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Derecho hereditario romano

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Reformas justinianeas<br />

TEMA 15 – Ideas clave<br />

Historia e instituciones de <strong>Derecho</strong> Romano Privado<br />

Con Justiniano, se llamaba a heredar a los parientes más próximos del difunto<br />

jerarquizados o priorizados en función de la proximidad de parentesco:<br />

1º Hijos y descendientes sin tener en cuenta la patria potestad ni el sexo.<br />

2º Si no hay descendientes: hermanos de padre y madre o sus hijos si han<br />

premuerto.<br />

3º Si no existen: hermanos de vínculo sencillo (de padre o madre) del<br />

causante y los hijos de estos sin han premuerto.<br />

4º Si no existen: colaterales restantes hasta el 6º y 7º grado.<br />

5º En su defecto: cónyuge supérstite. A la viuda pobre y falta de recursos,<br />

Justiniano le atribuyó una parte de la herencia (normalmente 1/4) variable según<br />

los parientes con los que concurre.<br />

División y adquisición de la herencia:<br />

En cuanto a los descendientes rige el principio de proximidad de grado. En<br />

igualdad de grado, la herencia se divide por cabezas; en distinto, por<br />

estirpes.<br />

En el segundo llamamiento: si concurren ascendientes y hermanos, heredan<br />

por cabezas. Si sólo concurren ascendientes, los más próximos excluyen a los más<br />

remotos y si son de línea distinta, la herencia se divide por la mitad, y dentro de<br />

cada grado por cabezas. No se da el derecho de representación.<br />

Si sólo concurren hermanos, heredan por cabezas. Si sólo concurren hijos de<br />

hermanos, por estirpes. Y si concurren ascendientes, hermanos e hijos de<br />

hermanos premuertos, la herencia se divide por cabezas y los hijos heredan por<br />

derecho de representación.<br />

En el tercer llamamiento: la herencia se divide por cabezas cuando sólo<br />

concurren los hermanos y hermanas de un sólo vínculo, y por estirpes y derecho<br />

de representación, en caso de hijos de hermanos sencillos premuertos.<br />

En el cuarto llamamiento: los restantes colaterales heredan con aplicación de<br />

las mismas normas que en el supuesto anterior.

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