ESTUDIOS DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA Arqueología y ...

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268 estUdios de antropología e Historia / arqUeología y patrimonio en el estado de Hidalgo Hidalgo, el propio Sector Educativo o asociaciones civiles, el CEHINHAC (Centro Hidalguense de Investigaciones Histórica, A.C.) por ejemplo; preocupados en las décadas de 1970 y 1980 por la historia, las artes y los valores patrimoniales regionales, y cuyas actividades darían resultados interesantes respecto de la importancia y valor de muchas obras localizadas entre los municipios del Mezquital, Sierra Alta, Altiplano y Huasteca. Testimonio de estos momentos son pues las publicaciones del mencionado CEHIN- HAC, acopio de esfuerzo colectivo donde mediante el rescate y escrutinio de la memoria escrita (los archivos judiciales, civiles y eclesiásticos) se comenzó a escribir cuasi profesionalmente el discurrir de la sociedad hidalguense, lográndose las series: Teotlalpan, Ortega-Falkowska y ediciones facsimilares; notorio en este punto la obra de Joaquín Meade sobre la huasteca hidalguense hecha en 1949. Igualmente importantes fueron las gestiones emprendidas por varios de sus miembros para el rescate de documentación histórica, fundamento en este caso, de algunos repositorios sobresalientes en el estado: Archivo Histórico del Poder Judicial y Archivo General del Estado de Hidalgo. Muchos integrantes de esta asociación civil, fueron además fuertes impulsores y activos participantes de encuentros académicos significativos de la época: Primer Congreso de la Cultura del Estado de Hidalgo celebrado en 1970 y el Coloquio de Historia Regional de 1986; ambos coordinados por la Universidad Autónoma de Hidalgo. Imposible dejar de mencionar para este caso al Dr. Víctor Manuel Ballesteros García, de cuyas gestiones dieron fruto otros tantos eventos de igual naturaleza. Sin embargo, la mayoría de estas iniciativas se realizaron bajo motivaciones confusas y meramente entusiastas, dejando de lado todo procedimiento metodológico en lo que a patrimonio concierne, olvidando de entrada una caracterización sobre el mismo, sus condiciones y rasgos definitorios. Un asunto no del todo resuelto, pues la discusión en realidad no ha iniciado hasta el momento, a pesar de existir varios intentos nacionales recientes por reformar la normatividad federal en este campo, donde los interesados involucrados no han participado con suficiente conocimiento de causa salvo en el caso de la representación estatal del INAH. De esta suerte, tenemos desde entonces un vacío de orden reflexivo sustituido por una acción institucional pragmática en ascenso, con la consigna de intervenir de forma directa en la realidad cultural estatal, aunque en lo correspondiente a aspectos muy específicos del patrimonio y desde instancias particularmente oficiales. Así, desde finales de la década de 1980 el gobierno estatal consideró oportuno impulsar una política cultural propia sirviéndose en principio del Instituto Hidalguense de la Cultura (IHC), cuyo Decreto de Creación fue publicado el 17 de octubre de 1988. Cabe señalar su importancia, pues hasta el momento perece ser el proyecto estatal más acabado en esta materia. Como órgano desconcentrado de la Administración Pública el IHC tenía por misión fundamental la preservación y promoción de los valores locales, fueran artís- Arqueología.indd 268 06/12/10 17:54

12 / en búsqUeda de lo propio. notas sobre el patrimonio CUltUral HidalgUense 269 ticos, etnográficos, arquitectónicos, arqueológicos, turísticos e históricos, poniendo especial énfasis en las necesidades de los grupos étnicos. Su órgano de gobierno correspondía a un Consejo Directivo encabezado por un presidente más trece vocales. Como reacción instrumental se planteó la necesidad de vincular sus lineamientos al sector educativo con el propósito de enriquecer los programas vigentes en este rubro. La decisión tomada para este caso correspondía a un acto funcional que le permitía justificar y legitimar su presencia dentro del entorno institucional y social. El procedimiento correspondería en circunstancia a un aspecto legal pragmático, pues en los hechos nunca se actuó coordinadamente con aquel órgano, salvo por cierta presencia en algunos planteles con el fin de difundir, sin argumentación suficiente, temas científicos antes que culturales Bajo este modelo se impulsó un registro del patrimonio estatal utilizando una preexistente sectorización territorial oficial, que había propuesto la existencia de siete regiones, arbitrarias de por sí, y fundamentadas en los rasgos físicos o geográficos y que influían, según la opinión de los responsables del registro, en la vida económica y cultural de las comunidades. De este modo se reconocerá la existencia de regiones geosociales. Para este ejercicio de registro de los elementos patrimoniales estatales no se planteó la necesidad de un definición abierta de cultura y patrimonio, acaso ambas categorías básicas fueron objeto de alusiones difusas y sin ninguna utilidad operativa. Se mencionaba cuando mucho que el patrimonio era: la herencia de nuestros ancestros. La cultura en este caso significaba algo que se extendía hacia todos lados. El fin esencial de este tipo de trabajo era simplemente la preservación de los monumentos y construcciones. Los otros aspectos incorporados al recuento actuaban como objetos circunstanciales, guardando con ello y en lo posible las directrices marcadas en el documento rector que daba origen a la institución. Se aplicaron así, fichas a las expresiones artesanales y también, en un lance atrevido, al llamado patrimonio rupestre, elemento nunca antes tomado en cuenta. Es conveniente establecer que tales actividades dieron por fruto un extenso juego de cuadernos donde todo el estado fue reconocido e identificado, haciendo de su labor el más completo trabajo logrado hasta el momento sobre esta temática. Lo siguiente fue intentar caminar sobre los mismos procedimientos emprendidos, aunque sin grandes logros. Finalmente este proceso dio ocasión a lucubraciones culteranas sobre el patrimonio, algo común entre los no especialistas de las ciencias sociales, pues se produjeron artículos cuyos contenidos correspondían más bien a ejercicios de taller literario mezclados con posiciones provenientes de los historiadores del arte. Inmersas en la política cultural estatal del sexenio 1988-1993, las acciones mencionadas de registro no fueron pues una versión precisamente vanguardista sobre el mismo. No obstante, reiteramos, permitió la elaboración de un plan básico de atención a sus expresiones, utilizando la normatividad federal existente ( la misma hasta hoy en vigencia). Fue un periodo contrastante, pues aún con la ley como fundamento, se actuó de modo em- Arqueología.indd 269 06/12/10 17:54

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ticos, etnográficos, arquitectónicos, arqueológicos, turísticos e históricos, poniendo especial<br />

énfasis en las necesidades de los grupos étnicos. Su órgano de gobierno correspondía<br />

a un Consejo Directivo encabezado por un presidente más trece vocales. Como reacción<br />

instrumental se planteó la necesidad de vincular sus lineamientos al sector educativo con<br />

el propósito de enriquecer los programas vigentes en este rubro. La decisión tomada para<br />

este caso correspondía a un acto funcional que le permitía justificar y legitimar su presencia<br />

dentro del entorno institucional y social. El procedimiento correspondería en circunstancia<br />

a un aspecto legal pragmático, pues en los hechos nunca se actuó coordinadamente<br />

con aquel órgano, salvo por cierta presencia en algunos planteles con el fin de difundir,<br />

sin argumentación suficiente, temas científicos antes que culturales<br />

Bajo este modelo se impulsó un registro del patrimonio estatal utilizando una preexistente<br />

sectorización territorial oficial, que había propuesto la existencia de siete regiones,<br />

arbitrarias de por sí, y fundamentadas en los rasgos físicos o geográficos y que<br />

influían, según la opinión de los responsables del registro, en la vida económica y cultural<br />

de las comunidades. De este modo se reconocerá la existencia de regiones geosociales.<br />

Para este ejercicio de registro de los elementos patrimoniales estatales no se planteó<br />

la necesidad de un definición abierta de cultura y patrimonio, acaso ambas categorías<br />

básicas fueron objeto de alusiones difusas y sin ninguna utilidad operativa. Se mencionaba<br />

cuando mucho que el patrimonio era: la herencia de nuestros ancestros. La cultura<br />

en este caso significaba algo que se extendía hacia todos lados. El fin esencial de este<br />

tipo de trabajo era simplemente la preservación de los monumentos y construcciones.<br />

Los otros aspectos incorporados al recuento actuaban como objetos circunstanciales,<br />

guardando con ello y en lo posible las directrices marcadas en el documento rector<br />

que daba origen a la institución. Se aplicaron así, fichas a las expresiones artesanales<br />

y también, en un lance atrevido, al llamado patrimonio rupestre, elemento nunca antes<br />

tomado en cuenta. Es conveniente establecer que tales actividades dieron por fruto un<br />

extenso juego de cuadernos donde todo el estado fue reconocido e identificado, haciendo<br />

de su labor el más completo trabajo logrado hasta el momento sobre esta temática.<br />

Lo siguiente fue intentar caminar sobre los mismos procedimientos emprendidos, aunque<br />

sin grandes logros. Finalmente este proceso dio ocasión a lucubraciones culteranas<br />

sobre el patrimonio, algo común entre los no especialistas de las ciencias sociales, pues<br />

se produjeron artículos cuyos contenidos correspondían más bien a ejercicios de taller<br />

literario mezclados con posiciones provenientes de los historiadores del arte.<br />

Inmersas en la política cultural estatal del sexenio 1988-1993, las acciones mencionadas<br />

de registro no fueron pues una versión precisamente vanguardista sobre el mismo.<br />

No obstante, reiteramos, permitió la elaboración de un plan básico de atención a sus expresiones,<br />

utilizando la normatividad federal existente ( la misma hasta hoy en vigencia).<br />

Fue un periodo contrastante, pues aún con la ley como fundamento, se actuó de modo em-<br />

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