Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
Manual del Capacitador-Asistente Electoral Tomo I (Información
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
<strong>Manual</strong> <strong>del</strong> CapaCitador-asistente eleCtoral toMo i (inforMaCión básiCa)<br />
• Si durante el recuento de votos se encuentran en el paquete votos de una<br />
elección distinta, se contabilizarán para la elección de que se trate.<br />
• El Vocal Ejecutivo que presida cada grupo levanta un acta circunstanciada<br />
en la que consigna el resultado <strong>del</strong> recuento de cada casilla y el resultado<br />
final que arroje la suma de votos por cada partido político y candidato.<br />
• En sesión plenaria el presidente <strong>del</strong> Consejo realiza la suma de los resultados<br />
consignados en el acta de cada grupo de trabajo y asienta el resultado en el<br />
acta final de escrutinio y cómputo de la elección.<br />
• Los errores contenidos en las actas originales de escrutinio y cómputo de<br />
casilla que sean corregidos por los consejos distritales no pueden invocarse<br />
como causa de nulidad ante el tepJf.<br />
• En ningún caso puede solicitarse al tepJf que realice el recuento de los votos<br />
de las casillas que hayan sido objeto <strong>del</strong> recuento por los consejos distritales.<br />
• Concluido el cómputo y emitida la declaración de validez para la elección<br />
de diputados, el presidente <strong>del</strong> Consejo Distrital expide la constancia de mayoría<br />
y validez a quien hubiese obtenido el triunfo, salvo en el caso de que<br />
los integrantes de la fórmula fueren inelegibles. Asimismo, fija los resultados<br />
de la elección en el exterior de la Junta Distrital. 70<br />
Recuerda que…<br />
Todas estas declaraciones y constancias pueden<br />
ser modificadas por el Tribunal <strong>Electoral</strong> <strong>del</strong><br />
Poder Judicial de la Federación al ser resueltas<br />
las impugnaciones que se hayan interpuesto<br />
durante el proceso electoral.<br />
El cómputo distrital de la votación para senadores se realiza de la siguiente manera: 71<br />
a) Se harán las operaciones señaladas en los incisos a), b), c), d), e) y h) <strong>del</strong><br />
numeral 1 <strong>del</strong> artículo 295 <strong>del</strong> cofipe.<br />
70 Ibid., artículos 296 y 299.<br />
71 Ibid., artículo 297.<br />
Proceso electoral Federal 2011-2012<br />
124