Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
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¿Qué debes saber en materia electoral?<br />
Los funcionarios de mesa directiva de casilla deben realizar las operaciones correctamente,<br />
no dejar espacios en blanco (sin la información que se les pide, incluyendo<br />
las firmas), anotar de manera clara y entendible las cifras y las cantidades en<br />
letra, además de evitar hacer tachaduras en las actas.<br />
Esta es la causal que se presenta con mayor frecuencia, por ello, durante la capacitación<br />
realiza los ejercicios contenidos en el cuaderno y practica con todos los<br />
funcionarios de casilla el llenado completo de las actas, no sólo con el secretario.<br />
g) Permitir votar a ciudadanos sin credencial de elector o cuyo nombre no<br />
aparezca en la Lista nominal de Electores y siempre que ello sea<br />
determinante para el resultado de la votación, salvo en los casos de<br />
excepción establecidos en el coFIPe y en el artículo 85 de la Ley General<br />
<strong>del</strong> Sistema de Medios de Impugnación en Materia <strong>Electoral</strong>.<br />
Recuerda que…<br />
Sólo podrán votar los ciudadanos que acudan<br />
a la casilla, muestren su Credencial para Votar,<br />
se encuentren en la lista nominal de la casilla en<br />
donde pretenden votar y no hayan votado ya<br />
en otra casilla.<br />
También podrán votar los representantes de partido político acreditados ante esa<br />
casilla que tengan Credencial para Votar aunque no sea de la sección (revisar en el<br />
tomo II el formato para registrar el voto de los representantes que no pertenecen a<br />
la casilla), así como los ciudadanos que presenten una sentencia favorable que les<br />
haya entregado el tepJf en la que conste que pueden votar, 76 además de una identificación<br />
oficial con fotografía, que no sea de partido político.<br />
Durante la capacitación aclara que si alguien se presenta en la casilla con la intención<br />
de votar sin que cumpla con los requisitos indicados, el presidente de la mesa<br />
directiva de casilla no le permitirá votar, aun cuando el ciudadano sea conocido<br />
por los vecinos y los propios funcionarios de casilla, ya que esto puede ser una<br />
causa para que se declare la nulidad de la votación en la casilla.<br />
76 Ibid., artículo 264, numeral 1.<br />
Proceso electoral Federal 2011-2012<br />
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