Guía didáctica DERECHO CIVIL III, SUCESIONES - Universidad ...
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<strong>Guía</strong> <strong>didáctica</strong>: Derecho Civil <strong>III</strong>, Sucesiones<br />
34<br />
CAPÍTULO 4<br />
EL TESTAMENTO Y SU CLASIFICACIÓN<br />
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA La <strong>Universidad</strong> Católica de Loja<br />
PRIMER BIMESTRE<br />
En el presente capítulo nos introduciremos en el estudio de la figura jurídica del testamento y su<br />
clasificación, por lo cual es importante que al momento de realizar sus estudios preste la debida atención<br />
y concentración que merece el tema.<br />
Este capítulo 4 de la guía <strong>didáctica</strong> se encuentra estructurado por los capítulos IV y V del texto básico,<br />
y se los ha unificado debido a la estrecha relación que guardan entre sí.<br />
Teniendo en cuenta esta consideración, adéntrese en los apartados que se desarrollan a continuación:<br />
4.1. Definición de testamento.<br />
Es momento de adentrarnos en el estudio del testamento, que es otra forma de sucesión reconocida por<br />
nuestro Código Civil, lo cual requiere que esté atento durante el desarrollo del presente apartado. Sin<br />
demora empecemos conociendo su definición y sus características.<br />
El testamento es una institución jurídica, que ha sido definida legal y doctrinariamente, así nuestro<br />
Código Civil en su artículo 1037 expone que: “El testamento es un acto más o menos solemne en que<br />
una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes, para que tenga pleno efecto después de<br />
sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él, mientras viva”.<br />
De donde se puede comentar que el testamento es una institución jurídica que dentro de su naturaleza<br />
jurídica es un acto expreso de la manifestación del causante que puede darse de forma más o menos<br />
solemne, y en la cual puede disponer del total o de una parte de sus bienes, pudiendo revocar dichas<br />
disposiciones mientras encuentra con vida.<br />
Doctrinariamente, Guillermo Bossano manifiesta: “TESTAMENTO es un acto jurídico solemne por el<br />
cual una persona dispone de su patrimonio para que tenga pleno efecto después de sus días, reservándose<br />
la facultad de revocar sus disposiciones” 15 .<br />
Ramón Meza Barrios señala que “La expresión testamento se hace derivar de las voces latinas testadio<br />
y mentis, que significarían testimonio de la voluntad” 16 .<br />
Lo descrito por autores antes citados, permite llegar a la conclusión de que sus definiciones son muy<br />
semejantes a la dada por el Código Civil, pero hacen hincapié principalmente a que el testamento es<br />
un acto voluntario del causante y revestido de legalidad para que surta efecto los respectivos una vez<br />
muerto el causante.<br />
De las definiciones dadas anteriormente, se desprenden una serie de elementos comunes que dan vida<br />
jurídica al testamento, los cuales son:<br />
15 Bossano, G. (1983). Ob.cit. p. 155.<br />
16 Meza Barros, R. (2007). Manual de la Sucesión por Causa de Muerte y Donaciones entre Vivos. p. 47.