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Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información

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¿Qué debes saber en materia electoral?<br />

d) Recibir la votación en fecha distinta a la establecida para la celebración<br />

de la elección.<br />

La votación se debe recibir en la fecha y horario que establece la ley, e inicia una<br />

vez concluida la instalación de la casilla, nunca antes de las 8:00 a.m., por lo que<br />

no se debe recibir la votación antes de esa hora ni tampoco puede continuar después<br />

de las 6:00 p.m., a menos que a esa hora hubiera electores formados. 75<br />

Por lo anterior, durante la capacitación enfatiza a los funcionarios de casilla que la<br />

instalación no puede empezar antes de las 8:00 a.m., y que en el acta deben anotar<br />

precisamente la hora en que inició la instalación.<br />

Si se recibe la votación fuera de los horarios indicados se puede declarar la nulidad<br />

de la votación recibida en la casilla.<br />

e) Recibir la votación por personas u órganos distintos a los facultados<br />

por el coFIPe.<br />

Las personas facultadas para integrar las mesas directivas de casilla son los ciudadanos<br />

a quienes les entregas su carta-notificación y capacitas, les das su nombramiento<br />

y realizas con ellos el simulacro de la Jornada <strong>Electoral</strong>.<br />

En caso de que los funcionarios propietarios y suplentes no se presenten el día<br />

de la Jornada <strong>Electoral</strong> para integrar la mesa directiva de casilla, el artículo 260<br />

<strong>del</strong> cofipe establece que esta puede integrarse con los ciudadanos que se encuentran<br />

formados para votar, quienes deberán presentar su Credencial para Votar, pertenecer<br />

a la sección a la que corresponda la casilla y estar inscritos en la lista<br />

nominal de dicha sección. Sólo así podrán ser funcionarios de casilla, es decir, ciudadanos<br />

facultados para recibir, contar y registrar la votación, de lo contrario los<br />

partidos políticos pueden inconformarse por este hecho, que de ser comprobado<br />

por el tepJf, este declararía la nulidad de la votación en esa casilla.<br />

Si el día de la Jornada <strong>Electoral</strong> falta algún funcionario de casilla, es importante<br />

que como cae cuides que los representantes de partido político y los observadores<br />

electorales no desempeñen ningún cargo en la mesa directiva de casilla.<br />

75 Ibid., artículos 259, numeral 2, y 271.<br />

Proceso electoral Federal 2011-2012<br />

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