3. Insumisión Popular - Iaeden

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Insumisión popular 1830-1848 159 soldado en la guerra de Independencia, da cuenta de los alcances de la participación del pueblo y de los individuos que lo componen en tanto seres capaces de luchar por ideales, lo cual contradice su nominación hacia 1837, en la que se le acusaba de asesino, faccioso y conspirador. Los testigos en adelante corroboran que Chacón no cometió excesos sino que más bien respetó la vida y propiedades de quienes se encontraron a su paso; siendo incluso perseguido por sus antiguos compañeros revolucionarios, “…los Guerreros, Alvarado y demás resentidos de él, porque no abrigaba los proyectos de ellos de robar y matar…”. Así las cosas, el abogado defensor solicita ante el Juzgado la conmutación de la pena de muerte por la de diez años de presidio, lo cual fue avalado por el vicepresidente de la República, Santos Michelena, el 17 de noviembre de 1841, siendo así Domingo Chacón enviado a la cárcel cerrada de Maracaibo. Un compañero de Chacón, llamado Juan Brito, fue acusado de sedicioso no sólo por su amistad con éste sino también por ser considerado “enemigo del orden público”. De la Secretaría del Interior se envió una comunicación reservada al gobernador de Carabobo el 18.11.1840, a los fines de que se iniciara la averiguación y posterior captura de Brito, quien residía en una sabana nombrada La Culata del cantón San Carlos; a la fecha estaba siendo juzgado por el tribunal caraqueño. La acusación se debía a que Brito supuestamente se “…expresa en términos alarmantes contra el orden y la tranquilidad pública…”, motivo por el cual se pide indagar entre varios individuos que habían oído las ideas expresadas por el mismo. Sin embargo, la averiguación no tiene continuidad en el tiempo 192 . Para Pedro Herra los acontecimientos no fueron tan favorecedores como los del caso anterior; hacia 1843 se notifica la muerte de éste, tildado de faccioso y quien también había participado de la facción de Farfán en 1837. Herra fue acusado de holgazán, ladrón y que además seguía capitaneando un grupo de individuos que se dedicaban a azotar a los vecinos y habitantes en el Arauca. Por tal motivo las autoridades locales decidieron propiciar una persecución en la que Herra halló la muerte: 192 “Borrador de la Secretaría del Interior para que se solicite del Gobernador de Carabobo un informe acerca de Juan Brito, compañero del faccioso Chacón, quien se ha expresado mal del gobierno” (1840), Ibídem, t. CCXVIII. Insumision popular.indd 159 28/08/2010 04:54:08 p.m.

160 Aura Rojas …una partida dispuesta por las autoridades de aquel cantón, al cargo de Gregorio Infante le habían encontrado con el robo en San José Marinero, en unión de dos compañeros nombrados Carmen Martínez y Cruz Ocaña; que habiéndole dado la voz de la justicia resistió obedecerla y haciendo uso de las armas, los soldados Juan de María Gómez y Trinidad Zúñiga, se vieron forzados a no ser burlados del criminal y sus socios; habiendo tenido que hacer también uso de las armas y sus facultades, en cuyo encuentro ha muerto Herra; Martínez y Ocaña han huido… De soldado revolucionario a las órdenes de Farfán pasó Herra a actividades violentas que incluían el robo y el pillaje. Pero de estos tres casos relacionados con la invasión de Francisco Farfán, uno fue ejecutado, otro caído en la persecución, y el que corrió con más suerte recibió una pena de presidio. Farfán se devolvió a sus labores agrícolas en el Arauca y a olvidarse de planes que parecieron responder a sus intereses personales. Otro líder revolucionario fue Francisco María Farías, quien intentó en la Revolución de las Reformas de 1835 conseguir las simpatías de los vecinos y el pueblo a favor de esta causa. Hacia 1840 se libró un auto en contra de los actuaciones de Farías en Perijá desde Río Hacha en la Nueva Granada y que enviaron a Venezuela en virtud de que algunos de los bienes que fueron tomados por los colaboradores de Farías fueron trasladados hasta allá; sin embargo, la sentencia absuelve a dichos colaboradores en virtud de la muerte de éste. Dice el escrito signado por el doctor Miguel Macaya: Habiendo acompañado varios vecinos de la parroquia del Molino, jurisdicción del segundo cantón de esta provincia, al Coronel Francisco María Farías en una incursión y ataque a las autoridades de Perijá, provincia de Maracaibo en Venezuela; y posteriormente, hecho algunos robos a varios vecinos de dicho Perijá; se instruyó allí una información sumaria de los testigos, se elevó al supremo gobierno de Venezuela, quien por el conducto respectivo dirigió sus reclamaciones al de la Nueva Granada; SE el Encargado del Poder Ejecutivo, en su resolución de 17 de mayo de 1838, se limitó a disponer que se procediese contra los que hubieran incurrido en los delitos de que se trata la Ley de 29 de mayo de 1837, y que se procurase Insumision popular.indd 160 28/08/2010 04:54:08 p.m.

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Aura Rojas<br />

…una partida dispuesta por las autoridades de aquel cantón, al cargo de<br />

Gregorio Infante le habían encontrado con el robo en San José Marinero,<br />

en unión de dos compañeros nombrados Carmen Martínez y Cruz Ocaña;<br />

que habiéndole dado la voz de la justicia resistió obedecerla y haciendo<br />

uso de las armas, los soldados Juan de María Gómez y Trinidad Zúñiga, se<br />

vieron forzados a no ser burlados del criminal y sus socios; habiendo tenido<br />

que hacer también uso de las armas y sus facultades, en cuyo encuentro ha<br />

muerto Herra; Martínez y Ocaña han huido…<br />

De soldado revolucionario a las órdenes de Farfán pasó Herra a<br />

actividades violentas que incluían el robo y el pillaje. Pero de estos tres casos<br />

relacionados con la invasión de Francisco Farfán, uno fue ejecutado, otro<br />

caído en la persecución, y el que corrió con más suerte recibió una pena de<br />

presidio. Farfán se devolvió a sus labores agrícolas en el Arauca y a olvidarse<br />

de planes que parecieron responder a sus intereses personales.<br />

Otro líder revolucionario fue Francisco María Farías, quien intentó<br />

en la Revolución de las Reformas de 1835 conseguir las simpatías de los<br />

vecinos y el pueblo a favor de esta causa. Hacia 1840 se libró un auto en<br />

contra de los actuaciones de Farías en Perijá desde Río Hacha en la Nueva<br />

Granada y que enviaron a Venezuela en virtud de que algunos de los bienes<br />

que fueron tomados por los colaboradores de Farías fueron trasladados hasta<br />

allá; sin embargo, la sentencia absuelve a dichos colaboradores en virtud de<br />

la muerte de éste. Dice el escrito signado por el doctor Miguel Macaya:<br />

Habiendo acompañado varios vecinos de la parroquia del Molino,<br />

jurisdicción del segundo cantón de esta provincia, al Coronel Francisco<br />

María Farías en una incursión y ataque a las autoridades de Perijá, provincia<br />

de Maracaibo en Venezuela; y posteriormente, hecho algunos robos a<br />

varios vecinos de dicho Perijá; se instruyó allí una información sumaria<br />

de los testigos, se elevó al supremo gobierno de Venezuela, quien por el<br />

conducto respectivo dirigió sus reclamaciones al de la Nueva Granada; SE<br />

el Encargado del Poder Ejecutivo, en su resolución de 17 de mayo de 1838,<br />

se limitó a disponer que se procediese contra los que hubieran incurrido en<br />

los delitos de que se trata la Ley de 29 de mayo de 1837, y que se procurase<br />

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