Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>Manual</strong> <strong>del</strong> CapaCitador-asistente eleCtoral toMo i (inforMaCión básiCa)<br />
III. Todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido.<br />
• A continuación se abren los paquetes con muestras de alteración, se realizan<br />
las operaciones señaladas con anterioridad y se hace constar lo procedente<br />
en el acta circunstanciada respectiva.<br />
• Durante la apertura de paquetes electorales, el presidente o el secretario<br />
<strong>del</strong> Consejo Distrital extraerá los escritos de protesta si los hubiere, la lista<br />
nominal correspondiente, la relación de ciudadanos que votaron y no<br />
aparecen en la lista nominal, así como las hojas de incidentes y demás<br />
documentación que determine el Consejo General.<br />
b) Una vez que se ha hecho el cómputo de las casillas básicas y extraordinarias<br />
se extraen los expedientes de las casillas especiales relativos a la elección de<br />
senadores y se realizan las operaciones señaladas en el cuadro anterior.<br />
c) El cómputo distrital de la elección de senadores por el principio de Mayoría<br />
Relativa es el resultado de sumar las cifras obtenidas de las casillas especiales<br />
con el resultado que se asienta en el acta de cómputo distrital.<br />
d) Es aplicable al computo distrital de la elección de senadores por el principio<br />
de Mayoría Relativa lo establecido en los numerales 2 al 9 <strong>del</strong> artículo 295<br />
<strong>del</strong> cofipe. 72<br />
• Si al inicio de la sesión existe petición expresa <strong>del</strong> representante <strong>del</strong><br />
partido que postuló al candidato que haya obtenido el segundo lugar<br />
en la votación, el Consejo Distrital deberá realizar el recuento de votos en<br />
la totalidad de las casillas.<br />
• Si al término <strong>del</strong> cómputo se establece que la diferencia entre el candidato<br />
presuntamente ganador y el ubicado en el segundo lugar es igual o menor<br />
a un punto porcentual y existe la petición expresa mencionada anteriormente,<br />
el Consejo Distrital realizará el recuento de votos en la totalidad<br />
de las casillas, excluyéndose en su caso las que ya hubiesen sido obje-<br />
to de recuento.<br />
72 Ibid, artículo 295, numerales 2 al 9.<br />
Proceso electoral Federal 2011-2012<br />
126<br />
... Continúa