Dilemas éticos en odontología - Universidad Autónoma del Estado ...

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en una institución médica y 3) cuando el paciente ha realizado acciones encaminadas a hacer daño a las personas que lo rodean, a sí mismo, a sus bienes o de otros; su conducta pone en riesgo a los demás y cuando el lugar donde habitualmente se encuentra le predispone a agravar su condición mental y no existe otro espacio donde pueda permanecer para evitar que se suceda el brote psicótico. Es decir, lo que opine la familia, la comunidad e incluso un juez, no puede o debe influir para que el psiquiatra decida. Los únicos elementos que le sirven para decidir éticamente son de carácter mesurable, propios de su especialidad. Su interés fundamental estará centrado en coadyuvar a que el paciente encuentre la mejor alternativa a su problema de salud; aún cuando reconozca que la familia y la comunidad son sus aliados a la hora de egresar al paciente, toda decisión debe siempre evitar satisfacer necesidades ajenas a las del enfermo que atiende. Rara vez se obtiene el consentimiento del paciente psiquiátrico cuando es hospitalizado, pues generalmente este ocurre por urgencia. Frente a un cuadro psicótico, un intento suicida o un síndrome de abstinencia a sustancias, el médico se enfrenta a una persona que habitualmente se negará a ser ingresado a la institución. Optar por cumplir una aparente voluntad “libre” del paciente, implica un acto no ético, toda vez que se abandona al paciente y se le condena a sufrir lesiones o la muerte. Al hecho de ingresar al paciente sin su consentimiento se le ha denominado no voluntario, involuntario o necesario. Sin embargo ninguna de estas definiciones explica lo que éticamente hace el médico, a lo sumo define un acto médico en términos legales. Éticamente este tipo de internamientos debe definirse como un ingreso por privilegio terapéutico, otorgado a la persona que, en ese momento, no puede mostrar lo que propiamente se define como voluntad, consciencia y libertad. 252 Sección 4 Dilemas médicos Esta acción médica no puede considerarse paternalista, pues no se priva de autonomía al paciente, sino que se cubre la ausencia de esta; cumpliéndose así el precepto ético de justicia, donde el médico se obliga por convicción a brindar atención a los que lo requieren y se abstiene por ende, a rechazar asistir al necesitado, esté o no de acuerdo con sus opiniones, valores o formas de vida. El ingreso por privilegio terapéutico obliga a comprender de un modo distinto la ausencia de aprobación para ser internado, por parte del paciente; pues este no se otorga por la fuerza (en contra de la voluntad del enfermo o no voluntario), ni a partir del privilegio médico para decidir por el paciente (necesario, por criterio médico), sino que explica que es derecho de la persona enferma, recibir la atención cuando más la necesita. Esto es similar a lo que ocurre a la persona que sufre un accidente en vía pública y que debido a las lesiones queda inconsciente y que precisamente por ello, es llevada a un hospital; la ingresamos sin que diga que desea que lo hagamos y tampoco esperamos a que aparezca algún familiar y obtengamos el consentimiento informado para iniciar acciones médicas. Actualmente, se promueve conseguir el consentimiento informado del paciente hospitalizado, después de que se le haya otorgado el ingreso por privilegio terapéutico. La pregunta sería ¿por qué? En otras disciplinas esto no se hace, pues generalmente son los familiares quienes firman después de que son localizados, tomando en cuenta que se trata de un caso de urgencia. Tal pareciera que la desconfianza hacia el proceder médico-psiquiátrico, puede sostenerse frente a cualquier razonamiento lógico y eficiencia probada de protocolos de acción médica. A partir de la reforma psiquiátrica, promovida por la Organización Mundial de la Salud, las instituciones médicas de la especialidad, se han comprometido a cumplir un límite de días estancia para pacientes en fase

aguda de la psicopatología, no excediendo en el Hospital Psiquiátrico “Fray Bernardino Álvarez” a las 4 semanas. Por tanto, los internamientos son breves y no existe posibilidad legal de otorgar estancias de tipo asilar, como las que brindaban los manicomios del siglo pasado, lo que implicaría innecesaria la urgencia “social” de que se demuestre la bonhomía de una acción médica. Otras especialidades tienen días estancias mucho más prolongadas y por el momento, pocos son los que llegan a cuestionar la necesidad de mantener a los pacientes hospitalizados: traumatología, cardiología, y todos aquellos servicios con terapia intensiva, suelen otorgar estancias más prolongadas que las que ocurren en hospitales psiquiátricos. La brevedad de los internamientos psiquiátricos, si bien favorece el desarrollo de la psiquiatría institucional, condena a muchos pacientes a la indigencia, cuando su sintomatología crónica, fomenta el rechazo de su propia familia. En México no existen instituciones públicas de tipo médico que alberguen por tiempo indefinido a los enfermos mentales crónicos; su atención corresponde a la asistencia social, independientemente de que los hospitales psiquiátricos brinden tratamiento de control a los usuarios de ese tipo de establecimientos. Un asunto adicional a cuestionar es la sobre exigencia dictada por la propia OMS a los hospitales psiquiátricos y los médicos especializados en el área, a brindar rehabilitación psicosocial, cuando ésta es un prolongado proceso y mientras a otras instituciones médicas no se les exige rehabiliten a sus pacientes de modo similar. Es decir, un hospital dedicado a la traumatología no está obligado a brindar a todos sus pacientes y para siempre, terapias de rehabilitación física, dotar de prótesis, enseñar a los pacientes el uso de prótesis o el manejo de sillas de ruedas, etc. En psiquiatría sí. Hay que reeducar al paciente al grado de hacerlo productivo, independiente y autogestivo. Todas estas acciones deberían ser llevadas a cabo por instancias de salud diferenciadas, que perfectamente pueden mantenerse relacionadas y coordinadas con los servicios hospitalarios, pero sin pretender que los distintos niveles de rehabilitación hayan de darse en un mismo lugar. Las razones para estas pretensiones abusivas de una disciplina, se deben a la incapacidad profesional y ética de algunos representantes gubernamentales para asumir, de modo racional, la planeación y distribución de los servicios de salud mental. Por último, abordaremos el tema de la sujeción terapéutica, tradicionalmente señalada como franca vejación a los derechos de los enfermos y como atentado a la dignidad humana, cuando ésta se práctica en servicios de salud mental. Vale la pena subrayar que la sujeción a los enfermos no se realiza únicamente en psiquiatría, sucede en prácticamente cualquier especialidad y su uso ocurre tanto en enfermos conscientes como inconscientes. Por ejemplo, si se requiere una tomografía cerebral o de cuello, es factible que aten al paciente a la plancha deslizable, inmovilizándose también la cabeza con sujetadores rígidos. En el caso de la odontología, aplicada a pacientes con incapacidad para controlar movimientos de extremidades y/o cabeza (enfermedad de Parkinson y parálisis cerebral, entre otros), también se usa la sujeción o la anestesia para intervenirlos, pero siendo más peligrosa la primera, suele preferirse, literalmente, envolver al paciente en sábanas para disminuir lo más que se puede su movimiento, mientras dos o tres personas más, colaboran para impedir cualquier sacudida que ponga en riesgo al paciente, tratamiento o estomatólogo. En el área de pediatría tampoco es inusual que se recurra a estos métodos; se ata a los menores para evitar que el infante se retire sondas o venoclisis y sus padres lo permiten o lo aceptan, porque comprenden que no existe otra forma de desmotivar la reacción del Capítulo 26 ¿Dilemas de la ética psiquiátrica moderna?: relación médico paciente… 253

aguda de la psicopatología, no excedi<strong>en</strong>do<br />

<strong>en</strong> el Hospital Psiquiátrico “Fray Bernardino<br />

Álvarez” a las 4 semanas. Por tanto, los<br />

internami<strong>en</strong>tos son breves y no existe posibilidad<br />

legal de otorgar estancias de tipo asilar,<br />

como las que brindaban los manicomios<br />

<strong>del</strong> siglo pasado, lo que implicaría innecesaria<br />

la urg<strong>en</strong>cia “social” de que se demuestre<br />

la bonhomía de una acción médica. Otras<br />

especialidades ti<strong>en</strong><strong>en</strong> días estancias mucho<br />

más prolongadas y por el mom<strong>en</strong>to, pocos<br />

son los que llegan a cuestionar la necesidad<br />

de mant<strong>en</strong>er a los paci<strong>en</strong>tes hospitalizados:<br />

traumatología, cardiología, y todos aquellos<br />

servicios con terapia int<strong>en</strong>siva, suel<strong>en</strong> otorgar<br />

estancias más prolongadas que las que<br />

ocurr<strong>en</strong> <strong>en</strong> hospitales psiquiátricos.<br />

La brevedad de los internami<strong>en</strong>tos psiquiátricos,<br />

si bi<strong>en</strong> favorece el desarrollo de la<br />

psiquiatría institucional, cond<strong>en</strong>a a muchos<br />

paci<strong>en</strong>tes a la indig<strong>en</strong>cia, cuando su sintomatología<br />

crónica, fom<strong>en</strong>ta el rechazo de su<br />

propia familia. En México no exist<strong>en</strong> instituciones<br />

públicas de tipo médico que albergu<strong>en</strong><br />

por tiempo indefinido a los <strong>en</strong>fermos<br />

m<strong>en</strong>tales crónicos; su at<strong>en</strong>ción corresponde<br />

a la asist<strong>en</strong>cia social, indep<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tem<strong>en</strong>te<br />

de que los hospitales psiquiátricos brind<strong>en</strong><br />

tratami<strong>en</strong>to de control a los usuarios de ese<br />

tipo de establecimi<strong>en</strong>tos.<br />

Un asunto adicional a cuestionar es la<br />

sobre exig<strong>en</strong>cia dictada por la propia OMS<br />

a los hospitales psiquiátricos y los médicos<br />

especializados <strong>en</strong> el área, a brindar rehabilitación<br />

psicosocial, cuando ésta es un prolongado<br />

proceso y mi<strong>en</strong>tras a otras instituciones<br />

médicas no se les exige rehabilit<strong>en</strong> a<br />

sus paci<strong>en</strong>tes de modo similar. Es decir, un<br />

hospital dedicado a la traumatología no está<br />

obligado a brindar a todos sus paci<strong>en</strong>tes y<br />

para siempre, terapias de rehabilitación física,<br />

dotar de prótesis, <strong>en</strong>señar a los paci<strong>en</strong>tes<br />

el uso de prótesis o el manejo de sillas de<br />

ruedas, etc. En psiquiatría sí. Hay que reeducar<br />

al paci<strong>en</strong>te al grado de hacerlo productivo,<br />

indep<strong>en</strong>di<strong>en</strong>te y autogestivo. Todas<br />

estas acciones deberían ser llevadas a cabo<br />

por instancias de salud difer<strong>en</strong>ciadas, que<br />

perfectam<strong>en</strong>te pued<strong>en</strong> mant<strong>en</strong>erse relacionadas<br />

y coordinadas con los servicios hospitalarios,<br />

pero sin pret<strong>en</strong>der que los distintos<br />

niveles de rehabilitación hayan de darse<br />

<strong>en</strong> un mismo lugar. Las razones para estas<br />

pret<strong>en</strong>siones abusivas de una disciplina, se<br />

deb<strong>en</strong> a la incapacidad profesional y ética<br />

de algunos repres<strong>en</strong>tantes gubernam<strong>en</strong>tales<br />

para asumir, de modo racional, la planeación<br />

y distribución de los servicios de salud<br />

m<strong>en</strong>tal.<br />

Por último, abordaremos el tema de la<br />

sujeción terapéutica, tradicionalm<strong>en</strong>te señalada<br />

como franca vejación a los derechos de<br />

los <strong>en</strong>fermos y como at<strong>en</strong>tado a la dignidad<br />

humana, cuando ésta se práctica <strong>en</strong> servicios<br />

de salud m<strong>en</strong>tal. Vale la p<strong>en</strong>a subrayar<br />

que la sujeción a los <strong>en</strong>fermos no se realiza<br />

únicam<strong>en</strong>te <strong>en</strong> psiquiatría, sucede <strong>en</strong> prácticam<strong>en</strong>te<br />

cualquier especialidad y su uso<br />

ocurre tanto <strong>en</strong> <strong>en</strong>fermos consci<strong>en</strong>tes como<br />

inconsci<strong>en</strong>tes. Por ejemplo, si se requiere<br />

una tomografía cerebral o de cuello, es factible<br />

que at<strong>en</strong> al paci<strong>en</strong>te a la plancha deslizable,<br />

inmovilizándose también la cabeza con<br />

sujetadores rígidos. En el caso de la <strong>odontología</strong>,<br />

aplicada a paci<strong>en</strong>tes con incapacidad<br />

para controlar movimi<strong>en</strong>tos de extremidades<br />

y/o cabeza (<strong>en</strong>fermedad de Parkinson y<br />

parálisis cerebral, <strong>en</strong>tre otros), también se<br />

usa la sujeción o la anestesia para interv<strong>en</strong>irlos,<br />

pero si<strong>en</strong>do más peligrosa la primera,<br />

suele preferirse, literalm<strong>en</strong>te, <strong>en</strong>volver al<br />

paci<strong>en</strong>te <strong>en</strong> sábanas para disminuir lo más<br />

que se puede su movimi<strong>en</strong>to, mi<strong>en</strong>tras dos<br />

o tres personas más, colaboran para impedir<br />

cualquier sacudida que ponga <strong>en</strong> riesgo al<br />

paci<strong>en</strong>te, tratami<strong>en</strong>to o estomatólogo. En el<br />

área de pediatría tampoco es inusual que se<br />

recurra a estos métodos; se ata a los m<strong>en</strong>ores<br />

para evitar que el infante se retire sondas<br />

o v<strong>en</strong>oclisis y sus padres lo permit<strong>en</strong> o lo<br />

aceptan, porque compr<strong>en</strong>d<strong>en</strong> que no existe<br />

otra forma de desmotivar la reacción <strong>del</strong><br />

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