Dilemas éticos en odontología - Universidad Autónoma del Estado ...

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Bibliografía Albarellos, L. (2007). “Bioética con trazos jurídicos”. México. Ed. Porrúa. CasaMadrid Mata, O. (1999). “La atención médica y el derecho sanitario”. México. JGH Editores. Código Civil para el Estado de Hidalgo. P.O.E. 8-oct-1940. Última reforma P.O.E. 6-sep-2004. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. DOF 5-feb-1917. Última reforma D.O.F. 24-ago-2009. García Máynez, E. (2001). “Introducción al estudio del Derecho”. México. Edit. Porrúa. García Máynez, E. (2006). “Introducción a la lógica jurídica”. México. Colofón. García Máynez, E. (2007). “Filosofía del Derecho”. México. Ed. Porrúa. León Rabago, D. (1998). “La Bioética para el Derecho”. México. Universidad de Guanajuato. 100 Sección 2 Bioética Ley General de Salud. D.O.F. 7-feb- 1984. Última reforma D.O.F. 28-ago- 2009. Pound, R. (1995). “Justicia conforme a Derecho”. México. Colofón. Radbruch, G. (1993). “Introducción a la Filosofía del Derecho”. México. Fondo de Cultura Económica. Rahaim, S. (1980) “Introducción a la Filosofía”. México. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de investigación para la salud. D.O.F. 6-ene-1987. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. D.O.F. 29abr-1986 Romeo Casabona, CM. (2003). “Los desafíos jurídicos de las biotecnologías en el umbral del siglo XXI”. Comares. España.

7 Capítulo Los derechos humanos ante las perspectivas de la bioética. Puntos de encuentro La Segunda Guerra Mundial marca un hito en la comprensión de la humanidad sobre sí misma. El desarrollo tecnológico dio muestras inéditas de barbarie y maltrato entre los seres humanos. A partir Dr. Luis goNzález plaCeNCia Mtra. Mariana loJo solórzaNo “Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, y con tales finalidades a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos, a unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, a asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos, que no se usará la fuerza armada sino en servicio del interés común, y a emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todas los pueblos, hemos decidido aunar nuestros esfuerzos para realizar estos designios.” 1 Disponible en línea [http://www.un.org/spanish/docs/spchart.htm#nota] (Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas, 1945) 1 de entonces, se establece un nuevo marco jurídico respaldado por la integración de la Organización de las Naciones Unidas. Una vez firmada la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la luz de documen- 101

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Capítulo<br />

Los derechos humanos ante las<br />

perspectivas de la bioética.<br />

Puntos de <strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tro<br />

La Segunda Guerra Mundial marca<br />

un hito <strong>en</strong> la compr<strong>en</strong>sión de la humanidad<br />

sobre sí misma. El desarrollo tecnológico<br />

dio muestras inéditas de barbarie y<br />

maltrato <strong>en</strong>tre los seres humanos. A partir<br />

Dr. Luis goNzález plaCeNCia<br />

Mtra. Mariana loJo solórzaNo<br />

“Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos<br />

a preservar a las g<strong>en</strong>eraciones v<strong>en</strong>ideras <strong>del</strong> flagelo de la guerra que dos veces durante<br />

nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimi<strong>en</strong>tos indecibles,<br />

a reafirmar la fe <strong>en</strong> los derechos fundam<strong>en</strong>tales <strong>del</strong> hombre, <strong>en</strong> la dignidad y el valor de la persona humana,<br />

<strong>en</strong> la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas,<br />

a crear condiciones bajo las cuales puedan mant<strong>en</strong>erse la justicia y el respeto<br />

a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fu<strong>en</strong>tes <strong>del</strong> derecho internacional,<br />

a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida d<strong>en</strong>tro<br />

de un concepto más amplio de la libertad, y con tales finalidades<br />

a practicar la tolerancia y a convivir <strong>en</strong> paz como bu<strong>en</strong>os vecinos,<br />

a unir nuestras fuerzas para el mant<strong>en</strong>imi<strong>en</strong>to de la paz y la seguridad internacionales,<br />

a asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos,<br />

que no se usará la fuerza armada sino <strong>en</strong> servicio <strong>del</strong> interés común, y<br />

a emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todas<br />

los pueblos, hemos decidido aunar nuestros esfuerzos para realizar estos designios.”<br />

1 Disponible <strong>en</strong> línea [http://www.un.org/spanish/docs/spchart.htm#nota]<br />

(Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas, 1945) 1<br />

de <strong>en</strong>tonces, se establece un nuevo marco<br />

jurídico respaldado por la integración de la<br />

Organización de las Naciones Unidas. Una<br />

vez firmada la Declaración Universal de los<br />

Derechos Humanos, a la luz de docum<strong>en</strong>-<br />

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