Guía didáctica DERECHO CIVIL III, SUCESIONES - Universidad ...
Guía didáctica DERECHO CIVIL III, SUCESIONES - Universidad ...
Guía didáctica DERECHO CIVIL III, SUCESIONES - Universidad ...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
PRIMER BIMESTRE <strong>Guía</strong> <strong>didáctica</strong>: Derecho Civil <strong>III</strong>, Sucesiones<br />
Es un acto doloso en el cual una persona, que tenga interés en<br />
el testamento, lo destruye completamente para que no surta<br />
Destrucción<br />
los efectos jurídicos esperados. Por ejemplo la destrucción del<br />
testamento cerrado.<br />
Es todo tipo de acción tendiente a impedir la ejecución de<br />
Pérdida u Ocultamiento<br />
testamento, ya sea extraviándolo o escondiéndolo.<br />
Tiene lugar cuando por una causa ajena a la voluntad testador,<br />
Caducidad<br />
el testamento llega a perder su eficacia. Así lo ha reconocido<br />
la doctrina extranjera.<br />
Fuente: Código Civil<br />
Elaborado por: Dra. Marianela Armijos<br />
4.8 Clasificación del testamento: solemne, especiales o privilegiados y el otorgado en el<br />
extranjero.<br />
A lo largo del presente apartado tendrá la oportunidad de conocer los diferentes tipos de testamento que<br />
reconoce nuestra legislación civil, sus características y solemnidades, por lo que es necesario prestar la<br />
debida atención a cada uno de ellos con la finalidad de evitar futuras confusiones.<br />
¡Continúe adelante!<br />
Por cuestiones <strong>didáctica</strong>s y de comprensión de la asignatura, nos apartaremos brevemente del criterio<br />
dado por el autor del texto básico, y señalaremos la clasificación dada por Alfredo Pérez Guerrero<br />
(1973) quien divide al testamento en común u ordinario y especial. En cambio, Juan Larrea Holguín los<br />
clasifica en solemnes y privilegiados.<br />
Fusionando estas dos clasificaciones del testamento, se puede llegar a las siguientes definiciones:<br />
- Común u ordinario (solemne).- Es aquel en que se han observado todas las solemnidades que la<br />
ley ordinariamente requiere.<br />
- Especial (menos solemnes o privilegiados).- Es aquel en que pueden omitirse algunas de estas<br />
solemnidades, por consideración a circunstancias particulares, determinadas expresamente por<br />
la ley.<br />
Los testamentos comunes u ordinarios son el testamento abierto y el testamento cerrado.<br />
Los testamentos especiales, que son conocidos como menos solemnes o privilegiados, tenemos al<br />
militar y al marítimo.<br />
A continuación se procederá a revisar a cada uno de éstos.<br />
Testamento solemne abierto.-También conocido con el nombre de público o nuncupativo, es el acto<br />
por el cual el testador da a conocer sus disposiciones testamentarias a ciertas personas, tales como el<br />
notario y/o los testigos.<br />
Este testamento solemne abierto puede otorgarse ante el notario y tres testigos, o en su defecto, ante<br />
cinco testigos (o de emergencia). Pero, el primero de éstos es el más común en la práctica, mientras que<br />
el segundo muy rara vez ocurre y tendría lugar si ocurriere que el testador se halla en un lugar distante<br />
de la cabecera cantonal o por alguna situación de emergencia que le impida llegar ante el notario.<br />
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA La <strong>Universidad</strong> Católica de Loja 41