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Guía didáctica DERECHO CIVIL III, SUCESIONES - Universidad ...

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<strong>Guía</strong> <strong>didáctica</strong>: Derecho Civil <strong>III</strong>, Sucesiones<br />

34<br />

CAPÍTULO 4<br />

EL TESTAMENTO Y SU CLASIFICACIÓN<br />

UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA La <strong>Universidad</strong> Católica de Loja<br />

PRIMER BIMESTRE<br />

En el presente capítulo nos introduciremos en el estudio de la figura jurídica del testamento y su<br />

clasificación, por lo cual es importante que al momento de realizar sus estudios preste la debida atención<br />

y concentración que merece el tema.<br />

Este capítulo 4 de la guía <strong>didáctica</strong> se encuentra estructurado por los capítulos IV y V del texto básico,<br />

y se los ha unificado debido a la estrecha relación que guardan entre sí.<br />

Teniendo en cuenta esta consideración, adéntrese en los apartados que se desarrollan a continuación:<br />

4.1. Definición de testamento.<br />

Es momento de adentrarnos en el estudio del testamento, que es otra forma de sucesión reconocida por<br />

nuestro Código Civil, lo cual requiere que esté atento durante el desarrollo del presente apartado. Sin<br />

demora empecemos conociendo su definición y sus características.<br />

El testamento es una institución jurídica, que ha sido definida legal y doctrinariamente, así nuestro<br />

Código Civil en su artículo 1037 expone que: “El testamento es un acto más o menos solemne en que<br />

una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes, para que tenga pleno efecto después de<br />

sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él, mientras viva”.<br />

De donde se puede comentar que el testamento es una institución jurídica que dentro de su naturaleza<br />

jurídica es un acto expreso de la manifestación del causante que puede darse de forma más o menos<br />

solemne, y en la cual puede disponer del total o de una parte de sus bienes, pudiendo revocar dichas<br />

disposiciones mientras encuentra con vida.<br />

Doctrinariamente, Guillermo Bossano manifiesta: “TESTAMENTO es un acto jurídico solemne por el<br />

cual una persona dispone de su patrimonio para que tenga pleno efecto después de sus días, reservándose<br />

la facultad de revocar sus disposiciones” 15 .<br />

Ramón Meza Barrios señala que “La expresión testamento se hace derivar de las voces latinas testadio<br />

y mentis, que significarían testimonio de la voluntad” 16 .<br />

Lo descrito por autores antes citados, permite llegar a la conclusión de que sus definiciones son muy<br />

semejantes a la dada por el Código Civil, pero hacen hincapié principalmente a que el testamento es<br />

un acto voluntario del causante y revestido de legalidad para que surta efecto los respectivos una vez<br />

muerto el causante.<br />

De las definiciones dadas anteriormente, se desprenden una serie de elementos comunes que dan vida<br />

jurídica al testamento, los cuales son:<br />

15 Bossano, G. (1983). Ob.cit. p. 155.<br />

16 Meza Barros, R. (2007). Manual de la Sucesión por Causa de Muerte y Donaciones entre Vivos. p. 47.

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