tienen una regulación más<br />

fuerte dado que son servicios públicos (monopolios naturales). Estos<br />

servicios son operados por compañías privadas; tienen la obligación de<br />

hacerlo llegar a todos los usuarios (“acceso libre”). En ambos casos<br />

tienen precios regulados y están obligados a realizar las inversiones<br />

necesarias para proporcionar un servicio de calidad. Una concesión<br />

para construir nueva capacidad es requerida para las centrales<br />

hidroeléctricas de más de 500 kilowatts (kW) utilizando flujos de agua<br />

pública. Las centrales térmicas no precisan una concesión. Si la central<br />

tiene una capacidad instalada superior a 5 MW necesita autorización<br />

para conectarse a la red, aunque no para consumo propio. Casi todos<br />

los generadores térmicos son agentes privados y la regulación de este<br />

negocio sólo cubre la seguridad pública y la protección ambiental.<br />

Vergonzosamente, la regulación ambiental en la Argentina no está bien<br />

articulada. La regulación está regida por múltiples leyes y normativas<br />

de diversas jurisdicciones (por ejemplo: nivel Federal, Provincial y<br />

Municipal). Por lo tanto, la regulación no es homogénea en todo el<br />

país, y a veces las normas aplicables no son precisas o son ambiguas.<br />

El negocio de la transmisión de energía está regulado y sujeto a<br />

concesión por parte del gobierno federal. La expansión de nuevas líneas<br />

de transmisión está sujeta a mecanismos de mercado, aunque<br />

recientemente el gobierno ha estado expandiendo el sistema por su<br />

cuenta, aceptando la supervisión y operación por parte de una<br />

compañía de transmisión de alta tensión ya existente. El libre acceso a<br />

la red está concedido a todos los generadores.<br />

La distribución de energía también es una actividad regulada. Requiere<br />

una concesión del gobierno federal y/o provincial. Los distribuidores<br />

pueden contratar el suministro de electricidad directamente de los<br />

generadores o comprarlo del mercado de corto plazo o spot.<br />

Finalmente, la regulación no permite que los generadores de energía<br />

sean accionistas mayoritarios en una compañía de transmisión o de<br />

distribución (“integración vertical”).<br />

imagen UN TRABAJADOR ENSAMBLA UN<br />

ROTOR DE UN AEROGENERADOR EN LA<br />

COMPAÑÍA JINFENG WIND POWER<br />

EQUIPMENT CO LTD. EN JIUQUAN,<br />

PROVINCIA DE GANSU, CHINA.<br />

Instituciones gubernamentales Secretaría de Energía (Ministerio de<br />

Planificación): se encarga de la definición y planificación de la política<br />

energética (electricidad, hidrocarburos, etc); regula el sector energético<br />

en coordinación con el Ente Nacional Regulador de la Electricidad<br />

(ENRE). Las directrices sobre la política energética y las estrategias<br />

futuras, así como la revisión de las tarifas de energía son elaboradas<br />

por el Ministerio de Planificación.<br />

ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad): es el principal<br />

cuerpo regulador; realiza la supervisión del mercado eléctrico; el<br />

establecimiento de tarifas (incluidos los cargos por conexión y<br />

utilización); verifica los objetivos de calidad y resuelve conflictos entre<br />

las partes.<br />

CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista<br />

Eléctrico): supervisa el funcionamiento del mercado, planifica las<br />

necesidades futuras de energía (sin influencia obligatoria efectiva en la<br />

creación de nuevo suministro) y optimiza la red de acuerdo a las<br />

normas de la secretaría de Energía. CAMMESA planea el<br />

funcionamiento del Sistema Interconectado Nacional cada trimestre<br />

para cubrir la demanda y mantener un nivel de reservas (despacho<br />

económico de cargas), con una mayor optimización semanal y diaria.<br />

SAyDS (Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable): sus<br />

principales responsabilidades son la coordinación y planificación de las<br />

políticas energéticas; la promoción del desarrollo sustentable y la<br />

implementación de políticas de supervisión, control y preservación del<br />

medio ambiente a nivel nacional.<br />

ENARSA (Energía Argentina S.A.): en 2004, el gobierno creó<br />

ENARSA, que es actualmente propiedad del gobierno pero de la que<br />

está previsto vender acciones en el mercado abierto en algún momento.<br />

ENARSA está tomando el liderazgo en proyectos de energía renovable.<br />

El mandato de la compañía es amplio e incluye continuar con la<br />

exploración, extracción y producción de hidrocarburos. Incluye también<br />

la distribución y el comercio de energía eléctrica, y tiene derecho al<br />

comercio de todo tipo de activos energéticos. Estas actividades son<br />

llevadas a cabo por ENARSA misma, o por medio de acuerdos con<br />

terceros, o asociada a terceros, nacionales y extranjeros.<br />

2.1.2 mercados y actores<br />

Generadores de energía (privados y el Estado): compiten por despachar<br />

su capacidad basados en el costo marginal de la producción y el<br />

transporte en el sistema. Alrededor del 68% corresponde a compañías<br />

privadas (por ejemplo SADESA que tiene una capacidad instalada de<br />

3859 MW; AES con 3265 MW; ENDESA con 3174 MW), el 26% a<br />

generadores estatales (principalmente hidráulicos, nucleares y diesel) y<br />

el 6% a las centrales de ciclo combinado del FONINVEMEM 9<br />

(asociación público/privada).<br />

Los agentes del mercado pueden, a su vez, vender su energía en 3<br />

mercados: I) el Mercado de Corto Plazo o Spot; II) el Mercado<br />

Regulado, y III) el Mercado Libre.<br />

referencia<br />

9 FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE<br />

ENERGÍA ELÉCTRICA EN EL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA” EL FONINVEMEM I FUE<br />

CREADO POR LA RESOLUCIÓN 712/04 DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA. EL FONINVEMEM<br />

II FUE CREADO POR LA RESOLUCIÓN 546/07 DONDE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA<br />

CONVOCÓ A LOS AGENTES DEL MEM PARA PARTICIPAR EN EL FONINVEMEM II CON EL<br />

PROPÓSITO DE COMPLEMENTAR EL FINANCIAMIENTO DEL FONINVEMEM I.<br />

© GP/MARKEL REDONDO<br />

17<br />

2<br />

implementando la [r]evolución energética | RESUMEN DE LA POLÍTICA ENERGÉTICA ARGENTINA

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!