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15.05.2013 Views

4.3 Análisis la legislación Nacional El siguiente punto es realizar el análisis de la legislación nacional, el cual abarca toda la legislación que se ha llevado acabo en México referente al tema de facilitación citando los elementos más sobresalientes que se deberían mantener y los puntos que se deberían modificar. 4.3.1 Puntos que se deben mantener en la nueva legislación. De la Ley de Vías Generales de Comunicación Acuerdo que crea la Comisión Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional, la cual se encargaría de realizar los estudios necesarios y tomar las medidas pertinentes, a fin de poner en práctica las disposiciones contenidas en el Anexo 9 de la OACI. Así como de mejorar y unificar las disposiciones legales aplicables al trafico aéreo internacional. Objetivo general “Realizar los estudios y tomar las medidas pertinentes para poner en practica las disposiciones del Anexo 9 al Convenio de Chicago, resolviendo los problemas relacionados con la entrada y salida de aeronaves del país”, Con el objeto de mejorar a los servicios que se presta en los aeropuertos, se crean en cada uno de ellos Comités Locales de Facilitación Aeroportuaria, los cuales tendrán por objeto estudiar las operaciones aeroportuarias para el efecto de facilitarlas y hacerlas mas expeditas, así como de uniformar las prestaciones de los servicios en tierra que estén a cargo de las compañías de aviación. 21

4.3.2 Puntos que se deben modificar para la nueva legislación. Considerando lo publicado en la Ley de Vías Generales de Comunicación los integrantes de la Comisión Nacional de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional deberían ser: Representante de la Dirección General de Aeronáutica Civil Representante de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público Representante de la Secretaria de Gobernación Representante de la Secretaria de Salud Representante de la Secretaria de Agricultura y Ganadería Representante de la Secretaria de Turismo Representante de cada Grupo Aeroportuario Representante de la cámara nacional de aerotransporte 4.4 Comparativo de la Legislación Nacional y las SARPS del Anexo 9 de la OACI Una vez analizadas las Normas y Métodos Recomendados de la OACI y la legislación en México se procede a realizar una comparación de ambas normatividades para determinar los puntos que cubre y los puntos que falta cumplir por parte de México, como se muestra en el Cuadro 1. 22

4.3 Análisis la legislación <strong>Nacional</strong><br />

El siguiente punto es realizar el análisis de la legislación nacional, el cual abarca toda la<br />

legislación que se ha llevado acabo en México referente al tema de facilitación citando los<br />

elementos más sobresalientes que se deberían mantener y los puntos que se deberían<br />

modificar.<br />

4.3.1 Puntos que se deben mantener en la nueva legislación.<br />

De la Ley de Vías Generales de Comunicación<br />

Acuerdo que crea la Comisión <strong>Nacional</strong> de Facilitación del Transporte Aéreo<br />

Internacional, la cual se encargaría de realizar los estudios necesarios y tomar las<br />

medidas pertinentes, a fin de poner en práctica las disposiciones contenidas en el Anexo<br />

9 de la OACI. Así como de mejorar y unificar las disposiciones legales aplicables al trafico<br />

aéreo internacional.<br />

Objetivo general “Realizar los estudios y tomar las medidas pertinentes para poner en<br />

practica las disposiciones del Anexo 9 al Convenio de Chicago, resolviendo los problemas<br />

relacionados con la entrada y salida de aeronaves del país”,<br />

Con el objeto de mejorar a los servicios que se presta en los aeropuertos, se crean en<br />

cada uno de ellos Comités Locales de Facilitación Aeroportuaria, los cuales tendrán por<br />

objeto estudiar las operaciones aeroportuarias para el efecto de facilitarlas y hacerlas<br />

mas expeditas, así como de uniformar las prestaciones de los servicios en tierra que<br />

estén a cargo de las compañías de aviación.<br />

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