15.05.2013 Views

NRF-001-PEMEX.1999 FINALA - PEMEX.com

NRF-001-PEMEX.1999 FINALA - PEMEX.com

NRF-001-PEMEX.1999 FINALA - PEMEX.com

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Nùmero de documento<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

26 de Enero de 2005<br />

PÁGINA 1 DE 34<br />

COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS<br />

Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PETROLEOS<br />

MEXICANOS<br />

SISTEMAS DE DRENAJES


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

HOJA DE APROBACIÓN.<br />

ELABORA:<br />

ING. SARA GALVAN LAÑADO<br />

COORDINADORA DEL GRUPO DE TRABAJO<br />

PROPONE:<br />

ING. ROSENDO VILLAREAL DÀVILA<br />

PRESIDENTE DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN<br />

DE PETROLEOS MEXICANOS<br />

APRUEBA:<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 2 DE 34<br />

ING. VICTOR RAGASOL BARBEY<br />

PRESIDENTE SUPLENTE DEL COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

CONTENIDO<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 3 DE 34<br />

CAPITULO PÁGINA<br />

0. INTRODUCCIÓN………......….…….........………….....……………………………………<br />

…<br />

1. OBJETIVO……………....…....…..........………….....……………………………………….... 4<br />

2. ALCANCE………………….……...…..........……....………….……………………………….<br />

.<br />

3. CAMPO DE<br />

APLICACIÓN.................................................................................................<br />

4. ACTUALIZACIÓN............………….................…............……………………………………<br />

.<br />

5. REFERENCIAS…….………………..….............…………..................................................<br />

.<br />

6. DEFINICIONES…..……….........….……..……….....……...................................................<br />

.<br />

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS....................................................................................... 8<br />

8. DESARROLLO.................................................................................................................. 8<br />

8.1. Tipos de<br />

drenajes…………………………………………………………………………...<br />

8.2. Diseño………………………........................................................................................ 9<br />

8.3.<br />

Construcción…………………..………….....………………………………………..……<br />

9. RESPONSABILIDADES..................................................................................................<br />

.<br />

10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O<br />

INTERNACIONALES.....................<br />

11. BIBLIOGRAFÍA................................................................................................................ 30<br />

12. ANEXOS........................................................................................................................... 33<br />

4<br />

4<br />

4<br />

5<br />

5<br />

6<br />

8<br />

23<br />

29<br />

30


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

0. INTRODUCCIÓN.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 4 DE 34<br />

En las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, siempre existe la necesidad de contar<br />

con sistemas de drenajes para la colección, conducción y desalojo de las aguas pluviales y residuales que se<br />

generan <strong>com</strong>o consecuencia de las actividades y operaciones que se realizan. Por lo que esta norma de<br />

referencia define los requisitos que se deben cumplir para el diseño o construcción de los sistemas de drenajes.<br />

En la elaboración de la presente norma de referencia participaron los siguientes Organismos, Empresas e<br />

Instituciones:<br />

PETRÓLEOS MEXICANOS<br />

<strong>PEMEX</strong> EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN<br />

<strong>PEMEX</strong> REFINACIÓN<br />

<strong>PEMEX</strong> GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA<br />

<strong>PEMEX</strong> PETROQUÌMICA<br />

INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO (IMP)<br />

ADS MEXICANA S.A. DE C. V<br />

AMANCO MEXICO S.A. DE C. V<br />

ASOCIACIÒN MEXICANA DE FABRICANTES DE TUBERÌA DE CONCRETO (ATCO)<br />

CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÒN (CMIC)<br />

CAMARA NACIONAL DEL CEMENTO (CANACEM)<br />

CENTRO DE NORMALIZACIÒN Y CERTIFICACIÒN DE PRODUCTOS (CNCP)<br />

CERTIFICACIÒN MEXICANA S. C. (CERTIMEX)<br />

CONSTRUCCIÒN INTEGRAL INTERNACIONAL S.A. DE C. V<br />

ICA FLUOR S. R. L- DE C. V.<br />

IPEX DE MEXICO S.A. DE C. V.<br />

SERVICIOS DE ASESORIA, INGENIERÌA Y SUPERVISIÒN S. A DE C. V<br />

TUBOS ECOLOGICOS DE CONCRETO S.A. DE C. V.<br />

1. OBJETIVO.<br />

Establecer los requisitos técnicos que se deben cumplir para la contratación del diseño o construcción de los<br />

sistemas de drenajes que se utilizan en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

2. ALCANCE.<br />

Esta norma de referencia establece los requisitos técnicos que deben cumplir los proveedores, contratistas y/o<br />

prestadores de servicios en el diseño, construcción, materiales, pruebas y control de calidad para los diferentes<br />

tipos de drenajes que se requieran en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios.<br />

Esta norma de referencia aplica para sistemas de drenajes por gravedad y no es aplicable para instalaciones<br />

marinas.<br />

3. CAMPO DE APLICACIÓN.<br />

Esta norma de referencia es de aplicación general y observancia obligatoria para las <strong>com</strong>pañías prestadoras de<br />

los servicios objeto de la misma y es de uso obligatorio en los Organismos Subsidiarios de Petróleos<br />

Mexicanos, cuando se requiera el diseño o construcción de sistemas de drenajes en las instalaciones de<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Por lo que debe ser incluida en los procedimientos de<br />

contratación por licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, o adjudicación directa, <strong>com</strong>o parte<br />

de los requisitos que debe cumplir el proveedor, contratista o licitante.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

4. ACTUALIZACIÓN.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 5 DE 34<br />

Las sugerencias para la revisión y actualización de esta norma de referencia, deben enviarse al Secretario del<br />

Sub<strong>com</strong>ité Técnico de Normalización de Petróleos Mexicanos, quien deberá programar y realizar la<br />

actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas, y en su caso, a través del Comité de Normalización<br />

de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios procederá a inscribirla en el Programa Anual de<br />

Normalización de Petróleos Mexicanos. Sin embargo, esta norma se debe revisar y actualizar, al menos cada 5<br />

años o antes, si las sugerencias y re<strong>com</strong>endaciones de cambio lo ameritan.<br />

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:<br />

Petróleos Mexicanos<br />

Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos de Petróleos Mexicanos, Gerencia de<br />

Normatividad Técnica.<br />

Poniente 134 No. 1127, Col. San Bartolo Atepehuacan.<br />

Gustavo A. Madero, C.P. 07700, México, D.F. Teléfono Conmutador: 19-44-25-00, Extensión: 30362<br />

Correo electrónico: sgalvan@dcidp.pemex.<strong>com</strong><br />

5. REFERENCIAS.<br />

NOM-008 SECOFI Sistema General de Unidades de Medida.<br />

NOM-<strong>001</strong>-CNA Sistema de alcantarillado sanitario – Especificaciones de hermeticidad.<br />

NOM-006-CNA Fosas sépticas prefabricadas - Especificaciones y métodos de prueba.<br />

NMX-B-010 Tubos de acero al carbono sin costura o soldados, negros o galvanizados por<br />

inmersión caliente para usos <strong>com</strong>unes.<br />

NMX-B-064 Tubos de hierro colado gris para cañerías y sus conexiones.<br />

NMX-B-177 Tubos de acero con o sin costura negros y galvanizados por inmersión en<br />

caliente.<br />

NMX-B-216 Tubos sin costura o soldados de acero inoxidables ferríticos para servicio<br />

general.<br />

NMX-B-229 Tubos de acero inoxidable austenítico sin costura y soldados para servicios<br />

generales.<br />

NMX-C-039-ONNCCE Asbesto cemento – Tubos para alcantarillado – Especificaciones.<br />

NMX-C-401--ONNCCE Tubos de concreto simple con junta hermética – Especificaciones.<br />

NMX-C-402--ONNCCE Tubos de concreto reforzado con junta hermética – Especificaciones.<br />

NMX-C-412-ONNCCE Anillos de hule empleados <strong>com</strong>o empaque en las juntas de tuberías y<br />

elementos de concreto para drenaje en los sistemas de alcantarillado<br />

hermético.<br />

NMX-C-413-ONNCCE Pozos de visita prefabricados de concreto – Especificaciones y Métodos de<br />

Prueba.<br />

NMX-E-211/1-SCFI Tubos de Poli Cloruro de Vinilo (PVC) sin plastificante con junta hermética de<br />

material elastomérico, utilizados para sistemas de alcantarillado - Serie Inglesa<br />

-Especificaciones.<br />

NMX-E-211/2-SCFI Tubos y conexiones - Conexiones de Poli(Cloruro de Vinilo) (PVC) sin<br />

plastificante con junta hermética de material elastomerico, empleadas para<br />

sistemas de alcantarillado - Especificaciones.<br />

NMX-E-215/1-SCFI Tubos de Poli(Cloruro de Vinilo) (PVC) sin plastificante con junta hermética de<br />

material elastomérico, utilizados para sistemas de alcantarillado - Serie Métrica<br />

-Especificaciones.<br />

NMX-E-215/2-SCFI Tubos y conexiones - Conexiones de Poli(Cloruro de Vinilo) (PVC) sin<br />

plastificante con junta hermética de material elastomerico, serie métrica,<br />

empleadas para sistemas de alcantarillado - Especificaciones.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 6 DE 34<br />

NMX-E-216-SCFI Tubos de Polietileno de Alta Densidad (PEAD) para sistemas de alcantarillado –<br />

Especificaciones.<br />

NMX-E-222/1-SCFI Industria del plástico - Tubos de Poli(Cloruro de Vinilo) (PVC) sin plastificante,<br />

de pared estructurada longitudinalmente con junta hermética de material<br />

elastomerico, utilizados en sistemas de alcantarillado - Serie Métrica -<br />

Especificaciones.<br />

NMX-E-229-SCFI Tubos y Conexiones-Tubos de Poli(Cloruro de Vinilo) (PVC) sin plastificante de<br />

pared estructurada para la conducción de agua por gravedad –<br />

Especificaciones.<br />

NMX-T-021-SCFI Anillos de hule empleados <strong>com</strong>o empaque en los sistemas de tuberías -<br />

Especificaciones.<br />

<strong>NRF</strong>-015-<strong>PEMEX</strong>-2003 Protección de áreas y tanques de almacenamiento de productos inflamables y<br />

<strong>com</strong>bustibles.<br />

<strong>NRF</strong>-026-<strong>PEMEX</strong>-2<strong>001</strong> Protección de recubrimientos anticorrosivos para tubería enterradas y/o<br />

protegidas.<br />

De las referencias listadas anteriormente, aplican los años de publicación que se encuentren vigentes a la<br />

fecha de la contratación con Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

6. DEFINICIONES.<br />

Para los fines de esta norma de referencia, a continuación se definen los siguientes términos.<br />

6.1. Accesorios.- Son las obras que <strong>com</strong>plementan el sistema de drenaje y que forman parte del mismo tales<br />

<strong>com</strong>o pozos de visita, vertederos, sifones, cajas, registros, cajas de purga, cajas para válvulas, entre<br />

otros.<br />

6.2. Albañal.- Son conductos que forman parte del sistema de drenaje y que recolectan las aportaciones de<br />

las aguas pluviales, sanitarias, aceitosas y de desechos químicos de laboratorios, lavado de equipos,<br />

edificaciones, etc. Estos conductos se dividen en dos partes, el albañal interior, la cual es la parte<br />

<strong>com</strong>prendida dentro de las edificaciones y el albañal exterior que se prolonga al exterior de las<br />

edificaciones hasta conectarse a los ramales.<br />

6.3. Anillo de hule. Elemento elastomérico que se usa <strong>com</strong>o sello en algunos tipos de juntas o uniones de<br />

las tuberías, para conseguir su hermeticidad.<br />

6.4. Boca de limpieza. Accesorio abocinado que se coloca en los inicios o extremos muertos de los ramales<br />

de drenaje y que se emplea para efectuar la limpieza.<br />

6.5. Colector. Conducto que recibe los líquidos aportados por los troncales y los conduce hacia los sistemas<br />

de tratamiento de efluentes y emisores, según sean aguas provenientes de drenajes químicos, sanitarios,<br />

aceitosos o pluviales.<br />

6.6. Conexiones.- Son los elementos <strong>com</strong>plementarios a los sistemas de drenaje que incluyen coples,<br />

válvulas, “T”, “Y”, derivaciones, coladeras, rejillas, bridas, entre otros.<br />

6.7. Copa o caja de purga. Elemento en forma de copa, embudo o caja, empleado para recibir una o más<br />

purgas de recipientes o equipos.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 7 DE 34<br />

6.8. Drenaje. Es el sistema formado por el conjunto de tuberías, trincheras, cunetas, canales, válvulas y<br />

accesorios que sirven para colectar y desalojar las aguas pluviales y aguas de desecho generadas en las<br />

instalaciones, incluye obras <strong>com</strong>plementarias tales <strong>com</strong>o cárcamos, colectores, fosas sépticas y<br />

registros, entre otros.<br />

6.9. Drenaje aceitoso.- Es el sistema que debe colectar y desalojar todas las aguas no corrosivas con<br />

contenidos de hidrocarburos.<br />

6.10. Drenaje pluvial.- Es el sistema que debe colectar y desalojar las aguas de lluvia, el agua contraincendio<br />

captada en casos de pruebas o siniestros, así <strong>com</strong>o todas aquellas aguas que no contengan<br />

hidrocarburos, aguas negras y jabonosas, productos químicos, corrosivos o tóxicos.<br />

6.11. Drenaje químico.- Es el sistema que debe colectar y desalojar las aguas residuales con contenidos de<br />

productos ácidos, alcalinos, corrosivos o tóxicos; sus materiales de construcción no deben ser afectados<br />

por estas sustancias y su diseño no debe permitir la generación de emanaciones que afecten la salud de<br />

los trabajadores y/o el medio ambiente.<br />

6.12. Drenaje sanitario.- Es el sistema que debe colectar y desalojar las aguas negras, jabonosas y de<br />

servicios provenientes de lavabos, baños, muebles sanitarios y demás instalaciones similares.<br />

6.13. Emisor. Tubería o canal que conduce las aguas pluviales y/o de desecho hacia el punto de descarga<br />

final, sin recibir nuevas aportaciones.<br />

6.14. Estanquidad. Característica hidráulica que puede presentarse en una sección o en la instalación total de<br />

un sistema de drenaje, en la que se impide el flujo del agua a través de válvulas, tuberías y/o accesorios.<br />

6.15. Hermeticidad. Característica de una red de conductos de no permitir la fuga del agua a través de sus<br />

juntas, o de las paredes de tubos y accesorios.<br />

6.16. Ramal. Tubería que capta los flujos provenientes de copas de purga, equipos, coladeras y rejillas, entre<br />

otros, hacia las tuberías troncales de la red de drenaje.<br />

6.17. Reductor de Flama (Atajallama). Accesorio instalado en las rejillas de los registros de drenajes, con<br />

objeto de impedir la propagación de flamas en caso de incendio.<br />

6.18. Registro de Drenaje. Obra <strong>com</strong>plementaria de un sistema de drenaje, consistente en un receptáculo con<br />

una o más tuberías de entrada y una salida, cuya función es la de captar y dirigir los líquidos propiciando<br />

el buen funcionamiento hidráulico del sistema y permite la realización de las labores de mantenimiento y<br />

limpieza del drenaje, en algunos casos mediante la introducción de aparatos mecánicos o el acceso de<br />

personas.<br />

6.19. Sello Hidráulico. Es el arribo ahogado de una tubería de drenaje o una mampara dentro de un registro.<br />

Se emplean principalmente en registros de drenajes aceitosos y químicos y su principal función es la de<br />

evitar la conducción de gases o la propagación de flama en casos de incendio.<br />

6.20. Troncales. Tuberías de la red de drenaje, llamadas también cabezales, que se utilizan para conducir los<br />

líquidos recolectados por los ramales o subcabezales hacia los colectores.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 8 DE 34<br />

AASTHO Asociación Americana de Carreteras Estatales y Transportación Oficial (American Association of<br />

State Highway and Transportation Officials<br />

ASTM Sociedad Americana para Pruebas y Materiales (American Society for Testing and Materials)<br />

CNA Comisión Nacional del Agua<br />

EMA Entidad Mexicana de Acreditación<br />

ICONTEC Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación<br />

LGEEP Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.<br />

NMX Norma Mexicana<br />

NOM Norma Oficial Mexicana<br />

<strong>NRF</strong> Norma de Referencia<br />

NTC Norma Tecnica Colombiana<br />

ONNCCE Organismo Nacional de Normalizaciòn y Certificaciòn de la Construcciòn y Edificaciòn, S.C.<br />

PEAD Polietileno de Alta Densidad<br />

PVC Poli(Cloruro de Vinilo)<br />

Para los efectos de esta norma con relación a valores de unidades de medida, referirse a la NOM 008 SECOFI<br />

2002 “Sistema General de Unidades de Medida”.<br />

8. DESARROLLO.<br />

8.1. Tipos de drenajes.<br />

8.1.1. En las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios sólo se aceptan cuatro<br />

tipos de drenajes: pluvial, aceitoso, sanitario y químico. Las aguas químicas y sanitarias deben ser<br />

tratadas antes de su descarga y/o interconexión con los drenajes aceitosos y pluviales<br />

respectivamente, en donde estos dos últimos deben funcionar de manera independiente.<br />

8.1.2. La identificación en planos y físicamente en los registros de los diversos tipos de drenajes debe<br />

hacerse de acuerdo al código siguiente.<br />

TIPO DE DRENAJE LETRA COLOR DE IDENTIFICACIÓN<br />

(Especificación Pantone)<br />

ACEITOSO A CAFÉ SEGURIDAD (4265 C)<br />

PLUVIAL P AZUL SEGURIDAD (300 C)<br />

QUIMICO Q NARANJA SEGURIDAD (152 C)<br />

SANITARIO S NEGRO (Black C)<br />

Así mismo se debe indicar el sentido de flujo de las corrientes mediante flechas conforme se<br />

muestra en la figura No. 1.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

Las indicaciones de dirección de flujo<br />

deben ser mediante flechas de solera<br />

empotradas.<br />

8.2. Diseño.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

Fabricación de Flecha Indicadora de Flujo<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 9 DE 34<br />

Flecha de solera 1”x 1/8” para indicar<br />

dirección de flujo(s) de arribo y saliente en<br />

los registros y pozos de visita de los<br />

drenajes.<br />

Las flechas se deben empotrar en la parte<br />

superior de los brocales, por medio de<br />

anclas, la solera debe emerger ±5mm, por<br />

arriba del nivel de piso terminado.<br />

Figura No. 1. Esquema de señalización de dirección de flujo mediante flechas.<br />

8.2.1. Información que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios debe proporcionar al<br />

proveedor, contratista y/o prestador de servicios que realice el diseño de los sistemas de<br />

drenajes.<br />

8.2.1.1. Memoria descriptiva, en la que se establecen las características y objetivos de la instalación de<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la cual se van a construir los sistemas de<br />

drenaje solicitados.<br />

8.2.1.2. Bases de diseño de la ingeniería, en las cuales se establezca el arreglo general que deben tener<br />

los sistemas de drenaje a instalarse, las bases, objetivos y parámetros de diseño y los requisitos<br />

específicos, así mismo se debe establecer los tipos de drenajes requeridos, los lugares de destino<br />

final de los mismos y las condiciones particulares del proyecto.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 10 DE 34<br />

8.2.1.3. Plano del arreglo general de la instalación de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios a la<br />

cual se le van a diseñar los sistemas de drenaje, que indique cada una de las áreas que conforman<br />

la instalación.<br />

8.2.1.4. Datos de la localidad donde se encuentra ubicada la instalación de Petróleos Mexicanos y<br />

Organismos Subsidiarios, <strong>com</strong>o son, entre otros, servicios públicos, croquis de localización<br />

geográfica de la instalación y su situación con respecto a la ciudad o población más cercana.<br />

8.2.1.5. Datos topográficos del terreno en donde se van a ubicar los sistemas de drenaje, en los cuales se<br />

describan las características del terreno de la instalación de Petróleos Mexicanos y Organismos<br />

Subsidiarios, entre otros datos, la superficie del terreno, calles, banquetas, pavimentos, áreas<br />

verdes, pendientes e irregularidades del terreno. Métodos para la determinación de las cargas por<br />

efecto de sismo.<br />

8.2.1.6. Plano Topográfico del terreno en donde se proyectarán los sistemas de drenajes, que contenga<br />

poligonales, curvas de nivel, nomenclatura de las calles, vías de <strong>com</strong>unicación de acceso a la<br />

instalación, elevaciones del terreno, coordenadas y nombre de los vértices, cruceros de las calles y<br />

puntos donde existan cambios de pendiente o dirección del eje de las calles. Ya sea en este plano<br />

o en algún otro, Petróleos Mexicanos debe proporcionar la ubicación de los sistemas subterráneos<br />

de la instalación (tuberías de proceso, ductos, cruce de los derechos de vía, sistemas eléctricos,<br />

cimentaciones, entre otros).<br />

8.2.1.7. Estudio de mecánica de suelos de la instalación de Petróleos Mexicanos y Organismos<br />

Subsidiarios, en donde se describa el tipo de subsuelo, materiales, características principales y<br />

permeabilidad de cada uno de los estratos que lo <strong>com</strong>ponen, así <strong>com</strong>o características de los<br />

mantos de agua freática existentes. Este estudio debe ser validado por personal técnico de<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios antes de su entrega al proveedor, contratista y/o<br />

prestador de servicios.<br />

8.2.1.8. Datos de climatología e hidrología existentes en la zona donde se encuentra la instalación de<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, <strong>com</strong>o son entre otros datos de evaporación,<br />

vientos, temperaturas, precipitación pluvial, escurrimiento, cuencas, ríos, lagos, mares, presas,<br />

fenómenos naturales existentes en la zona. En caso del diseño de drenajes pluviales, se deben<br />

incluir datos de precipitaciones de diseño, periodo de retorno y planos de isoyetas de la localidad.<br />

8.2.1.9. Planos de ingeniería de diseño, que existan, que ayuden a <strong>com</strong>plementar y aclarar aspectos de las<br />

bases de diseño para los sistemas de drenaje solicitados.<br />

8.2.1.10. Descripción, identificación, caracterización y temperatura de las aguas aceitosas, pluviales,<br />

sanitarias y químicas a colectar y desalojar y las aportaciones de cada una de ellas.<br />

8.2.1.11. Relación <strong>com</strong>pleta de los equipos, plantas, áreas industriales, talleres, entre otros, que generan<br />

aguas aceitosas, datos de las aportaciones de las mismas e información sobre la ubicación y<br />

características del área de tratamiento a la que se deben dirigir estas aguas.<br />

8.2.1.12. Plano que describa las áreas de la instalación que generan aguas sanitarias, la densidad de<br />

población por turno existente de tal manera que el proveedor, contratista y/o prestador de servicios<br />

pueda determinar las aportaciones de las mismas, el sitio final de vertido y en su caso el<br />

requerimiento de las fosas sépticas para su integración al diseño.<br />

8.2.1.13. Relación de los laboratorios y demás áreas industriales que generen aguas químicas, aportaciones<br />

de las mismas y sitio final de vertido y en su caso el requerimiento de las fosas de neutralización u<br />

algún otro sistema para su integración al diseño.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 11 DE 34<br />

8.2.1.14. Especificación del sitio final del drenaje pluvial y en caso de que este sea algún cuerpo receptor<br />

federal, debe indicar las características del mismo.<br />

8.2.1.15. Requisitos que deben cumplir los planos que elabore el proveedor, contratista y/o prestador de<br />

servicios.<br />

8.2.1.16. En el caso de que no se cuente con alguna de la documentación técnica mencionada<br />

anteriormente, Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios debe considerar la ejecución de<br />

los trabajos necesarios para su elaboración con recursos propios ò a través de un contrato<br />

independiente.<br />

8.2.2. Información que el proveedor, contratista y/o prestador de servicios debe entregar a<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios <strong>com</strong>o resultado del diseño contratado.<br />

8.2.2.1. Memoria descriptiva que incluya <strong>com</strong>o mínimo descripción, objetivo y alcance del diseño de los<br />

sistemas de drenajes, así <strong>com</strong>o los parámetros de diseño empleados.<br />

8.2.2.2. Bases de diseño que incluya: descripción de los aspectos geográficos, <strong>com</strong>unitarios, de gobierno,<br />

topográficos, geológicos, climatológicos, hidrológicos, demográficos, etc., relacionados con la<br />

instalación de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios que tuvieron influencia en el<br />

resultado del diseño de los drenajes realizados. Para estudios de crecimiento de población y de<br />

intensidad de lluvias, se deben considerar los datos estadísticos de los últimos 20 años y realizar<br />

extrapolaciones futuras.<br />

8.2.2.3. Debido a que existen diferentes alternativas de trazo de una red de drenaje, se debe describir las<br />

causas por las que el diseño presentado es el más viable y re<strong>com</strong>endable desde el punto de vista<br />

técnico, económico y de mayor seguridad. Establecer las necesidades de operación, supervisión y<br />

mantenimiento, así <strong>com</strong>o su vida útil esperada y su análisis de riesgo. .<br />

8.2.2.4. Relación, diseño, calculo, ubicación, materiales y demás especificaciones de cada uno de los<br />

elementos que conforman cada sistema de drenaje, tales <strong>com</strong>o: albañales, ramales, subcabezales,<br />

troncales, colectores, emisores, registros, coladeras, trincheras, fosas sépticas, conexiones y<br />

demás obras <strong>com</strong>plementarias necesarias para el cumplimiento del objetivo del proyecto. Deben<br />

considerarse en las etapas de diseño, cálculo e instalación aquellas obras de drenaje en<br />

condiciones de instalación difíciles <strong>com</strong>o son suelos inestables (pantanosos o de otra índole), las<br />

previsiones pueden incluir estabilizaciones de suelos, obras de reforzamiento, capacidad del<br />

sistema de drenaje para admitir asentamientos diferenciales, etc.<br />

8.2.2.5. Trazo de ejes, determinación de las cotas del terreno, medición de longitudes entre crucero y<br />

crucero, colocación de registros y coladeras.<br />

8.2.2.6. Procedimiento y memoria de cálculo del diseño de cada sistema de drenaje. Se deben describir<br />

todas las fórmulas, coeficientes, nomogramas y gráficas utilizadas, el fundamento de su utilización,<br />

procedimientos de cálculo, fuentes bibliográficas y descripción de la simbología utilizada en idioma<br />

español.<br />

8.2.2.7. Relación y datos de diseño de cada uno de los conductos y tuberías a instalarse, materiales,<br />

longitudes, pendientes, diámetros, gastos y velocidades máximas.<br />

8.2.2.8. Profundidades a las que se instalará cada tubería, considerando las tuberías subterráneas, ductos<br />

eléctricos y cimentaciones ya existentes o que se van a instalar.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 12 DE 34<br />

8.2.2.9. Para el caso de inmuebles <strong>com</strong>o son oficinas, casas, hospitales, edificios, etc., debe proporcionar<br />

el diseño de todos los albañales necesarios para el desalojo de las aguas sanitarias y pluviales de<br />

las edificaciones y su conexión a las correspondientes redes de drenaje.<br />

8.2.2.10. Relación de la normatividad y especificaciones técnicas aplicadas en el diseño realizado.<br />

8.2.2.11. Planos generales, estructurales (elevaciones, secciones, cortes y detalles, lista de materiales), y de<br />

simbología que muestren cada sistema de drenaje diseñado. Los cuales <strong>com</strong>o mínimo deben<br />

contener la siguiente información:<br />

a) Ubicación, ruta y dirección de los diferentes tipos de drenajes diseñados. Las rutas se deben<br />

proyectar desde los límites de la zona por sanear hasta los puntos finales de descarga.<br />

b) Localización de todas las cimentaciones de equipo, de columnas, de edificaciones, de<br />

estructuras, soportes y racks de tuberías, postes de alumbrado, sistemas de agua contra<br />

incendio, líneas de corriente eléctrica y de teléfono, de instrumentación, árboles y demás<br />

instalaciones subterráneas existentes.<br />

c) Caminos, calles y accesos indicando sus centros de línea y coordenadas correspondientes,<br />

así <strong>com</strong>o los niveles de piso terminado.<br />

d) Ubicación y coordenadas de todos los elementos de los diferentes sistemas de drenaje<br />

aplicables al proyecto, <strong>com</strong>o son conductos, tuberías, registros, coladeras, copas de<br />

drenaje, cunetas, trincheras, fosas sépticas y demás elementos del drenaje que deben<br />

instalarse.<br />

e) Las elevaciones de arrastre de la tubería en los puntos de llegada y salida de registros,<br />

coladeras, copas para drenaje y en todo cambio de dirección y demás puntos necesarios<br />

que faciliten su construcción. Así mismo se deben indicar los niveles de piso terminado.<br />

f) Niveles de arrastre de fondo al inicio y al final de cunetas, trincheras y conductos, así <strong>com</strong>o<br />

en todo cambio de dirección o de pendiente.<br />

g) Niveles de arrastre de tubo en la entrada y salida de las fosas sépticas.<br />

h) Levantamiento topográfico de la localización del trazo de cada colector y/o emisor (planta y<br />

perfil), hasta el lugar donde se ubicará la descarga al cuerpo receptor.<br />

i) Diagramas en planta y perfil de las dimensiones y especificaciones de cada elemento del<br />

sistema de drenaje. Planos de detalle para construcción de cada uno de los elementos que<br />

conforman la red de drenaje.<br />

j) Registros, coladeras, trincheras, canales, cunetas, obras de descarga de detalles<br />

estructurales (elevaciones, secciones, cortes y detalles, y lista de materiales).<br />

k) Tapas y rejillas (cortes y detalles, y lista de materiales).<br />

8.2.2.12. Cada plano debe <strong>com</strong>plementarse con todos los detalles, especificaciones y notas <strong>com</strong>plementarias<br />

que faciliten la <strong>com</strong>prensión del proyecto y de su ejecución en campo. Se deben utilizar las unidades<br />

establecidas en la NOM-008-SECOFI-2002, estar en idioma español e indicar <strong>com</strong>o mínimo la<br />

simbología establecida en el capitulo 12 de esta Norma de Referencia.<br />

8.2.3. Requerimientos de diseño.<br />

8.2.3.1. Áreas Industriales.<br />

8.2.3.1.1. Para el diseño de drenaje pluvial y aceitoso en las áreas de tanques de almacenamiento se deben<br />

cumplir los requisitos establecidos en la sección 8.1.4 para tanques atmosféricos y requisitos de<br />

los puntos 8.2.4.8 al 8.2.4.12 para tanques a presión de la <strong>NRF</strong>-015-<strong>PEMEX</strong>-2003.<br />

8.2.3.1.2. Las purgas de los tanques atmosféricos deben descargar directamente en las copas o registros<br />

conectados al drenaje aceitoso y los sistemas de drenado de las cúpulas flotantes al drenaje<br />

pluvial.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 13 DE 34<br />

8.2.3.1.3. En los tanques sujetos a presión, la ubicación del canal de drenaje (trinchera) y la pendiente del<br />

piso dentro de los patios de tanques de almacenamiento a presión deben ser tales, que cualquier<br />

líquido vertido dentro del dique fluya hacia el citado canal evitando su acumulación debajo de los<br />

recipientes.<br />

8.2.3.1.4. Las áreas de calderas y calentadores deben contar con drenaje aceitoso y pluvial. Las purgas de<br />

condensado provenientes del tanque “separador instantáneo de fases” no deben ser descargadas<br />

al drenaje aceitoso.<br />

8.2.3.1.5. Las purgas y derrames de las torres de enfriamiento deben enviarse hacia los sistemas de<br />

tratamiento de efluentes vía colectores del drenaje pluvial.<br />

8.2.3.1.6. Las áreas de carga y descarga de productos petrolíferos, deben tener drenaje aceitoso y pluvial.<br />

Cada isla y el espacio entre ellas deben contar con registros para drenaje aceitoso (provistos de<br />

atajallamas) que capten posibles derrames de hidrocarburos mediante pendientes diseñadas<br />

especialmente para ese fin, tal <strong>com</strong>o se muestra en la figura No.2.<br />

8.2.3.1.7. Las áreas de carga y descarga de productos químicos, tóxicos o corrosivos, deben contar con<br />

drenaje químico y estar diseñadas en forma tal que los posibles derrames sean debidamente<br />

contenidos y canalizados hacia los registros diseñados. Asì mismo deben contar con drenaje<br />

pluvial.<br />

8.2.3.1.8. El área de talleres debe contar con drenaje pluvial y sanitario, así mismo los talleres de <strong>com</strong>bustión<br />

interna, de reparación de equipo eléctrico, cambiadores de calor, máquinas, herramientas o<br />

similares, las rampas, fosas de servicio y en general las áreas destinadas a la neutralización y/o<br />

lavado de equipos o parte de los mismos, también deben contar con drenaje aceitoso y/o químico<br />

según el tipo de aguas de desecho que generen.<br />

8.2.3.1.9. El área de trabajo de los laboratorios debe tener drenaje sanitario y drenaje químico, conectado en<br />

su extremo a una fosa de neutralización que posteriormente debe descargar al drenaje aceitoso.<br />

8.2.3.1.10. Las áreas de estaciones de <strong>com</strong>presión o de generación eléctrica deben contar con drenaje<br />

aceitoso.<br />

8.2.3.1.11. Los pasos inferiores y trincheras para tuberías que transportan hidrocarburos deben contar con<br />

drenaje pluvial.<br />

8.2.3.1.12. Las casas de bombas deben contar con drenaje sanitario para los cuartos de control y áreas de<br />

cambio de los trabajadores, con drenaje aceitoso para sardineles de equipo, purgas, cobertizo<br />

principal y trincheras de tuberías y con drenaje pluvial para las demás áreas.<br />

8.2.3.1.13. Los muelles de carga y descarga de productos petrolíferos deben contar con drenaje aceitoso e<br />

instalaciones receptoras de aguas oleosas provenientes del deslastre, achique de sentinas y<br />

lavado de tanques, además deben contar con drenaje sanitario.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

8.2.3.2. Localización.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 14 DE 34<br />

Figura No. 2. Esquema de drenajes en áreas de carga y descarga de productos.<br />

8.2.3.2.1. Con la ayuda de la topografía del terreno de la instalación y tomando en cuenta que la eliminación<br />

de los sistemas de drenajes debe ser por gravedad, el proveedor, contratista y/o prestador de<br />

servicios debe elaborar el proyecto del diseño, cálculo hidráulico y geométrico de cada red de<br />

drenaje solicitada por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

8.2.3.2.2. Cada red de drenaje debe estar constituida por tramos rectos que encausen las corrientes por el<br />

camino más corto y rápido hacia el lugar de vertido, evitando la formación de contracorrientes.<br />

8.2.3.2.3. Se debe asignar un corredor exclusivo para cada tipo de drenaje, tomando en consideración que<br />

los registros deben quedar alojados dentro de cada corredor sin interferir con otras líneas de<br />

drenaje.<br />

8.2.3.2.4. La red de drenaje siempre debe trabajar a gravedad respetando siempre los límites de velocidad<br />

máximas y mínimas propias de cada sistema de drenaje, con la excepción de sifones, sifones<br />

invertidos que deben ser diseñados ex profeso, si así lo requiere la integración adecuada con las<br />

líneas principales.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 15 DE 34<br />

8.2.3.2.5. Se debe tomar en cuenta la pendiente del terreno, tanto para facilitar el drenaje superficial <strong>com</strong>o<br />

para evitar que la tubería se profundice demasiado. En la determinación de la elevación de las<br />

tuberías se debe tomar en cuenta el sitio de descarga para evitar recorridos innecesarios que<br />

impliquen mayor longitud de tuberías excavaciones y registros.<br />

8.2.3.2.6. Los troncales se deben disponer de tal forma que se sean orientados hacia los colectores y,<br />

cuando sea necesario, conectándose entre si en los registros iniciales (cabezas de registro), por<br />

medio de un drenaje auxiliar con el propósito de que cuando el troncal se obstruya, se drenen las<br />

áreas ahogadas por vasos <strong>com</strong>unicantes.<br />

8.2.3.2.7. Las canalizaciones eléctricas subterráneas en ductos de concreto o rodeadas de tierra<br />

<strong>com</strong>pactada, deben tener <strong>com</strong>o mínimo 30cm de separación, con una elevación superior a las<br />

tuberías del drenaje subterráneo. Ningún drenaje debe ser alojado bajo cimentaciones de una<br />

construcción.<br />

8.2.3.2.8. La localización de las tuberías del drenaje y todas sus conexiones debe hacerse en coordenadas<br />

expresadas en metros con aproximación a centímetros.<br />

8.2.3.2.9. La menor distancia de un tubo de drenaje a cualquier otro, debe ser la máxima de dos casos<br />

siguientes:<br />

a) En la que puedan quedar alojados sus correspondientes registros, de acuerdo a los diámetros<br />

de las tuberías empleadas.<br />

b) La separación requerida por el tipo de tubo en función de su material y su diámetro.<br />

8.2.3.3. Seguridad en la eliminación.<br />

8.2.3.3.1. El diseño de los drenajes debe asegurar que la eliminación de las aguas se realice en forma rápida<br />

y sin causar molestias ni peligros a la <strong>com</strong>unidad. Aunque las aguas negras tardan algunas horas<br />

en entrar en des<strong>com</strong>posición, es preciso alejarlas tan pronto se produzcan, así <strong>com</strong>o los desechos<br />

químicos resultado de la operación de la instalación.<br />

8.2.3.3.2. Para las aguas sanitarias, aceitosas y químicas se deben utilizar tuberías, conexiones y accesorios<br />

herméticos para evitar contaminación de suelos.<br />

8.2.3.3.3. El sistema de drenaje debe evitar que aguas aceitosas, químicas y/o sanitarias descarguen en la<br />

superficie del terreno de la instalación, así mismo evitar derrames de las mismas.<br />

8.2.3.3.4. Las pendientes de escurrimiento de las aguas dentro de los conductos deben ser tales que, en<br />

condiciones de velocidad mínima no permita que se depositen las materias que llevan las aguas<br />

residuales y en condiciones de velocidad máxima no se produzca erosión de las tuberías ni<br />

dislocación de las mismas por desgaste de sus juntas.<br />

8.2.3.3.5. Los conductos deben ser herméticos para evitar contaminaciones a los suelos por filtraciones o<br />

fugas, que resistan el ataque corrosivo de los gases emanados por las aguas residuales y que<br />

todas las aguas sean conducidas de manera que no causen contaminaciones en el manto freático<br />

o a lugares por donde van pasando otras tuberías, así que para la hermeticidad se deben tomar en<br />

cuenta los siguientes factores:<br />

a) El cuidado y supervisión que se tenga en la construcción.<br />

b) La profundidad del manto freático.<br />

c) El tipo de suelo.<br />

e) La profundidad a la plantilla hidráulica aguas abajo del tramo en cuestión.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 16 DE 34<br />

d) El diámetro, material y tipo de la tubería.<br />

e) Juntas entre tubos y accesorios.<br />

8.2.3.3.6. Cada sistema de drenaje debe tener una ventilación adecuada para evitar la acumulación de gases<br />

explosivos y corrosivos. Los registros y coladeras deben servir para este propósito y por tanto su<br />

localización y número deben ser tales que permitan un adecuado el escape de los gases. En los<br />

casos que por necesidades del sistema se requieran instalar tapas ciegas, se deben considerar<br />

tubos o dispositivos de venteo de gases que pueden conectarse a la atmósfera en puntos<br />

estratégicos y elevados a 3 metros por arriba del usuario.<br />

8.2.3.4 Capacidad.<br />

8.2.3.4.1. Los sistemas de drenaje deben diseñarse con la capacidad necesaria para conducir en<br />

condiciones de seguridad el volumen máximo de aguas por eliminar, a fin de que el desalojo sea<br />

rápido y no se provoquen estancamientos, depósitos indeseables, deflexiones, colapsos, cambios<br />

de pendiente por causa de flotaciones y daños; principalmente en las áreas de integración de<br />

plantas, estas se deben tomar en cuenta las posibles ampliaciones y dejar las preparaciones<br />

correspondientes.<br />

8.2.3.5. Resistencia.<br />

8.2.3.5.1. Cada sistema de drenaje debe resistir los esfuerzos a que va estar expuesto, tanto internos <strong>com</strong>o<br />

externos. La resistencia del material del conducto no debe de representar algún peligro o riesgo<br />

alguno a la estructura de línea de conducción. En el cálculo de resistencia para elegir el tipo de<br />

conducto y la forma se debe considerar la resistencia del suelo, la resistencia propia de la tubería,<br />

las cargas externas, tales el empuje de los terrenos naturales, en particular por asentamientos de<br />

terrenos tipo pantanoso, las cargas muertas y vivas sobre los conductos representadas por el<br />

relleno de tierra que los cubre y las presiones transmitidas por el transito en las áreas de<br />

circulación o estacionamiento de vehículos, Así <strong>com</strong>o las cargas internas causadas por el<br />

movimiento y las fluctuaciones del gasto que puede hacer trabajar los conductores <strong>com</strong>o canal o<br />

<strong>com</strong>o tubo forzado. Así mismo, se deben considerar las cargas por sismo y cargas extraordinarias.<br />

8.2.3.6. Profundidad.<br />

8.2.3.6.1. La profundidad de instalación de los conductos de cada red de drenaje debe ser la que resulte del<br />

estudio de ingeniería para evitar roturas ocasionadas por el efecto de cargas vivas, asegurar la<br />

correcta conexión con las descargas, garantizar un buen funcionamiento hidráulico y no interferir<br />

con otras líneas subterráneas.<br />

8.2.3.6.2. La profundidad mínima de la parte superior de las tuberías de drenaje subterráneas, con respecto<br />

al nivel de piso terminado, debe estar de acuerdo con las cargas aplicadas al terreno en cada<br />

caso, considerando que no deben ser menores de 60cm para áreas de proceso, 50cm fuera de<br />

estas áreas y 90cm en áreas de circulación de vehículos. Son admisibles colchones menores a los<br />

especificados siempre que el Proveedor, Contratista y/o Prestador de Servicios demuestre<br />

técnicamente que la tubería no sufrirá daños.<br />

8.2.3.6.3. Las tuberías enterradas de acero al carbono deben ser protegidas exteriormente de acuerdo a lo<br />

especificado en la norma de referencia <strong>NRF</strong>-026-<strong>PEMEX</strong>-2<strong>001</strong> “Protección de recubrimientos<br />

anticorrosivos para tubería enterradas y/o protegidas”.<br />

8.2.3.7. Velocidad de flujo.<br />

8.2.3.7.1. La velocidad mínima permisible al gasto de diseño de los sistemas de drenaje de aguas sanitarias<br />

debe ser de 0.75 m/s y para los demás drenajes debe ser de 0.60 m/s. Así mismo, para evitar las


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 17 DE 34<br />

erosiones o desgastes excesivos de las tuberías y accesorios del sistema de drenaje, se establece<br />

<strong>com</strong>o velocidad máxima la que se obtenga con el cálculo del diámetro de la tubería no excediendo<br />

los valores de la tabla 1 en función del tipo de material de la tubería.<br />

8.2.3.7.2. Para los drenajes en donde Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, indique que existen<br />

cantidades importantes de sedimentos o lodos, la velocidad mínima permisible para el gasto de<br />

diseño será de 1.20m/s.<br />

Tabla 1. Velocidades máximas de flujo en tuberías<br />

MATERIAL DE LA TUBERÍA VELOCIDAD MÀXIMA (M/S)<br />

Concreto simple 3.0<br />

Concreto reforzado 3.5<br />

Acero con revestimiento 5.0<br />

Acero sin revestimiento 5.0<br />

Acero galvanizado 5.0<br />

Asbesto cemento 5.0<br />

Fierro fundido 5.0<br />

PVC 5.0<br />

PEAD 5.0<br />

8.2.3.7.3. Con base a lo anterior la pendiente mínima admisible debe ser la que produzca estas velocidades<br />

cuando la tubería se encuentre trabajando a su máxima capacidad, pero si la topografía del terreno<br />

lo permite pueden darse pendientes mayores evitando que la velocidad sea excesivamente alta,<br />

cumpliéndose lo indicado en el inciso 8.2.3.7.1, lo anterior debido al carácter abrasivo de los<br />

materiales sólidos.<br />

8.2.3.7.4. En terrenos muy planos donde sea difícil dar la pendiente mínima, se pueden emplear tuberías de<br />

mayor diámetro debido a que pueden utilizarse con pendientes más reducidas, sin embargo, aún<br />

cuando puedan proyectarse las líneas de tuberías con pendientes bajas, las velocidades mínimas<br />

deben ser las especificadas anteriormente, determinando el valor de dicha pendiente con las<br />

formulas de ingeniería aplicables, en función del diámetro de la tubería y su coeficiente de<br />

rugosidad conforme al material de la misma.<br />

8.2.3.7.5. Para el cálculo de las velocidades de flujo debe usarse la formula de Manning con los coeficientes<br />

de rugosidad de la superficie interior del tubo que se detallan en la tabla 2.<br />

Tabla 2. Coeficientes de rugosidad (n) de la formula de Manning<br />

MATERIAL n<br />

PVC y PEAD 0.009<br />

Asbesto cemento 0.010<br />

Fierro fundido nuevo 0.013<br />

Fierro fundido usado 0.017<br />

Concreto simple acabado rugoso 0.016<br />

Concreto armado acabado liso 0.013<br />

Mampostería con mortero de cemento 0.020<br />

Acero soldado con revestimiento interior epóxico 0.011<br />

Acero sin revestimiento 0.014<br />

Acero galvanizado nuevo o usado 0.014


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

8.2.3.8. Drenaje aceitoso.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 18 DE 34<br />

8.2.3.8.1. El sistema de drenaje aceitoso debe calcularse y diseñarse con la capacidad suficiente para que<br />

desaloje el volumen total de los efluentes aportados <strong>com</strong>o agua de proceso y aguas aceitosas<br />

provenientes de todas las purgas de equipos y maquinaria existentes en el área industrial, que<br />

deben ser enviadas al área de tratamiento de efluentes, así mismo se debe evitar que los<br />

hidrocarburos del drenaje aceitoso fluyan al drenaje pluvial.<br />

8.2.3.8.2. En las plantas de proceso se deben diseñar los cárcamos reguladores para controlar el flujo hacia<br />

los separadores de aceite del área de tratamiento de efluentes. Los registros del drenaje aceitoso<br />

deben tener sello hidráulico en cada una de las tuberías de llegada a los mismos.<br />

8.2.3.8.3. En las áreas de tanques de almacenamiento, las copas y registros de purga del drenaje aceitoso<br />

deben estar diseñados de tal manera que se evite la introducción de materiales que se hayan<br />

acumulado dentro del dique.<br />

8.2.3.8.4. Se deben diseñar las copas de purga de los equipos necesarias, para evitar que durante la<br />

operación de las plantas se hagan purgas de aguas aceitosas directamente sobre los pavimentos,<br />

ya que las pendientes de estos escurren hacia los drenajes pluviales contaminando las aguas de<br />

lluvia captadas.<br />

8.2.3.8.5. Las copas de purga deben descargar a un registro aceitoso, el cual debe estar provisto de un sello<br />

hidráulico para evitar la propagación de incendios.<br />

8.2.3.9. Drenaje pluvial.<br />

8.2.3.9.1. La red del drenaje pluvial debe ser calculada y diseñada para la suma de gastos de aguas<br />

pluviales en función de los datos estadísticos de los últimos 20 años de las precipitaciones<br />

pluviales de la región, más el gasto de agua contra incendio captado en casos de pruebas o<br />

siniestro o el gasto empleado en el <strong>com</strong>bate del riesgo mayor. En caso de que Petróleos<br />

Mexicanos requiera que adicionalmente se consideren otros datos sobre precipitaciones pluviales,<br />

los debe indicar y establecer en las bases de concurso.<br />

8.2.3.9.2. El diseño puede considerar cunetas dentro de las áreas de proceso o adyacentes a ellas para la<br />

recolección de aguas pluviales y de contra incendio, la pendiente mínima aceptable es de 0.005m<br />

por metro de cuneta sin revestir y de 0.003 por metro de cunetas revestidas. La pendiente máxima<br />

es la que origine una velocidad que cumpla con lo indicado en el punto 8.2.3.9.6 La profundidad<br />

mínima es de 7.5cm y la máxima de 30cm, el ancho máximo de 1.5m.<br />

8.2.3.9.3. Las zonas que reciben precipitación pluvial en mayor cantidad no requiere que sean delimitadas<br />

por guarniciones, su superficie únicamente debe tener las pendientes necesarias que conduzcan el<br />

caudal hacia las coladeras o canales recolectores con rejilla del drenaje pluvial.<br />

8.2.3.9.4. Para calcular el gasto de las aguas pluviales a desalojar (debe considerar las provenientes de las<br />

edificaciones) se deben utilizar los métodos de cálculo racionales, para lo cual se debe presentar el<br />

procedimiento y memoria de calculo del método con los argumentos técnicos de la conveniencia<br />

de su utilización. En cualquiera de estos métodos la cantidad del agua de lluvia a desalojar debe<br />

estar en función directa del área a desalojar, de la intensidad, duración y cantidad de las lluvias<br />

cuyo valor se deduce de un análisis de los datos pluviométricos, de la frecuencia de


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 19 DE 34<br />

precipitaciones, del máximo caudal, del coeficiente de escurrimiento y de la inclinación de la<br />

superficie del estado de la zona a desaguar.<br />

8.2.3.9.5. Las velocidades permisibles en los canales sin revestir de baja capacidad deben determinarse en<br />

función del estudio geológico de los suelos de tal forma que se evite su erosión. A falta de esta<br />

información, la velocidad no debe exceder de los valores siguientes:<br />

a) Arena fina o limo: 0.80 m/s<br />

b) Arena gruesa o limo-arenoso: 0.80 m/s<br />

c) Arcilla arenosa: 1 m/s<br />

d) Arcilla 1.5 m/s<br />

8.2.3.9.6. Cuando canales o cunetas laterales, líneas de tuberías, albañales, entre otros, entren a los canales<br />

principales por encima de la elevación de la plantilla del canal principal, se debe colocar un<br />

revestimiento de concreto o algún material análogo para reducir la erosión.<br />

8.2.3.9.7. En caso de proyectarse canales para la conducción de las aguas pluviales y de contraincendio,<br />

estos deben ser de sección transversal trapezoidal, con un ancho mínimo de plantilla de 0.60 m,<br />

los taludes deben ser de 2 horizontal por 1 vertical. En el caso que haya limitaciones de espacio y<br />

si lo permiten las condiciones del terreno, será de 1.5 horizontal por uno vertical.<br />

8.2.3.9.8. Se deben utilizar canales en forma de “V” para ramales que no pasen de 60m de longitud. Los<br />

taludes normalmente deben ser de 1.5 horizontal a 1 vertical. La pendiente mínima para facilitar el<br />

escurrimiento es de 0.05m por metro, la profundidad mínima es de 15cm y la máxima de 60cm.<br />

8.2.3.9.9. Los colectores que conducen las aguas del drenaje pluvial hacia un cuerpo receptor o a un<br />

cárcamo regulador, deben tener una derivación con bloqueos hacia el sistema de tratamiento de<br />

efluentes para ser utilizada en caso de contaminación del drenaje pluvial.<br />

8.2.3.10. Drenaje sanitario.<br />

8.2.3.10.1. El cálculo y diseño del drenaje sanitario debe garantizar un desalojo rápido y eficiente de las aguas<br />

negras y jabonosas provenientes de todos los baños, lavabos, regaderas, muebles sanitarios de<br />

los edificios administrativos, casas de cambio, casetas de vigilancia, sanitario de choferes,<br />

guarniciones militares, áreas habitacionales, hospitales, entre otros. Se pueden utilizar fosas<br />

sépticas prefabricadas las cuales deben de cumplir con la NOM-006-CNA.<br />

8.2.3.10.2. Para la determinación del gasto de agua sanitaria a desalojar se debe considerar a la cantidad<br />

población existente y futura de la instalación de tal forma que se pueda determinar la cantidad de<br />

agua que aporta cada persona por turno.<br />

8.2.3.11. Drenaje químico.<br />

8.2.3.11.1. La capacidad del drenaje químico en plantas de proceso debe calcularse tomando en cuenta la<br />

suma de aportaciones de cada instalación en particular que emita productos químicos, corrosivos o<br />

tóxicos. El tratamiento de las corrientes particulares debe hacerse localmente en cada Instalación<br />

mediante plantas de tratamiento (cuando así se requiera) y fosas de neutralización, una vez<br />

neutralizadas y previa verificación de que las corrientes cumplen con los límites máximos<br />

permisibles de contaminantes se pueden enviar al drenaje aceitoso.<br />

8.2.3.11.2. Las áreas de tratamiento de agua de desmineralización y aquellas que manejen sólidos en sus<br />

aguas crudas, deben tener un drenaje químico que maneje por separado tanto los productos<br />

ácidos <strong>com</strong>o los alcalinos y se deben instalar las fosas de neutralización y/o sistemas de


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 20 DE 34<br />

separación, para que a través de ellos se envíen los efluentes con un valor de pH entre 6.0 y 8.0 al<br />

drenaje aceitoso.<br />

8.2.3.11.3. De acuerdo a cada diseño, la distancia recorrida por la corriente del drenaje químico a ser tratada,<br />

neutralizada y reutilizada o vertida al drenaje aceitoso, debe ser lo más corta posible con el objeto<br />

de minimizar los riesgos inherentes a su condición. La conducción de las aguas de los drenajes<br />

químicos hacia las plantas de tratamiento y neutralización debe ser mediante un sistema hermético<br />

cuyos registros deben contar con tapas selladas.<br />

8.2.3.11.4. En el caso de hospitales, para las aguas químicas a desalojar se debe considerar el diseño de un<br />

drenaje químico independiente.<br />

8.2.3.12. Accesorios del sistema de drenaje.<br />

8.2.3.12.1. Se deben diseñar todos los accesorios necesarios y que en su conjunto son parte integrante de la<br />

propia red del sistema de drenaje, entre otros, los mostrados en el anexo 12.1 de esta <strong>NRF</strong>, que<br />

son enunciativos más no limitativos.<br />

8.2.3.13. Sellos hidráulicos.<br />

8.2.3.13.1. Se deben instalar sellos hidráulicos en todos los registros del drenaje aceitoso y en aquellos<br />

registros donde exista la probabilidad del retorno de vapores tóxicos o explosivos, así <strong>com</strong>o la<br />

propagación de incendios. Adicionalmente a lo indicado en el párrafo 8.2.3.8.5 de esta <strong>NRF</strong>, se<br />

deben instalar en los siguientes puntos.<br />

a) Primer registro a la salida de trincheras que recolectan agua aceitosa.<br />

b) Las llegadas y salidas de los separadores de aceite-agua.<br />

c) El primer registro a la salida de los diques circundantes a los tanques de almacenamiento.<br />

d) El último registro pluvial en patios de tanques de almacenamiento antes de troncales.<br />

e) El primer registro a la salida de la casa de bombas.<br />

f) El último registro antes de entregar el caudal de aguas aceitosas al separador de aceites.<br />

g) El primer registro después del separador de aceite.<br />

h) La llegada a cárcamos reguladores de demasías.<br />

i) Las llegadas y salidas de los separadores de aceite-agua.<br />

j) Las llegadas al sistema de tratamiento de efluentes y/o plantas de tratamientos de agua.<br />

k) El último registro antes de la descarga del emisor.<br />

8.2.3.13.2. Los sellos hidráulicos deben estar formados por registros con mampara separadora, conexiones<br />

de tubería mostrados en el anexo 12.1 de esta <strong>NRF</strong> y arreglos equivalentes, colocados en tal<br />

forma que queden ahogados 15cm por abajo del nivel de arrastre del tubo de salida, o bien por<br />

diseños especiales. La selección de cada tipo de sello depende de las restricciones y necesidades<br />

propias de cada proyecto.<br />

8.2.3.14. Registros del drenaje.<br />

8.2.3.14.1. Se deben diseñar los registros necesarios para la inspección, desazolve y limpieza del sistema de<br />

drenaje, los cuales deben contar con la suficiente amplitud para facilitar en algunos casos la<br />

introducción de aparatos mecánicos, equipos de limpieza de presión-vacío y en otros el acceso de<br />

personas, los registros de cada red de drenaje deben instalarse <strong>com</strong>o mínimo en los puntos<br />

siguientes:<br />

a) En las uniones de tuberías troncales.<br />

b) En las puntas muertas de las tuberías troncales.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 21 DE 34<br />

c) En los cambios apreciables de dirección, de pendiente o de diámetro de la tubería.<br />

d) En donde existan caídas.<br />

e) En los cruces de calles.<br />

f) En las uniones de ramales, subcabezales, etc., con líneas troncales, cuando la longitud del<br />

ramal o subcabezal, exceda de 30m.<br />

g) La distancia a cualquier otro tubo de drenaje debe ser la mínima en la que puedan quedar<br />

alojados sus correspondientes registros, de acuerdo a los diámetros de las tuberías<br />

empleadas.<br />

h) Se debe emboquillar la tubería en la entrada y salida de los registros de visita.<br />

8.2.3.14.2. Los registros se deben calcular y diseñar en concreto reforzado y deben tener una ventilación<br />

adecuada para evitar la acumulación de gases explosivos y corrosivos.<br />

8.2.3.14.3. En la losa de tapa de todos los registros que se construyan, se debe colocar una flecha indicando<br />

el sentido del flujo de acuerdo a lo indicado en la figura 1 de la presente norma de referencia.<br />

Asimismo se debe empotrar la letra y el número de registro con las mismas características de la<br />

flecha.<br />

8.2.3.14.4. En todos los registros debe diseñarse una caída mínima de 3cm entre la plantilla del tubo de<br />

entrada y la plantilla del tubo de salida, solo en casos extraordinarios y con la autorización previa<br />

de Petróleos Mexicanos se admitirá que en un registro para ambas plantillas los niveles de arrastre<br />

sean iguales, previa justificación del proveedor, contratista y/o prestador de servicios.<br />

8.2.3.14.5. Las distancias máximas a que debe calcularse y diseñarse los accesorios de la red (coladeras,<br />

registros, entre otros) debe estar dada en función de los diámetros de las tuberías empleadas, en<br />

donde para tubos hasta de 30cm de diámetro a cada 30m; tubos de 30 a 50cm de diámetro a cada<br />

50m y para tuberías mayores de 50cm de diámetro los accesorios de se deben colocar a una<br />

distancia máxima de 70m.<br />

8.2.3.14.6. Previa justificación técnica y aprobación de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios se<br />

pueden utilizar pozos de visita prefabricados de concreto que cumplan con la NMX-C-413-<br />

ONNCCE o de materiales plásticos debidamente normalizados y certificados.<br />

8.2.3.15. Bocas de limpieza.<br />

8.2.3.15.1. Se deben instalar bocas de limpieza en los sellos hidráulicos de los registros del drenaje; cuando<br />

los sellos estén constituidos por una conexión tipo “T”, “Y” o similar, la boca de limpieza debe<br />

quedar localizada en el extremo muerto taponado de dicha conexión, teniendo un diámetro igual al<br />

de la tubería del drenaje hasta cuando esta tenga un diámetro de 25.4cm (10 pulgadas),<br />

manteniéndose esta dimensión para tuberías con mayor diámetro.<br />

8.2.3.15.2. Cualquier elemento de fijación de tapas en las bocas de limpieza (tornillos, grapas, anclas, entre<br />

otros) debe ser construido de material resistente a la corrosión y estar debidamente aislados para<br />

evitar la formación de pares galvánicos.<br />

8.2.3.16. Líneas de drenes.<br />

8.2.3.16.1. Las líneas de drenes que sirvan a equipo, se deben dimensionar de acuerdo al gasto previsto, con<br />

los diámetros mínimos que se fijan a continuación, los drenes que sirvan a una salida de equipo<br />

con menos de 6 metros de longitud, su diámetro mínimo es de 10cm y los drenes que den servicio<br />

a dos o más salidas de equipo o que tengan más de 6metros de longitud, su diámetro mínimo debe<br />

ser de 15cm.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

8.2.4. Materiales de las tuberías.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 22 DE 34<br />

8.2.4.1. El estudio de ingeniería del proveedor, contratista y/o prestador de servicios que realice el diseño<br />

de los drenajes, debe especificar los materiales de las tuberías diseñadas, por lo que debe<br />

considerar la aplicación de los materiales listados a continuación para cada tipo de drenaje, en<br />

donde la selección se debe realizar en función del tipo de instalación, características del fluido,<br />

diámetro del tubo, resistencia de la tubería, técnicas de instalación y características del terreno.<br />

8.2.4.2. Materiales de tuberías que aplican para el drenaje aceitoso:<br />

a) Fierro fundido<br />

b) Acero al carbono.<br />

c) Concreto reforzado<br />

d) Asbesto-cemento<br />

e) Poli(Cloruro de Polivinilo) estructurado y liso (PVC).<br />

f) Polietileno de Alta Densidad corrugado y liso (PEAD).<br />

8.2.4.3. En el drenaje aceitoso, para diámetros mayores de 30cm, los tubos de acero al carbono o de<br />

concreto reforzado deben contar con la aplicación de un recubrimiento interior con resinas<br />

epóxicas o algún otro producto que proteja al concreto. En terrenos blandos de alta<br />

<strong>com</strong>presibilidad se re<strong>com</strong>ienda utilizar tuberías de acero al carbono y debe analizarse las<br />

soluciones por encamisado de tramos de tubería.<br />

8.2.4.4. El empleo de materiales a base de polímeros tales <strong>com</strong>o PVC y PEAD en el drenaje aceitoso y<br />

pluvial, debe ser analizado cuidadosamente de acuerdo al tipo de instalación, condiciones de<br />

operación, tipo de influente y esfuerzos a los que será sometida la tubería, éstos materiales se<br />

utilizan normalmente dentro de edificios, áreas verdes, calles, entre otros; este tipo de materiales<br />

no debe ser empleado en aquellas áreas susceptibles de recibir descargas de hidrocarburos (entre<br />

otros: interior de diques de tanques, llevaderas y casas de bombas).<br />

8.2.4.5. Materiales de tuberías que aplican para drenaje pluvial.<br />

a) Fierro fundido<br />

b) Acero al carbón<br />

c) Concreto simple<br />

d) Concreto reforzado<br />

e) Asbesto-cemento<br />

f) Poli(Cloruro de Vinilo) estructurado y liso (PVC).<br />

g) Polietileno de Alta Densidad corrugado y liso (PEAD).<br />

8.2.4.6. Materiales de tuberías que aplican para el drenaje químico, los cuales deben seleccionarse según<br />

las sustancias químicas que se desalojen.<br />

a) Barro vitrificado.<br />

b) Poli(Cloruro de Vinilo) estructurado y liso (PVC).<br />

c) Polietileno de Alta Densidad corrugado y liso (PEAD).<br />

d) Acero inoxidable.<br />

e) Fibra de vidrio con resinas epóxicas.<br />

f) Concreto con aditivos u otros materiales que le impriman resistencia a ácidos y álcalis.<br />

g) Fierro fundido recubierto con resinas epòxicas.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

8.2.4.7. Materiales que aplican para drenaje sanitario.<br />

a) Concreto simple.<br />

b) Concreto reforzado.<br />

c) Asbesto-cemento.<br />

d) Fierro fundido.<br />

e) Poli(Cloruro de Vinilo) estructurado y liso (PVC).<br />

f) Polietileno de Alta Densidad corrugado y liso (PEAD).<br />

8.3. Construcción.<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 23 DE 34<br />

8.3.1. Información que Petróleos Mexicanos debe proporcionar al proveedor, contratista y/o<br />

prestador de servicios que realice la construcción de los sistemas de drenajes.<br />

8.3.1.1. Memoria descriptiva, en la que se establecen las características y objetivos de la instalación de<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la cual se van a construir los sistemas de<br />

drenaje solicitados.<br />

8.3.1.2. Bases de diseño, donde se define el alcance que debe tener el proyecto de construcción de los<br />

sistemas de drenaje, especificar si la obra consiste en la instalación de drenajes nuevos o en la<br />

rehabilitación y/o ampliación de redes de drenaje ya existentes, así mismo se debe establecer los<br />

tipos de drenajes requeridos, los lugares de destino final de los mismos y las condiciones<br />

particulares del proyecto.<br />

8.3.1.3. Plano del arreglo general de la instalación de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios a la<br />

cual se le van a construir los sistemas de drenaje, que indique cada una de las áreas que<br />

conforman la instalación.<br />

8.3.1.4. Datos de la localidad donde se encuentra ubicada la instalación de Petróleos Mexicanos y<br />

Organismos Subsidiarios, <strong>com</strong>o son, entre otros, servicios públicos, croquis de localización<br />

geográfica de la instalación y su situación con respecto a la ciudad o población más cercana.<br />

8.3.1.5. Datos topográficos del terreno en donde se van a ubicar los sistemas de drenaje, en los cuales se<br />

describan las características del terreno de la instalación de Petróleos Mexicanos y Organismos<br />

Subsidiarios, entre otros datos, la superficie del terreno, calles, banquetas, pavimentos, áreas<br />

verdes, pendientes e irregularidades del terreno.<br />

8.3.1.6. Relación, diseño, ubicación, materiales y demás especificaciones de cada uno de los elementos<br />

que conforman cada sistema de drenaje, <strong>com</strong>o son: albañales, ramales, troncales, colectores,<br />

emisores, registros, coladeras, trincheras, fosas sépticas, conexiones y demás obras<br />

<strong>com</strong>plementarias necesarias para el cumplimiento del proyecto.<br />

8.3.1.7. Relación y datos de diseño de cada uno de los conductos y tuberías a instalarse, materiales,<br />

longitudes, pendientes, diámetros, gastos y velocidades mínimas, normales y máximas.<br />

8.3.1.8. Diagramas estructurales en planta y perfil con las dimensiones y especificaciones de cada<br />

elemento del sistema de drenaje. Planos de fabricación de cada uno de los elementos que<br />

conforman la red de drenaje.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 24 DE 34<br />

8.3.1.9. Para el caso de inmuebles <strong>com</strong>o son oficinas, casas, hospitales, edificios, etc., debe proporcionar<br />

el diseño de todos los albañales necesarios para el desalojo de las aguas sanitarias y pluviales de<br />

las edificaciones y su conexión a las correspondientes redes de drenaje.<br />

8.3.1.10. Relación de la normatividad y especificaciones técnicas aplicadas en el diseño realizado.<br />

8.3.1.11. Planos generales, estructurales (elevaciones, secciones, cortes y detalles), y de simbología que<br />

muestren el diseño de cada sistema de drenaje. Los cuales <strong>com</strong>o mínimo deben contener la<br />

siguiente información:<br />

a) Ubicación, ruta y dirección de los diferentes tipos de drenajes que deben construirse.<br />

b) Localización de todas las cimentaciones de equipo, de columnas, de edificaciones, de<br />

estructuras, soportes y racks de tuberías, postes de alumbrado, sistemas de agua contra<br />

incendio, líneas de corriente eléctrica y de teléfono, de instrumentación, árboles y demás<br />

instalaciones subterráneas existentes.<br />

c) Caminos, calles y accesos indicando sus centros de línea y coordenadas correspondientes.<br />

d) Ubicación y coordenadas de todos los elementos de los diferentes sistemas de drenaje<br />

aplicables al proyecto, <strong>com</strong>o son conductos, tuberías, registros, coladeras, copas de drenaje,<br />

cunetas, trincheras, fosas sépticas y demás elementos del drenaje que deben instalarse.<br />

e) Las elevaciones de arrastre de la tubería en los puntos de llegada y salida de registros,<br />

coladeras, copas para drenaje y en todo cambio de dirección y demás puntos necesarios que<br />

faciliten su construcción. Así mismo se deben indicar los niveles de piso terminado.<br />

f) Niveles de arrastre de fondo al inicio y al final de cunetas, trincheras y conductos, así <strong>com</strong>o en<br />

todo cambio de dirección o de pendiente.<br />

g) Niveles de arrastre de tubo en la entrada y salida de las fosas sépticas.<br />

h) Levantamiento topográfico de la localización del trazo de cada colector y/o emisor (planta y<br />

perfil), hasta el lugar donde se ubicará la planta de tratamiento o sitio de vertido.<br />

8.3.1.12. Cada plano debe contener los detalles, especificaciones y notas <strong>com</strong>plementarias que faciliten la<br />

<strong>com</strong>prensión del proyecto y de su ejecución en campo. Se deben utilizar las unidades establecidas<br />

en la NOM-008-SECOFI-2002, estar en idioma español e indicar <strong>com</strong>o mínimo la simbología<br />

establecida en el capitulo 12 de esta Norma de Referencia.<br />

8.3.1.13. En el caso de que no se cuente con alguna de la documentación técnica mencionada<br />

anteriormente, Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios debe considerar la ejecución de<br />

los trabajos necesarios para su elaboración con recursos propios ò a través de un contrato<br />

independiente.<br />

8.3.2. Información que el proveedor, contratista y/o prestador de servicios debe proporcionar a<br />

Petróleos Mexicanos <strong>com</strong>o resultado de la construcción de los sistemas de drenajes<br />

contratados.<br />

8.3.2.1. Debe realizar la construcción de los sistemas de drenajes conforme al diseño solicitado.<br />

8.3.2.2. Memoria descriptiva de la construcción de los drenajes, en donde se establezca procedimiento de<br />

excavación, profundidades de las tuberías, conductos y demás elementos del sistema de drenaje,<br />

cálculo, dimensiones y características de las zanjas, tipo de uniones entre las tuberías, conductos,<br />

registros, descripción de las clases de camas o plantillas utilizadas para la instalación de las


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 25 DE 34<br />

tuberías y conductos, entre otros, se deben describir todos los procedimientos y memorias de<br />

cálculo utilizadas.<br />

8.3.2.3. Planos que describan la instalación final de los sistemas de drenajes solicitados (“planos de obra<br />

terminada”.). Cada plano debe <strong>com</strong>plementarse con todos los detalles, cortes y notas<br />

<strong>com</strong>plementarias que faciliten la <strong>com</strong>prensión del proyecto realizado, deben utilizarse las unidades<br />

establecidas en la NOM-008-SECOFI-2002, estar en idioma español e indicar <strong>com</strong>o mínimo la<br />

simbología establecida en el anexo 12.1 de esta Norma de Referencia. Es responsabilidad del<br />

constructor entregar el paquete de planos de obra terminada.<br />

8.3.2.4. Catálogos y descripción de las características y especificaciones (nombre, tipo, material<br />

dimensiones, entre otros) de los elementos que conforman los sistemas de drenajes instalados.<br />

8.3.2.5. Certificados de cumplimiento de los materiales solicitadas en el punto 8.3.5.<br />

8.3.2.6. Reporte de resultados de las pruebas de instalación realizadas.<br />

8.3.2.7. Manuales de operación y mantenimiento de los sistemas de drenajes instalados.<br />

8.3.3. Requisitos de construcción.<br />

8.3.3.1. Excavación.<br />

8.3.3.1.1. La excavación de la zanja se debe ejecutar, previo acordonamiento y señalamiento del área, en<br />

una sola etapa hasta alcanzar el nivel máximo de excavación (nme), puede realizarse con máquina<br />

zanjadora, retroexcavadora, draga de arrastre o pico y pala, debiéndose excavar los últimos 30cm<br />

con herramienta manual evitando el remoldeo del desplante. Cuando la excavación se realice en<br />

roca sólida se debe realizar conforme al procedimiento establecido por Petróleos Mexicanos y<br />

Organismos Subsidiarios.<br />

8.3.3.1.2. Los tramos de avance se deben limitar a una longitud máxima de 20m. El frente de las<br />

excavaciones debe observar taludes con relación 0.5:1. En la tabla 3 se muestra el ancho mínimo<br />

de zanja a excavar para alojar la tubería de drenaje, la profundidad de la zanja resulta variable ya<br />

que depende del nivel de plantilla de la tubería por instalar. El fondo de la zanja debe excavarse<br />

considerando la colocación de la plantilla que sirve de cama al tubo a partir del nivel de arrastre. El<br />

estudio previo de mecánica de suelos debe determinar el empleo de taludes verticales o<br />

inclinaciones de taludes diferentes a los anchos de zanjas establecidos en la tabla 3.<br />

8.3.3.1.3. Para el caso de vialidades nuevas, en las que se tenga que abrir caja para colocar las capas del<br />

pavimento, las tuberías nuevas se deben alojar 50cm por debajo de la capa subrasante, es decir<br />

en terreno natural, el cual debe haberse escarificado y <strong>com</strong>pactado en sus últimos 15cm, abrir la<br />

cepa, colocar la cama de arena, alojar la tubería, efectuar los rellenos <strong>com</strong>pactados y sólo<br />

entonces proceder a colocar las capas de pavimento, este procedimiento debe programarse de<br />

esta manera para que por ningún motivo se permita que una vez colocadas las capas del<br />

pavimento se abra la zanja para colocar las instalaciones.<br />

8.3.3.1.4. Las excavaciones no deben estar expuestas por más de 3 días, debiéndose confinar en toda su<br />

longitud, dejándose pasos peatonales, así <strong>com</strong>o restringir el tránsito vehicular a cuando menos 3.0<br />

m del límite de la excavación.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 26 DE 34<br />

8.3.3.1.5. El fondo de la excavación debe quedar plano, exento de piedras, raíces o desigualdades que<br />

impidan que el tubo tenga un apoyo uniforme, y se debe afinar de manera que se siga la pendiente<br />

del proyecto. El afine de los últimos 10cm del fondo de la zanja se debe realizar con la menor<br />

anticipación posible a la colocación de la tubería. Cuando el fondo se dañe por lluvia o por<br />

cualquier otra causa, debe ser reafinado antes de colocar la tubería.<br />

8.3.3.1.6. Cuando la excavación se efectúe en roca, o cuando el fondo no ofrezca condiciones adecuadas<br />

para asentar la tubería, se debe tender una plantilla de arena, tezontle o gravilla de 5 a 10cm de<br />

espesor.<br />

Tabla 3. Ancho de la zanja, en centímetros, según su profundidad y el<br />

diámetro de la tubería por instalar.<br />

Diámetro Nominal Profundidades, en Metros<br />

cm Pulg Hasta 1.26 a 1.76 a 2.26 a 2.76 a 3.26 a 3.76 a 5.26 a<br />

1.25 1.75 2 .25 2.75 3.25 3.75 5.25 6.25<br />

15 6 60 60 65 65 70 70 75 80<br />

20 8 60 60 65 65 70 70 75 80<br />

25 10 70 70 70 70 70 70 75 80<br />

30 12 75 75 75 75 75 75 75 80<br />

38 15 90 90 90 90 90 90 90<br />

45 18 110 110 110 110 110 110 110<br />

61 24 135 135 135 135 135 135 135<br />

76 30 155 155 155 155 155 155 155<br />

91 36 175 175 175 175 175 175<br />

107 42 190 190 190 190 190 190<br />

122 48 210 210 210 210 210<br />

152 60 245 245 245 245 245<br />

183 72 280 280 280 280<br />

213 84 320 320 320 320<br />

244 96 360 360 360<br />

8.3.3.2. Instalación de tubería.<br />

8.3.3.2.1. El tendido de la tubería se debe realizar de acuerdo con el alineamiento, cotas y pendientes fijadas<br />

en el proyecto; para lo cual se deben utilizar las niveletas con las que se aprobó la excavación de<br />

la zanja con el apoyo topográfico correspondiente. El sentido de colocación de los tubos debe ser<br />

de aguas abajo hacia aguas arriba.<br />

8.3.3.2.2. La tubería debe bajarse al fondo de la zanja evitando que sufra roturas o daños; no se debe dejar<br />

caer ni golpear dentro de la zanja. Se debe preparar el fondo de la zanja quitando piedras o<br />

irregularidades que puedan dañar la tubería durante las maniobras de descenso.<br />

8.3.3.2.3. Debe llevarse el control correcto tanto del trazo <strong>com</strong>o de la nivelación de cada tramo de tubería<br />

instalada, esto con el fin de evitar acumular errores durante el proceso de tendido. Al terminar la<br />

instalación del tramo de una línea, se deben tapar los extremos de la tubería de tal manera que no<br />

puedan penetrar materias extrañas en el interior de la misma, retirando los tapones al continuar los<br />

trabajos.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 27 DE 34<br />

8.3.3.2.4. Para el caso de tuberías de concreto, las juntas entre los diferentes tramos de tubo deben ser<br />

herméticas, tal <strong>com</strong>o se indica en las normas mexicanas NMX-C-401-1996-ONNCCE, NMX-C-402-<br />

1996-ONNCCE y NMX-C-412-1998-ONNCCE.<br />

8.3.3.2.5. El armado de las redes de drenaje de acero al carbono debe realizarse mediante soldaduras a tope<br />

para las uniones de tubo a tubo o de tubo a conexiones.<br />

8.3.3.3. Especificaciones para rellenos.<br />

8.3.3.3.1. Para realizar los rellenos de las zanjas que alojan las tuberías de drenaje se debe considerar el<br />

siguiente procedimiento; en donde una vez alcanzado el nivel máximo de excavación y nivelado el<br />

fondo de la misma, se debe colocar una cama de arena de 5 a 10cm de espesor, <strong>com</strong>pactada y<br />

humedecida, después se procede al tendido de la tubería, despejando las zonas de coples o juntas<br />

para permitir el apoyo longitudinal de los tubos y evitar con esto la concentración de esfuerzos;<br />

efectuado lo anterior, se procede al acostillamiento de la tubería con el mismo material de la cama,<br />

hasta la mitad de su diámetro. El material de relleno que se coloque hasta el nivel del lomo del tubo<br />

debe estar exento de piedras u otros materiales que puedan dañar el tubo.<br />

8.3.3.3.2. La <strong>com</strong>pactación se debe realizar con un <strong>com</strong>pactador tipo bailarina, hasta cubrir cuando menos<br />

20 cm por arriba del lomo del tubo, continuando con la colocación del relleno en capas de 20 cm.<br />

El equipo para <strong>com</strong>pactar las demás capas debe ser el que garantice la integridad de las tuberías y<br />

no propicie la deformación de la línea. El contenido de humedad debe ser controlado para<br />

garantizar la <strong>com</strong>pactación. Se debe contar con monitoreo de laboratorio en todas las fases del<br />

acostillado y relleno para asegurar que se cumple la <strong>com</strong>pactación de diseño.<br />

8.3.3.3.3. En tanto las excavaciones permanezcan abiertas no se debe permitir la acumulación de materiales<br />

u otros objetos que representen sobrecargas mayores a 1 t/m 2 en un perímetro igual a la<br />

profundidad.<br />

8.3.3.3.4. Debido a que las tuberías requieren de la ejecución de pruebas que garanticen su correcta<br />

instalación, se deben realizar los rellenos parcialmente (acostillado) para observar los resultados<br />

de las pruebas y así evitar el retiro de los rellenos para cualquier reparación. Verificadas y<br />

corregidas en su caso las fallas constructivas, se deben continuar los rellenos tapando las juntas<br />

descubiertas hasta alcanzar el nivel de relleno.<br />

8.3.3.3.5. En la reposición de pavimentos, se debe utilizar material <strong>com</strong>pactable para el relleno, la base y<br />

sub-base. La carpeta de asfalto o de concreto debe quedar igual a la que se haya removido.<br />

8.3.3.3.6. El material producto de la excavación debe ser el material que se utilice <strong>com</strong>o relleno. En caso de<br />

rehabilitaciones de sistemas de drenajes en donde el material de excavación se encuentre<br />

contaminado, se puede utilizar material de relleno sano propio de la zona.<br />

8.3.4. Prueba de hermeticidad.<br />

8.3.4.1. Después de la instalación de la tubería y con las juntas descubiertas, el Proveedor, Contratista y/o<br />

Prestador de Servicios debe realizar la prueba de hermeticidad, la cual tiene por objeto determinar<br />

la hermeticidad de las juntas y <strong>com</strong>probar la no existencia de fugas y debe realizarse en todos los<br />

casos de acuerdo con los valores y procedimientos establecidos en la NOM-<strong>001</strong>-CNA. Una vez<br />

efectuada la prueba y no habiendo fugas en las juntas se debe proceder al relleno de la zanja. En


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 28 DE 34<br />

caso de que se presenten fugas se debe proceder a levantar la tubería y rehacer las juntas<br />

defectuosas, repitiendo la prueba hasta que no se presenten fugas.<br />

8.3.5. Control de calidad.<br />

8.3.5.1. En esta sección se establecen los requisitos de calidad que deben cumplir las tuberías, accesorios<br />

y conexiones de los diferentes materiales empleados en la construcción de los sistemas de<br />

drenajes. Los controles de calidad se deben aplicar en dos etapas:<br />

a) Petróleos Mexicanos debe inspeccionar cualquier fase de la fabricación de los tubos,<br />

accesorios y conexiones, en donde los materiales utilizados deben cumplir con las normas<br />

mexicanas o extranjeras correspondientes.<br />

b) Después de la fabricación, y previo a su instalación, en donde Petróleos Mexicanos debe<br />

inspeccionar el acabado, dimensiones, cantidad y calidad de los tubos, accesorios y<br />

conexiones.<br />

8.3.5.2. Las tuberías de barro vitrificado, deben ser resistentes a substancias abrasivas, a la humedad<br />

permanente, a la alta alcalinidad, al salitre, a los gases y substancias corrosivas <strong>com</strong>o el ácido<br />

sulfúrico al 98% de concentración, agua a altas temperaturas y vapor, y a los desperdicios<br />

químicos domésticos, los tubos deben ser rectos, perfectamente circulares y con vidriado uniforme.<br />

Para el uso de tuberías de barro vitrificado, el Proveedor, Contratista y/o Prestador de Servicios<br />

debe cumplir con las medidas de los tubos indicadas en la tabla 4, con los requisitos establecido<br />

en ASTM-C-700 y ASTM-C301 (o equivalente), así mismo para las juntas debe cumplir con ASTM<br />

C425 (o equivalente) y para su instalación debe cumplir con ASTM-C12 (o equivalente).<br />

Tabla 4. Dimensiones de los tubos de barro vitrificado.<br />

Diámetro (cm) Largo neto (cm) Espesor (mm)<br />

10 60-75-100 12.7<br />

15 60-75-100 15.9<br />

20 60-75-100 19.0<br />

25 60-75-100 22.2<br />

30 60-75-100 25.4<br />

40 60-75-100 27.0<br />

45 60-75-100 38.1<br />

8.3.5.3. Las tuberías de concreto (sin refuerzo y con refuerzo) deben ser fabricadas con una mezcla de<br />

cemento, agregados, aditivos y acero de refuerzo, conforme a las especificaciones indicadas en la<br />

NMX-C-401-ONNCCE para el caso de tuberías de concreto sin refuerzo y NMX-C-402-ONNCCE<br />

para tuberías de concreto reforzado. En ambos tipos de tuberías, los anillos de hule para las juntas<br />

deben cumplir con la NMX-C-412-ONNCCE.<br />

8.3.5.4. Las tuberías de asbesto cemento deben cumplir con la NMX-C-039-ONNCCE., Las tuberías de<br />

fierro fundido deben cumplir con la NMX-B-064 y la tubería de fibra de vidrio debe cumplir con<br />

ASTM-D-3262 (o equivalente).<br />

8.3.5.5. Las tuberías de Poli(cloruro de polivinilo) (PVC), deben ser fabricadas a partir de <strong>com</strong>puestos<br />

formulados, usando la resina de Cloruro de Vinilo polimerizada <strong>com</strong>o materia prima básica y<br />

mezclada en proporciones adecuadas con aditivos, que le permitan transformar a este material en<br />

un producto terminado con excelentes propiedades fisicoquímicas, por lo que el Proveedor,<br />

Contratista y/o Prestador de Servicios conforme al tipo de tubería de PVC que utilice debe de<br />

cumplir con los requisitos establecidos en las NMX-E-211/1-SCFI y NMX-E-211/2-SCFI para PVC<br />

liso serie inglesa, con las NMX-E-215/1-SCFI y NMX-E-215/2-SCFI para PVC liso serie métrica,


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 29 DE 34<br />

con la NMX-E-222/1-SCFI o con la NMX-E-229-SCFI para PVC de pared estructurado<br />

longitudinalmente según corresponda, con la NTC 3722-1 (emitida por ICONTEC o equivalente)<br />

para PVC de pared estructurado anularmente y ASTM-F949 (o equivalente) para PVC estructurado<br />

con interior liso.<br />

8.3.5.6. Las tuberías de polietileno de alta densidad liso (PEAD) deben cumplir con los requisitos de la<br />

NMX-E-216-1994-SCFI y las tuberías de PEAD corrugado deben cumplir con AASHTO-M-252,<br />

AASTHO-M-294, AASHTO-MP7, ASTM-F-405 o ASTM-F-667 (o equivalentes), según corresponda<br />

conforme al tipo, aplicación y diámetro de la tubería de PEAD corrugado.<br />

8.3.5.7. Los anillos de hule o empaques de material elastomerico empleados en las juntas de las tuberías<br />

de asbesto cemento, PVC y PEAD deben de cumplir con lo establecido en la NMX-T-021-SCFI.<br />

8.3.5.8. La tubería de acero al carbono debe cumplir con los requisitos establecidos en las NMX-B-010-<br />

1986 o NMX-B-177-1990. La tubería de acero inoxidable debe cumplir con los requisitos<br />

establecidos en la NMX-B-216-1988 ò NMX-B-229-1988, según el tipo de acero que se utilice.<br />

8.3.5.9. Los pozos de visita prefabricados de concreto deben cumplir con la NMX-C-413-ONNCCE y las<br />

fosas sépticas prefabricadas deben cumplir con la NOM-006-CNA.<br />

8.3.5.10. Al recibirse los tubos, accesorios y conexiones en la obra, la supervisión del proyecto por parte de<br />

Petróleos Mexicanos debe verificar que su fabricación y pruebas cumplen con las normas<br />

mexicanas o extranjeras solicitadas en las secciones anteriores, por lo cual el proveedor,<br />

contratista y/o prestador de servicios que va a realizar la construcción de los drenajes, debe<br />

entregar los certificados del fabricante que avalen el cumplimiento de la normas que le<br />

corresponden, otorgado por un Organismo de Certificación acreditado por la EMA. Hasta tanto no<br />

exista Organismo de Certificación acreditado, se deben presentar informes de resultados de los<br />

análisis efectuados para verificar el cumplimiento de esta norma, emitidos por un laboratorio<br />

acreditado por la EMA.<br />

8.3.5.11. La supervisión del proyecto por parte de Petróleos Mexicanos debe verificar la calidad de los<br />

tubos, accesorios y conexiones a utilizarse en la construcción de los sistemas de drenaje mediante<br />

los procedimientos de inspección internos establecidos por Petróleos Mexicanos y Organismos<br />

Subsidiarios, en donde los tubos deben ser rechazados en caso de no cumplir las<br />

especificaciones de las normas mexicanas o extranjeras solicitadas y/o de presentar alguna de las<br />

siguientes características:<br />

a) Fracturas o grietas.<br />

b) Defectos de fabricación.<br />

c) Defectos superficiales que indiquen textura abierta o de panal<br />

d) Extremos dañados o quebrados que impidan tener una junta adecuada.<br />

e) No cumplir con las dimensiones y especificaciones de acabado correspondientes.<br />

8.3.5.12. Los daños que sufran los tubos durante su manejo en la obra deben ser reemplazados por parte<br />

del proveedor, contratista y/o prestador de servicios que esté realizando la construcción de los<br />

sistemas de drenaje. .<br />

9. RESPONSABILIDADES.<br />

9.1. Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

9.1.1. Vigilar que se cumplan los requisitos y especificaciones de esta norma de referencia, en la<br />

contratación del diseño y construcción de los sistemas de drenaje.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 30 DE 34<br />

9.1.2. En relación a las licencias y permisos municipales, estatales y federales requeridos para la<br />

construcción de los sistemas de drenajes, tanto Petróleos Mexicanos <strong>com</strong>o el proveedor,<br />

contratista y/o prestador de servicios deben cumplir con lo establecido en el Articulo 19 de la Ley<br />

de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.<br />

9.2. Proveedor, Contratista y/o Prestador de Servicios.<br />

9.2.1. Cumplir con los requerimientos especificados en esta norma de referencia para el diseño o<br />

construcción de los sistemas de drenajes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y<br />

Organismos Subsidiarios.<br />

9.2.2. Garantizar respuesta técnica oportuna ante la ocurrencia de fallas en la operación del sistema de<br />

drenaje, que se originen por no aplicar lo indicado en esta norma de referencia.<br />

9.2.3. Contar con el personal técnico y especialista, así <strong>com</strong>o con las herramientas y equipos requeridos<br />

para el desarrollo de los trabajos.<br />

9.2.4. Informar a Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios las condiciones de protección y<br />

almacenaje de materiales que impliquen riesgo a fin de prevenir situaciones de emergencia.<br />

9.2.5. Proporcionar oportunamente a Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios una lista <strong>com</strong>pleta<br />

de materiales, con su peso, dimensiones y volumen para prevenir espacios de almacenamiento.<br />

9.2.6. Presentar sus procedimientos y programas de seguridad del personal, disponibilidad y<br />

mantenimiento de equipo auxiliar; debiendo observar las normas de seguridad de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

9.2.7. Disponer de los desperdicios conforme a la LGEEPA y normas oficiales mexicanas<br />

correspondientes, durante el desarrollo de los trabajos y hasta la conclusión de los mismos.<br />

9.2.8. Proporcionar información que certifique el cumplimiento de la LGEEPA y sus reglamentos<br />

aplicables en los materiales que emplea, el tipo de actividad que se realiza y los residuos que se<br />

generan.<br />

9.2.9. Dejar las instalaciones de Petróleos Mexicanos en las mismas condiciones en las que fueron<br />

encontradas al inicio de los trabajos.<br />

9.2.10. Realizar el trabajo en coordinación con la supervisión de Petróleos Mexicanos y Organismos<br />

Subsidiarios y otros contratistas que simultáneamente puedan estar trabajando en el proyecto.<br />

10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS Ó INTERNACIONALES.<br />

Esta norma de referencia no concuerda con normas mexicanas o internacionales.<br />

11. BIBLIOGRAFÍA.<br />

11.1. Especificación No. P.2.0143.01, “DRENAJES EN ZONAS INDUSTRIALES”, primera edición, Mayo<br />

2<strong>001</strong>, Pemex Exploración y Producción.<br />

11.2. Documento Normativo No. DG-GPASI-SI-2703, “NORMA DE SEGURIDAD PARA DRENAJES EN<br />

LAS AREAS INDUSTRIALES DE <strong>PEMEX</strong> REFINACIÓN”, Rev. 1, enero 1999, Pemex Refinación.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 31 DE 34<br />

11.3. Documento Normativo No. P-102, “MANUAL PARA DISEÑO Y CALCULO DE DRENAJES”, G.P.C,<br />

Petróleos Mexicanos, 1971.<br />

11.4. Especificación No. 2.143.01, “DRENAJES EN ZONAS INDUSTRIALES”, segunda edición, 1985,<br />

Petróleos Mexicanos.<br />

11.5. Especificación No. ESP-E-9202, “ESPECIFICACIÓN DE PLANIFICACIÓN, DRENAJES”, Rev. 2,<br />

Junio 2<strong>001</strong>, Gerencia de Proyecto y Construcción, Pemex Gas y Petroquímica Básica.<br />

11.6. Especificación No. 3.143.02, “ALBAÑALES”, segunda edición, 1988, Petróleos Mexicanos.<br />

11.7. Especificación No. 3.143.03, “TUBERÍAS DE ASBESTO CEMENTO, segunda edición, 1989,<br />

Petróleos Mexicanos<br />

11.8. Especificación No. 3.143.04, “DRENAJES DE TUBOS DE CONCRETO”, primera edición, 1991,<br />

Petróleos Mexicanos.<br />

11.9. Especificación No. 3.332.02, “COSNTRUCCIÒN DE LÌNEAS DE DRENAJE EN ZONAS<br />

INDUSTRIALES”, primera edición, 1976, Petróleos Mexicanos.<br />

11.10. Especificación No. 5.332.01, “TUBOS DE CONCRETO PARA DRENAJES INDUSTRALES,<br />

CONTROL DE CALIDAD, MUESTREO Y PRUEBAS”, primera edición, 1972, Petróleos Mexicanos.<br />

11.11. Especificación No. 5.332.02, “TUBOS DE ASBESTO-CEMENTO PARA DRENAJES<br />

INDUSTRIALES; CONTROL DE CALIDAD, MUESTREO Y PRUEBAS”, primera edición, 1976,<br />

Petróleos Mexicanos.<br />

11.12. Documento Normativo No. GPEI-SI-2505, “REGLAS BASICAS DE SEGURIDAD PARA<br />

TRABAJOS EN DRENAJES ACEITOSOS, QUIMICOS, PLUVIALES, SANITARIOS O DE<br />

CUALQUIER INDOLE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA STI”, Rev. 0, abril 1987, Pemex<br />

Refinación.<br />

11.13. PROYECTO DE SISTEMAS DE ALCANTARILLADO”, Araceli Sánchez Segura, Instituto<br />

Politécnico Nacional, 1995.<br />

11.14. VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES, SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO”, Aurelio<br />

Hernández Muñoz, Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, España, 1997.<br />

NORMAS EXTRANJERAS<br />

11.15. ASTM-C-12, Estándar para la Instalación Práctica de Líneas de Tubería de Barro Vitrificado<br />

(Standard Practice for Installing Vitrified Clay Pipe Lines).<br />

11.16. ASTM-C-301, Estándar de Métodos de Prueba para Tubos de Barro Vitrificado (Standar Test<br />

Methods for Vitrified Clay Pipe).<br />

11.17. ASTM-C-425, Especificación Estándar de las Juntas de Compresión para Tubos y Accesorios de<br />

Barro Vitrificado (Standard Specification for Compression Joints for Vitrified Clay Pipe and Fittings).<br />

11.18. ASTM –C-700, Especificación Estándar para Tubos de Barro Vitrificado, Extra Resistente,<br />

Estándar Resistente y Perforada (Standard Specification for Vitrified Clay Pipe, Extra Strength,<br />

Standard Strength and Perforated).


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 32 DE 34<br />

11.19. ASTM-D-3262, Especificación Estándar de Tubería de Fibra de Vidrio para Alcantarillado<br />

(Standard Specificaction for Fiberglass Sewer Pipe).<br />

11.20. ASTM-F-405, Especificación Estándar para Tubos y Accesorios Corrugados de Polietileno (PE)<br />

(Standard Specification for Corrugated Polyethylene (PE) Tubing and Fittings).<br />

11.21. ASTM –F-667, Especificación Estándar para Tubos y Accesorios Corrugados de Polietileno de<br />

Gran Diámetro (Standard Specification for Large Diameter Corrugated Poliethylene Pipe and<br />

Fittings).<br />

11.22. ASTM-F-949, Especificación Estándar para Accesorios y Tubería para Alcantarillado de<br />

Poli(Cloruro de Vinilo) (PVC) Corrugado con Interior Liso (Standard Specificacion for Poly(Vinyl<br />

Chloride) (PVC) Corrugated Sewer Pipe with a Smooth Interior and Fittings).<br />

11.23. AASHTO-M-252, Especificación Estándar para Tubos de Drenaje Corrugados de Polietileno,<br />

Diámetro 75 a 250 mm (Standard Specification for Corrugated Polyethylene Drainage Pipe, 75 mm<br />

to 250 mm Diameter).<br />

11.24. AASHTO-M-294, Especificación Estándar para Tubos Corrugados de Polietileno, Diámetro 300 a<br />

1200 mm (Standard Specification for Corrugated Polyethylene Pipe, 300 to 1200 mm Diameter).<br />

11.25. AASHTO-MP7, Especificación Estándar para Tubos Corrugados de Polietileno, Diámetro 1350 a<br />

1500 mm (Standard Specification for Corrugated Polyethylene Pipe, 1350 to 1500 mm Diameter).<br />

11.26. NTC-3722-1, Tubos y Accesorios de Pared Estructural para Sistemas de Drenaje Subterráneo y<br />

Alcantarillado. Especificaciones para PVC Rígido. Parte 1. Serie Métrica. NORMA TECNICA<br />

COLOMBIANA emitida por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC)<br />

(Dirección Electrónica: www.icontec.org.co).<br />

Respecto a las Normas Extranjeras aplica la edición que este vigente en el momento de la contratación con<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

12. ANEXOS.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

12.1. Simbología que debe emplearse en el dibujo de los sistemas de drenajes.<br />

Tuberías.<br />

Codificación de tuberías.<br />

30-8-27-CS-DP<br />

Drenaje Pluvial (DP)<br />

Drenaje Sanitario (DS)<br />

Drenaje Aceitoso (DA)<br />

Drenaje Químico (DQ)<br />

Siglas que indican el tipo de material del tubo.<br />

BV<br />

CS<br />

CR<br />

ASC<br />

FF<br />

A/C<br />

AI<br />

PVC<br />

FVE<br />

PEAD<br />

(30) Indica el diámetro del tubo en centímetros.<br />

(8) Pendiente geométrica de la tubería en milésimas.<br />

(27) Longitud de un tramo de tubería en metros. (<br />

(CS) Indica el material del tubo (ver siglas de identificación).<br />

(DP) Indica el tipo de drenaje<br />

Barro vitrificado<br />

Concreto Simple<br />

Concreto reforzado<br />

Asbesto-cemento<br />

Fierro Fundido<br />

Acero al carbon<br />

Acero Inoxidable<br />

Poli(Cloruro de Vinilo)<br />

Fibra de vidrio con resina epoxica<br />

Polietileno de alta densidad<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 33 DE 34


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

Accesorios.<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 34 DE 34<br />

Simbolo Clave Descripción Simbolo Clave Descripción<br />

CR<br />

CP<br />

Coladera con rejilla para<br />

superficies de rodamiento<br />

Coladera con rejilla para<br />

patios<br />

CT Coladera de cuneta<br />

CC Caja Ciega<br />

CCS<br />

Caja ciega con selllo<br />

hidraulico<br />

RV Registro de Visita<br />

RVS<br />

RVC<br />

Registro de visita con<br />

sello hidraulico<br />

Registro de visita con<br />

coladera<br />

RE Registro Especial<br />

CP Caja para purgas<br />

RPT<br />

Registro con paso a<br />

través de tubería<br />

C Cárcamo o sisterna<br />

CP<br />

Copa para purga de<br />

tanque y equipo<br />

SEP<br />

Conexiones:<br />

TR Tapón de registro<br />

FS-Po<br />

Fosa séptica de asbestocemento<br />

prefabricado,<br />

indicando su capacidad<br />

SEP Separador Agua-Aceite<br />

REL<br />

Registro especial tipo<br />

lumbrera<br />

CD Cajón para drenaje<br />

Trinchera o dren con<br />

rejilla<br />

Codos a 90°<br />

Codos a 45°<br />

“Y” sencilla a 45°<br />

“Y” doble a 45°<br />

“T”<br />

Desviación


Comité de Normalización de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios<br />

SISTEMAS DE DRENAJES<br />

PROY-<strong>NRF</strong>-140-<strong>PEMEX</strong>-2005<br />

Rev.: 0<br />

PÁGINA 35 DE 34

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!