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3. Insumisión Popular - Iaeden

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<strong>Insumisión</strong> popular 1830-1848 253<br />

tales como los indígenas. Luego de tomar las declaraciones de varios de<br />

los indígenas mencionados, sólo encontraron a individuos asustados por la<br />

nueva acusación que les hacían y por el hecho de que al momento de hacerles<br />

llegar las respectivas citaciones se hallaban algo pasados de licor.<br />

En la declaración que se tomó a José Managua, quien era jornalero<br />

de 25 años y además no sabía leer ni escribir, relata que había sido arrestado<br />

por los comisionados a quienes pidió permiso para buscar su ropa en su<br />

casa que quedaba distante del sitio de la aprehensión; al llegar la encontró<br />

mojada por la lluvia además que el río había crecido mucho, lo que le<br />

impedía el paso para reunirse de nuevo con sus captores, su única arma<br />

era un bejuco y que no sabía sobre levantamiento alguno. El 14 diciembre<br />

de 1844 no se hallaron méritos suficientes para acusar a los supuestos<br />

indígenas conspiradores por lo que el juez de Paz notifica que los vecinos<br />

de Guanape estaban más bien ocupados en sus tareas habituales y que todo<br />

se desenvolvía en paz.<br />

Otro conato de levantamiento se dio en la zona Quebrada de Sacua,<br />

cantón Ocumare, debido a que se había producido la fuga de 100 esclavos<br />

de quienes no se sabía el paradero, aunado a la denuncia de la aparición<br />

de un grupo numeroso de hombres, cuyas descripciones e intenciones no<br />

fueron nunca señaladas. Se suponía que se trataba de los mismos esclavos<br />

fugados, por tanto, el juez de Paz y el jefe político de Ocumare informan a<br />

la Gobernación de Caracas para proceder a activar las medidas de seguridad<br />

que contuvieran los desórdenes que temían fuesen a perpetrar los esclavos.<br />

No sucedió absolutamente nada de lo que se temía.<br />

Del desorden a la idea del “fin del mundo”<br />

El temor a los desórdenes provenientes de la gente del pueblo se<br />

hallaba ligado no sólo a los rumores que se esparcían en las localidades,<br />

sino también a los efectos ideológicos que dejaban a su paso los grandes<br />

movimientos revolucionarios y las acciones de líderes locales. Es así como<br />

cualquier reunión de la gente común, incluso de los vecinos, era visto como<br />

antecedente sospechoso de preparativos de levantamientos, revueltas,<br />

trastornos u otros. Aun cuando la Constitución de 1830 aseguraba la<br />

libertad de expresión y la de reunión, en los artículos 188, 191, 192, 194<br />

que trataban sobre las libertades civiles, seguridad individual, propiedad e<br />

igualdad; la inviolabilidad del hogar; la inviolabilidad de la correspondencia;<br />

Insumision popular.indd 253 28/08/2010 04:54:14 p.m.

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